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        <title>Magazine - estimacion-directa</title>
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        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Wed, 10 Jun 2026 16:53:44 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Hacienda intensifica las comprobaciones a los autónomos en módulos: qué significa y cómo prepararse ]]></title>
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                <pubDate>Thu, 04 Sep 2025 06:01:23 +0000</pubDate>
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      <img src="https://i.blogs.es/986538/hacienda-intensifica-las-comprobaciones-a-los-autonomos-en-modulos-que-significa-y-como-prepararse/1024_2000.jpeg" alt="Hacienda&#x20;intensifica&#x20;las&#x20;comprobaciones&#x20;a&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;en&#x20;m&#x00F3;dulos&#x3A;&#x20;qu&#x00E9;&#x20;significa&#x20;y&#x20;c&#x00F3;mo&#x20;prepararse&#x20;">
    </p>
    <p>Las comprobaciones de Hacienda a los autónomos que tributan en <strong>estimación objetiva (módulos)</strong> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/aeat-amplia-este-plazo-para-autonomos-31-enero-estas-pensando-tributar-modulos-te-interesa">no han dejado de crecer en los últimos años.</a> En paralelo, sigue presenta la intención de la AEAT de no prorrogar más la posibilidad de seguir tributando más allá del 2026, pero sin una confirmación definitiva.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Según los datos de la Agencia Tributaria, estas actuaciones de comprobación han aumentado un <strong>65 % desde 2019</strong>, con un repunte especialmente fuerte en 2023, cuando se incrementaron cerca de un <strong>20 %</strong> respecto al ejercicio anterior.</p>
<h2><strong>El foco, bien apuntado</strong></h2>
<p>El <strong>Plan Anual de Control Tributario de 2023</strong> incluyó un refuerzo específico en la vigilancia de actividades económicas de los autónomos.</p>
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/mitad-trabajadores-sufren-sindrome-postvacacional-estas-medidas-pueden-ser-efectivas-para-gestion-equipo" class="desvio-title js-desvio-title">Más de la mitad de los trabajadores sufren síndrome postvacacional. Estas medidas pueden ser efectivas para la gestión del equipo </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>De este modo, la Agencia Tributaria considera que los módulos, al no basarse en la facturación real, son un sistema <strong>más difícil de controlar</strong> y, por lo tanto, más <strong>expuesto a posibles irregularidades.</strong></p>
<!-- BREAK 2 --><p>Así, sectores como la <strong>hostelería, el transporte o la agricultura</strong> se encuentran entre los más afectados por esta intensificación de las comprobaciones.</p>
<p>El objetivo de la Ley Antifraude, ha sido reforzar la capacidad de investigación y los medios de Hacienda. En estos momentos, la Administración dispone de un amplio abanico de datos que le permite detectar descuadres con mayor rapidez, como la <strong>información cruzada</strong> de terminales de pago (TPV) y <strong>facturación digital, </strong>las <strong>declaraciones informativas</strong> (como el modelo 347) e incluso los <strong>consumos </strong>de electricidad y otros parámetros objetivos.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>De igual modo, la AEAT ya ha implementado proyectos de <strong>inteligencia artificial</strong> para acelerar las comprobaciones y localizar riesgos fiscales de manera más eficiente.</p>
<h2><strong>Contraste con el IRPF</strong></h2>
<p>En este sentido, a medida que Hacienda busca el cierre del sistema por módulos, es indicativo cómo mientras las actuaciones sobre módulos crecieron con fuerza, <strong>las comprobaciones sobre el IRPF general cayeron un 6 % en 2023.</strong></p>
<!-- BREAK 4 --><p>Todo ello confirma que se están concentrando esfuerzos extra en los regímenes que considera con mayor riesgo de fraude y, a la par, <strong>se proponen dificultar la posibilidad de ocultación de ingresos.</strong></p>
<h3><strong>¿Tienen los módulos fecha de caducidad?</strong></h3>
<p><strong>El régimen de módulos lleva más de una década en la diana. </strong>Hacienda y distintos gobiernos han planteado su desaparición en varias ocasiones, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/momento-decidir-autonomos-apuestan-regimen-modulos-le-dicen-adios-para-siempre">pero la realidad es que las prórrogas se suceden año tras año.</a></p>
<!-- BREAK 5 --><p>Hoy lo utilizan unos <strong>355.000 autónomos en IRPF</strong> y cerca de <strong>800.000 en agricultura y ganadería</strong>. Los expertos prevén que se mantendrá, al menos, hasta 2026.</p>
<p>Si sigues tributando en el sistema de módulos, se recomienda <strong>reforzar la transparencia y el orden en la gestión</strong>.</p>
<p>Algunas pautas útiles pueden ser:</p>
<ul>
  <li><strong>Guarda justificantes y facturas</strong>, aunque no se utilicen para calcular los módulos. Son básicos en caso de comprobación</li>
  <li><strong>Revisa los parámetros aplicados</strong> (metros del local, potencia eléctrica, personal) para asegurarte de que se corresponden con tu realidad</li>
  <li><strong>Busca asesoramiento fiscal</strong>: si tienes dudas, un profesional puede detectar descuadres antes que la Administración</li>
  <li><strong>Evalúa alternativas</strong>: si tus ingresos están cerca del límite (250.000 euros), conviene estudiar si la <strong>estimación directa simplificada</strong> resulta más conveniente</li>
</ul>
<p>En pocas palabras, el régimen de módulos se mantiene, pero bajo una vigilancia cada vez más intensa. La clave para los autónomos no es tanto preocuparse por su desaparición inmediata como <strong>estar preparados para un mayor control de Hacienda y menos margen de error en las declaraciones</strong>.</p>
<!-- BREAK 6 --><script>
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                                <item>
                <title><![CDATA[La AEAT amplía este plazo para los autónomos hasta el 31 de enero. Si estás pensando tributar por módulos, te interesa]]></title>
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                <pubDate>Tue, 07 Jan 2025 09:00:35 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>Hacienda ha introducido un cambio significativo para los autónomos que tributan en el régimen de módulos. &nbsp;Una <strong>modificación de plazos</strong> que ya se había exigido con anterioridad <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/empresarios-individuales-profesionales/contribuyentes-modulos/modulos-irpf/renuncia.html?faqId=5d41b6d6877c9710VgnVCM100000dc381e0aRCRD">para el régimen de módulos y estimación directa,</a> y que la AEAT ha decidido ampliar de cara a 2025.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>De este modo, el plazo para renunciar al sistema de módulos o, al contrario, incorporarse a él <strong>se amplía a partir de este ejercicio fiscal hasta el 31 de enero del año en curso. </strong><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.elespanol.com/invertia/20250102/buenas-noticias-autonomos-hacienda-amplia-plazo-pedir-tributacion-modulos/913408947_0.html">Un ajuste que pretende ofrecer una mayor flexibilidad a los contribuyentes,</a> que podrán evaluar su situación con más tiempo y decidir qué sistema les resulta más conveniente.</p>
<h2><strong>¿Qué es el régimen de módulos?</strong></h2>
<p>El régimen de módulos es un sistema de tributación simplificada destinado a pequeños negocios y autónomos. En este modelo, los impuestos no se calculan en función de los ingresos reales, sino mediante <strong>una estimación basada en una serie de parámetros,</strong> como el tamaño del local, el número de empleados o el consumo energético.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/eres-autonomo-facturas-2-500-brutos-al-mes-ganarias-mcdonalds-cobrando-salario-minimo">
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    </div>
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   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Así, este enfoque <strong>reduce las obligaciones formales,</strong> como la necesidad de llevar una contabilidad detallada que sí exige el sistema de estimación directa del IRPF, pero <strong>no siempre resulta ventajoso</strong> para todos los contribuyentes.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Además, la tributación por módulos está en el ojo del huracán, y podría desaparecer antes de 2030, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://elpais.com/economia/2024-10-16/los-economistas-piden-cambiar-la-cotizacion-de-los-autonomos-para-combatir-el-fraude-fiscal.html">debido a que Hacienda lo considera un posible foco de blanqueo de capitales,</a> si bien permite un mejor control de los impuestos para el pequeño negocio y una simplificación fiscal.</p>
<h2>Nuevas condiciones</h2>
<p>Hasta ahora, los autónomos que querían renunciar al régimen de módulos debían comunicar su decisión a Hacienda antes del 31 de diciembre del año previo. Con la nueva normativa, <strong>este plazo se extiende al 31 de enero del año en curso. </strong><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.grupo2000.es/el-boe-confirma-que-el-sistema-de-modulos-para-2019-se-mantiene/#:~:text=El%20sistema%20de%20m%C3%B3dulos%20es,gastos%20que%20tenga%20el%20negocio.">Lo mismo ocurre para quienes deseen reincorporarse al sistema tras haber renunciado.</a></p>
<!-- BREAK 4 --><p>Sin embargo, es crucial tener en cuenta que, <strong>una vez tomada la decisión de renunciar al régimen de módulos,</strong> el contribuyente estará obligado a permanecer fuera de él durante, al menos, tres años fiscales consecutivos. Pasado este periodo, podrá evaluar si retornar al sistema de módulos es beneficioso para su actividad.</p>
<p>Asimismo, en el actual clima de incertidumbre, es probable que esta decisión se tope con otras modificaciones clave, en especial, si la AEAT está valorando modificar o eliminar el sistema de módulos antes de 2030.</p>
<!-- BREAK 5 --><h2>Estimación: objetiva o directa</h2>
<p>El régimen de módulos puede ser muy ventajoso para <strong>actividades con bajos ingresos reales y pocos gastos deducibles, </strong>ya que los costes a pagar pueden ser inferiores a los que resultarían en el régimen de estimación directa. Además, <strong>simplifica la gestión administrativa</strong> al no requerir una contabilidad detallada.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>Por otro lado, quienes tengan <strong>gastos elevados o ingresos variables</strong> suelen preferir y sacar mayor partido al <strong>régimen de estimación directa</strong>.</p>
<p>También es importante considerar que <strong>cambiar de un sistema a otro</strong> no es una decisión que pueda revertirse con facilidad, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://alcoi.portalemp.com/la-decision-fiscal-autonomo-modulos-o-estimacion-directa.html">ya que las restricciones temporales pueden limitar la flexibilidad del contribuyente.</a></p>
<!-- BREAK 7 --><p>En conclusión, la ampliación del plazo para renunciar o volver al régimen de módulos es una medida que ofrece a los autónomos más tiempo para analizar su situación fiscal y tomar decisiones más informadas. El objetivo aquí deberá ser valorar con calma las implicaciones de cada forma de tributación, teniendo en cuenta la <strong>naturaleza de la actividad económica y las obligaciones tributarias asociadas.</strong></p>
<p><a rel="noopener, noreferrer" href="https://x.com/EFEnoticias/status/1594648459830755331">Foto: Soledad Fernández, EFE</a></p>
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                <title><![CDATA[¡Atentos, autónomos! Así podéis empezar a tributar por el método de estimación directa durante el estado de alarma]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/atentos-autonomos-asi-podeis-empezar-a-tributar-metodo-estimacion-directa-durante-estado-alarma</link>
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                <pubDate>Sat, 25 Apr 2020 07:01:59 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>Una de las medidas que ha puesto el Gobierno para mitigar el impacto de la COVID-19 entre los autónomos que tributan en la actualidad por módulos es la posibilidad de <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/autonomos-podran-salir-sistema-modulos-pasar-a-tributar-estimacion-directa-durante-pandemia-covid-19">acogerse al método de estimación directa</a>. Una medida que puede beneficiar a cerca de 400.000 autónomos que en la actualidad <strong>se han visto obligados a paralizar su actividad como consecuencia del estado de alarma</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><p>Pero, ¿cuál es el procedimiento? Básicamente, el que establece el artículo 33 del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6820">Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas</a>, donde se regula la renuncia al método de estimación objetiva. En concreto, el apartado 1 del citado artículo dispone lo siguiente:</p>
<!-- BREAK 2 -->
<blockquote>
  <p>También se entenderá efectuada la renuncia al método de estimación objetiva cuando se presente en el plazo reglamentario la declaración correspondiente al pago fraccionado del primer trimestre del año natural en que deba surtir efectos en la forma dispuesta para el método de estimación directa.</p>
</blockquote>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/gestionsage/sistema-de-estimacion-directa-o-modulos-cual-me-conviene-mas">
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    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/gestionsage/sistema-de-estimacion-directa-o-modulos-cual-me-conviene-mas" class="desvio-taxonomy-anchor abstract-disclaimer m-branded">Ofrecido por SAGE</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/gestionsage/sistema-de-estimacion-directa-o-modulos-cual-me-conviene-mas" class="desvio-title js-desvio-title">Sistema de estimación directa o módulos, ¿cuál me conviene más? </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Dicho de otro modo, se entenderá que el autónomo renuncia al sistema de módulos si el próximo 20 de mayo <strong>presenta el modelo de pago fraccionado del IRPF en estimación directa</strong> (<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/estas-son-las-ventajas-de-utilizar-el-modelo-130-en-lugar-de-aplicar-el-irpf-en-tus-facturas">modelo 130</a>), y no el modelo 131 por el que tributan los autónomos en estimación objetiva. De esta manera, renuncia de forma expresa y automática a tributar por módulos.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En cualquier caso, <strong>este traspaso es temporal y el autónomo podrá volver al sistema de estimación objetiva en 2021</strong>. Para ello, simplemente habrá que revocar la renuncia al sistema de estimación objetiva en el mes de diciembre. Sin embargo, si nos interesa por el motivo que sea continuar en el sistema de estimación directa, podremos continuar sin problemas.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Eso sí, hay que ser conscientes de que la presentación de este nuevo modelo lleva aparejado una gestión diferente a la que podríamos estar acostumbrados, ya que cambia hasta la forma de presentar el IVA.</p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Los autónomos podrán salir del sistema de módulos y pasar a tributar por estimación directa durante la pandemia de la COVID-19]]></title>
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                <pubDate>Tue, 21 Apr 2020 15:01:29 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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      <img src="https://i.blogs.es/64dc57/hairdressing-salon-2693077_640/1024_2000.jpg" alt="Los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;podr&#x00E1;n&#x20;salir&#x20;del&#x20;sistema&#x20;de&#x20;m&#x00F3;dulos&#x20;y&#x20;pasar&#x20;a&#x20;tributar&#x20;por&#x20;estimaci&#x00F3;n&#x20;directa&#x20;durante&#x20;la&#x20;pandemia&#x20;de&#x20;la&#x20;COVID-19">
    </p>
    <p>Todos los autónomos que ahora mismo tributen por módulos <strong>podrán cambiar su modalidad de tributación durante la pandemia de la COVID-19</strong>. De este modo, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/gestionsage/sistema-de-estimacion-directa-o-modulos-cual-me-conviene-mas">pasarían a pagar por el de estimación directa</a>, tributando por sus ingresos reales, y no por otros elementos objetivos como el número de empleados, la superficie del local o la iluminación contratada, entre otras.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><p>En concreto, <strong>la intención del Ejecutivo es que aquellos autónomos que tributen por módulos</strong> puedan <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/oficial-hacienda-mantendra-limite-actual-para-modulos-tambien-2020">renunciar a él durante 2020</a> y pasar a hacerlo por estimación directa. En un contexto de paralización casi total de la economía española, esta modalidad será mucho más beneficiosa para ellos, ya que se prevé que las pérdidas van a ser una constante. </p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Esta medida <strong>podría beneficiar a cerca de 300.000 autónomos que en la actualidad tributan por el sistema de estimación objetiva</strong>, y permitiría aliviar la carga que pesa sobre algunos de los sectores más afectados por la crisis del coronavirus como son la hostelería, el taxi o las peluquerías. </p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/regimen-modulos-sigue-siendo-coladero-tipo-efectivo-medio-apenas-supero-7-toda-espana">
     <img alt="El&#x20;r&#x00E9;gimen&#x20;de&#x20;m&#x00F3;dulos&#x20;sigue&#x20;siendo&#x20;un&#x20;coladero&#x3A;&#x20;el&#x20;tipo&#x20;efectivo&#x20;medio&#x20;apenas&#x20;super&#x00F3;&#x20;el&#x20;7&#x25;&#x20;en&#x20;toda&#x20;Espa&#x00F1;a" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/1a7211/barber-1453064_640/375_142.jpg">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/regimen-modulos-sigue-siendo-coladero-tipo-efectivo-medio-apenas-supero-7-toda-espana" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/regimen-modulos-sigue-siendo-coladero-tipo-efectivo-medio-apenas-supero-7-toda-espana" class="desvio-title js-desvio-title">El régimen de módulos sigue siendo un coladero: el tipo efectivo medio apenas superó el 7% en toda España</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Los beneficiados y perjudicados por la medida</h2>

<p>Los trabajadores más favorecidos son, sin duda, <strong>quienes se hayan visto obligar a paralizar su actividad como consecuencia de la pandemia de la COVID-19</strong>. Estos autónomos pagan una tributación fija basada en elementos objetivos con independencia de su facturación, de manera que salir del sistema de módulos para tributar por estimación directa supondrá un respiro para sus cuentas profesionales.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Este es el caso de <strong>todos los comercios que se han cerrado por la pandemia</strong>, como los bares, restaurantes, las peluquerías o los taxistas, entre otras.</p>

<p>Sin embargo, <strong>habrá autónomos que continúen trabajando y tributando por módulos que no les interese abandonar este sistema</strong>. Este es el caso de aquellos trabajadores cuya facturación sea superior a la que relativamente les correspondería pagar por estimación directa para la misma tributación. Este es el caso de los profesionales del transporte, muchos de los cuales continúan trabajando en la actualidad.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Imagen de <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/users/ChristianeBrand-6304155/?utm_source=link-attribution&utm_medium=referral&utm_campaign=image&utm_content=2693077">Christiane Brand</a> en <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/?utm_source=link-attribution&utm_medium=referral&utm_campaign=image&utm_content=2693077">Pixabay</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Estimación directa o módulos: ¿qué me sale más a cuenta para pagar menos IRPF?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/estimacion-directa-o-modulos-que-me-sale-mas-a-cuenta-para-pagar-menos-irpf</link>
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                <pubDate>Tue, 17 Apr 2018 07:01:27 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/c88574/beauty-salon-3277314_640/1024_2000.jpg" alt="Estimaci&#x00F3;n&#x20;directa&#x20;o&#x20;m&#x00F3;dulos&#x3A;&#x20;&#x00BF;qu&#x00E9;&#x20;me&#x20;sale&#x20;m&#x00E1;s&#x20;a&#x20;cuenta&#x20;para&#x20;pagar&#x20;menos&#x20;IRPF&#x3F;">
    </p>
    <p>Seguimos a vueltas con la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/declaracion-de-la-renta-a-la-vista-tenemos-todo-preparado">declaración de la renta</a>, y siguen siendo muchos los contribuyentes que se siguen preguntando <strong>cómo pagar menos todos los años</strong>. Si bien existen muchas fórmulas para la mayoría de contribuyentes, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/autonomos-a-los-que-el-irpf-les-sale-a-devolver-y-nunca-recibiran-su-dinero">los autónomos lo tienen todavía más complicado</a>. A las típicas deducciones estatales y autonómicas y las diferentes circunstancias personales y familiares se les suma el método de tributación: <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/gestionsage/sistema-de-estimacion-directa-o-modulos-cual-me-conviene-mas">estimación directa o módulos</a>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Pero, ¿qué conviene más para pagar menos IRPF? La pregunta no es baladí, pues puede marcar una gran diferencia. Y, por supuesto, no hay una única respuesta; <strong>todo depende del tipo de actividad que desarrolle un autónomo</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<h2>¿Cuándo me compensa tributar por módulos?</h2>

<p>Tributar por módulos implica estimar el rendimiento de nuestra actividad de acuerdo a unos parámetros objetivos, como los metros cuadrados del local, el número de empleados o la potencia contratada, entre otros. Una vez se haya obtenido el rendimiento, <strong>se paga lo mismo todos los meses con independencia de los ingresos</strong>.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Sin embargo, no todos los autónomos pueden tributar por módulos. <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/los-limites-de-para-tributar-por-modulos-se-mantienen-para-2018-al-menos-de-momento">Existen unos límites cuantitativos</a> en función de nuestros ingresos que marcan la posibilidad de tributar por este método <strong>que cada vez se están poniendo más restrictivos</strong>. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Si eres de los que puedes elegir esta modalidad para tributar, te interesa hacerlo cuando los rendimientos obtenidos por módulos sean inferiores a los reales. Esto, por ejemplo, abarcaría un bar pequeño, con poco personal pero con un elevado volumen de negocio. En general, <strong>esto se da en negocios consolidados que funcionan bien</strong>, aunque la legislación está intentando ponerles coto para evitar que paguen menos, reduciendo cada vez más los límites de facturación que dan derecho a utilizar esta fórmula.</p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset-summary article-asset-small"><div class="asset-content"><p class="sumario_izquierda">El sistema de estimación objetiva es interesante para aquellos autónomos cuyos rendimientos netos sean superiores a los calculados por módulos</p></div></div><p>Además, <strong>el sistema de módulos es el más sencillo de los dos</strong>. En el caso de un negocio que necesite de mucha gestión y contabilidad, <strong>quizá sea el mejor sistema por el que se puede optar</strong>, pues nos ahorrará muchos costes. Sin embargo, esto puede suponer un problema. El motivo es que no podrás incluir gastos deducibles como en el sistema de estimación directa.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<h2>¿Cuándo me compensa tributar por estimación directa?</h2>

<p>En el caso de la estimación directa, <strong>el rendimiento de la actividad se calcula en base a los ingresos y gastos reales del negocio</strong>. Los autónomos con actividades empresariales o profesionales que facturen más de 600.000 euros anuales en el año inmediatamente anterior para el conjunto de sus actividades deberán tributar por estimación directa normal; el resto podrán usar el método de la estimación directa simplificada. </p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Es interesante para aquellos autónomos que hayan comenzado su andadura, pues <strong>al inicio de la actividad los ingresos suelen ser bastante menores que más adelante</strong>. En estos supuestos, los ingresos y gastos reales suelen suponer un rendimiento inferior al que se calcularía por módulos. Además, los autónomos que se hayan dado de alta a partir del 1 de enero de 2013 y que tributen en este sistema disfrutarán durante dos periodos impositivos de una reducción del 20% en el rendimiento neto positivo.</p>
<!-- BREAK 8 --><div class="article-asset-summary article-asset-small"><div class="asset-content"><p class="sumario_izquierda">El sistema de estimación directa es interesante para los autónomos que estén comenzando su actividad</p></div></div><p>Ahora bien, los autónomos que tributen <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/como-y-cuando-pasar-de-modulos-a-estimacion-directa">por el método de estimación directa</a> tendrán que llevar la gestión de su contabilidad. Esto acarrea más costes de gestión, aunque es cierto que, a diferencia de módulos, pueden aplicarse deducciones para el cálculo del rendimiento neto.</p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>En definitiva, <strong>la elección de uno y otro método depende de nuestras circunstancias</strong>, pero sobre todo de nuestros ingresos. Cada contribuyente deberá hacer los cálculos para determinar qué compensa más, aunque es cierto que no todos pueden tributar por el método de estimación objetiva.</p>
<!-- BREAK 10 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/los-limites-de-para-tributar-por-modulos-se-mantienen-para-2018-al-menos-de-momento">Los límites de para tributar por módulos se mantienen para 2018, al menos de momento</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/sal%C3%B3n-de-belleza-peluquer%C3%ADa-mesa-3277314/">Mariamichelle</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Estos son los principales gastos deducibles de un autónomo que tribute por estimación directa ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/estos-son-los-principales-gastos-deducibles-de-un-autonomo-que-tribute-por-estimacion-directa</link>
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                <pubDate>Mon, 12 Mar 2018 12:01:44 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/88de8f/calculator-385506_640/1024_2000.jpg" alt="Estos&#x20;son&#x20;los&#x20;principales&#x20;gastos&#x20;deducibles&#x20;de&#x20;un&#x20;aut&#x00F3;nomo&#x20;que&#x20;tribute&#x20;por&#x20;estimaci&#x00F3;n&#x20;directa&#x20;">
    </p>
    <p>Se acerca el período <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/circunstancias-personales-que-influyen-en-la-declaracion-de-la-renta">para presentar la declaración de la renta</a> y, como cada año, <strong>muchos autónomos tendrán que elaborarla teniendo en cuenta su sistema de estimación</strong>. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Sin embargo, en muchas ocasiones, algunos trabajadores por cuenta propia olvidan incluir algunos gastos deducibles que podrían servir para reducir su factura fiscal. En esta entrada <strong>intentaremos hacer un pequeño resumen con todos los gastos deducibles que puede incluir un autónomo</strong>. Estos son los principales.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<h2>¿Qué gastos pueden ser considerados como deducibles?</h2>

<p>En líneas generales, y aunque no todos los gastos del autónomo pueden ser considerados como deducibles, la Agencia Tributaria <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Empresas_y_profesionales/Empresarios_individuales_y_profesionales/Rendimientos_de_actividades_economicas_en_el_IRPF/Regimenes_para_determinar_el_rendimiento_de_las_actividades_economicas/Estimacion_Directa_Normal.shtml">establece una serie de criterios</a> para que puedan ser incluidos como tales a la hora de presentar la declaración:</p>
<!-- BREAK 3 -->
<ul>
<li>Deben ser <strong>gastos afectos a la actividad económica del autónomo</strong>. En ocasiones, esto es difícil de demostrar, especialmente en algunos supuestos como el teletrabajo, donde solo se afecta a la actividad una parte de la vivienda, algo que incluso <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/esto-te-puedes-deducir-al-ano-si-trabajas-en-casa-con-la-nueva-ley-de-autonomos">ha generado controversia con la última ley de autónomos</a>. </li>
<li><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/siete-gastos-que-son-deducibles-sin-necesidad-de-disponer-de-la-factura">Salvo casos muy concretos</a>, <strong>deben estar convenientemente justificados</strong> mediante las correspondientes facturas o recibos.</li>
<li>Deben estar <strong>registrados contablemente en los libros de gastos e inversiones</strong> del autónomo.</li>
</ul>
<div class="article-asset-summary article-asset-normal"><div class="asset-content"><div class="sumario">Los criterios para considerar un gasto como deducible no siempre están claros. Tal es el caso de los autónomos que trabajan desde casa y que deben afectar una parte de la vivienda a su actividad económica.</div></div></div><h2>Los principales gatos deducibles del autónomo</h2>

<p>A continuación, <strong>os mostramos alguno de los gastos más habituales que debe considerar el autónomo</strong>, siguiendo la relación establecida por Hacienda.</p>

<h3>Consumos de explotación</h3>

<p>Dentro de esta categoría <strong>se incluyen todas las compras de mercaderías, materias primas y auxiliares</strong>, combustibles, elementos y conjuntos incorporables, envases y material de oficina. El consumo del ejercicio se realiza en base a la siguiente fórmula: consumos = existencias iniciales + compras - existencias finales.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<h3>Sueldos, salarios y otros gastos de personal</h3>

<p>Se consideran también como deducibles los <strong>pagos realizados a los trabajadores en concepto de sueldos</strong>, pagas extraordinarias, dietas y gastos de viajes, retribuciones en especie, premios e indemnizaciones. Además, también son deducibles otros gastos de personal, tales como gastos de formación, indemnizaciones por rescisión de contrato, seguros de accidentes de personal, obsequios realizados en favor de nuestros empleados y contribuciones a planes de pensiones o de previsión social empresarial.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<h3>Seguridad Social a cargo de la empresa</h3>

<p>La totalidad de las cotizaciones derivadas de la contratación de trabajadores, así como las correspondientes al empresario autónomo, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/puedo-deducirme-la-cuota-de-autonomos-en-el-irpf-si-soy-administrador-unico-de-una-sociedad">también son gastos deducibles en el IRPF</a>. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<h3>Aportaciones a mutualidades de previsión social</h3>

<p>Con la reforma fiscal, desde enero de 2015 <strong>se considera como deducible el 50% de la aportación por contingencias comunes</strong>. Hasta ese momento, tan solo eran deducibles las aportaciones de los profesionales autónomos no integrados en el RETA que tengan la alternativa legal de cotizar a una mutua, con un máximo de 4.500 € anuales.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<h3>Arrendamientos y cánones</h3>

<p>Dentro de esta categoría <strong>se incluyen alquileres</strong>, cánones, gastos de asistencia técnica, cuotas de leasing (arrendamiento financiero) que no tengan por objeto terrenos, solares u otros activos no amortizables.</p>
<!-- BREAK 8 -->
<h3>Reparaciones y conservación</h3>

<p>Todos aquellos <strong>gastos de mantenimiento, repuestos y adaptación de bienes materiales</strong> son deducibles, con la excepción de aquellos que supongan una ampliación o mejora, al considerarse inversiones amortizables en varios años.</p>
<!-- BREAK 9 -->
<h3>Servicios de profesionales independientes</h3>

<p>Como, por ejemplo, <strong>honorarios de economistas</strong>, abogados, auditores, notarios y otras comisiones de agentes comerciales o mediadores independientes.</p>

<h3>Otros servicios exteriores</h3>

<p>Entre ellos se incluyen gastos en investigación y desarrollo, transportes, primas de seguros, servicios bancarios, publicidad y relaciones públicas, suministros de electricidad, agua, telefonía y los gastos de oficina no incluidos en los conceptos anteriores.</p>
<!-- BREAK 10 -->
<h3>Impuestos y tributos fiscalmente deducibles</h3>

<p><strong>Algunos tributos son deducibles en el IRPF</strong>. Entre ellos, el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), el IAE y otros tributos y recargos no estatales, así como otras tasas, recargos y contribuciones estatales, con excepción de las sanciones y recargos de apremio o por presentar la declaración de Hacienda fuera de plazo. El IVA soportado únicamente será deducible en el IRPF cuando no sea degravable a través de las declaraciones de IVA, por ejemplo, en aquellos casos en los que no se presenten declaraciones trimestrales.</p>
<!-- BREAK 11 -->
<h3>Gastos financieros</h3>

<p>Entre los que se incluyen los <strong>intereses de préstamos y créditos</strong>, los gastos de gestión por descuento de efectos comerciales, recargos por aplazamiento de pago de deudas o intereses de demora en el aplazamiento de pagos Hacienda.</p>
<!-- BREAK 12 -->
<h3>Amortizaciones</h3>

<p>El <strong>importe del deterioro del inmovilizado material afecto a la actividad</strong>. Este gasto puede revestir especial complejidad en el supuesto de estimación directa normal, al existir <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/en-que-consiste-la-libertad-de-amortizacion-y-como-puede-beneficiarnos-fiscalmente">determinados supuestos de libertad de amortización</a>.</p>
<!-- BREAK 13 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/es-compatible-tributar-por-estimacion-directa-y-modulos-al-mismo-tiempo">¿Es compatible tributar por estimación directa y módulos al mismo tiempo?</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[¡Atentos, autónomos! Así tendréis que presentar el IRPF en 2018 ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/atentos-autonomos-asi-tendreis-que-presentar-el-irpf-en-2018</link>
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                <pubDate>Tue, 30 Jan 2018 07:00:50 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
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    </p>
    <p>Con casi un mes ya consumido de este 2018 y muchas obligaciones fiscales ya satisfechas, los autónomos prosiguen su actividad, sin pausa pero sin prisa. Sin embargo, <strong>las obligaciones con la administración no dan tregua</strong> y, precisamente por esta razón, es fundamental estar al día con Hacienda.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><p>Uno de ellos, y quizá el más importante cuando hablamos de personas físicas, es el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/irpf">Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas</a> (IRPF). En España, los autónomos pueden optar por tres modalidades para presentar el impuesto: estimación directa simplificada, estimación directa normal y <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/gestionsage/sistema-de-estimacion-directa-o-modulos-cual-me-conviene-mas">estimación objetiva</a>, <strong>más conocida por módulos</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<h2>Estimación directa</h2>

<p>En cualquiera de estos casos, <strong>tanto en el caso de estimación directa normal y simplificada</strong>, de manera trimestral, tendrás que rendir cuentas ante Hacienda presentando el pago fraccionado a través del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/estas-son-las-ventajas-de-utilizar-el-modelo-130-en-lugar-de-aplicar-el-irpf-en-tus-facturas">Modelo 130</a>, hasta el 30 de enero para presentar el cuatro trimestre de 2017, hasta el 20 de abril para el primer trimestre de 2018, hasta el 20 de julio para el segundo trimestre y hasta el 22 de octubre para el tercer trimestre.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<h2>Estimación objetiva</h2>

<p>Si bien cualquier autónomo puede tributar por cualquiera de los dos primeros sistemas, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/gestionsage/cuando-puedo-tributar-por-modulos-estos-son-sus-limites">para tributar por módulos existen unos límites que dependen del volumen de facturación</a>, ya que <strong>no podrá sobrepasar los 250.000 euros o 75.000 euros en aquellas actividades sujetas a un 1% de retención</strong>. El modelo a presentar para módulos es el 131 y, al igual que ocurre con la estimación directa, se realiza de manera trimestral y en las mismas fechas.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<h2>Presentación del IRPF en 2018</h2>

<p>Desde el 4 de abril hasta el 2 de julio <strong>toca echar cuentas con Hacienda</strong> y determinar si el volumen total de rentas obtenidas ha tributado lo suficiente, en cuyo caso no pagaremos nada o nos saldrá a devolver, o tenemos que pagar a la Agencia Tributaria. Para ello, deberás presentar el Modelo D-100, declaración y documentos de ingreso o devolución. Eso sí, si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta, <strong>el plazo se reduce hasta el 27 de junio</strong>.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/soy-mileurista-asi-me-afectara-la-bajada-del-irpf-en-2018">Soy mileurista, así me afectará la bajada del IRPF en 2018</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/users/Felix_Broennimann-199315/">Felix_Broennimann</a></p>
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                <title><![CDATA[¿Es compatible tributar en estimación directa y en módulos al mismo tiempo? Esto es lo que dice la Ley]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/es-compatible-tributar-en-estimacion-directa-y-en-modulos-al-mismo-tiempo-esto-es-lo-que-dice-la-ley</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/es-compatible-tributar-en-estimacion-directa-y-en-modulos-al-mismo-tiempo-esto-es-lo-que-dice-la-ley</guid>
                <pubDate>Wed, 20 Sep 2017 11:01:04 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/cc7ff3/lego-568039_640/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Es&#x20;compatible&#x20;tributar&#x20;en&#x20;estimaci&#x00F3;n&#x20;directa&#x20;y&#x20;en&#x20;m&#x00F3;dulos&#x20;al&#x20;mismo&#x20;tiempo&#x3F;&#x20;Esto&#x20;es&#x20;lo&#x20;que&#x20;dice&#x20;la&#x20;Ley">
    </p>
    <p>Todos los trabajadores autónomos, en función de su actividad, están obligados <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/gestionsage/sistema-de-estimacion-directa-o-modulos-cual-me-conviene-mas">bien a tributar por estimación directa o bien por estimación objetiva</a>, más conocido como módulos. Sin embargo, un autónomo podría tener dos actividades, <strong>una de ellas que tribute por estimación directa y la otra por estimación objetiva</strong>. Pero, ¿es compatible tributar por los dos sistemas?</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Pues bien, <strong>la respuesta es no</strong>. La Ley determina que los trabajadores que tributen por un sistema deben hacerlo por la totalidad de sus actividades, <strong>aunque cada una de ellas cumplan los requisitos para tributar por cada uno de los sistemas de forma simultánea</strong> y, por tanto, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/gestionsage/cuando-puedo-tributar-por-modulos-estos-son-sus-limites">sean susceptibles de ser incluidas en el régimen de estimación objetiva</a>. </p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Ahora bien, hay una excepción a esta regla general. Cuando ya estemos tributando por el régimen de estimación objetiva e iniciemos una segunda actividad durante ese año que no puede ser incluida en módulos, <strong>podremos tributar por ambos sistemas hasta el final de año</strong>. Con el inicio del siguiente ejercicio, el contribuyente deberá regularizar su situación e incluir ambas actividades en el régimen de estimación directa.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En este último caso, y para presentar la declaración de la renta correctamente, <strong>deberá completar los apartados correspondientes a ambos sistemas</strong>, de manera que incluyamos toda la información relativa tanto al régimen de estimación directa como la información del régimen de estimación objetiva, rellenando cada uno de ellos en la sección correspondiente en la declaración de la renta como si de declaraciones independientes se tratara.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En cuanto al IVA, y desde este año, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/G414.shtml">el modelo a presentar será el 303, de Autoliquidación del IVA</a>. Este nuevo formato, que se ha puesto en funcionamiento este año, recoge ambos métodos de estimación de forma independiente, sin que una afecte a la otra, lo que hace compatible que un autónomo pueda tributar por los dos sistemas, únicamente con la excepción expuesta. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/novedades-fiscales-para-2016-iii-el-cambio-en-el-sistema-de-modulos">Novedades fiscales para 2016 (III): el cambio en el sistema de módulos</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/lego-legomaennchen-hombres-568039/">blickpixel</a></p>
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                <title><![CDATA[¿Es compatible tributar por estimación directa y módulos al mismo tiempo?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/es-compatible-tributar-por-estimacion-directa-y-modulos-al-mismo-tiempo</link>
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                <pubDate>Thu, 30 Mar 2017 07:01:36 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
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    </p>
    <p>Cada vez son más los autónomos que <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/autonomos-en-pluriactividad-dudas-sobre-desempleo-y-jubilacion">se encuentran en una situación de pluriactividad</a>. Las nuevas tecnologías, la ausencia de horarios fijos y la comodidad que permite trabajar desde casa hace que muchos trabajadores desarrollen más de una actividad profesional al mismo tiempo, <strong>muchas veces sin relación directa entre ellas</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>En estas circunstancias, <strong>podría ser que una de las actividades tributase por el método de estimación directa y la otra por el método de estimación objetiva</strong>, o módulos. Pero, ¿puede darse esta situación? ¿Es compatible tributar por el método de estimación directa y módulos al mismo tiempo?</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>La Ley es tajante en este sentido: <strong>no es posible tributar por ambos métodos al mismo tiempo</strong>, son incompatibles. Si un autónomo se encuentra tributando por el método de estimación directa <strong>deberá determinar el rendimiento de todas sus actividades por este sistema</strong>, incluso aunque alguna de ellas fuese susceptible de ser incluida en el sistema de estimación objetiva.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Ahora bien, si un autónomo venía realizando una actividad por módulos y se inicia en otra en general, <strong>podrá utilizar ambas durante el año del inicio de esta última</strong>. Pasado este tiempo, la actividad en módulos deberá incluirse en el régimen general. En estos casos, durante el primer año, el contribuyente deberá presentar la declaración de la renta utilizando para ello los datos económicos de cada una de ellas en la página correspondiente al método utilizado.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En cualquier caso, <strong>el método para liquidar el IRPF y el IVA debe ser el mismo</strong>. Es decir, si un contribuyente presenta sus declaraciones de renta en estimación directa, no podrá utilizar el IVA en régimen simplificado, una opción que solo está disponible para los autónomos que tributen por módulos. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>No obstante, <strong>el régimen de estimación objetiva es un sistema con cada vez menos uso entre los autónomos</strong>, en parte porque <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/gestionsage/cuando-puedo-tributar-por-modulos-estos-son-sus-limites">las condiciones de acceso a este sistema se han vuelto cada vez más rígidas</a>. Se trata de un sistema que está condenado a desaparecer, en parte <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/habra-reforma-en-el-sistema-de-modulos-para-prevenir-el-fraude-fiscal">debido al gran fraude fiscal que generaba</a>, por lo que no sería de extrañar que pronto veamos a la mayoría de autónomos tributar por el método de estimación directa.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/novedades-fiscales-para-2016-iii-el-cambio-en-el-sistema-de-modulos">Novedades fiscales para 2016 (III): el cambio en el sistema de módulos</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/mac-freelance-macintosh-macbook-459196/">377053</a></p>
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                <title><![CDATA[Novedades fiscales para 2016 (III): el cambio en el sistema de módulos]]></title>
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                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/novedades-fiscales-para-2016-iii-el-cambio-en-el-sistema-de-modulos</guid>
                <pubDate>Mon, 21 Dec 2015 08:01:09 +0000</pubDate>
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                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/247d1a/3221802154_9d1c944a61_o/1024_2000.jpg" alt="Novedades&#x20;fiscales&#x20;para&#x20;2016&#x20;&#x28;III&#x29;&#x3A;&#x20;el&#x20;cambio&#x20;en&#x20;el&#x20;sistema&#x20;de&#x20;m&#x00F3;dulos">
    </p>
    <p>Continuando con nuestro serial dedicado a los <strong>cambios fiscales a partir de 2016</strong>, en esta ocasión hablaremos de los cambios en el sistema de estimación objetiva, <strong>también conocido como módulos</strong>, que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2016.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Para los años 2016 y 2017, se modifican los límites establecidos en <a rel="noopener, noreferrer" href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l35-2006.t3.html#a31">la norma tercera del artículo 31 de la Ley del IRPF</a>, de aplicación del método de estimación objetiva. Más concretamente:</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><ul>
<li><strong>Se modifica el límite conjunto aplicable a todas las actividades económicas</strong>, que pasa de 450.000 a 250.000 euros, excepto las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, cuyo límite es de 250.000 euros (desde los 300.000 que estaban vigentes hasta ese momento). </li>
<li>Sin prejuicio de lo anterior, el límite se establecerá en 150.000 euros en el conjunto de operaciones <strong>por las que exista obligación de expedir factura</strong> por ser el destinatario un empresario o un profesional que actúe como tal.</li>
<li>En determinados casos, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/casi-300-000-autonomos-tendran-que-renunciar-a-modulos-a-partir-de-2016">como en la industria o la construcción</a>, los autónomos no podrán en ningún caso acogerse a la estimación objetiva, y <strong>deberán pasar al sistema de estimación directa</strong>.</li>
<li>Asimismo, <strong>se modifica el límite por el volumen de compras en bienes y servicios</strong> excluidas las adquisiciones de inmovilizado, pasando a 250.000 euros anuales.</li>
</ul>

<h2>Caso de ejemplo</h2>

<p>Imaginemos una persona física transportista que en 2015 ha obtenido unos ingresos de 200.000 euros más el 21% de IVA en el que se incluye la venta de un vehículo por importe de 60.000 euros. Además, ha tenido un volumen de compras de 250.000 euros más el 21% de IVA entre los que se incluyen la compra de un inmovilizado por valor de 100.00 euros. Ha facturado 80.000 euros a empresas. ¿Podría acogerse al régimen de estimación objetiva?</p>
<!-- BREAK 3 -->
<ul>
<li>Los ingresos son de 200.000 euros menos los 60.000 euros de la venta del vehículo, es decir, 140.000 euros. Dado que no supera el  límite, <strong>no quedaría excluido</strong>.</li>
<li>Las compras de bienes y servicios, excluido el inmovilizado, es de 150.000 euros. Dado que no supera el límite, <strong>no quedaría excluido</strong>.</li>
<li>Con todo ello, como el volumen de ingresos facturados a empresas es de 160.000 y supera en 5.000 euros el límite máximo para poder acogerse al régimen de estimación objetiva, <strong>esta persona deberá utilizar la estimación directa</strong>.</li>
</ul>

<p>Debido a este último punto, muchos profesionales que facturan directamente a empresas, quedarán excluidos directamente del sistema de módulos.</p>

<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/novedades-fiscales-para-2016-i-el-impuesto-sobre-sociedades">Novedades fiscales para 2016 (I): el Impuesto sobre Sociedades</a><br />
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/40755954@N00">SergioDJT</a></p>
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