Una de las cuestiones que me llama mucho la atención es la valoración de existencias en las prestaciones de servicios. Es decir, ojo avizor con una gran número de Pymes, porque aquí si les pilla el toro. Una práctica sumamente habitual por parte de muchas empresas, es diferir la facturación de finales de ejercicio al ejercicio siguiente, con el objetivo claro de disminuir el impuesto de sociedades. Esta práctica es sumamente usual en las empresas de servicios, como por ejemplo empresas de limpieza, mantenimiento, asesorías, gestorías…..
Pues esto cambia y no poco por lo siguiente: Con el NPGC “Las existencias incluirán el coste de producción de los servicios en tanto aún no se haya reconocido el ingreso correspondiente.” La pregunta es directa, ¿que ocurre cuando no se puede estimar con fiabilidad el ingreso a generar?. La solución aportada, por las normas de valoración es clara y meridiana: Todos los gastos incurridos para la consecución de dichos ingresos se consideraran “Existencias de servicios en curso”.
