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        <title>Magazine - modelo-200</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Wed, 10 Jun 2026 02:49:24 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[La Agencia Tributaria lanza un borrador para la presentación del Impuesto Sobre Sociedades]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/agencia-tributaria-lanza-borrador-para-presentacion-impuesto-sociedades</link>
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                <pubDate>Sun, 28 Jun 2020 07:00:53 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/d4dca6/sociedades_2020/1024_2000.png" alt="La&#x20;Agencia&#x20;Tributaria&#x20;lanza&#x20;un&#x20;borrador&#x20;para&#x20;la&#x20;presentaci&#x00F3;n&#x20;del&#x20;Impuesto&#x20;Sobre&#x20;Sociedades">
    </p>
    <p>La Agencia Tributaria ha publicado en los últimos días <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PASO-PW19/OPEN/index.zul?TACCESO=COLAB&EJER=2019">una versión del Simulador de Sociedades web 2019</a>, también denominada versión “OPEN”. Se trata de una herramienta muy similar a Renta Web que permite a todas las empresas simular el resultado de la declaración del Impuesto Sobre Sociedades <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-borrador-del-modelo-200">a través del Modelo 200</a>.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><p>Una de las diferencias más importantes con otros simuladores es que, en el caso de la versión simulador que se ha lanzado recientemente, <strong>los usuarios pueden acceder sin autenticación</strong>, es decir, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/17-documentos-que-puedes-conseguir-moverte-casa-tienes-certificado-digital">sin certificado electrónico</a> ni ningún otro tipo de sistema de identificación.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>El Simulador de Sociedades web 2019 <strong>permite iniciar una declaración desde cero</strong>, indicando el tipo de sociedad que se trate y todos sus estados financieros. Asimismo, también es posible la importación de estados contables, la importación de fichero .200, así como cargar/guardar sesiones de trabajo de local (.ses).</p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/puedo-deducirme-facturas-impagadas-impuesto-sociedades">
     <img alt="&#x00BF;Puedo&#x20;deducirme&#x20;las&#x20;facturas&#x20;impagadas&#x20;en&#x20;el&#x20;impuesto&#x20;de&#x20;sociedades&#x3F;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/8da739/no-money-2070384_640-5-/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
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    <div class="desvio-taxonomy js-desvio-taxonomy">
     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/puedo-deducirme-facturas-impagadas-impuesto-sociedades" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/puedo-deducirme-facturas-impagadas-impuesto-sociedades" class="desvio-title js-desvio-title">¿Puedo deducirme las facturas impagadas en el impuesto de sociedades?</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Sin embargo, <strong>esta versión simulador no permite guardar sesión de trabajo en servidor</strong> y, lo que es más importante, <strong>no permite la presentación del Modelo 200</strong>, si bien se puede obtener una vista previa con marca de agua de dicho modelo para su posterior presentación a la Agencia Tributaria.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Recordemos que estamos a punto de empezar el calendario para la presentación del Modelo 200, <strong>que este año se extenderá hasta el próximo 25 de julio de 2020</strong>. Así, esta herramienta es muy útil para determinar el resultado de la declaración, aunque su presentación deberá realizarse por los canales habituales.</p>
<!-- BREAK 5 --><script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Impuesto de Sociedades 2009: software disponible para su descarga]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-2009-software-disponible-para-su-descarga</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-2009-software-disponible-para-su-descarga</guid>
                <pubDate>Thu, 01 Jul 2010 10:18:33 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/6af542/impuesto-sociedades-2009/1024_2000.jpg" alt="Impuesto&#x20;de&#x20;Sociedades&#x20;2009&#x3A;&#x20;software&#x20;disponible&#x20;para&#x20;su&#x20;descarga">
    </p>
    <p>Comienza en serio la campaña del <strong>Impuesto de Sociedades 2009</strong> y la Agencia Tributaria <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.aeat.es/wps/portal/ProgramaAyuda?channel=1795184b13c88210VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=0&img=0">ya ha puesto a nuestra disposición</a> el <strong>software necesario</strong> para cumplimentar el impuesto de sociedades. Este año, volvemos hacia atrás, dado que se abandona la plataforma web que se puso en marcha en años anteriores y volvemos a la instalación en local del software bajo un entorno en java.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Para este ejercicio, tenemos versiones del programa para Mac, Linux y Windows tanto XP, Vista o 2007 como versiones anteriores. La AEAT sigue actualizando todos sus softwares y dando cobertura a todos los sistemas operativos. Bien por ellos.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>La versión que tenemos disponible es la 1.00. Es previsible que no se hagan actualizaciones salvo que se detecte algún tipo de error o se amplie la normativa de documentación adicional para operaciones vinculadas, punto muy oscuro todavia a 25 días del cierre de la campaña del impuesto.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Descarga | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.aeat.es/wps/portal/ProgramaAyuda?channel=1795184b13c88210VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=0&img=0">AEAT - Descarga software impuesto sociedades</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/impuesto-de-sociedades">Impuesto de Sociedades 2009</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Impuesto de Sociedades 2009: habilitada la web de la Agencia Tributaria]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-2009-habilitada-la-web-de-la-agencia-tributaria</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-2009-habilitada-la-web-de-la-agencia-tributaria</guid>
                <pubDate>Mon, 28 Jun 2010 18:57:46 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/301d57/impuesto-sociedades-2009/1024_2000.jpg" alt="Impuesto&#x20;de&#x20;Sociedades&#x20;2009&#x3A;&#x20;habilitada&#x20;la&#x20;web&#x20;de&#x20;la&#x20;Agencia&#x20;Tributaria">
    </p>
    <p>La Agencia Tributaria <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.aeat.es/wps/portal/Navegacion2IyD?channel=c7bd27bad57f8210VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=0&img=20">ya ha habilitado la web para la Campaña</a> del <strong>Impuesto de Sociedades 2009</strong>. Este área, al igual que los años pasados, nos va a servir para descargarnos el software del impuesto, disponible a partir del 1 de julio, realizar la presentación, consultar el manual de impuesto de sociedades, toda la normativa y las novedades que se incluyen para este ejercicio.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Como puntos más importantes, las <strong>novedades y cambios introducidos</strong> en la declaración de este año, tenemos las siguientes, que hemos tratado ya ampliamente en el blog:</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><ul>
<li><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deduccion-en-el-impuesto-de-sociedades-por-creacion-de-empleo">Deducción del 5% por creación y mantenimiento de empleo</a></li>
<li>Nuevo régimen jurídico para las <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.elblogsalmon.com/empresas/socimi-la-nueva-formula-juridica-inmobiliaria-i">Sociedades de Inversión Mobiliaria, SOCIMIS</a></li>
<li>Obligaciones de documentación para las operaciones vinculadas <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/simplificacion-de-obligaciones-de-informacion-en-las-operaciones-vinculadas">simplificando a partir de 100.000 euros</a></li>
<li>Libertad de amortización para los <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-caracteristicas-de-empresas-de-reducida-dimension">activos materiales e inmobiliarios</a>
Fiscalmente, <strong>no se han introducido grandes novedades</strong> en la norma del impuesto por lo que salvo los casos de la deducción por creación de empleo y la libertad de amortización de activos materiales, no repercuten a las pymes estas modificaciones. </li>
</ul>

<p>Una vez esté disponible el software para confeccionar el modelo 200, le dedicaremos algunos posts a la parte de instalación y confección del impuesto de manera más detallada.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Más Información | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.aeat.es/wps/portal/Navegacion2IyD?channel=c7bd27bad57f8210VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=0&img=20">AEAT - Portal de Sociedades 2009</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-2009-aprobado-el-modelo-de-presentacion">Impuesto de Sociedades 2009: aprobado el modelo de declaración para este ejercicio</a></p>
<!-- BREAK 4 --><script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Impuesto de Sociedades 2009: aprobado el modelo de presentación]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-2009-aprobado-el-modelo-de-presentacion</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-2009-aprobado-el-modelo-de-presentacion</guid>
                <pubDate>Mon, 24 May 2010 15:56:49 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/62ada9/impuesto-sociedades-2009/1024_2000.jpg" alt="Impuesto&#x20;de&#x20;Sociedades&#x20;2009&#x3A;&#x20;aprobado&#x20;el&#x20;modelo&#x20;de&#x20;presentaci&#x00F3;n">
    </p>
    <p>Se acaba de publicar en <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.boe.es/boe/dias/2010/05/24/pdfs/BOE-A-2010-8230.pdf">el BOE la Orden Ministerial (PDF)</a> que aprueba el <strong>modelo de declaración para el impuesto de sociedades del 2009 </strong>y el impuesto sobre la renta de no residentes. Esta publicación, nos hace intuir que en muy pocos días tendremos disponible el software para la confección del impuesto.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Las <strong>novedades</strong> que presenta el impuesto para este año, apenas son relevantes para las pymes en general dado que tratan sobre la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.elblogsalmon.com/empresas/socimi-la-nueva-formula-juridica-inmobiliaria-i">tributación de las SOCIMIS</a>, el devengo del impuesto en el caso de reparto de dividendos, eliminación de la deducción por doble imposición.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Se pone en práctica la reducción del 5% en la base imponible para las <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deduccion-en-el-impuesto-de-sociedades-por-creacion-de-empleo">empresas que mantengan o creen empleo</a> y la introducción de los beneficios fiscales para las empresas con relación en el Salón Internacional del Automóvil de Barcelona 2009.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>La otra gran novedad será el <strong>requerimiento de información adicional</strong> previa para determinadas operaciones declaradas, como son referencias catastrales, operaciones vinculadas y otra serie de datos complementarios que mejoren la información y comprensión de los estados contables.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Como vemos, el tedioso camino del impuesto de sociedades ya está en marcha y desde aquí os iremos comentando las novedades y noticias más destacadas para cumplir con esta obligación fiscal. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/novedades-en-el-impuesto-de-sociedades-2010">Novedades en el impuesto de sociedades 2010</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Novedades en el Impuesto de Sociedades 2010]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/novedades-en-el-impuesto-de-sociedades-2010</link>
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                <pubDate>Sun, 28 Feb 2010 06:10:57 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/d2a1bd/dolar/1024_2000.jpg" alt="Novedades&#x20;en&#x20;el&#x20;Impuesto&#x20;de&#x20;Sociedades&#x20;2010">
    </p>
    <p>Desde finales del 2009 se están produciendo <strong>modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades</strong>.  Estas modificaciones pueden ser aplicables en distintos ejercicios y materias y se encuentran recogidas fundamentalmente en la Ley de Presupuestos Generales  del Estado 2010 y en el Real decreto 1/2010 de modificaciónes tributarias.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p><strong>Las más importantes para la Pyme son:</strong></p>

<ul>
<li><em>Modificación de los coeficientes de depreciación monetaria</em> aplicables a la transmisión de elementos patrimoniales  del activo fijo o no corriente mantenidos para la venta. Los nuevos coeficientes son de aplicación a partir de 1 de enero de 2010.</li>
</ul>
<!--more--><ul>
<li><p><em>Tipo de gravamen reducido por creación o mantenimiento del empleo</em> para los ejercicios iniciados a partir del 2009 hasta el 2011. El tipo será<strong> el 20 por 100</strong> por la parte de la base imponible hasta 120.202,41 euros y <strong>del 25 por 100 </strong>por el resto de la base cuando la sociedad tribute al tipo general. Los requisitos para este beneficio fiscal son una cifra de negocios inferior a <strong>5 millones de euros</strong> y una plantilla media inferior a <strong>25 personas con mantenimiento o creación de empleo.</strong>. Este tema fue <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deduccion-en-el-impuesto-de-sociedades-por-creacion-de-empleo">avanzado  por Remo en un post anterior.</a></p>
</li>
<li><p><em>Con respecto al </em><em>pago fraccionado</em> en la modalidad del apartado 3 del  artículo 45 del TRLIS que consiste en partir de la base imponible previa del ejercicio, será obligatoria para las sociedades cuyo volumen de operaciones durante el año anterior al periodo impositivo 2010 haya superado el importe de 6.010.121,04 euros. Para sociedades con menor volumen de operaciones es<strong> potestativo</strong> de ellas elegir entre este método o el alternativo, consistente en determinar el pago fraccionado sobre el 18% de la cuota íntegra del último ejercicio cerrado, que suele ser en los pagos fraccionados de octubre y diciembre el del año anterior y, en el primer pago en abril, dos años hacia atrás.</p>
</li>
<li><p><em>De acuerdo con el art. 76 de la LPGE se modifica el </em><em>porcentaje de retención general</em>, que pasa<strong> del 18 al 19 por 100</strong>, en consonancia con la modificación en el IRPF del tipo al que se grava la base liquidable del ahorro.</p>
</li>
</ul>

<p>En definitiva, son medidas poco significativas. En principio la mas útil parece ser la disminución del tipo de gravamen por mantenimiento del empleo, pero  en opinión de los expertos, no va a influir en un aumento de la contratación de nuevos empleados. Solamente en empresas que estén dudando en aumentar la plantilla puede suponer un incentivo y por supuesto la empresa en pérdidas no le va a encontrar utilidad, al igual que la empresa con exceso de plantilla preferirá el despido al ahorro fiscal y eso suponiendo que  tenga beneficios.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-liquidacion-del-impuesto">Impuesto sobre Sociedades: Liquidación del impuesto</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://http://www.flickr.com/photos/didmyself/4001018465/">Daniel*1977</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Deducción en el impuesto de Sociedades por creación de empleo]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deduccion-en-el-impuesto-de-sociedades-por-creacion-de-empleo</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deduccion-en-el-impuesto-de-sociedades-por-creacion-de-empleo</guid>
                <pubDate>Thu, 24 Dec 2009 12:22:13 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/5d0093/deduccion-impuesto-sociedades/1024_2000.jpg" alt="Deducci&#x00F3;n&#x20;en&#x20;el&#x20;impuesto&#x20;de&#x20;Sociedades&#x20;por&#x20;creaci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;empleo">
    </p>
    <p><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/aprobados-los-presupuestos-generales-para-2010">Wordlexis lo avanzó en el post</a> que anunciaba la aprobación de los Presupuestos Generales para el 2010. En esta Ley se introduce una <strong>deducción en el impuesto de sociedades para las pymes que creen o mantengan el empleo</strong>. Esta deducción que entra en vigor abarca a los periodos impositivos comenzados en el 2009 y se puede extender hasta 2011.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Los tipos efectivos del impuesto de sociedades se minoran en cinco puntos porcentuales según los siguientes tramos:
* Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 euros, al tipo del 20 por ciento.
* Por la parte de base imponible restante, al tipo del 25 por ciento.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Estos tipos impositivos sólo serán de aplicación para empresas con <strong>menos de 25 trabajadores en plantilla y cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 5 millones de euros</strong> anuales. El principal condicionante para aplicar esta escala impositiva está condicionada a que durante los doce meses siguientes al inicio de cada uno de esos períodos impositivos, la plantilla media de la entidad no sea inferior a la unidad y, además, tampoco sea inferior a la plantilla media de los doce meses anteriores al inicio del primer período impositivo que comience a partir de 1 de enero de 2009. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En el caso de incumplimiento de las condiciones de mantenimiento de empleo, la diferencia del 5% en cuota deducida erróneamente, deberá ingresarse en el siguiente periodo impositivo junto con los intereses de demora que pudieran corresponder. Además, en el caso de entidades de nueva creación, el importe neto de cifra de negocios y escalas de aplicación de la base imponible, se extrapolarán al año.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p><strong>Esta deducción es el chocolate del loro</strong>, puesto que se tienen que cumplir varios requisitos para poder aplicarla de manera efectiva:
* Estar en beneficios y no tener bases imponibles negativas que compensar.
* Empresa con empleados, que tenga actividad para mantenerlos y con posibilidades de reemplazo.
* Limita el importe neto de la cifra de negocio en casos que nos encontremos muy próximos al límite de los cinco millones de euros. En ningún punto marca qué ocurre si sobrepasamos este límite pero seguimos cumpliendo con los requisitos de mantenimiento y creación de empleo.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>En un par de años, podremos comprobar cuántas sociedades han aplicado estos tipos reducidos, pero estoy seguro que van a ser pocas, muy pocas las que lo lleven finalmente a cabo.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2009-20765">Art 77 Ley 26/2009 de Presupuestos Generales 2010</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/700-millones-de-euros-en-deducciones-para-pymes-seguro">700 millones de euros en deducciones para pymes ¿seguro?</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/blmurch/448878029/">Blmurch</a></p>
<!-- BREAK 7 --><script>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Impuesto de sociedades: aprobado el modelo 200 para este ejercicio]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-aprobado-el-modelo-200-para-este-ejercicio</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-aprobado-el-modelo-200-para-este-ejercicio</guid>
                <pubDate>Mon, 01 Jun 2009 15:53:32 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/1d0feb/modelo-200/1024_2000.png" alt="Impuesto&#x20;de&#x20;sociedades&#x3A;&#x20;aprobado&#x20;el&#x20;modelo&#x20;200&#x20;para&#x20;este&#x20;ejercicio">
    </p>
    <p>Este sábado aparecía publicada en el BOE la la orden ministerial que aprueba el<strong> nuevo formato de declaración del impuesto de sociedades</strong>. Tal y como comentábamos en estas líneas, se confirma la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-adios-al-modelo-201">desaparición del modelo 201</a> y la simplificación de declaraciones.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Por lo que he podido ver hasta ahora, no se ha modificado <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-borrador-del-modelo-200">el borrador que ya presentamos</a> también en estas páginas, aunque si veo una inclusión en la declaración bastante importante. A partir de esta declaración, se notificará en el impuesto de sociedades <strong>qué modelo de cuentas se han depositado </strong>en el Registro Mercantil.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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 <div class="asset-content">
                   <img class="centro_sinmarco" height=144 width=499 loading="lazy" decoding="async" sizes="100vw" fetchpriority="high" srcset="https://i.blogs.es/fc2774/captura-200-nuevo-apartado/450_1000.jpg 450w, https://i.blogs.es/fc2774/captura-200-nuevo-apartado/650_1200.jpg 681w,https://i.blogs.es/fc2774/captura-200-nuevo-apartado/1024_2000.jpg 1024w, https://i.blogs.es/fc2774/captura-200-nuevo-apartado/1366_2000.jpg 1366w" src="https://i.blogs.es/fc2774/captura-200-nuevo-apartado/450_1000.jpg" alt="captura 200 apartado deposito">
   <img alt="captura 200 apartado deposito" class="centro_sinmarco" src="https://i.blogs.es/fc2774/captura-200-nuevo-apartado/450_1000.jpg">
   
      </div>
</div>
<p>Esta información va a facilitar a la vez la propia confección del impuesto mediante el software que la Agencia Tributaria va a suministrar, dado que marcará cuáles son los campos adecuados para su consignación en función del depósito de cuentas realizado.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Aún así, se ha producido una modificación de últimisima hora en las características del depósito de cuentas a realizar mediante una corrección en el BOE dado que se intuía a error en la redacción de la concurrencia de situaciones en los dos últimos ejercicios. Los modelos que se tienen que presentar en el Registro Mercantil siguen la siguiente tabla:</p>
<!-- BREAK 4 --><div class="article-asset-image article-asset-small article-asset-center">
 <div class="asset-content">
                   <img class="centro_sinmarco" height=184 width=499 loading="lazy" decoding="async" sizes="100vw" fetchpriority="high" srcset="https://i.blogs.es/ba2cb6/condiciones-deposito-cuentas-500/450_1000.jpg 450w, https://i.blogs.es/ba2cb6/condiciones-deposito-cuentas-500/650_1200.jpg 681w,https://i.blogs.es/ba2cb6/condiciones-deposito-cuentas-500/1024_2000.jpg 1024w, https://i.blogs.es/ba2cb6/condiciones-deposito-cuentas-500/1366_2000.jpg 1366w" src="https://i.blogs.es/ba2cb6/condiciones-deposito-cuentas-500/450_1000.jpg" alt="condiciones deposito cuentas 500">
   <img alt="condiciones deposito cuentas 500" class="centro_sinmarco" src="https://i.blogs.es/ba2cb6/condiciones-deposito-cuentas-500/450_1000.jpg">
   
      </div>
</div>
<p><a rel="noopener, noreferrer" href="http://i.blogs.es/0de75b/condiciones-deposito-cuentas/original.jpg">Ver Imagen ampliada</a>
Como vemos, cobra mucho más protagonismo el depósito de cuentas y me parece una <strong>muy buena medida que se transcriban dichos documentos </strong>al impuesto de sociedades. Debería bastar con este tipo de publicidad por parte de la AEAT y eliminar la publicidad de cuentas del Registro Mercantil. Sería un ahorro importante para las empresas.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Normativas/Ficheros_Asociados_a_Las_Normativas/A2009/OrdenEHA1375.pdf">BOE - Orden EHA/1375/2009 Aprobación modelo declaración impuesto sociedades</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/impuesto+sociedades">Impuesto de Sociedades</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Impuesto de sociedades: adios al modelo 201]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-adios-al-modelo-201</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-adios-al-modelo-201</guid>
                <pubDate>Tue, 26 May 2009 21:25:29 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/a88bc0/modelo-200/1024_2000.png" alt="Impuesto&#x20;de&#x20;sociedades&#x3A;&#x20;adios&#x20;al&#x20;modelo&#x20;201">
    </p>
    <p></p>
<p><br />
Según circula por los corrillos de la <span class="caps">AEAT</span>, asesores fiscales y resto de personal relacionado con el mundo jurídico-fiscal, este año sólo se aprobarán como modelos oficiales para la presentación del impuesto de sociedades los siguientes modelos:</p>
<!-- BREAK 1 --><ul>
   <li>
   <p>Modelo 200: Impuesto de sociedades</p>

  </li>
 </ul>

<ul>
   <li>
   <p>Modelo 220: Impuesto de sociedades para grupos fiscales.</p>

  </li>
 </ul>
<p><br />
Es decir, <strong>desaparece el modelo 201</strong>, como modelo simplificado y usado por la mayoría de pymes y el modelo 225, que se utilizaba para las extintas sociedades patrimoniales.<br /></p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p><br />
Como contrapartida, si existirá el software específico de confección del modelo, proporcionado por la <span class="caps">AEAT</span>, que se denominará<strong> Padre &#8211; Sociedades 2008</strong>, dejando atrás la aplicación web que se utilizaba anteriormente para la confección del modelo 200.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Tal y como vimos <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-borrador-del-modelo-200">en el borrador</a>, <strong>el modelo se complica bastante </strong>para aquellos que no estén familiarizados con la confección del impuesto mediante el modelo 200.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Por otra parte, no se prevé tampoco que dicho software junto con la aprobación de los modelos oficiales no se realice hasta mediados de junio, con lo que vamos a ir un poco justos de plazo para adaptarnos al cambio.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Además, se realiza un <strong>avance importante para la presentación en papel </strong>del impuesto sobre la renta de no residentes y entidades que no tengan que presentar obligatoriamente el modelo por vía telemática, en donde se marca la obligatoriedad de utilizar un módulo de impresión web proporcionado por la <span class="caps">AEAT</span> que almacena los datos provisionales.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Estos datos se mantienen ahí, hasta que la entidad financiera asigna un número de referencia y lo comunica a la Agencia Tributaria. Al realizar esta comunicación, se genera el vuelco de datos del impuesto en la <span class="caps">AEAT</span> y no le llega el impreso en papel en ningún momento. Importante avance desde luego.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/impuesto+sociedades">Impuesto de sociedades</a></p>
<script>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Impuesto de sociedades: borrador del modelo 200]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-borrador-del-modelo-200</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/impuesto-de-sociedades-borrador-del-modelo-200</guid>
                <pubDate>Fri, 22 May 2009 09:36:53 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/801f93/modelo-200/1024_2000.png" alt="Impuesto&#x20;de&#x20;sociedades&#x3A;&#x20;borrador&#x20;del&#x20;modelo&#x20;200">
    </p>
    <p>Ya tenemos disponible el <strong>borrador del modelo 200</strong>, declaración del impuesto de sociedades para el ejercicio 2008, del que se prevé quede como definitivo y esté disponible en su formato oficial en un breve espacio de tiempo.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>A partir del modelo 200, que es el que tienen que presentar grandes empresas, se obtiene el modelo 201, más utilizado por las pymes, mediante simplificación del modelo estandarizado de dicha declaración. En el borrador que tenemos disponible en el enlace al pie, podemos ver las siguientes variaciones respecto el modelo de años anteriores.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>La primera novedad la tenemos lógicamente en la <strong>adaptación del balance y cuenta de pérdidas y ganacias al nuevo plan general contable</strong>. En el modelo 201, los cambios más significativos que nos vamos a encontrar es en el aumento de detalle de algunas partidas del activo, y la aparición de un nuevo campo en casi todos los grupos denominado "resto" que agrupa la suma total de partidas no desglosadas en el modelo.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>El cambio más significativo lo tenemos dentro del pasivo corriente en donde el nivel de detalles es muy superior al que teníamos en el modelo anterior. Os recuerdo la partida de acrredores a corto plazo que englobaba a gran parte del pasivo a corto.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Se incluye también los apartados correspondientes para la inclusión los estados de cambio en el patrimonio neto así como el detalle de las variaciones en el patrimonio. Hoja independiente equivalente a la que se incluye en el depósito de cuentas.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Respecto la cuenta de pérdidas y ganancias el detalle de todas las partidas es muy superior, en donde se puede comprobar el alcance la información del modelo es mayor a la que normalmente se ha proporcionado. Las diferencias entre el modelo 200 y 201 van a ser mínimas en este punto.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En la página de ajustes al resultado contable, se mantiene más o menos como en años anteriores, separando cada artíulo del impuesto que pueda generar un corrección en una línea independiente (Pag 12).</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Aparece un cuadro de confección voluntaria en donde se detallan más aún los ajustes realizados en la cuenta de pérdidas y ganancias así como los ajustes pendientes para próximos ejercicios. Veo un aporte muy bueno este cuadro, sobre todo para el ajuste de amortizaciones aceleradas y deterioros de valor incurridos en el ejercicio (Pág 18).</p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>Además, tenemos también un cuadro de detalle para reflejar el impacto de la aplicación por primera vez del nuevo plan general de contabilidad. Este impacto no tendrá mucha repercusión en pymes, pero es una información a proporcionar de manera obligatoria. (Pag 18)</p>
<!-- BREAK 9 -->
<p><a rel="noopener, noreferrer" title="View modelo 200 - borrador declaracion impuesto sociedades on Scribd" href="http://www.scribd.com/doc/15715344/modelo-200-borrador-declaracion-impuesto-sociedades" style="margin: 12px auto 6px auto; font-family: Helvetica,Arial,Sans-serif; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: normal; font-size: 14px; line-height: normal; font-size-adjust: none; font-stretch: normal; -x-system-font: none; display: block; text-decoration: underline;">modelo 200 - borrador declaracion impuesto sociedades</a> </p>
<pre><code>&lt;div style="margin: 6px auto 3px auto; font-family: Helvetica,Arial,Sans-serif; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: normal; font-size: 12px; line-height: normal; font-size-adjust: none; font-stretch: normal; -x-system-font: none; display: block;"&gt;    &lt;a href="http://www.scribd.com/upload" style="text-decoration: underline;"&gt;Publish at Scribd&lt;/a&gt; or &lt;a href="http://www.scribd.com/browse" style="text-decoration: underline;"&gt;explore&lt;/a&gt; others:            &lt;a href="http://www.scribd.com/explore/Business-Law/Taxes-Accounting" style="text-decoration: underline;"&gt;Taxes &amp; Accounting&lt;/a&gt;              &lt;a href="http://www.scribd.com/explore/Business-Law/" style="text-decoration: underline;"&gt;Business &amp; Law&lt;/a&gt;                  &lt;a href="http://www.scribd.com/tag/modelo%20200" style="text-decoration: underline;"&gt;modelo 200&lt;/a&gt;              &lt;a href="http://www.scribd.com/tag/impuesto%20sociedades" style="text-decoration: underline;"&gt;impuesto sociedades&lt;/a&gt;          &lt;/div&gt;  
</code></pre>

<p>Como vemos, en el momento que tengamos disponible el modelo oficial, nos pondremos manos a la obra para destripar completamente cada una de las novedades que se introducen.</p>
<!-- BREAK 10 -->
<p>Más Información | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.scribd.com/doc/15715344/modelo-200-borrador-declaracion-impuesto-sociedades">Borrador modelo 200 - Impuesto de Sociedades (PDF)</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/impuesto+sociedades">Impuesto de Sociedades</a></p>
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