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        <title>Magazine - pension</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Thu, 11 Jun 2026 10:11:54 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Miles de autónomos, contra las cuerdas: cobrar el 100% de la pensión será más difícil]]></title>
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                <pubDate>Wed, 27 May 2026 06:00:00 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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      <img src="https://i.blogs.es/8b213e/anos-cotizacion-autonomos-jubilacion/1024_2000.jpeg" alt="Miles&#x20;de&#x20;aut&#x00F3;nomos,&#x20;contra&#x20;las&#x20;cuerdas&#x3A;&#x20;cobrar&#x20;el&#x20;100&#x25;&#x20;de&#x20;la&#x20;pensi&#x00F3;n&#x20;ser&#x00E1;&#x20;m&#x00E1;s&#x20;dif&#x00ED;cil">
    </p>
    <p>¿Eres autónomo y estás pensando en jubilarte en los próximos años? Por la cuenta que te trae, empieza ya a revisar con más cariño tus cotizaciones.</p>
<p>A partir de 2027 entrará en vigor un cambio que hará más lento el acceso al 100% de la pensión, ya que <a rel="noopener, noreferrer" href="https://okdiario.com/economia/inss-lo-hace-oficial-ya-esta-vigor-partir-2027-espana-cambia-edad-jubilacion-anticipada-han-confirmado-penalizaciones-17145363" >la Seguridad Social modificará el sistema que calcula el porcentaje de prestación según los años trabajados</a>.</p>
<p>Aunque no cambia la edad de jubilación, sí exigirá carreras de cotización más largas y podría afectar especialmente a quienes hayan tenido periodos sin actividad o trayectorias laborales irregulares.</p>
<!-- BREAK 1 --><h2><strong>A partir de 2027 se ralentiza el acceso al 100% de la pensión</strong></h2>
<p>El <a rel="noopener, noreferrer" href="https://elpais.com/economia/2026-01-02/los-nuevos-jubilados-de-2026-estrenan-el-calculo-de-la-pension-que-permitira-desechar-los-dos-peores-meses-de-cotizacion.html" >sistema actual de la Seguridad Social establece una escala progresiva para calcular la pensión</a>. Haber trabajado durante un determinado número de años no garantiza automáticamente el cobro íntegro de la prestación. El mecanismo funciona mediante porcentajes que aumentan gradualmente conforme se acumulan meses adicionales de cotización.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/sistema-pensiones-no-sostenible-hace-tiempo-que-sabemos-que-implica-jubilaciones-a-70-pensiones-bajas-carga-fiscal-para-todos">
     <img alt="El&#x20;sistema&#x20;de&#x20;pensiones&#x20;no&#x20;es&#x20;sostenible,&#x20;y&#x20;hace&#x20;tiempo&#x20;que&#x20;lo&#x20;sabemos.&#x20;Lo&#x20;que&#x20;implica&#x3A;&#x20;jubilaciones&#x20;a&#x20;los&#x20;70,&#x20;pensiones&#x20;bajas&#x20;y&#x20;m&#x00E1;s&#x20;carga&#x20;fiscal&#x20;para&#x20;todos&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/09f6f8/el-sistema-de-pensiones-no-es-sostenible-y-hace-tiempo-que-lo-sabemos.-lo-que-implica-jubilaciones-a-los-70-pensiones-bajas-y-mas-carga-fiscal-para-todos/375_142.jpeg">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/sistema-pensiones-no-sostenible-hace-tiempo-que-sabemos-que-implica-jubilaciones-a-70-pensiones-bajas-carga-fiscal-para-todos" class="desvio-title js-desvio-title">El sistema de pensiones no es sostenible, y hace tiempo que lo sabemos. Lo que implica: jubilaciones a los 70, pensiones bajas y más carga fiscal para todos </a>
   </div>
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<p>El punto de partida se mantiene igual: con 15 años cotizados se genera el derecho al 50% de la base reguladora.</p>
<p>A partir de ahí comienza una progresión que incrementa el porcentaje correspondiente hasta alcanzar el máximo posible.</p>
<p>La novedad llegará con el <strong>nuevo esquema previsto para 2027</strong>. Durante 2026 todavía se aplicará un sistema donde los primeros meses posteriores a esos 15 años incrementarán el porcentaje a un ritmo ligeramente superior.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Sin embargo, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/seguridad-social/seguridad-social-endurece-acceso-pension-completa-autonomos-tendran-que-cotizar-mas-anos/20260525171352053952.html" >desde 2027 ese crecimiento será más lento y exigirá carreras de cotización más largas</a> para llegar al mismo resultado.</p>
<p>Sobre el papel la diferencia puede parecer incluso hasta mínima. Pero claro, trasladar esos pequeños cambios a décadas completas de actividad laboral genera un efecto acumulado mucho mayor del que inicialmente parece.</p>
<!-- BREAK 4 --><h2><strong>Ojo a los autónomos con trayectorias discontinuas</strong></h2>
<p>No todos los autónomos notarán este ajuste de la misma forma. Existen perfiles que pueden verse especialmente afectados por la nueva situación, sobre todo aquellos cuya carrera laboral <strong>no ha sido completamente estable</strong>.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>Dentro de ese grupo aparecen trabajadores que comenzaron su actividad a edades más avanzadas, profesionales que atravesaron cierres temporales de negocio, autónomos que acumularon años difíciles y personas que alternaron empleo asalariado con trabajo por cuenta propia. También entran en este grupo quienes durante largos periodos <strong>cotizaron por bases mínimas</strong> o tuvieron dificultades para mantener una continuidad completa en las cuotas.</p>
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<p><a rel="noopener, noreferrer" href="https://noticiastrabajo.huffingtonpost.es/economia/pensiones/la-pension-de-jubilacion-que-le-queda-a-un-autonomo-que-cotiza-por-la-base-minima-en-2026/" >Este escenario es relativamente frecuente dentro del colectivo autónomo</a>. A diferencia de muchas trayectorias laborales asalariadas, numerosos pequeños empresarios y profesionales atraviesan etapas con ingresos muy variables.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>La realidad de un negocio propio raramente sigue una línea completamente estable durante treinta o cuarenta años.</p>
<h2><strong>Llegar a la edad no significa cobrar el máximo</strong></h2>
<p>Uno de los <strong>errores más frecuentes </strong>consiste en pensar que cumplir la edad legal garantiza automáticamente el acceso a la totalidad de la pensión. La realidad es muy distinta.</p>
<!-- BREAK 7 --><p>Por ejemplo: un autónomo de 66 años que acumula 31 años cotizados, pero que durante su trayectoria atravesó varios años sin actividad o periodos donde sus cotizaciones fueron especialmente reducidas. Bien, pues podría quedarse todavía por debajo del nivel necesario para cobrar el 100% de la prestación.</p>
<h2><strong>Las diferencias económicas pueden crecer con el paso de los años</strong></h2>
<p>Los efectos se entienden mejor cuando se trasladan a cifras reales. Imaginemos un autónomo cuya base reguladora le permitiría cobrar 1.800 euros mensuales si alcanzara el porcentaje máximo de jubilación.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>Con el sistema actual <strong>podría aproximarse antes al 100%.</strong> Supongamos que consigue consolidar un 96%, lo que situaría su pensión en unos 1.728 euros mensuales. Sin embargo, con el nuevo ritmo previsto desde 2027 podría quedarse en un 94%, reduciendo la prestación hasta aproximadamente <strong>1.692 euros</strong>.</p>
<p><strong>La diferencia sería de 36 euros al mes.</strong> Vista de forma aislada parece una cantidad pequeña. Sin embargo, cuando se proyecta a largo plazo el escenario cambia.</p>
<!-- BREAK 9 --><p>En una década de jubilación la pérdida acumulada superaría los 4.000 euros y, si la prestación se prolonga durante veinte años, algo habitual dada la esperanza de vida actual, el impacto económico continuaría aumentando.</p>
<p>Imágenes | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://unsplash.com/es/fotos/fotografia-en-escala-de-grises-de-un-hombre-abriendo-la-boca-25QCezs8-oo" >Photo Boards</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://unsplash.com/es/fotos/billete-de-20-euros-en-papel-blanco-de-impresora-kkACMU0GYko" >Ibrahim Boran</a></p>
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                <title><![CDATA[Si eres autónomo y cotizas por el mínimo, esta es la pensión que te va a quedar en 2026. Y no, tampoco este año llegará a los 1.000 euros ]]></title>
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                <pubDate>Mon, 23 Feb 2026 07:00:51 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>Para este 2026, los autónomos que han cotizado toda su vida por la base mínima ya saben que su pensión será baja. Sin matices. El sistema calcula la jubilación en función de lo cotizado y los años trabajados, sin distinguir entre empleados y trabajadores por cuenta propia.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Si durante décadas se ha elegido el tramo más bajo, la prestación resultante será reducida. La base determina la pensión, y quien ha mantenido la mínima parte con una cuantía inicial ajustada que, por sí sola, <strong>no alcanza cifras elevadas.</strong></p>
<p><strong>El cálculo teórico de la pensión se obtiene aplicando la base reguladora a los años cotizados</strong>. En el caso de quienes han permanecido en el mínimo, el resultado bruto dista mucho de las cifras que se asocian a pensiones medias.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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<p>Sin embargo, esa cantidad inicial no es la que finalmente ingresan la mayoría de estos jubilados. <strong>El sistema incorpora un mecanismo corrector que eleva las prestaciones más reducidas hasta un umbral legal</strong>.</p>
<!-- BREAK 3 --><h2><strong>El papel decisivo del complemento a mínimos</strong></h2>
<p>La Seguridad Social activa cada año el complemento a mínimos cuando la pensión reconocida no alcanza las cantidades fijadas como referencia. Este ajuste no es una ayuda opcional, sino un instrumento estructural para <strong>evitar que las prestaciones contributivas queden por debajo de un nivel considerado básico</strong>.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>En 2026, para un jubilado con cónyuge a cargo, la pensión final se sitúa en torno a los 1.256 euros mensuales distribuidos en catorce pagas.</p>
<p>En el caso de una unidad económica unipersonal, <strong>la cifra ronda los 936 euros al mes.</strong> Cuando el jubilado tiene cónyuge no dependiente, el importe se aproxima a los 888 euros mensuales.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>Unas cantidades que representan la prestación definitiva tras aplicar el complemento. La cifra resultante del cálculo puro de la base mínima sería sensiblemente inferior. <strong>El ajuste estatal es el que permite alcanzar esos niveles, aunque en dos de los tres supuestos no se superan los 1.000 euros mensuales.</strong></p>
<h2><strong>Límites de ingresos y condiciones</strong></h2>
<p>El acceso al complemento está condicionado por el nivel de rentas adicionales. La normativa establece topes anuales que no pueden superarse si se quiere mantener este refuerzo.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>Para quienes no tienen cónyuge a cargo,<strong> el límite se sitúa en torno a los 9.442 euros anuales en ingresos externos.</strong> En el caso de tener cónyuge dependiente, el margen se amplía hasta aproximadamente 11.013 euros al año.</p>
<p>Se computan como rentas adicionales los ingresos procedentes de alquileres, dividendos, intereses o rescates de productos financieros.</p>
<p>Si el pensionista supera esos umbrales, pierde el derecho al complemento y pasa a percibir únicamente la cuantía derivada de su base reguladora. Este punto es relevante para muchos autónomos que mantienen pequeñas fuentes de ingresos una vez jubilados.</p>
<h2><strong>Edad de jubilación y años cotizados</strong></h2>
<p><strong>Otro elemento clave en 2026 es la edad efectiva de retiro.</strong> La legislación mantiene el calendario progresivo de aumento de la edad ordinaria.</p>
<p><strong>Para jubilarse a los 65 años es necesario acreditar al menos 38 años y tres meses de cotización.</strong> Quien no alcance ese periodo deberá esperar hasta los 66 años y diez meses.</p>
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<p>Esta exigencia afecta especialmente a autónomos con trayectorias irregulares, periodos sin actividad o cambios frecuentes de régimen.</p>
<p>Adelantar la jubilación también es posible, pero conlleva coeficientes reductores permanentes que disminuyen la cuantía final. Incluso aplicando el complemento a mínimos, <strong>una jubilación anticipada puede implicar ingresos más ajustados durante toda la etapa de retiro.</strong></p>
<!-- BREAK 7 --><h2><strong>Una realidad que obliga, sí o sí, a planificar</strong></h2><p>El panorama para quienes han cotizado siempre por el tramo mínimo confirma una tendencia conocida. <strong>La pensión resultante es modesta y, salvo en el supuesto más favorable con cónyuge a cargo, no alcanza los 1.000 euros mensuales</strong>.</p>
<p>El complemento estatal amortigua la diferencia, pero no compensa completamente décadas de cotización reducida.</p>
<p>En los últimos años, el sistema de cotización por ingresos reales ha introducido cambios graduales en el régimen de autónomos. No obstante, quienes están a punto de jubilarse no pueden modificar sustancialmente el resultado acumulado de su carrera.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>Un consejo que por obvio no debe pasarse por alto: Revisar años cotizados, estudiar la fecha óptima de retiro y analizar la posible existencia de ingresos adicionales es un paso imprescindible antes de formalizar la jubilación.</p>
<!-- BREAK 9 --><p>Imágenes |&nbsp;<a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/woman-old-senior-air-health-age-3186741/" >Pixabay</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/give-take-euro-10-euro-euro-note-1545697/" >Pixabay</a></p>
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                <title><![CDATA[Este es el plazo en el que la Seguridad Social puede conceder (o denegar) una pensión por jubilación]]></title>
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                <pubDate>Mon, 31 Jan 2022 17:00:37 +0000</pubDate>
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                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/ce7ce7/granny-g415e66dca_1280/1024_2000.jpg" alt="Este&#x20;es&#x20;el&#x20;plazo&#x20;en&#x20;el&#x20;que&#x20;la&#x20;Seguridad&#x20;Social&#x20;puede&#x20;conceder&#x20;&#x28;o&#x20;denegar&#x29;&#x20;una&#x20;pensi&#x00F3;n&#x20;por&#x20;jubilaci&#x00F3;n">
    </p>
    <p>En la actualidad, son muchos los trabajadores que se plantean su jubilación. De hecho, en los últimos años, como consecuencia de la caída de la actividad y de las restricciones de la pandemia, se han incrementado el número de solicitudes a la Seguridad Social y, en consecuencia, también las pensiones denegadas por no cumplir con los requisitos para acceder a ella.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><h2>Requisitos para acceder a la pensión de jubilación</h2>

<p>Existen al menos tres requisitos para acceder a la pensión de jubilación en 2022:</p>

<ul>
<li><strong>Alcanzar la edad ordinaria de jubilación</strong>. En 2022, esta edad es, con carácter general, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estas-nuevas-condiciones-para-acceder-a-tu-jubilacion-2022">de 66 años y 2 meses</a>, salvo en el supuesto de que el trabajador acredite, al menos, 37 años y 9 meses o más, en cuyo caso la edad ordinaria de jubilación será, como estos últimos años, de 65 años.</li>
<li>No obstante, <strong>se podrá solicitar la pensión hasta dos años antes de esta edad</strong>, en una modalidad conocida como <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/jubilacion-anticipada-cuanto-pierde-autonomo-se-retira-antes-tiempo">jubilación anticipada</a>.</li>
<li><strong>Estar al corriente del pago con la Seguridad Social</strong>. Es decir, el solicitante no podrá tener ninguna deuda con este organismo.</li>
</ul>

<h2>El plazo de la Seguridad Social para conceder una pensión de jubilación</h2>

<p>Los trabajadores deben solicitar su pensión de jubilación  al Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS). Desde que se presenta la solicitud, este organismo tiene 90 días para contestar si acepta o deniega la pensión de jubilación.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/como-puedes-saber-estas-al-dia-seguridad-social">
     <img alt="C&#x00F3;mo&#x20;puedes&#x20;saber&#x20;si&#x20;est&#x00E1;s&#x20;al&#x20;d&#x00ED;a&#x20;con&#x20;la&#x20;Seguridad&#x20;Social" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/3d2a06/captura-de-pantalla-2020-07-26-a-las-0.08.11/375_142.png">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/como-puedes-saber-estas-al-dia-seguridad-social" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/como-puedes-saber-estas-al-dia-seguridad-social" class="desvio-title js-desvio-title">Cómo puedes saber si estás al día con la Seguridad Social</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Sin embargo, podría pasar que transcurran los 90 días y <strong>el INSS no se pronuncie o lo haga rechazando la solicitud</strong>. En ambos casos se entiende que la solicitud de pensión de jubilación ha sido denegada. Los motivos principales son la falta de acreditación de años cotizados a la Seguridad Social en el caso de jubilaciones anticipadas o que el trabajador tenga deudas con el organismo, según establece el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724">artículo 47 de la Ley de la Seguridad Social</a>.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>No obstante, en caso de que se deniegue la solicitud, se puede presentar una reclamación administrativa ante el propio Instituto Nacional de Seguridad Social <strong>en un plazo de 30 días desde que se haya denegado</strong>. En este caso, el INSS tiene que contestar en un plazo de 45 días, aceptando o denegando la reclamación.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>También será posible <strong>interponer una reclamación por vía judicial contra el Instituto Nacional de Seguridad Social ante el Juzgado de lo Social</strong>. Esta demanda deberá presentarse en un plazo de treinta días desde la fecha en que se haya notificado la denegación, o transcurridos los 45 días que el Instituto Nacional de Seguridad Social tenía para contestar a la reclamación.</p>
<!-- BREAK 5 --><script>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Dime cuánto cotizas como trabajador autónomo y te diré cuál podría ser tu pensión de jubilación]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/dime-cuanto-cotizas-como-trabajador-autonomo-te-dire-cual-podria-ser-tu-pension-jubilacion</link>
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                <pubDate>Fri, 26 Nov 2021 08:01:58 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/e290b1/a-book-g42fe50900_640/1024_2000.jpg" alt="Dime&#x20;cu&#x00E1;nto&#x20;cotizas&#x20;como&#x20;trabajador&#x20;aut&#x00F3;nomo&#x20;y&#x20;te&#x20;dir&#x00E9;&#x20;cu&#x00E1;l&#x20;podr&#x00ED;a&#x20;ser&#x20;tu&#x20;pensi&#x00F3;n&#x20;de&#x20;jubilaci&#x00F3;n">
    </p>
    <p>La <strong>jubilación es una de las principales preocupaciones de los trabajadores autónomos</strong>, especialmente los autónomos. De hecho, la mayoría de ellos ni siquiera saben cuál podría ser su pensión de jubilación si se retirasen ahora mismo.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Sin embargo, <strong>el cálculo es más fácil de lo que parece</strong>, especialmente si tienes toda la información sobre cuánto has cotizado a lo largo de tu vida laboral. Estos son los pasos que cualquier trabajador puede seguir para calcular su base reguladora y, en consecuencia, también su pensión de jubilación.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><h2>Obtener todas tus bases de cotización</h2>

<p>La jubilación <strong>se calcula teniendo en cuenta las bases de cotización de los últimos años</strong>. De esta manera, se <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/que-consiste-base-reguladora-como-afecta-a-mi-pension-jubilacion">calcula la base reguladora de la pensión de jubilación</a>. En concreto, el trabajador deberá recabar los últimos 25 años de cotizaciones de su vida laboral o, dicho de otro modo, los últimos 300 meses.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Las <strong>bases de cotización se pueden encontrar en las nóminas de los trabajadores</strong>. En caso de que seas trabajador autónomo, cotizas de forma libre, de manera que deberías saber cuánto has cotizado en los últimos años. No obstante, puedes consultar esta información en el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/recursos/quieres-saber-cuanto-has-cotizado-asi-puedes-obtener-tu-informe-bases-cotizacion">Informe de Bases de Cotización de la Seguridad Social</a>, donde podrás encontrar todas las bases de cotización del trabajador a lo largo de su vida laboral, diferenciándose por régimen (General, RETA…).</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Estas <strong>bases de cotización se ajustarán según el IPC</strong>, ya que no es lo mismo la base de cotización de hace 25 años que la actual. Para ello, hay que multiplicar las cotizaciones más antiguas por unos coeficientes para ajustar esta información al nivel de precios del momento de la jubilación. Estas rentas se ajustan conforme al IPC general, y se puede hacer con la herramienta que dispone el Instituto Nacional de Estadística (INE) para tal fin.</p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/cuantia-tu-pension-jubilacion-depende-tu-base-cotizacion-no-cuanto-tiempo-cotices" class="desvio-title js-desvio-title">La cuantía de tu pensión de jubilación depende de tu base de cotización, no de cuánto tiempo cotices</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Dividirlo entre un cociente</h2>

<p>Una vez hayas obtenido todas las bases de cotización de los últimos 25 años, tendrás que dividir la suma de todas ellas por un cociente para calcular la base reguladora mensual. Este cociente se corresponde con el número de pagas anuales que el trabajador va a recibir por su pensión de jubilación, 14 al año, una cada mes y dos pagas extras. En 2022, este cociente es de 350.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Por ejemplo, imagina un autónomo que los últimos 25 años haya estado cotizando por la base mínima de cotización. Por simplificación, vamos a suponer que esta base de cotización ha sido la que está vigente en 2022, de 944,40 euros al mes, ajustada a la inflación. La suma del total de las bases ha sido de 283.320 euros que, si se divide entre 350, da como resultado una base reguladora de 809,48 euros.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<h2>Ya tengo la base reguladora, ¿será esa mi pensión?</h2>

<p>La base reguladora sirve para calcular la pensión, <strong>pero no es la pensión en sí misma</strong>. En realidad, es necesario aplicar una serie de factores correctores en función de las circunstancias en las que se jubile el trabajador y del número de años cotizados.</p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>En la mayoría de supuestos, si el trabajador ha cotizado lo suficiente, <strong>la pensión se corresponderá con el 100 por ciento de la base reguladora</strong>. Para ello, es necesario haber cumplido la edad legal de jubilación y acreditar un periodo mínimo de cotización. En 2022, con menos de 37 años y 6 meses cotizados deberán haber cumplido 66 años y 2 meses para cobrar el 100% de la pensión, mientras que si el periodo de cotización es superior, el trabajador puede jubilarse con 65 años.</p>
<!-- BREAK 9 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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     <img alt="Cotic&#x00E9;&#x20;toda&#x20;mi&#x20;vida&#x20;y&#x20;me&#x20;queda&#x20;una&#x20;pensi&#x00F3;n&#x20;de&#x20;miseria,&#x20;el&#x20;d&#x00ED;a&#x20;a&#x20;d&#x00ED;a&#x20;de&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;jubilados" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/1824ab/jubilacion-autonomos/375_142.jpg">
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   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Sin embargo, <strong>hay otras fórmulas para jubilarse que reducen la pensión de jubilación</strong>. Una de ellas es la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/jubilacion-anticipada-cuanto-pierde-autonomo-se-retira-antes-tiempo">jubilación anticipada</a>, que permite al trabajador acceder a su pensión hasta dos años antes aunque, eso sí, con un descuento que dependerá del adelanto sobre la edad legal con que se produzca su jubilación.</p>
<!-- BREAK 10 -->
<p>También es posible jubilarse con 15 años cotizados, aunque esto implica acceder una pensión del 50% de la base reguladora. Conforme se vayan acreditando más periodo de cotización, mayor será la pensión, de la siguiente manera:</p>
<!-- BREAK 11 -->
<ul>
<li>Entre 2020 y 2022, <strong>el incremento será del 0,21 % por cada mes adicional</strong> entre los meses uno y 106 y del 0,19 % por los 146 meses restantes;</li>
<li>Entre 2023 y 2026, <strong>el aumento será del 0,19 % entre los meses uno y 49</strong> y del 0,19 % durante los 16 meses siguientes.</li>
<li>A partir de 2027, <strong>el 0,19 % del mes uno al 248 y el 0,18 % durante los 16 meses restantes</strong>.</li>
</ul>

<p>Existen muchos otros supuestos para acceder a la jubilación, pero todos ellos se basan en la base reguladora, que es el elemento sobre el que se calculan las pensiones de jubilación.</p>
<!-- BREAK 12 --><script>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Jubilación anticipada: ¿cuánto pierde un autónomo si se retira antes de tiempo?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/jubilacion-anticipada-cuanto-pierde-autonomo-se-retira-antes-tiempo</link>
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                <pubDate>Fri, 19 Nov 2021 08:01:54 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/4a9b40/man-g8655ab54d_1280/1024_2000.jpg" alt="Jubilaci&#x00F3;n&#x20;anticipada&#x3A;&#x20;&#x00BF;cu&#x00E1;nto&#x20;pierde&#x20;un&#x20;aut&#x00F3;nomo&#x20;si&#x20;se&#x20;retira&#x20;antes&#x20;de&#x20;tiempo&#x3F;">
    </p>
    <p>La <strong>jubilación anticipada</strong> es un régimen de la Seguridad Social que permite al trabajador jubilarse con hasta dos años de antelación con respecto a la que debería ser la edad legal. Esta modalidad ha crecido de manera significativa en los últimos años, <strong>hasta el punto de casi duplicarse desde 2014</strong>, según datos de la Seguridad Social.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Sin embargo, a pesar de su atractivo, <strong>la jubilación anticipada tiene consecuencias sobre tu pensión de jubilación.</strong> En concreto, si decides anticipar tu retiro, perderás parte de la pensión a que tendrías derecho en condiciones normales, dependiendo de una serie de criterios <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/recursos/penalizar-a-trabajador-40-anos-cotizados-se-jubila-antes-edad-que-injusto">definidos bajo los llamados coeficientes reductores</a>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><h2>Así afecta la jubilación anticipada en tu pensión de jubilación</h2>

<p>La jubilación anticipada <strong>tiene severas consecuencias sobre la pensión</strong>. En concreto, la pensión resultante por aplicación de la base reguladora será objeto de reducción mediante la aplicación trimestral de los siguientes coeficientes reductores, en función del tiempo cotizado:</p>
<!-- BREAK 3 -->
<ul>
<li>Coeficiente del 1,875 por ciento cuando se acredite un período de cotización inferior a 38 años y 6 meses.</li>
<li>Coeficiente del 1,750 por ciento cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y 6 meses.</li>
<li>Coeficiente del 1,625 por ciento cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses.</li>
<li>Coeficiente del 1,500 por ciento cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 44 años y 6 meses.</li>
</ul>

<p>Estos coeficientes serán acumulativos. Es decir, en caso de que el trabajador se jubile con un año de antelación, habiendo acreditado 40 años de cotización, su pensión se reducirá en un 7 por ciento (1,750 por ciento durante cuatro trimestres).</p>
<!-- BREAK 4 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/intenta-no-retirarte-antes-de-tiempo-este-es-el-impacto-sobre-tu-pension-de-la-jubilacion-anticipada">
     <img alt="Intenta&#x20;no&#x20;retirarte&#x20;antes&#x20;de&#x20;tiempo.&#x20;Este&#x20;es&#x20;el&#x20;impacto&#x20;sobre&#x20;tu&#x20;pensi&#x00F3;n&#x20;de&#x20;la&#x20;jubilaci&#x00F3;n&#x20;anticipada" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/ae4975/people-1394377_640/375_142.jpg">
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   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/intenta-no-retirarte-antes-de-tiempo-este-es-el-impacto-sobre-tu-pension-de-la-jubilacion-anticipada" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/intenta-no-retirarte-antes-de-tiempo-este-es-el-impacto-sobre-tu-pension-de-la-jubilacion-anticipada" class="desvio-title js-desvio-title">Intenta no retirarte antes de tiempo. Este es el impacto sobre tu pensión de la jubilación anticipada</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Por ejemplo, un trabajador autónomo con 45 años cotizados que <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/asi-puedes-tener-tu-informe-vida-laboral-apenas-minuto">a lo largo de su vida laboral</a> hubiese cotizado por la base mínima (supongamos que es de 944,40 euros al mes) y se hubiese jubilado con dos años de antelación, renunciaría al 12 por ciento de su pensión. En total, suponiendo que su base reguladora fuese de 809,48 euros al mes, acabaría con una pensión de 712,34 euros brutos al mes.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<h2>La nueva reforma de Escrivá</h2>

<p>En la nueva reforma de las pensiones, el Ministro de la Seguridad Social, <strong>José Luis Escrivá, pretende desincentivar todavía más la jubilación anticipada</strong>. En general, su intención es que estos coeficientes reductores sean mensuales en lugar de trimestrales, y reduzcan  la pensión de jubilación y no la base reguladora. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Su objetivo es <strong>promover la jubilación a edades más próximas a la edad legal de jubilación</strong> y así favorecer las carreras de cotización más largas.</p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[¿Por qué muchos trabajadores se están planteando anticipar su prejubilación?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-muchos-trabajadores-se-estan-planteando-anticipar-su-prejubilacion</link>
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                <pubDate>Tue, 08 Jun 2021 09:01:15 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/215e06/jubilados/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Por&#x20;qu&#x00E9;&#x20;muchos&#x20;trabajadores&#x20;se&#x20;est&#x00E1;n&#x20;planteando&#x20;anticipar&#x20;su&#x20;prejubilaci&#x00F3;n&#x3F;">
    </p>
    <p>La reforma de la Seguridad Social prevista por el Ministro Escrivá está pensada para salir adelante en los próximos meses. Se espera que esté lista a finales de año y se implantaría de forma progresiva. Uno de sus objetivos es que la edad real de jubilación se acerque lo máximo posible a la edad legal. Y esto pasa en muchos casos por tratar de limitar la posibilidad de jubilarse antes de tiempo. Quizás esta sea la principal razón por la que <strong>muchos trabajadores se están planteando anticipar su prejubilación</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Porque va a suponer una mayor penalización para aquellos afortunados que puedan retirarse antes de la edad legal, actualmente en 66 años. ¿Cómo les afecta? Pues con una reducción sobre la pensión que van a recibir en el futuro. Por eso, hacerlo antes o después de 2021 puede suponer una diferencia significativa. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/prolongar-edad-jubilacion-anos-cotizacion-que-justo">
     <img alt="Prolongar&#x20;la&#x20;edad&#x20;de&#x20;jubilaci&#x00F3;n&#x20;o&#x20;los&#x20;a&#x00F1;os&#x20;de&#x20;cotizaci&#x00F3;n,&#x20;&#x00BF;qu&#x00E9;&#x20;es&#x20;m&#x00E1;s&#x20;justo&#x3F;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/ee02a7/jubilacion-activa/375_142.jpg">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/prolongar-edad-jubilacion-anos-cotizacion-que-justo" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/prolongar-edad-jubilacion-anos-cotizacion-que-justo" class="desvio-title js-desvio-title">Prolongar la edad de jubilación o los años de cotización, ¿qué es más justo?</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Más reducciones en la cuantía de la pensión</h2>

<p>El principal cambio es que las <strong>reducciones se aplicarían sobre la pensión a percibir, no sobre la base reguladora</strong>. Esto beneficiaba sobre todo a aquellos que cobraban la pensión máxima, y que aunque les aplicarán un coeficiente de penalización, al tener una base muy elevada no les penalizaba en su jubilación y podían anticiparla sin pérdida real.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Por lo que respecta a los coeficientes reductores que se aplican, se van a modificar para que sean mensuales en lugar de trimestrales, pero también <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11257201/06/21/Estos-son-los-trabajadores-a-los-que-no-les-afectara-la-reforma-Escriva-de-las-prejubilaciones.html">en los porcentajes aplicados</a> en cada una de las franjas de edad en las que se aplican:</p>
<!-- BREAK 4 -->
<ul>
<li><p>En personas que hayan <strong>cotizado de menos de 38 años y 6 meses</strong>, pasa de un 2% a un 3,26% en el primer mes, de un 8% al 5,5% el primer año y del 16% al 21% si son dos años antes.</p>
</li>
<li><p>Para las personas que hayan <strong>cotizado entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses</strong>, el coeficiente cambia de un 1,875% a un 3,11% en el primer mes, de un 7,5% al 5,25% el primer año y del 15% al 19% con dos años.</p>
</li>
<li><p>Para las personas que hayan <strong>cotizado entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses</strong>, se pasa de un coeficiente del 1,75% al 2,96% el primes mes, de un 7% al 5% el primer año y de un 14% al 17% el segundo año.</p>
</li>
<li><p>Para las personas que hayan <strong>cotizado más de 44 años y 6 meses</strong>, el coeficiente aumenta de un 1,625% a un 2,81 el primer mes, de un 6,5% al 4,75 en un año y permanece en el 13% para las prejubilaciones de dos años de anticipación.</p>
</li>
</ul>

<p>Todo esto hace que muchos que tendrían opción por años cotizados <strong>estudien si les compensa o no esperar un par de meses o tres más</strong> o simplemente a poco que puedan se prejubilan antes de 2021 y se ahorran un buen recorte en su pensión. Y sobre todo si han estado cotizando con una base alta que les da derecho a la pensión máxima. </p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/que-sabemos-conclusiones-pacto-toledo-para-reforma-pensiones">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/que-sabemos-conclusiones-pacto-toledo-para-reforma-pensiones" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/que-sabemos-conclusiones-pacto-toledo-para-reforma-pensiones" class="desvio-title js-desvio-title">¿Qué sabemos de las conclusiones del Pacto de Toledo para la reforma de las pensiones?</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Más allá de esta cuestión la realidad es que las penalizaciones tendrían que ofrecerse en función del tiempo de contribución al sistema. Pero actualmente lo único que permite es poder prejubilarse, aunque habrá una pérdida de derechos. Algo que no ocurre para aquellos que han entrado más tarde al sistema y no tienen una carrera de cotización tan larga. Pero supongo que es algo que tenemos que asumir por llegar a una edad avanzada con una calidad de vida superior a la que tenían nuestros predecesores y una <strong>esperanza de vida mucho mayor</strong>.</p>
<!-- BREAK 6 --><script>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Ya se puede solicitar junto con la pensión el nuevo complemento para reducir la brecha de género]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/tramites/se-puede-solicitar-pension-nuevo-complemento-para-reducir-brecha-genero</link>
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                <pubDate>Fri, 05 Mar 2021 10:01:06 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/6265e0/brecha-genero-pensiones/1024_2000.jpg" alt="Ya&#x20;se&#x20;puede&#x20;solicitar&#x20;junto&#x20;con&#x20;la&#x20;pensi&#x00F3;n&#x20;el&#x20;nuevo&#x20;complemento&#x20;para&#x20;reducir&#x20;la&#x20;brecha&#x20;de&#x20;g&#x00E9;nero">
    </p>
    <p>El pasado mes de febrero se <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/gobierno-aprobara-nuevo-complemento-a-pensiones-para-reducir-brecha-genero">aprobó un nuevo complemento para reducir la brecha de género</a> en las pensiones que tiene que ver con el posible perjuicio en carrera profesional, fundamentalmente de las mujeres, en los periodos posteriores a tener descendencia o adopción. Y ya <strong>se puede solicitar junto con la pensión el nuevo complemento para reducir la brecha de género</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>El nuevo complemento parte de una cuantía fija de 378 euros al año, por hijo, hasta un máximo de 4 hijos. Es decir, la persona que al acceder a su pensión acredite y cumpla con los requisitos establecidos para este complemento contará con <strong>27 euros al mes más en su pensión si ha tenido un hijo</strong>. Dicha cantidad se irá multiplicando según el número de descendientes hasta un máximo de cuatro. La cuantía se abonará en 14 pagas y solo se podrá dar a uno de los dos progenitores, en principio al que tenga una pensión de menor cuantía.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/gobierno-aprobara-nuevo-complemento-a-pensiones-para-reducir-brecha-genero" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/gobierno-aprobara-nuevo-complemento-a-pensiones-para-reducir-brecha-genero" class="desvio-title js-desvio-title">El Gobierno aprobará un nuevo complemento a las pensiones para reducir la brecha de género</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Los requisitos para poder beneficiarse de este complemento son:</p>

<ul>
<li>Estar adscrito a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social y solicitar una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad. Es decir, el <strong>complemento se sumará a las pensiones de jubilación ordinaria, jubilación anticipada voluntaria, incapacidad permanente y viudedad</strong>.</li>
<li>Los complementos que pudieran ser reconocidos en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social serán incompatibles entre sí. Se abonará en el régimen en el que el causante de la pensión tenga más períodos de alta.</li>
<li>Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.</li>
</ul>

<p>Si es un <strong>hombre, debe acreditar los requisitos adicionales</strong>, como los siguientes:</p>

<ul>
<li>En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994: tener más de ciento veinte días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha o, en caso de adopción.</li>
<li>En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995: que la suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15 por ciento, a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores,</li>
</ul>

<p>Este complemento viene a <strong>sustituir al anterior complemento por maternidad</strong>.  Entró en vigor desde el 4 de febrero, se puede solicitar si a partir de esa fecha nos reconocen una nueva pensión. Se puede hacer tanto desde la <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio">Sede electrónica de la Seguridad Social</a> como solicitando cita previa. Basta con marcar la casilla 3.2 del formulario donde Solicita el complemento para la reducción para la brecha de género y cumplimentar los datos relativos a cada hijo. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/for-reading-granny-grandmother-813666/">dassel</a> en Pixabay</p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[La cuantía de tu pensión de jubilación depende de tu base de cotización, no de cuánto tiempo cotices]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/cuantia-tu-pension-jubilacion-depende-tu-base-cotizacion-no-cuanto-tiempo-cotices</link>
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                <pubDate>Fri, 25 Sep 2020 07:01:05 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/75e3e0/bookkeeping-615384_1280/1024_2000.jpg" alt="La&#x20;cuant&#x00ED;a&#x20;de&#x20;tu&#x20;pensi&#x00F3;n&#x20;de&#x20;jubilaci&#x00F3;n&#x20;depende&#x20;de&#x20;tu&#x20;base&#x20;de&#x20;cotizaci&#x00F3;n,&#x20;no&#x20;de&#x20;cu&#x00E1;nto&#x20;tiempo&#x20;cotices">
    </p>
    <p>Hace unos meses, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.elespanol.com/reportajes/20190821/indignante-pension-dolores-empresaria-cotizados-espana-euros/423208615_0.html">se hizo viral una noticia</a> que narraba la historia laboral de Dolores Agra, propietaria de la lencería Marta, en el centro de La Coruña. A la edad de 14 años, Loli, que es como la conocían los vecinos comenzaba a <strong>rendir cuentas a la Seguridad Social</strong> y con 78 comenzaba a pensar en su jubilación. </p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><p>De esta manera, <strong>esta mujer se convertía en la trabajadora con más tiempo cotizado en España</strong>, con 64 años a sus espaldas. Sin embargo, su pensión no fue correspondida, ya que, a duras penas <strong>alcanzaría los 1.000 euros tras toda una vida entre batas</strong>, camisones, pijamas, medias, calcetines y corsetería varia.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Sin embargo, y aunque la reclamación de esta trabajadora es moralmente aceptable, lo cierto es que es consecuencia del sistema de pensiones español. <strong>Cotizar durante más tiempo no va a subir la pensión</strong>, ya que todo depende de las bases de cotización que hayan tenido los trabajadores.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En el caso de los autónomos, y a pesar de que la edad media de jubilación es superior a la de los asalariados, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/pension-media-autonomos-fue-722-euros-2019-37-ciento-que-trabajadores-asalariados">su pensión es un 40 por ciento menor</a>. Esto es debido a que el 85 por ciento de los miembros de este colectivo cotizan por la base mínima, de 944,40 euros al mes. Esto hace que la pensión resultante sea de unos 810 euros al mes, siempre que se cumplan los requisitos para acceder a ella.</p>
<!-- BREAK 4 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/asi-han-crecido-bases-cotizacion-cuotas-autonomo-ultimos-seis-anos" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/asi-han-crecido-bases-cotizacion-cuotas-autonomo-ultimos-seis-anos" class="desvio-title js-desvio-title">Así han crecido las bases de cotización y las cuotas del autónomo en los últimos seis años</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Entonces, ¿para qué sirve cotizar durante más tiempo? En realidad, es necesario acreditar un periodo mínimo de cotización para poder acceder al 100% de la pensión, aunque evidentemente sin llegar al periodo de cotización de Dolores. En 2020, es necesario hay que tener al menos 37 años y 3 meses para acceder al 100% <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/que-consiste-base-reguladora-como-afecta-a-mi-pension-jubilacion">de la base reguladora</a> de la pensión de jubilación</p>
<!-- BREAK 5 -->
<h2>La pensión sube, aunque con límites</h2>

<p>Seguir trabajando más allá de la edad ordinaria de jubilación tiene premio en forma de mayor pensión, aunque con límites. En concreto, por cada año adicional completo que se haya cotizado se incrementará la pensión en un 2 por ciento si se han acreditado <strong>al menos 25 años cotizados al alcanzar dicha edad</strong>. El incremento será del 2,75 por ciento si se acreditan entre 25 y 37 años cotizados, y del 4 por ciento cuando se acrediten más de 37 años. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Para la pensión mínima del ejemplo anterior, <strong>esto implica un aumento de entre 16 y 32 euros al año</strong>. Eso sí, en ningún caso la pensión podrá ser superior al límite máximo establecido en cada momento (para 2020, es de 2683,34 euros mensuales en 14 pagas, equivalentes a 37.566,76 euros por año).</p>
<!-- BREAK 7 --><script>
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                <title><![CDATA[Jubilarse y seguir trabajando, el día a día de más de 40.000 autónomos]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/jubilarse-seguir-trabajando-dia-a-dia-40-000-autonomos</link>
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                <pubDate>Tue, 03 Mar 2020 08:01:46 +0000</pubDate>
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                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/bf69d5/jubilacion-autonomos/1024_2000.jpg" alt="Jubilarse&#x20;y&#x20;seguir&#x20;trabajando,&#x20;el&#x20;d&#x00ED;a&#x20;a&#x20;d&#x00ED;a&#x20;de&#x20;m&#x00E1;s&#x20;de&#x20;40.000&#x20;aut&#x00F3;nomos">
    </p>
    <p>En muchas ocasiones hablando con autónomos se quejaban de <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/cotice-toda-mi-vida-me-queda-pension-miseria-dia-a-dia-autonomos-jubilados">haber estado cotizando durante toda su vida</a> profesional y al jubilarse cobrar la pensión mínima. Habían cotizado siempre por la base mínima y no se preocuparon por ahorrar. Por eso no debe extrañar que <strong>jubilarse y seguir trabajando sea el día a día de más de 40.000 autónomos</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Porque con la pensión que cobran no les llega para mantener el nivel de vida al que sus ingresos les tenían acostumbrados. La jubilación activa implica <strong>cobrar una parte de la pensión, pero poder seguir trabajando</strong> y facturando. En España con los últimos datos del Ministerio de Trabajo a septiembre de 2018 existían 48.264 jubilados que optaron por la jubilación activa. De ellos 40.794 eran autónomos. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-implica-jubilacion-activa-para-autonomo">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-implica-jubilacion-activa-para-autonomo" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-implica-jubilacion-activa-para-autonomo" class="desvio-title js-desvio-title">¿Qué implica la jubilación activa para el autónomo?</a>
   </div>
  </div>
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</div>
<p>Hay que tener en cuenta que las condiciones para acceder a la jubilación activa si se cumplen el trabajo puede compatibilizarse con el cobro del 50% de la pensión. Desde el 26 de octubre de 2017 si el pensionista de jubilación trabaja por cuenta propia y acredita tener contratado al menos a un trabajador por cuenta ajena, la cuantía de la <strong>pensión compatible con el trabajo alcanzará el 100%. Se encuentran en esta circunstancia más de 9.000 autónomos</strong>.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>La realidad es que llegado el momento de la jubilación si tenemos un negocio no es raro que muchos opten por la jubilación activa, especialmente si el negocio funciona bien. <strong>Contratan a alguien y ellos pasan a un segundo plano</strong>, pero pueden cobrar la pensión completa y los ingresos complementarios que genere el negocio. </p>
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<p>En otros casos el <strong>ahorro para la jubilación pasa por un traspaso</strong> de negocio o un venta de licencia, como podría ser el sector del taxi, por ejemplo. En el caso de los autónomos que son <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/prolongar-carrera-profesional-alla-jubilacion-realidad-muchos-autonomos">profesionales independientes, un abogado, un electricista o un agente de seguros</a> pueden intentar mantener su cartera de clientes y aunque no busquen nuevos clientes mantienen lo que tienen con un perfil bajo al menos durante unos años.</p>
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<p>Porque la jubilación activa tiene como inconveniente que <strong>no se puede prolongar durante demasiado tiempo</strong>. Serán unos años, los que nos permita nuestro estado de salud, ya que no es raro que un deterioro de esta implique la imposibilidad de seguir trabajando. Por eso mejorar la base de cotización, crear planes de ahorro o de pensiones privados es una buena opción para complementar nuestros ingresos llegado este momento. </p>
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<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/bichuas/3351129905/">Bichuas (E. Carton)</a></p>
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                <title><![CDATA[¿Qué implica la jubilación activa para el autónomo?]]></title>
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                <pubDate>Tue, 26 Nov 2019 12:01:00 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>Uno de los problemas que tienen muchos autónomos cuando se acerca la edad de la jubilación es mantener su nivel de vida. En muchos casos se ha optado por cotizar por la base mínima y no queda otra que seguir trabajando. Pero también se puede <strong>optar por la jubilación activa para el autónomo</strong>. Vamos a ver que implica esta alternativa. </p>
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<p>En primer lugar permite compatibilizar el <strong>cobro de la pensión a la vez que se continúa con la actividad profesional</strong>. En la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/asi-envejecimiento-colectivo-autonomo-numero-trabajadores-mayores-65-anos-se-ha-duplicado-ultima-decada">última década esta alternativa ha sufrido incrementos</a> de un 85%. Quizás la razón sea que para sobrevivir a la crisis muchos tuvieron que tirar de los ahorros que tenían pensados para utilizar en la jubilación. </p>
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<p>Por lo tanto para la mayoría de los que eligen esta alternativa la razón principal es económica, debido a que reciben un pensión muy reducida. Para acogerse a esta modalidad el autónomo tiene que cumplir con todos los requisitos, tanto edad como tiempo cotizado o <strong>no tener deudas con la Seguridad Social</strong>. </p>
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<p>Lo más normal es aplicar un 50% del total de la pensión, mientras se mantiene la actividad profesional. Hay que tener en cuenta que <strong>nunca se aplican los complementos por mínimos</strong> en esta modalidad. Esto implica que si no se ha cotizado lo suficiente para llegar a la pensión mínima y se tiene que aplicar dicho <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-es-el-complemento-a-minimos-de-la-pension-del-autonomo-y-por-que-te-interesa">complemento a mínimos</a>, la reducción del 50% será sin el mismo y por lo tanto menor todavía.</p>
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<p>Esto es un <strong>problema para aquellos con las pensiones más bajas</strong>. En todo caso la opción más beneficiosa es para aquellos que tienen un empleado contratado, puesto que pueden <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/se-aclara-criterio-para-contratacion-empleados-autonomos-que-cobran-100-jubilacion-siguen-trabajando">cobrar el 100% de la pensión</a> y seguir trabajando. De esta forma también se fomenta el relevo en los negocios y se incentiva la creación de puestos de trabajo por empresas que son rentables. </p>
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<p>Respecto a la cotización, mientras dure esta jubilación activa tendrá que cotizar por incapacidad temporal y contingencias profesionales, más un 8% de cotización especial, aunque <strong>no generará nuevos derechos</strong>. De esta forma es una alternativa buena sobre todo para los autónomos que tienen empleados o aquellos que pueden contratar uno para mantener unos ingresos superiores sin tener que seguir trabajando al mismo ritmo. </p>
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<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/rest-seniors-pensioners-men-105066/">bstrupp</a></p>
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