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        <title>Magazine - subsidios</title>
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        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Sat, 13 Jun 2026 03:37:10 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Otra injusticia más para los autónomos. El SEPE rechaza la mayoría de peticiones de subsidio para mayores de 52 años incluso si han cotizado tres décadas ]]></title>
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                <pubDate>Fri, 13 Feb 2026 07:00:53 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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      <img src="https://i.blogs.es/0e4de1/pya/1024_2000.jpeg" alt="Otra&#x20;injusticia&#x20;m&#x00E1;s&#x20;para&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos.&#x20;El&#x20;SEPE&#x20;rechaza&#x20;la&#x20;mayor&#x00ED;a&#x20;de&#x20;peticiones&#x20;de&#x20;subsidio&#x20;para&#x20;mayores&#x20;de&#x20;52&#x20;a&#x00F1;os&#x20;incluso&#x20;si&#x20;han&#x20;cotizado&#x20;tres&#x20;d&#x00E9;cadas&#x20;">
    </p>
    <p>Miles de trabajadores por cuenta propia descubren demasiado tarde que sus décadas de esfuerzo no siempre garantizan protección cuando llega el desempleo.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Autónomos que han cotizado durante 25 o 30 años se encuentran con <strong>una realidad inesperada al intentar acceder al subsidio para mayores de 52 años: la respuesta suele ser negativa. </strong>Y no por falta de trayectoria laboral, sino por el tipo de cotización realizada.</p>
<p>El problema no está en el número de años trabajados, sino en <strong>cómo se ha cotizado</strong>. El régimen especial de trabajadores autónomos funciona con reglas distintas al régimen general, al que pertenecen la mayoría de asalariados.&nbsp;</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/datos-confirman-resiliencia-autonomo-no-solo-mito-60-5-lleva-cinco-anos-activo-31-5-diez">
     <img alt="Los&#x20;datos&#x20;lo&#x20;confirman&#x3A;&#x20;la&#x20;resiliencia&#x20;del&#x20;aut&#x00F3;nomo&#x20;no&#x20;es&#x20;solo&#x20;un&#x20;mito.&#x20;El&#x20;60,5&#x25;&#x20;lleva&#x20;m&#x00E1;s&#x20;de&#x20;cinco&#x20;a&#x00F1;os&#x20;en&#x20;activo&#x20;y&#x20;el&#x20;31,5&#x25;&#x20;hasta&#x20;m&#x00E1;s&#x20;de&#x20;diez&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/94f90e/pya/375_142.jpeg">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/datos-confirman-resiliencia-autonomo-no-solo-mito-60-5-lleva-cinco-anos-activo-31-5-diez" class="desvio-title js-desvio-title">Los datos lo confirman: la resiliencia del autónomo no es solo un mito. El 60,5% lleva más de cinco años en activo y el 31,5% hasta más de diez </a>
   </div>
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<p>Esa diferencia técnica acaba convirtiéndose en una barrera decisiva cuando se solicita una prestación por desempleo a partir de los 52 años.</p>
<h2><strong>El requisito que deja fuera a la mayoría</strong></h2>
<p>El subsidio para mayores de 52 años es una de las ayudas más solicitadas y concedidas por el Servicio Público de Empleo Estatal.</p>
<p>Está diseñado para personas que han agotado otras prestaciones y que cumplen determinadas condiciones de cotización y acceso a la jubilación. <strong>Sin embargo, para los autónomos la puerta suele cerrarse antes de empezar.</strong></p>
<p>María José Gómez, asesora de la subdirección de Prestaciones del SEPE, explicó en el programa Madrid Trabaja de Onda Madrid que el organismo rechaza la mayoría de solicitudes presentadas por profesionales por cuenta propia porque no cumplen un requisito esencial: <strong>haber cotizado por desempleo al menos seis años a lo largo de su vida laboral.</strong></p>
<!-- BREAK 3 --><p>La experta señaló que un trabajador que haya desarrollado su actividad como autónomo durante tres décadas, pero que no haya cotizado por la contingencia de desempleo, no podrá acceder al subsidio. “<strong><em>Tiene necesariamente que cumplir el requisito de cotizar en España seis años por desempleo</em></strong>”, afirmó, recordando que los autónomos, con carácter general, no cotizan por esta cobertura.</p>
<h2><strong>Treinta años trabajando y sin derecho al subsidio</strong></h2>
<p>La situación genera frustración entre quienes han contribuido al sistema durante buena parte de su vida profesional.</p>
<p>El <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.sepe.es/HomeSepe">SEPE recoge en su propia página web</a> que uno de los requisitos imprescindibles para acceder a esta ayuda es “<em>haber cotizado efectivamente en España por la contingencia de desempleo durante, al menos, seis años a lo largo de tu vida laboral</em>”. <strong>Sin ese requisito, la solicitud queda descartada.</strong></p>
<p>Muchos autónomos que en los últimos años han pasado a trabajar como asalariados creen que pueden acogerse al subsidio si cumplen la edad exigida.</p>
<p>Sin embargo, si no alcanzan ese mínimo de seis años cotizados específicamente por desempleo, la respuesta seguirá siendo negativa. <strong>El cambio de régimen en la etapa final de la carrera profesional no compensa las décadas anteriores sin esa cobertura.</strong></p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/dos-sectores-que-pierden-autonomos-espana-comercio-transporte-dicen-adios-a-50-profesionales-cuenta-propia-cada-dia">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/dos-sectores-que-pierden-autonomos-espana-comercio-transporte-dicen-adios-a-50-profesionales-cuenta-propia-cada-dia" class="desvio-title js-desvio-title">Dos son los sectores que más pierden autónomos en España. El comercio y el transporte dicen adiós a 50 profesionales por cuenta propia cada día </a>
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<p>El subsidio para mayores de 52 años no solo exige esta condición. También requiere cumplir los requisitos, salvo la edad, para acceder a una pensión contributiva de jubilación.</p>
<!-- BREAK 4 --><p><strong>Según la </strong><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724"><strong>Ley General de la Seguridad Social</strong></a><strong>, es necesario acreditar al menos 15 años cotizados, de los cuales dos deben situarse dentro de los últimos 15 años previos a la solicitud.</strong></p>
<h2><strong>Un sistema con reglas diferentes</strong></h2>
<p>El régimen de autónomos ha estado históricamente configurado con una estructura de cotización distinta a la del régimen general.</p>
<p>Durante años, la cotización por desempleo no formaba parte de las coberturas obligatorias para este colectivo, lo que ahora se traduce en limitaciones de acceso a determinadas prestaciones.</p>
<p>Esta diferencia normativa coloca a muchos profesionales en una posición complicada cuando atraviesan una situación de falta de ingresos a partir de los 52 años. Aunque hayan contribuido durante décadas al sistema, <strong>la ausencia de cotización por desempleo actúa como filtro excluyente.</strong></p>
<!-- BREAK 5 --><p>La consecuencia práctica es que el subsidio para mayores de 52 años, concebido como red de seguridad antes de la jubilación, resulta inaccesible para una parte significativa de los autónomos.</p>
<p>Imágenes | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/pockets-empty-jeans-no-money-1439412/">Pixabay</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.instagram.com/p/C07dnVMsDyL/?img_index=1">Instagram</a></p>
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                <title><![CDATA[Estos son los requisitos que necesitas para poder cobrar el paro y trabajar a la vez. (Sí, es posible hacerlo) ]]></title>
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                <pubDate>Wed, 25 Dec 2024 09:01:01 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>La mayor parte de la prensa española se ha hecho eco de la noticia: <strong>"Los trabajadores que ganen menos de 1.350 euros podrán cobrar el paro y su sueldo al mismo tiempo"</strong>, compaginando el cobro de la prestación por desempleo y su sueldo. Sin embargo, este titular está lleno de peros y dependes en el cuerpo de la noticia, que hoy desgranamos aquí.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Ante todo, se trata de una medida dirigida, principalmente, a <strong>personas que llevan más de un año en búsqueda activa de empleo </strong>y que podrán apoyarse en el cobro máximo de un plus<strong> durante seis meses</strong>. Además, los <strong>requisitos son numerosos </strong>y hay que cumplirlos a rajatabla, por lo que, en la práctica, hay un número muy reducido de personas que podrán cobrarla.</p>
<h2>Complemento, no subsidio</h2>
<p>La posibilidad de<strong> complementar el cobro del paro y un salario es una realidad.</strong> La medida, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-10235">recogida en el Real Decreto-ley 2/2024,</a> busca apoyar a los trabajadores que quieren reinsertarse en el mercado laboral.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/campofrio-empresa-100-mexicana-hace-10-anos-vuelve-su-habitual-anuncio-navideno-celebrando-identidad-espanola">
     <img alt="Campofr&#x00ED;o,&#x20;empresa&#x20;100&#x20;&#x25;&#x20;mexicana&#x20;desde&#x20;hace&#x20;10&#x20;a&#x00F1;os,&#x20;vuelve&#x20;con&#x20;su&#x20;habitual&#x20;anuncio&#x20;navide&#x00F1;o&#x20;celebrando&#x20;la&#x20;identidad&#x20;espa&#x00F1;ola" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/20cd3d/campofrio-empresa-100-mexicana-desde-hace-10-anos-vuelve-con-su-habitual-anuncio-navideno-celebrando-la-identidad-espanola/375_142.jpeg">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/campofrio-empresa-100-mexicana-hace-10-anos-vuelve-su-habitual-anuncio-navideno-celebrando-identidad-espanola" class="desvio-title js-desvio-title">Campofrío, empresa 100 % mexicana desde hace 10 años, vuelve con su habitual anuncio navideño celebrando la identidad española</a>
   </div>
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</div>
<p>Esta <strong>prestación contributiva</strong> podrá compatibilizarse tanto a <strong>jornada completa como parcial, </strong>además.<strong> </strong>La mayoría de medidas entran en vigor a partir del 1 de noviembre, pero habrá que esperar a 2025 para su puesta integral en funcionamiento.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>La medida se dirige a las personas que han estado en situación de desempleo durante 12 meses y que pueden optar a una <strong>ayuda decreciente</strong> mientras el trabajador gana un <strong>sueldo inferior a 1.350 euros brutos al mes, </strong>con el objetivo de facilitar una transición hacia una mayor estabilidad económica.</p>
<p>Sin embargo, no todos pueden acceder a este beneficio. Se trata de un esquema diseñado para durar un <strong>máximo de seis meses</strong> y que cuenta con otros<strong> requisitos específicos</strong> que detallamos a continuación.</p>
<!-- BREAK 4 --><h2><strong>Requisitos para acceder a la ayuda</strong></h2>
<p>El primer criterio fundamental es que el trabajador haya permanecido <strong>inscrito como demandante de empleo durante al menos 12 meses consecutivos</strong> antes de conseguir el nuevo trabajo. Este requisito asegura que la medida se destine a personas que han experimentado dificultades prolongadas para acceder al mercado laboral. No obstante, restringe notablemente el alcance, si has cambiado de empleo durante este periodo o uno superior en tiempo.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>Además, el contrato laboral debe reportar <strong>ingresos inferiores al umbral</strong> establecido de 1.350 euros brutos mensuales/18.900 brutos anuales (lo cual supone trabajos a jornada parcial, en su mayoría). Esto excluye a quienes obtienen remuneraciones superiores, ya que la ayuda se plantea como un <strong>complemento y no como un subsidio adicional</strong> para aquellos con salarios más altos.</p>
<p>Asimismo, el posible beneficiario <strong>no debe haber agotado por completo su derecho a la prestación por desempleo,</strong> puesto que el importe a recibir será proporcional al tiempo y cuantía de la prestación aún disponible, y decrecerá progresivamente hasta completarse el período máximo de seis meses.</p>
<!-- BREAK 6 --><h3>Cómo solicitar la prestación</h3>
<p>Para activar esta opción, es imprescindible comunicar la situación al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en un <strong>plazo máximo de 15 días</strong> desde la firma del contrato laboral.</p>
<!-- BREAK 7 --><p>El procedimiento incluye presentar la documentación que <strong>acredite los ingresos y detalles del empleo,</strong> lo que permite al organismo calcular la cuantía de la prestación compatible.</p>
<p>En la práctica, <strong>algunos solicitantes han reportado dificultades</strong> con los trámites administrativos, entre ellos, problemas con la documentación, retrasos en la respuesta del SEPE o interpretaciones restrictivas de las normativas. Por ello, es recomendable asegurarse de cumplir todos los requisitos y presentar la información de forma clara y completa.</p>
<!-- BREAK 8 --><h2>En la práctica: pocos, muy pocos</h2>
<p>Aunque esta medida supone un <strong>apoyo para quienes regresan al mercado laboral</strong> en condiciones económicas precarias, también presenta limitaciones. Su duración, que se limita a seis meses, puede ser insuficiente para alcanzar esta estabilidad, y el límite de ingresos puede dejar fuera a muchos trabajadores con situaciones notablemente precarias también.</p>
<!-- BREAK 9 --><p>Según los datos más recientes de la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.ine.es/dyngs/Prensa/es/EPA3T24.htm#:~:text=El%20empleo%20creci%C3%B3%20en%20376.600,meses%20disminuy%C3%B3%20en%20140.400%20personas.">Encuesta de Población Activa (EPA) del tercer trimestre de 2024,</a> el número total de desempleados en España es de, aproximadamente, 2.754.100 personas, con una tasa de paro del 11,21 %. De estos desempleados, <strong>más de 1,1 millones llevan más de un año buscando empleo,</strong> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://elpais.com/economia/2024-08-21/mas-de-11-millones-de-parados-en-espana-llevan-mas-de-un-ano-buscando-empleo.html">lo que representa alrededor del 38,5 % del total de parados</a>.</p>
<p>Si bien no contamos con cifras específicas, se prevé que <strong>menos de 1 millón de personas, al alza,</strong> tengan derecho a cobrar 6 meses más de paro y, de estas, tendríamos que descartar a aquellas personas que vuelven al mercado laboral con una prestación superior al salario mínimo interprofesional.</p>
<!-- BREAK 10 --><p>Además, se debe tener presente que <strong>la cuantía inicial del 80 % del IPREM </strong>(480 €/mes) <strong>a jornada completa</strong> se verá reducida en jornadas menores hasta el 60 o el 50 %, dependiendo de los ingresos.</p>
<p>Así, cobrar el paro y trabajar a la vez es una opción <strong>viable para un pequeño sector concreto</strong> de la población en búsqueda activa de empleo. Sin embargo, el éxito de esta medida depende de la capacidad del sistema para garantizar un acceso ágil y justo a este complemento, cuyos criterios lo limitan notablemente desde el principio.</p>
<!-- BREAK 11 --><script>
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                <title><![CDATA[Si tienes 52 años y cobras un subsidio no tendrás que acogerte a la jubilación anticipada obligatoria  ]]></title>
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                <pubDate>Tue, 26 Dec 2023 09:01:53 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
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    </p>
    <p>En 2019 se produjo un cambio importante en la regulación del subsidio para <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/he-dejado-de-cobrar-el-paro/tengo-mas-de-55-anos.html">mayores de 55 años, pasando a poder cobrarlo a partir de los 52 años.</a> Esta ayuda puede cobrarse hasta la edad legal de la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/plan-pensiones-para-autonomos-todavia-puedes-ahorrar-impuestos">jubilación</a> de forma ininterrumpida.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>A partir de junio de 2024 se vienen <strong>cambios en el subsidio para mayores de 52 años</strong>, aunque se mantiene igual la ayuda de 480 euros, el 80% del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.iprem.com.es/#que-es-iprem">IPREM</a>, lo que se reducen son las bases de cotización de cara a la jubilación de manera progresiva.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/atencion-autonomo-gobierno-revisara-ayudas-cese-actividad-pandemia">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/atencion-autonomo-gobierno-revisara-ayudas-cese-actividad-pandemia" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/atencion-autonomo-gobierno-revisara-ayudas-cese-actividad-pandemia" class="desvio-title js-desvio-title">Atención autónomo: el Gobierno revisará las ayudas por cese de actividad en la pandemia  </a>
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<h2>No es obligatorio jubilarte de forma anticipada si cobras el subsidio para mayores de 52 años</h2>
<p>Es importante destacar que no es obligatorio acogerse a la jubilación anticipada cobrando esta ayuda para mayores de 52 años. Todo dependerá de si se cumplen o no estos requisitos:</p>
<!-- BREAK 2 --><ul>
  <li><strong>La jubilación anticipada voluntaria</strong> está relacionada con la voluntad del trabajador y se puede llevar a cabo hasta dos años antes de la edad de jubilación ordinaria, aunque es preciso tener al menos <strong>35 años</strong> cotizados en total.</li>
  <li><strong>La jubilación anticipada involuntaria </strong>tiene que ver con un cese no voluntario en el trabajo y se puede ejecutar hasta cuatro años antes de la edad ordinaria, es decir, a los 61 años si se han cotizado 37 años y nueve meses o a los 62 años y cuatro meses, aunque es necesario <strong>acumular seis meses como demandante de empleo </strong>y proceder así a formar parte de las <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-21652">siete causas que permiten esta jubilación</a>.</li>
</ul><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/cambios-que-vienen-subsidio-desempleo-al-principio-disminuyendo-al-pasar-meses">
     <img alt="Los&#x20;cambios&#x20;que&#x20;vienen&#x20;en&#x20;el&#x20;subsidio&#x20;de&#x20;desempleo&#x3A;&#x20;m&#x00E1;s&#x20;al&#x20;principio&#x20;y&#x20;disminuyendo&#x20;al&#x20;pasar&#x20;los&#x20;meses" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/f78260/paro/375_142.jpeg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/cambios-que-vienen-subsidio-desempleo-al-principio-disminuyendo-al-pasar-meses" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/cambios-que-vienen-subsidio-desempleo-al-principio-disminuyendo-al-pasar-meses" class="desvio-title js-desvio-title">Los cambios que vienen en el subsidio de desempleo: más al principio y disminuyendo al pasar los meses</a>
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<h2>Cuánto cobrarás de pensión si te jubilas de forma anticipada tras un subsidio para mayores de 52 años</h2>
<p>La peculiaridad de esta ayuda es que El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es que es el único subsidio que cotiza para la jubilación. El SEPE lo hace por el 125% de la base mínima de cotización que esté vigente cada año.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>En este momento, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-2472">la base mínima se sitúa en 1.166,70 euros al mes,</a> por lo que el subsidio para mayores de 52 años cotiza por una base de 1.458, 37 euros al mes.</p>
<p>Esto puede ser una ventaja ya que ofrece la oportunidad de cotizar hasta la edad ordinaria de jubilación, pero también puede ser negativo para quienes tuvieron altas cotizaciones, en esos casos pueden optar por la jubilación anticipada.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>Antes de la modificación de la normativa, la duración de este subsidio se extendía hasta que el trabajador cumplía la edad de jubilación, y una de esas formas era la <strong>jubilación anticipada</strong>, así que cuando reunía las condiciones para jubilarse anticipadamente, tenía que acogerse sí o sí a ella y dejar de cobrar el subsidio.</p>
<p>En este momento ya no es así: <strong>si recibes este subsidio puedes elegir si sigues cobrándolo hasta la edad de jubilación legal o jubilarte anticipadamente</strong>.</p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estos-principales-cambios-prestacion-cese-actividad-autonomos-2023">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estos-principales-cambios-prestacion-cese-actividad-autonomos-2023" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estos-principales-cambios-prestacion-cese-actividad-autonomos-2023" class="desvio-title js-desvio-title">Estos son los principales cambios de la prestación de cese de actividad de autónomos en 2023</a>
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<h2>Cómo solicitar el subsidio para mayores de 52 años</h2>
<h3>Estos son los requisitos</h3>
<p>1.- Estar en desempleo.</p>
<p>Las personas trabajadoras fijas discontinuas no podrán acceder cuando su fecha de hecho causante sea anterior al 2 de marzo de 2022.</p>
<p>2.- Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio por encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:</p>
<ul>
  <li>Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.</li>
  <li>Ser emigrante que ha retornado a España (debe haber trabajado en el extranjero como mínimo 12 meses en los últimos seis años, desde su última salida de España, en países no pertenecientes a la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/paises-ue.html">Unión Europea (UE) o al Espacio Económico Europeo (EEE)</a>) y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo.</li>
  <li>Ser liberado o liberada de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo, cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.</li>
  <li>Haber sido declarado o declarada plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total para la profesión habitual.</li>
  <li>Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo, habiendo cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días.</li>
</ul>
<p>Pero como ya comentamos con anterioridad <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/requisitos-para-cobrar-subsidio-desempleo-para-mayores-52-anos-eres-autonomo">este subsidio es menos accesible para los trabajadores por cuenta propia</a>. <strong>Sus requisitos son digamos, más difíciles de cumplir.</strong></p>
<!-- BREAK 6 --><p><br></p>
<p>Puedes presentar la solicitud a través de:</p>
<ul>
  <li>La sede electrónica del<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.sepe.es/HomeSepe"> SEPE</a>.</li>
  <li>En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo.html">sede electrónica</a> del SEPE o por <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.sepe.es/HomeSepe/contacto/atencion-telefonica.html">teléfono</a>).</li>
  <li>En cualquier oficina de registro público.</li>
  <li>Por correo administrativo.</li>
</ul><script>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[UPTA piden un nuevo subsidio de 426 € para autónomos mayores de 52 años]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/upta-piden-nuevo-subsidio-426-eur-para-autonomos-mayores-52-anos</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/upta-piden-nuevo-subsidio-426-eur-para-autonomos-mayores-52-anos</guid>
                <pubDate>Tue, 11 Feb 2020 07:00:02 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/a3c239/wallet-2292428_640/1024_2000.jpg" alt="UPTA&#x20;piden&#x20;un&#x20;nuevo&#x20;subsidio&#x20;de&#x20;426&#x20;&#x20AC;&#x20;para&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;mayores&#x20;de&#x20;52&#x20;a&#x00F1;os">
    </p>
    <p>Un nuevo subsidio de 426 euros al mes para trabajadores autónomos <strong>mayores de 52 años y que hayan tenido que cerrar sus negocios</strong>. Esta sería el subsidio que la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) <a rel="noopener, noreferrer" href="https://upta.es/upta-presentara-una-propuesta-de-subsidio-para-autonomos-mayores-de-52-anos/">presentará al secretario de estado de empleo</a>, Joaquín Pérez Rey.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><p>Esta ayuda sería similar a la que ya perciben los trabajadores asalariados, y beneficiaría a unos 25.000 trabajadores solo en 2020, según cálculos realizados por la propia asociación de autónomos. El objetivo sería equiparar <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/el-gobierno-sustituira-los-426-euros-por-una-ayuda-para-la-formacion">los derechos de los trabajadores de ambos regímenes</a>, y que no existan brechas en función de quién sea el beneficiario.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Dentro de las condiciones que tendría este subsidio a la que ha tenido acceso Europa Press, el principal requisito sería que los demandantes hayan cotizado a través del sistema específico de <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/prestacion-por-cese-de-la-actividad">protección por cese de actividad</a> al menos durante 12 meses en cualquier momento <strong>durante su alta al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos</strong> (RETA).</p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/habra-subsidio-de-420-euros-para-los-autonomos">
     <img alt="&#x00BF;Habr&#x00E1;&#x20;subsidio&#x20;de&#x20;420&#x20;euros&#x20;para&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x3F;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/5da3c5/celestino-corbacho/375_142.jpg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/habra-subsidio-de-420-euros-para-los-autonomos" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/habra-subsidio-de-420-euros-para-los-autonomos" class="desvio-title js-desvio-title">¿Habrá subsidio de 420 euros para los autónomos?</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Además, <strong>el trabajador debe haberse beneficiado ya de la prestación por cese de actividad</strong> al menos durante un periodo de cuatro meses. Una vez consumada esta ayuda, se deberá inscribir de nuevo como demandante de empleo y solicitar la ayuda.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Por último, <strong>UPTA también propone la ampliación de este requisito un mes a partir del 28 de diciembre de 2020</strong> y que se siga aumentando un mes por año hasta alcanzar el periodo mínimo de carencia de seis años para poder acceder al subsidio.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Esta iniciativa forma parte de la estrategia política que se ha marcado UPTA para 2020 y estaría encuadrado dentro de la agenda de acción política reivindicativa.</p>
<!-- BREAK 6 --><script>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Los subsidios tipo 'rentas básicas' ponen en peligro la competitividad ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/los-subsidios-tipo-rentas-basicas-ponen-en-peligro-la-competitividad</link>
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                <pubDate>Thu, 11 Apr 2013 22:07:41 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/923aad/euros11/1024_2000.jpg" alt="Los&#x20;subsidios&#x20;tipo&#x20;&#x27;rentas&#x20;b&#x00E1;sicas&#x27;&#x20;ponen&#x20;en&#x20;peligro&#x20;la&#x20;competitividad&#x20;">
    </p>
    <p>Hoy echándole un poco de valor me he decidido a hablar de un asunto un tanto escabroso, el de <strong>la oportunidad de los subsidios y flaco favor que realizan a la competitividad</strong> empresarial, en un momento tan delicado para nuestra economía.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Es cierto que hay muchos españoles y españolas, escasos de recursos y de trabajo, que lo están pasando francamente mal, pero no por ello, y bajo mi opinión, creo que no se debe subvencionar a cualquier precio. Este es el caso de la renta básica extremeña que actualmente se encuentra bajo trámite parlamentario, y que oscilará entre los 372 euros y 692 euros mensuales.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Mi crítica no es otra que el daño que esto hace a muchos profesionales, que como consecuencia de la crisis perciben salarios muy pequeños, tanto, que si comparamos con las 'generosas' prestaciones, muchos de estos trabajadores pueden percibir, y con razón, la sensación de que su trabajo no tiene valor, al comprobar que la diferencia de ingresos entre desarrollar una actividad, y el no hacer nada, resulta cada vez más estrecha.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Con ello no quiero decir que se tengan que eliminar necesariamente todo tipo de subsidios, pero <strong>no podemos permitirnos el lujo de caer en la trampa de minusvalorar el esfuerzo</strong> y el trabajo, que por naturaleza ha de ser recompensado de una manera justa.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En Pymes y Autónomos  | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/las-mutuas-podrian-tener-la-potestad-de-dar-el-alta-a-los-trabajadores-enfermos">Las mutuas podrían tener la potestad de dar el alta a los trabajadores enfermos</a><br />
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/scris/2979032807/">scris</a></p>

<p></p>
<script>
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                                <item>
                <title><![CDATA[El Gobierno sustituirá los 426 euros por una ayuda para la formación]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/el-gobierno-sustituira-los-426-euros-por-una-ayuda-para-la-formacion</link>
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                <pubDate>Tue, 14 Dec 2010 12:00:11 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/8c489b/cursos/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;Gobierno&#x20;sustituir&#x00E1;&#x20;los&#x20;426&#x20;euros&#x20;por&#x20;una&#x20;ayuda&#x20;para&#x20;la&#x20;formaci&#x00F3;n">
    </p>
    <p>Esta mañana la secretaria de Estado de Empleo, María Luz Rodríguez, <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.europapress.es/economia/noticia-gobierno-sustituye-426-euros-nueva-ayuda-formacion-20101214104233.html">ha anunciado que el Gobierno creará un nuevo programa de orientación y formación "intensiva" a los parados que agoten sus prestaciones</a>, que contempla ayudas económicas ante la "falta absoluta" de otras rentas con el fin de "mejorar" el grado de reinserción profesional. Es decir <strong>se sustituye el "cheque-parado" por una ayuda a la formación</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Desde el momento en que se tomó la decisión de dar <strong>el subsidio de los 426 euros</strong> a los parados que agotaran sus prestaciones muchas voces hicimos hincapié en la necesidad de vincular este subsidio (en realidad todos) al fomento de la formación o de actividades encaminadas a la busqueda de empleo. Que ahora se tome una decisión en este sentido es una buena noticia.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>No quiero entrar en que si este subsidio se puede vincular a la economía sumergida y que un determinado grupo de gente se hay estado beneficiando de éste mientras trabajaba "en negro". En lo que quiero incidir es en la necesidad de <strong>organizar acciones formativas</strong> encaminadas al reciclaje y la mejora de la capacitación de los desempleados.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Bien sea porque las personas en paro hayan estado desempeñando tareas de poca cualificación o porque quieran enfocar su actividad profesional hacia otros sectores, incluso optar por el autoempleo. Una gran parte del caudal humano que ha ido aumentando la cifra de desempleados, aparte de las necesidades económicas obvias, puede demandar esa formación que le ayude a llevar a cabo <strong>esa transformación con garantías</strong>.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>El dar apoyo económico a estas personas <strong>que tratan activamente de buscar un nuevo empleo</strong> es mucho beneficioso que el "café para todos". Ahora se trata de instrumentalizar un sistema de formación que sea postivo para el que lo recibe y pueda servir de orientación laboral para el que está buscando un nuevo camino.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Desde luego<strong> en el caso del autoempleo se hace más que necesario</strong>, sobre todo si pensamos en esta opción como un salvavidas para una situación desesperada, que nada tiene que ver con un planteamiento sosegado de la puesta en marcha de un negocio, que sería lo lógico.</p>
<!-- BREAK 6 --><script>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Paro de autónomos y subsidio de 425 euros en menos de tres meses]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/paro-de-autonomos-y-subsidio-de-425-euros-en-menos-de-tres-meses</link>
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                <pubDate>Wed, 21 Jul 2010 19:14:32 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/1b7551/ayudas-para-autonomos-en-paro/1024_2000.jpg" alt="Paro&#x20;de&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;y&#x20;subsidio&#x20;de&#x20;425&#x20;euros&#x20;en&#x20;menos&#x20;de&#x20;tres&#x20;meses">
    </p>
    <p>El Congreso de los Diputados acaba de dar luz verde definitiva al<strong> paro para los autónomos </strong>que cesen su actividad y además, han incluido en esta futura ley <strong>el subsidio de 425 euros p</strong>ara autónomos que hayan tramitado su baja desde el 01/01/2009 y sus ingresos no alcancen el 75% del SMI, propuesta que presentó CIU tal y <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/confirmada-la-aprobacion-del-subsidio-de-425-euros-para-los-autonomos-en-paro">como ya nos comentó Mister Empresa</a>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Esta nueva ley debe estar <strong>operativa en el plazo máximo de 3 meses</strong>, tiempo que ha fijado el Parlamento para que el Ejecutivo desarrolle la norma reglamentaría de acceso al paro para los autónomos y marque los requisitos para que los autónomos que estén sin ingresos y quiebra técnica puedan acceder al subsidio de ayuda compatibilizado con la búsqueda activa de empleo.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Las <strong>políticas de subsidios no son buenas</strong>, pero las discriminaciones lo son menos todavia. En el ámbito laboral, los trabajadores por cuenta ajena que han agotado su desempleo y los subsidios que les corresponda, tienen derecho a recibir los 425 euros mensuales. Los autónomos que cierran su actividad, veían como eran discriminados por la mera razón de haber pertenicido a regímenes laborales distintos.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>A efectos prácticos, un trabajador sin ingresos o un autónomo que ha cerrado su empresa y tampoco tiene ninguna fuente de ingresos se encuentran en la misma situación precaria económica. Si el primero recibe una ayuda básica de subsistencia de 425 euros mensuales, el 2º también debe recibirlo, dado que ambos, tienen la mala costumbre de comer y vestirse a diario. Como digo,<strong> la justicia social se debe aplicar para todos o para ninguno</strong> y aquí existía un gran desagravio que se va a eliminar, eso si, a costa de las arcas públicas. Pero eso, ya es otro debate.</p>
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<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.intereconomia.com/noticias-negocios/finanzas-personales/claves/oposicion-impone-al-gobierno-ley-ayuda-425-euros-autono">Intereconomía</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.europapress.es/economia/noticia-oposicion-impone-ley-ayuda-425-euros-autonomos-paro-prestacion-20100721201703.html">Europa Press</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/prestacion-del-paro-para-autonomos-en-2011">Prestación de paro para los autónomos para el 2011</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/cataluna-crea-un-subsidio-para-autonomos-parados-sin-ingresos">Cataluña pone en marcha un subsidio de 420 euros para autónomos sin ingresos</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/nomansland/3839721750/">No man´s land</a></p>
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                <title><![CDATA[¿Habrá subsidio de 420 euros para los autónomos?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/habra-subsidio-de-420-euros-para-los-autonomos</link>
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                <pubDate>Wed, 12 Aug 2009 19:15:37 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p></p>
<p><br />
El consejo de Ministros de mañana (se van de puente el viernes) tiene previsto aprobar el decreto que <strong>facultará a los parados sin prestación por desempleo ni subsidio, a cobrar durante seis meses 420 euros</strong>. Esta medida se aprobará con efectos retroactivos al 1 de agosto si no hay ninguna sorpresa y se prevé que se puedan favorecer de ella unos 300.000 parados. </p>
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<p>Para beneficiarse de este subsidio, el perceptor de la renta asumirá el compromiso con el servicio público de empleo de su comunidad autónoma de participar en un itinerario de formación y empleo. Pero en ningún punto se ha hablado de la posibilidad de hacer extensivo este subsidio, que se supone temporal, a los autónomos que hayan cesado en su actividad y se encuentren sin ningún tipo de ayuda.<br /></p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p><br />
Y mucho me temo que el decreto que se va a aprobar no va a ser considerado con la <strong>precaria situación económica que tienen muchos autónomos </strong>que cierran sus negocios completamente arruinados y sin ingresos de ningún tipo. Ese es el precio de ser intentar ser empresario, autoemplearse o emprender, cada uno que coja el perfil que más le encaje.</p>
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<p>Como opciones para estos colectivos de parados y como vía para cubrir su protección social, nos queda el ente privado, como puede ser Cruz roja, Cáritas o la infinidad de ONG´s que se dedican a ayudar a personas en desprotección o con riesgo de exclusión total del sistema.</p>
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<p>Espero equivocarme y tener que borrar o rectificar el post, pero mucho me temo que poco podemos esperar del decreto que se ha cocinado. No obstante, si acertara, estoy seguro que la justificación de la exclusión de los autónomos se va a basar en la temporalidad de la misma, dado que se supone que este subsidio tendrá una duración de un año como mucho.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.elmundo.es/mundodinero/2009/08/12/economia/1250076301.html">El Mundo</a><br />
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.mtas.es">Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/desempleo-para-autonomos-primera-propuesta-formal-por-parte-de-trabajo">Desempleo para los autónomos: primera propuesta formal por parte de Trabajo</a></p>
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