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        <title>Magazine - dietas</title>
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        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Wed, 10 Jun 2026 12:05:13 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Hacienda está echando para atrás miles de justificaciones de dietas de autónomos: sólo así podrás pasar su filtro]]></title>
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                <pubDate>Tue, 23 Nov 2021 18:01:20 +0000</pubDate>
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      <img src="https://i.blogs.es/0a7f56/hachazo-autonomos/1024_2000.jpeg" alt="Hacienda&#x20;est&#x00E1;&#x20;echando&#x20;para&#x20;atr&#x00E1;s&#x20;miles&#x20;de&#x20;justificaciones&#x20;de&#x20;dietas&#x20;de&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x3A;&#x20;s&#x00F3;lo&#x20;as&#x00ED;&#x20;podr&#x00E1;s&#x20;pasar&#x20;su&#x20;filtro">
    </p>
    <p>Con la llegada en 2017 de la<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/publicada-la-ley-de-reformas-urgentes-del-trabajo-autonomo"> Ley de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo</a> a muchos profesionales se les abrió una puerta para poder empezar a deducirse como un gasto profesional sus gastos de dietas habituales, que hasta el momento no tenían contempladas.&nbsp;</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Pero una cosa es como está redactada la ley y otra diferente los requisitos adicionales de la Agencia Tributaria para admitir un gasto como deducible. Este criterio es bastante restrictivo y hace que se den casos en los que <strong>Hacienda esté echando para atrás miles de justificaciones de dietas de autónomos</strong> y vamos a ver cómo pasar su filtro.</p>
<p>Los requisitos para poder deducirse una dieta eran muy claros, tenía que ser un gasto afecto a la actividad económica, realizado en un establecimiento de hostelería, pagado a través de un medio electrónico y respetando los límites de gasto establecidos en la ley, 26,67 euros al día, que aumenta hasta los 48,08 euros cuando estén en el extranjero. Dichas cantidades se doblan en caso de pernoctar fuera de nuestro domicilio.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/dieta-de-manutencion-para-los-autonomos-todo-lo-que-necesitas-saber">
     <img alt="Dieta&#x20;de&#x20;manutenci&#x00F3;n&#x20;para&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos,&#x20;todo&#x20;lo&#x20;que&#x20;necesitas&#x20;saber" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/09b7b7/menu-restaurante/375_142.jpg">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/dieta-de-manutencion-para-los-autonomos-todo-lo-que-necesitas-saber" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/dieta-de-manutencion-para-los-autonomos-todo-lo-que-necesitas-saber" class="desvio-title js-desvio-title">Dieta de manutención para los autónomos, todo lo que necesitas saber</a>
   </div>
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</div>
<h2>¿Qué nos puede pedir Hacienda para justificar dichos gastos?</h2>
<p>Suponiendo que cumplimos con todo lo anterior y la Agencia Tributaria no reclama más información sobre las dietas, lo habitual es que nos soliciten la <strong>factura y alguna prueba adicional de que se trata de un gasto afecto a la actividad económica</strong>. Es decir, un motivo por el que ese día <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/gastos-de-manutencion-del-autonomo-una-tomadura-de-pelo-mashttps://www.pymesyautonomos.com/legalidad/gastos-de-manutencion-del-autonomo-una-tomadura-de-pelo-mas">comemos fuera de nuestro domicilio</a> y tenemos derecho a dicha dieta.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Solo con estos dos requisitos para muchos autónomos ya invalida la posibilidad de desgravarse muchos gastos. Porque lo cierto es que desde el principio se ha puesto<strong> mucha letra pequeña para dificultar la aplicación de estas dietas</strong>.</p>
<p>Supongamos que vamos de vieja a realizar un trabajo a varios kilómetros de nuestra localidad. Hemos madrugado y al llegar tomamos un café o desayunamos. Después a la hora de comer paramos y comemos un menú. Al final del día el gasto que hemos hecho es de 22 euros, que tendríamos derecho a deducir.</p>
<!-- BREAK 4 --><h2>¿Cómo pasar el filtro de Hacienda con los gastos deducibles?</h2>
<p>Pero tres años después, pueden ser hasta cuatro, de este día Hacienda nos solicita justificar dichos gastos. ¿Podremos hacerlo? Lo cierto es que muchos autónomos no van a poder si no han sido rigurosos en la deducción.</p>
<!-- BREAK 5 --><ul>
  <li><strong>Siempre pedir factura nominativa, no basta con una factura simplificada</strong>. Lo que muchos conocen como el ticket o incluso el resguardo de la Visa, no tiene validez. Hay que disponer de una factura con todos nuestros datos identificativos y que además refleje hora, lugar, datos de la empresa y modo de pago a ser posible. ¿Vamos a pedir una factura para un refresco y un pincho de tortilla que hemos consumido a media mañana? ¿Y para un café? La respuesta es sí, siempre que vayas a deducirte dicho gasto. Las facturas se tienen que conservar cuatro años.</li>
  <li><strong>Siempre pagar con medios electrónicos</strong>, fundamentalmente con tarjeta de forma que haya un rastreo verificable de dicho gasto.</li>
  <li><strong>Que el CIF del establecimiento sea de hostelería</strong> y aquí cuidado, porque no es el primer restaurante o bar abierto con el CIF de otra actividad diferente y luego no cuadrará a la hora de verificar la deducción.</li>
  <li><strong>Llevar una agenda de tus trabajos</strong>, algo que no todo el mundo hace, pero que es básico a la hora de una inspección tener claro qué hicimos tal día y a que cliente fuimos a visitar o a realizar un trabajo. Como prueba también servirían conversaciones de WhatsApp o correos electrónicos con dichos clientes.</li>
</ul>
<p><strong>Esta última es la traba más importante</strong> para los autónomos. Mantener un histórico de los trabajos realizados, correos, mensajes de comunicaciones con los clientes que sirvan para acreditar que el gasto realizado es afecto a nuestra actividad económica.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>Por supuesto si nuestra actividad la realizamos de lunes a viernes, pero el gasto tiene fecha de un sábado o festivo, será complicado poder justificarlo. No es así cuando nuestra actividad se desarrolla de lunes a domingo, como podría ser en caso de un transportista.</p>
<p>Una última cuestión muy importante es <strong>conservar correctamente las facturas</strong>. Muchas de ellas nos las entregarán en papel térmico, con todos nuestros datos y los del establecimiento. Hasta aquí todo correcto. Pero puede darse el caso que tras varios días guardadas en el coche o años archivadas en la oficina cuando vayamos a buscar los datos simplemente esté en blanco.</p>
<!-- BREAK 7 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/nueva-ley-de-autonomos-asi-te-afecta-segun-el-tipo-de-autonomo-que-eres">
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   </div>
  </div>
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</div>
<h2>Conservar todas las facturas</h2>
<p>La mejor solución es acudir a programas de <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/digitalizacion-certificada-la-forma-de-eliminar-papel-en-la-empresa">digitalización certificada</a>, de manera que <strong>no tengamos que conservar físicamente la factura</strong> y nos baste solo con el documento escaneado que tenemos almacenado.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>También en muchos establecimientos hosteleros facilitan el envío de las facturas por correo electrónico o que sea el propio cliente el que introduciendo sus datos fiscales se la pueda descargar.&nbsp;</p>
<p>Más complejo es el tema de las <strong>facturas recapitulativas, donde se reseñan todas las consumiciones realizadas en un mismo local</strong> en un mes, por ejemplo, en caso de que un trabajo se prologue en el tiempo y estemos fuera bastante tiempo.</p>
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                <title><![CDATA[Las dietas de los autónomos siguen sin poder deducirse por el criterio restrictivo de Hacienda]]></title>
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                <pubDate>Fri, 07 May 2021 07:01:56 +0000</pubDate>
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      <img src="https://i.blogs.es/afba6e/gastos-autonomos/1024_2000.jpg" alt="Las&#x20;dietas&#x20;de&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;siguen&#x20;sin&#x20;poder&#x20;deducirse&#x20;por&#x20;el&#x20;criterio&#x20;restrictivo&#x20;de&#x20;Hacienda">
    </p>
    <p>Según <a rel="noopener, noreferrer" href="https://upta.es/mas-de-1-400-000-autonomos-no-pueden-deducir-los-gastos-de-manutencion/">denuncia UPTA</a> son más de <strong>1.400.000 autónomos los que siguen sin poder deducirse las dietas por el criterio restrictivo</strong> aplicado por Hacienda. Y esto cumpliendo con todos los requisitos que en su día se pusieron para poder justificar dichos gastos cuando un autónomo desarrolla su actividad fuera de su localidad. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Dichos requisitos establecían que el gasto se generase en el desarrollo de la actividad económica, en establecimientos de restauración, y que el pago se efectuase por medios electrónicos. Y lo peor de todo es que <strong>desde el Gobierno saben que es un agravio</strong> que en su momento <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/gastos-deducibles-siguen-generando-polemica-autonomos-exigen-normativa-mucho-clara-para-deducirse-sus-gastos-manutencion">prometieron corregir</a>. Pero claro estando en la oposición es muy fácil hacer promesas que luego, no importa quien lo ocupe, cuando se llega al Gobierno y se tienen que tomar decisiones se olvidan. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/importancia-gastos-deducibles-autonomos-regalan-anualmente-5-000-millones-euros-a-hacienda-presentar-mal-su-declaracion">
     <img alt="La&#x20;importancia&#x20;de&#x20;los&#x20;gastos&#x20;deducibles&#x3A;&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;regalan&#x20;anualmente&#x20;5.000&#x20;millones&#x20;de&#x20;euros&#x20;a&#x20;Hacienda&#x20;por&#x20;presentar&#x20;mal&#x20;su&#x20;declaraci&#x00F3;n" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/7b3efd/digital-marketing-1433427_1280/375_142.jpg">
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    </div>
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   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Desde UPTA han remitido en multitud de ocasiones el texto que resolvería definitivamente <strong>cualquier tipo de interpretación equivoca</strong>. Un sistema que define claramente la jornada de trabajo dejando prueba efectiva del gasto legible, y que incorpora los pagos indirectos como un sistema adecuado para realizar la transacción dineraria.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>No es la primera vez que una ley que a priori favorece a los autónomos en su aplicación práctica se queda en algo anecdótico. La deducción por los <strong>gastos de suministros de los profesionales que trabajan en casa</strong> es otro ejemplo, donde del 30% prometido, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/gastos-suministros-muestran-todo-que-esta-mal-fiscalidad-autonomo">la realidad se quedó en apenas entre un 5 o 10%</a> en el mejor de los casos. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Es un suma y sigue. Algo injusto para muchos autónomos porque <strong>siguen manteniendo un criterio muy restrictivo</strong> a la hora de poder deducirse sus gastos, aquellos que son necesarios para el desarrollo de su actividad económica. Y es muy complicado si desde la Agencia Tributaria se pone la carga de la prueba en el autónomo, para que demuestre que este gasto es afecto a la actividad económica. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>El resultado es que se acaba pagando mucho más de lo que correspondería. Pero también tiene un efecto secundario, sobre todo ahora en momentos de crisis, donde si se que no me puedo deducir el gasto, casi prefiero llevarme el bocadillo de casa que comer en un bar si estoy fuera de casa, porque ese dinero no lo recupero. Y esto <strong>supone menos actividad económica en hostelería</strong>, precisamente un sector que lanza campañas como el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://restauracionnews.com/el-6-de-mayo-llega-el-dia-de-comer-fuera-de-casa/#:~:text=Edenred%20y%20Hosteler%C3%ADa%20de%20Espa%C3%B1a%20han%20decidido%20promover%20la%20celebraci%C3%B3n,en%20sus%20restaurantes%20de%20siempre.">día de comer fuera de casa</a>, para ayudar a su recuperación. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/bar-cafe-restaurant-shop-counter-768564/">Free-Photos en Pixabay
</a></p>
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                <title><![CDATA[Las dietas de los autónomos son inaplicables y, por eso, conviene clarificar la norma]]></title>
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                <pubDate>Sat, 20 Jul 2019 09:00:56 +0000</pubDate>
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      <img src="https://i.blogs.es/ce7342/restaurant-449952_640/1024_2000.jpg" alt="Las&#x20;dietas&#x20;de&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;son&#x20;inaplicables&#x20;y,&#x20;por&#x20;eso,&#x20;conviene&#x20;clarificar&#x20;la&#x20;norma">
    </p>
    <p>Una de las grandes novedades que la ley de autónomos traía bajo el brazo era la aplicación de la <strong>deducibilidad a las dietas de los profesionales en el ejercicio de su actividad</strong>. Sin embargo, para poder deducirse estos gastos, era necesario cumplir una serie de premisas como el pago a través de medios electrónicos, que se hicieran en establecimientos de restauración o hostelería y por supuesto que este gasto estuviera afecto a la actividad económica.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><p>Sin embargo, diferentes asociaciones y medios, entre los que nos encontramos, hemos denunciado de forma reiterada que tales dietas son, en la práctica, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/dietas-autonomos-bonitas-papel-inaplicables-practica">inaplicables</a>. El motivo es, precisamente, <strong>cómo demostrar que ese gasto se encuentra afecto a la actividad económica</strong>, aportando toda la información a nuestra disposición y acreditando la existencia de una reunión de trabajo próxima a la hora de la comida.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/dieta-de-manutencion-para-los-autonomos-todo-lo-que-necesitas-saber" class="desvio-title js-desvio-title">Dieta de manutención para los autónomos, todo lo que necesitas saber</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>La percepción que tienen la mayoría de autónomos <strong>es de cierta inseguridad</strong>. Muchos temen no poder aportar las pruebas ante una eventual inspección de Hacienda, y conservar esta documentación durante 4 años. La misma razón por la que tan solo el 5% de los autónomos que trabajan desde casa se atreve a desgravarse sus gastos de manutención <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/mejora-dietas-gastos-suministros-para-autonomos-basta-tomarnos-pelo">en los suministros del hogar</a>.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Por esta razón, el grupo Ciudadanos <strong>ha planteado este viernes en el Congreso una clarificación de los requisitos que tienen los autónomos para poder deducirse los gastos derivados de la manutención</strong>.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Basándose en una denuncia del colectivo de autónomos UPTA, Sergio del Campo ha registrado una batería de preguntas en la Cámara Baja sobre esta cuestión. En concreto, Del Campo ha querido saber <strong>el número de autónomos que han accedido a las deducciones</strong>, por qué importe, qué porcentaje suponen respecto a todos los que lo han solicitado, y también si el Gobierno tiene pensado proponer o llevar a cabo una modificación normativa para clarificar los requisitos de acceso.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Esperemos que esta cuestión se aclare en breve, <strong>pues la incertidumbre con la que muchos autónomos registran ciertos gastos es de todo punto inadmisible</strong>.</p>
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                <title><![CDATA[Las dietas de los autónomos, bonitas sobre el papel ¿inaplicables en la práctica? ]]></title>
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                <pubDate>Sun, 23 Sep 2018 07:10:21 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/5c147d/factura-dietas/1024_2000.jpg" alt="Las&#x20;dietas&#x20;de&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos,&#x20;bonitas&#x20;sobre&#x20;el&#x20;papel&#x20;&#x00BF;inaplicables&#x20;en&#x20;la&#x20;pr&#x00E1;ctica&#x3F;&#x20;">
    </p>
    <p>Uno de los grandes avances que vinieron de la mano de la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/nueva-ley-de-autonomos-asi-te-afecta-segun-el-tipo-de-autonomo-que-eres">Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo</a> fue la llegada de las dietas para los autónomos. Para poder deducirse un gasto de comida se tenían que cumplir una serie de premisas, como el pago a través de medios electrónicos, que se hicieran en establecimientos de restauración o hostelería y como, siempre, que este gasto estuviera afecto a la actividad económica. Es este último aspecto el que se está provocando que la realidad sea que <strong>las dietas de los autónomos sean bonitas sobre el papel pero ¿inaplicables en la práctica?</strong></p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Y esto se debe a dos motivos fundamentales, por un lado la obligación de demostrar que el gasto está afecto a la actividad económica. Esto supone para la mayoría de los autónomos prácticamente la obligación de llevar un diario, una agenda y conservarla como documento probatorio de su día a día. <strong>¿Quién se acuerda al cabo de cuatro años qué estaba haciendo el día que comió fuera de casa?</strong></p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Si estamos en un proyecto de larga duración puede, pero muchas veces se ha ido a dar un presupuesto a un cliente que luego no nos han aceptado, se estaba en tránsito entre un cliente y otro, etc. Y muchas veces no se factura directamente por ese trabajo, sino que hay mantenimientos, facturaciones globales al cliente que hacen complicado dotar de valor probatorio a estas facturas. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>A esto se suma el segundo inconveniente, una <strong>aplicación de la norma más restrictiva</strong>, puede hacer que todas las pruebas que se presenten lleguen a ser consideradas insuficientes. De este modo una norma aprobada hace apenas unos meses se presenta desde sus inicios como confusa y, en la práctica, inaplicable, razón por la cual muchos <a rel="noopener, noreferrer" href="https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/09/20/autonomos/1537460588_022365.html?id_externo_rsoc">gestores están recomendando</a> a sus clientes que no apliquen dicha deducción. </p>
<!-- BREAK 4 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/dieta-de-manutencion-para-los-autonomos-todo-lo-que-necesitas-saber">
     <img alt="Dieta&#x20;de&#x20;manutenci&#x00F3;n&#x20;para&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos,&#x20;todo&#x20;lo&#x20;que&#x20;necesitas&#x20;saber" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/09b7b7/menu-restaurante/375_142.jpg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/dieta-de-manutencion-para-los-autonomos-todo-lo-que-necesitas-saber" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/dieta-de-manutencion-para-los-autonomos-todo-lo-que-necesitas-saber" class="desvio-title js-desvio-title">Dieta de manutención para los autónomos, todo lo que necesitas saber</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Hay que tener en cuenta que ya la ley nació con dudas, sobre todo en lo que afecta al <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/gastos-de-manutencion-del-autonomo-una-tomadura-de-pelo-mas">concepto de desplazamiento</a> o no para poder deducir la dieta. Lo que está claro es que esta medida, que era una de las pocas que beneficiaba claramente a todos los autónomos que tienen que <strong>comer o pernoctar fuera de casa</strong> por su trabajo, ahora se antoja difícil y complicada de aplicar.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Ya de por si para muchos es <strong>complicado que en un bar nos den una factura a nuestro nombre</strong> o incluso en algunos no aceptan el pago con tarjetas, lo que supone un problema porque ese día ya no se puede deducir la dieta. Y en muchos casos volver al día siguiente para recoger la factura no es una opción. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Si a esto le sumamos que en la mayoría de los establecimientos la <strong>factura te la facilitan en papel, archivo</strong> de cada una de ellas, que no sea en papel térmico, que al cabo de tres años vas a buscarla y literalmente está ilegible... Hace muy complicado todo el tema de la deducción ante una inspección fiscal. Esperemos que en breve se aclare esta circunstancia por parte de Hacienda y los requisitos sean los mínimos posibles. </p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/negocios-fondo-viejo-obsoleto-3356921/">VIVIANE6276</a></p>
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                <title><![CDATA[Gastos de manutención del autónomo, ¿una tomadura de pelo más? ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/gastos-de-manutencion-del-autonomo-una-tomadura-de-pelo-mas</link>
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                <pubDate>Fri, 03 Nov 2017 10:00:49 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/056a8f/gastos-manutencion/1024_2000.jpg" alt="Gastos&#x20;de&#x20;manutenci&#x00F3;n&#x20;del&#x20;aut&#x00F3;nomo,&#x20;&#x00BF;una&#x20;tomadura&#x20;de&#x20;pelo&#x20;m&#x00E1;s&#x3F;&#x20;">
    </p>
    <p>Ayer Hacienda sacó una <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Principales_novedades_tributarias_introducidas_en_la__Ley_6_2017__de_24_de_octubre__de_Reformas_urgentes_del_trabajo_autonomo_.shtml">nota informativa</a> donde se aclaraban dos aspectos importantes. Por un lado la deducibilidad de los gastos de suministros para los autónomos que trabajan en casa. Tal y como explicamos el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/esto-te-puedes-deducir-al-ano-si-trabajas-en-casa-con-la-nueva-ley-de-autonomos">porcentaje final que se puede deducir un autónomo es ridículo</a>. Pero también aclara los <strong>gastos de manutención del autónomo</strong>, aunque no del todo. Aquí podemos encontrarnos ante una nueva tomadura de pelo o realmente un gasto deducible para muchos profesionales. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>La Ley publicada no aclara <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/dieta-de-manutencion-para-los-autonomos-todo-lo-que-necesitas-saber">ciertos aspectos controvertidos</a> de los que ya hemos hablado. La clave está en saber <strong>si para deducirse un gasto de manutención lo podemos hacer en la misma localidad</strong> donde tiene su ubicación o no nuestra empresa o dónde se encuentra el domicilio del autónomo. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>En la esencia de la dieta existe el <strong>concepto de desplazamiento</strong>. Aunque la nota de Hacienda no dice nada al respecto se podría entender que el autónomo que trabaja en su local se puede deducir los gastos en los que incurre en el bar de la esquina sin problemas hasta un límite establecido de 26,67 euros con carácter general. Si en lugar del bar de la esquina se lo toma en el extranjero el porcentaje aumenta hasta los 48,08 euros. Ambas cantidades se doblan en el caso de pernoctación obligada por el desplazamiento.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Según la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://twitter.com/autonomosata/status/926348754365632513">Federación de Autonomos ATA</a>, <strong>este concepto de desplazamiento no es necesario</strong>. Tampoco si el gasto se ha realizado el fin de semana o entre semana. Lo único imprescindible es el pago electrónico, que el gasto se produzca en un establecimiento de hostelería y pedir factura. De ser así es una buena noticia para aquellos autónomos que ya comen fuera de casa habitualmente. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>De todas formas me gustaría ver si hay <strong>alguna aclaración oficial al respecto</strong>. También hay dudas sobre si para tal efecto se pueden utilizar o no <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/tipos-de-facturas-las-facturas-recapitulativas">facturas recapitulativas</a> y también con las facturas simplificadas, aunque aquí aclaran que el gasto del propio contribuyente, por lo que la simplificada no serviría y tendríamos que tener factura completa con todos los datos del contribuyente. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Si los gastos son para todos los autónomos, no importan las horas o la localidad será una buena medida. En caso de que no se admitan estas condiciones, la <strong>desgravación quedará muy descafeinada</strong> para la mayoría de los autónomos y será una tomadura de pelo igual que los gastos de suministros. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/que-medidas-faltan-en-la-ley-de-reforma-urgente-del-trabajo-autonomo">¿Qué medidas faltan en la Ley de Reforma Urgente del Trabajo Autónomo?</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pexels.com/photo/close-up-of-hand-holding-coffee-cup-302902/">Chevanon Photography</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Autónomo, así puedes desgravarte los gastos por dietas de manutención y estancia]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/autonomo-asi-puedes-desgravarte-los-gastos-por-dietas-de-manutencion-y-estancia</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/autonomo-asi-puedes-desgravarte-los-gastos-por-dietas-de-manutencion-y-estancia</guid>
                <pubDate>Fri, 29 Sep 2017 06:01:04 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/8a802f/adult-1807617_640/1024_2000.jpg" alt="Aut&#x00F3;nomo,&#x20;as&#x00ED;&#x20;puedes&#x20;desgravarte&#x20;los&#x20;gastos&#x20;por&#x20;dietas&#x20;de&#x20;manutenci&#x00F3;n&#x20;y&#x20;estancia">
    </p>
    <p>En la reciente <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/la-ley-de-autonomos-ha-dejado-de-ser-urgente-seis-meses-despues-esta-lejos-de-ser-aprobada">ley de autónomos</a>, el parlamento ha aumentado el importe de las dietas que los trabajadores por cuenta propia pueden deducirse, <strong>hasta los 26,67 euros al día en caso de que sea en territorio nacional</strong> y hasta los 48,08 euros al día cuando estén en el extranjero, equiparando estos derechos con los trabajadores asalariados. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Si, además de comer fuera de casa, el autónomo tiene que pernoctar, <strong>dicha cantidad se duplicará</strong> (o, al menos, esto es lo que ocurre actualmente en el caso de los trabajadores por cuenta ajena): 53,34 euros en territorio nacional y 96,16 euros si el autónomo se encuentra en el extranjero.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<h2>Solo se podrá pagar por medios electrónicos</h2>

<p>Ahora bien, todas las consumiciones, sean desayunos, comidas o cenas, deberán realizarse en cafeterías o restaurantes, <strong>y por medios electrónicos</strong>, de manera que quede la prueba del día, el importe y el establecimiento donde se ha realizado la consumición. Dicho de otro modo, si el autónomo quiere deducirse la dieta, no podrá pagar con dinero contante y sonante, y deberá hacerlo con otros medios como, por ejemplo, tarjeta de crédito. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Huelga decir que el autónomo <strong>solo podrá deducirse aquellos gastos que se realicen fuera de su localidad</strong>. Por esta razón, es imprescindible que la localidad aparezca reflejada en la factura, y que la actividad económica en la que esté dada de alta la empresa se corresponda con las empresas que dan derecho a deducción: locales de restauración u hoteles.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<h2>Imprescindible presentar factura; la simplificada no sirve</h2>

<p>Para que un autónomo pueda deducirse estos gastos, <strong>deberá contar con la correspondiente factura o justificante</strong>. Esto implica que deberá solicitar este documento cuando se desplace con el taxi, cuando coma o cene en un restaurante o cuando se aloje en un hotel. Si el autónomo comiese de forma habitual en el mismo local, podría presentar resúmenes mensuales, que también serían aceptables.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Sin embargo, <strong>la factura simplificada no bastaría</strong>. Es necesario pedir la factura completa, donde consten todos los datos, DNI, nombre y dirección, para que la factura sea aceptable. Y en este caso sería irrelevante que vayamos a sentarnos ante una comida copiosa o que pidamos un pincho de tortilla para desayunar; todo deberá estar correspondientemente justificado.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/puede-un-administrador-cobrar-dietas">¿Puede un administrador cobrar dietas</a>?</p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/adulto-amoroso-asia-compa%C3%B1era-1807617/">sasint</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Dieta de manutención para los autónomos, todo lo que necesitas saber]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/dieta-de-manutencion-para-los-autonomos-todo-lo-que-necesitas-saber</link>
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                <pubDate>Sun, 02 Jul 2017 08:39:49 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/09b7b7/menu-restaurante/1024_2000.jpg" alt="Dieta&#x20;de&#x20;manutenci&#x00F3;n&#x20;para&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos,&#x20;todo&#x20;lo&#x20;que&#x20;necesitas&#x20;saber">
    </p>
    <p>Con la aprobación de la nueva <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.elblogsalmon.com/mundo-laboral/asi-ha-quedado-la-nueva-ley-del-autonomo-de-ciudadanos">Ley de medidas urgentes del trabajo autónomo</a> se ha incluido la posibilidad de deducirse como dieta de manutención diaria para los autónomos la cantidad de 26,67 euros. Esta medida afecta sobre todo a aquellos autónomos y profesionales que tienen que comer fuera de casa. Vamos a ver cómo es <strong>la dieta de manutención y qué condiciones hay que cumplir para poder deducirla</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>La dieta total que se puede deducir, la cantidad que el autónomo puede gastar cuando se encuentra fuera de casa es un total de  <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/que-medidas-faltan-en-la-ley-de-reforma-urgente-del-trabajo-autonomo">26,67 euros al día, que aumenta hasta los 48,08 euros</a> cuando estén en el extranjero. Por supuesto todo deberá estar correspondientemente documentado para poder hacerlo. <strong>La factura es indispensable</strong>. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Si además de comer fuera de casa el autónomo tiene que <strong>pasar la noche fuera de su residencia habitual, dicha cantidad se duplicará</strong>. Tampoco se admitirán facturas que no correspondan a empresas que no estén en establecimientos hoteleros o de restauración. Es decir si vamos a un supermercado para comprar lo necesario para hacernos un bocadillo no sería deducible, pero si lo consumimos en un bar sí.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<h2>Como hay que pagar para que el gasto sea deducible como dieta</h2>

<p>En todo caso el pago debe quedar acreditado por medios electrónicos. Si se paga en un restaurante, pero se hace en efectivo, no será un gasto deducible. Es indispensable <strong>pagar con tarjeta</strong> o medios electrónicos para que quede debidamente documentado. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Dependiendo del autónomo y el uso que haga de las dietas, la repercusión que podría tener en su <strong>declaración de IRPF estará entre los 1.200 y 3.000 euros</strong>, para una dieta de 26 euros durante 20 días al mes y once meses al año, o si se dobla la dieta por dormir fuera y tiene que trabajar en el extranjero. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Lo cierto es que no tenemos por qué gastarnos 26 euros en una comida. Pero si estamos fuera de casa, en muchos casos se hace una pausa para <strong>desayunar a media mañana</strong> además de la comida. En ambos casos el gasto sería deducible. Es cierto que muchos pueden tener reparos a la hora de pedir una factura para algo en lo que apenas han gastado tres o cuatro euros, pero sumados a final de año es una cantidad importante. </p>
<!-- BREAK 6 --><div class="article-asset-summary article-asset-normal"><div class="asset-content"><div class="sumario">Tenemos que pedir factura de un café y pincho de tortilla del desayuno si queremos deducirlo como dieta</div></div></div><p>Por otra parte esta demanda de los autónomos <strong>obligará a los hosteleros a ponerse las pilas</strong> con sus sistemas de gestión, ya que la demanda de factura será ahora mucho más habitual que antes. En muchos casos será un forma de fidelizar a los clientes con un sistema de facturación que sea cómodo para ellos y se pueda remitir toda la información a través de correo, por ejemplo, de las facturas de todo el mes. </p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Lo cierto es que para llegar a estas cantidades <strong>el gasto que tendría que hacer el autónomos sería de entre 6.000 a 12.000 euros anuales</strong> en gastos de manutención. Por lo tanto si hasta ahora no comíamos fuera de casa, no compensa empezar a hacerlo a partir de ahora. Lo que si es importante es solicitar siempre la factura con nuestros datos fiscales, para que sea deducible. </p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/que-medidas-faltan-en-la-ley-de-reforma-urgente-del-trabajo-autonomo">¿Qué medidas faltan en la Ley de Reforma Urgente del Trabajo Autónomo?</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/en/menu-apt-france-cafe-restaurant-1469715/">Hans</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[La retribución en especie y un jamón]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/la-retribucion-en-especie-y-un-jamon</link>
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                <pubDate>Tue, 30 Sep 2014 07:01:48 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/0fca0f/650_1000_4627716828_c7c5db3988_z/1024_2000.jpg" alt="La&#x20;retribuci&#x00F3;n&#x20;en&#x20;especie&#x20;y&#x20;un&#x20;jam&#x00F3;n">
    </p>
    <p>Empieza el mes de octubre y muchas empresas ya piensan en los agasajos navideños a sus empleados, atrás quedan los <strong>jamones fuera de nomina</strong>, cuya factura se deducía como gasto la empresa. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Pero desde el pasado 22 de diciembre de 2013, otras tributaciones se unen al jamón, así los <strong>seguros médicos</strong> que nos cubren entre otras cosas, las visitas al médico por las indigestiones navideñas; los <strong>cheques restaurante</strong>, que nos sirven además de para la manutención en días laborables, para cebarnos en las fiestas que se acercan; <strong>plus de transporte y cheques guardería</strong> engrosan las bases de cotización de las nominas de los trabajadores.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Así desde la reforma que afecto a las retribuciones en especie, el coste para la empresa se incrementa aproximadamente en un 32% por las antes exentas retribuciones en especie y el coste para el trabajador se sitúa en torno al 6,4% .</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p><h2>¿Cúal es el concepto de retribución en especie?</h2></BR></p>

<p>El <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/095235?ssSourceNodeId=1139#A23">Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre</a>, por el que se aprueba el Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, nos indica que se considera como retribución en especie la utilización, consumo u obtención, para fines particulares, de bienes, derechos o servicios <strong>de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado</strong>, aun cuando no supongan un gasto real para quien los conceda.</BR>
</BR>
Con carácter general, la <strong>valoración de las percepciones en especie</strong> satisfechas por los empresarios vendrá determinada por el coste medio que suponga para los mismos la entrega del bien, derecho o servicio objeto de percepción, entendiendo este coste medio como el resultado de dividir los costes totales que suponga para la empresa la entrega de un bien, derecho o servicio directamente imputables a dicha retribución entre el número de perceptores potenciales de dicho bien, derecho o servicio.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<h2>¿Qué gastos pagados a los trabajadores están exentos de cotización?</h2>

<p></BR></p>

<p>No todos los gastos pagados a los trabajadores cotizan a la seguridad social, ya que los trabajadores incurren en determinados gastos, que no se pueden considerar retribución, al considerarse que <strong>cubren exclusivamente los gastos incurridos de manera necesaria para desempeñar las tareas que les son encomendadas</strong>. 
</BR>
</BR>
En este sentido, los <strong>gastos de manutención y estancia, así como los gastos de locomoción</strong>, cuando correspondan a desplazamientos del trabajador fuera de su centro habitual de trabajo no se computarán en la base de cotización, siempre y cuando no excedan de los limites definidos en los apartados 3, 4, 5 y 6 del artículo 9.A) del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-6820">Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas</a>, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
</BR>
</BR>
El exceso sobre los límites señalados en los apartados citados, se computará en la base de cotización a la Seguridad Social.
</BR>
</BR>
Los <strong>gastos de locomoción</strong> para evitar su exclusión en la base de cotización a la Seguridad Social, <strong>deberán compensar las cantidades destinadas por el empresario a compensar los gastos del trabajador</strong> por sus desplazamientos fuera de la fábrica, taller, oficina o centro habitual de trabajo, para realizarlo en lugar distinto del mismo o <strong>diferente municipio</strong>.
</BR></p>
<!-- BREAK 5 -->
<h2>¿Sigue siendo interesante para la empresa la retribución en especie?
</h2>

<p>Hay que tener en cuenta que <strong>la base de cotización tiene un limite máximo en 41.108 euros</strong>, por lo que los trabajadores que perciban retribuciones por encima de esta cantidad no se verán afectados, así como tampoco supondrá un mayor coste para las empresas.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Además, las retribuciones en especie pueden utilizarse como incentivo y <strong>motivación de los trabajadores</strong>, que en ocasiones pueden ser más sensibles a determinadas atenciones de la empresa, que a una retribución en efectivo.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/adam_jones/">Adam Jones</a></p>

<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/por-favor-pidan-cita-para-embargos-en-la-agencia-tributaria">Por favor pidan cita para embargos en la Agencia Tributaria</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[El embargo de salarios y créditos ¿se aplica también a las dietas? ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/el-embargo-de-salarios-y-creditos-se-aplica-tambien-a-las-dietas</link>
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                <pubDate>Wed, 21 May 2014 10:01:53 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/1ae60d/273026937_45c6495610_z/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;embargo&#x20;de&#x20;salarios&#x20;y&#x20;cr&#x00E9;ditos&#x20;&#x00BF;se&#x20;aplica&#x20;tambi&#x00E9;n&#x20;a&#x20;las&#x20;dietas&#x3F;&#x20;">
    </p>
    <p>En caso de que una empresa reciba una notificación de la Agencia Tributaria para que ejecute un <strong>embargo de salarios o de créditos</strong> está obligada a retener esas cantidades e ingresarlas en Hacienda. ¿<strong>Se aplica también a las dietas a pagar</strong>?</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Una <a rel="noopener, noreferrer" href="http://petete.minhap.gob.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=30031&Consulta=%2EEN+FECHA-SALIDA+%2812%2F03%2F2014%29&Pos=12">consulta vinculante</a> aclara este extremo. En principio la consulta se refiere al caso de un miembro del consejo de administración de una sociedad y se pregunta <strong>si las dietas a pagar a esta persona deberían embargarse</strong> atendiendo al requerimiento de la Administración, pero la contestación de la Dirección General de Tributos se puede asimilar al caso de dietas pagadas a empleados o proveedores que trabajen para una empresa.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Lo que determina la resolución es que las dietas también son embargables. Se basa en que establecen como <strong>bienes embargables</strong>: </p>

<ul>
<li><p>El dinero efectivo o en cuentas abiertas en entidades de crédito. </p>
</li>
<li><p>Los créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo. </p>
</li>
<li><p>Los sueldos, salarios y pensiones. </p>
</li>
<li><p>Los bienes inmuebles. </p>
</li>
<li><p>Los intereses, rentas y frutos de toda especie. </p>
</li>
<li><p>Los establecimientos mercantiles o industriales. </p>
</li>
<li><p>Los metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería y antigüedades. </p>
</li>
<li><p>Los bienes muebles y semovientes. </p>
</li>
<li><p>Los créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo. </p>
</li>
</ul>

<p>En el caso del miembro del consejo de administración, que sería de aplicación también a los proveedores, las dietas tendrían la consideración de créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo. Por tanto, independientemente de que esa cantidad corresponda a la compensación de un gasto justificado, <strong>los importes a pagar en concepto de dietas también serían embargables</strong>.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En el caso de los trabajadores se entendería que las dietas se incluirían como un concepto salarial, así que tendrían el mismo tratamiento y resultarían <strong>sujetas a embargo</strong>. Siempre teniendo en cuenta los <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/como-se-realiza-el-embargo-de-salario-a-un-trabajador">porcentajes a aplicar como embargo según la cuantía del salario</a>.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/el-embargo-de-creditos-de-proveedores">El embargo de créditos de proveedores</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/juanjaen/273026937/">JuanJaen</a></p>
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                <title><![CDATA[Las dietas en los centros de trabajo móviles ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/las-dietas-en-los-centros-de-trabajo-moviles</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/las-dietas-en-los-centros-de-trabajo-moviles</guid>
                <pubDate>Fri, 23 Nov 2012 10:00:28 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/9c350f/ticket/1024_2000.jpg" alt="Las&#x20;dietas&#x20;en&#x20;los&#x20;centros&#x20;de&#x20;trabajo&#x20;m&#x00F3;viles&#x20;">
    </p>
    <p>El <strong>pago de dietas y gastos de desplazamiento</strong> es algo muy habitual en las empresas dada su fiscalidad beneficiosa, puesto que están exentas de tributación dentro de los límites fijados por la Ley. Sin embargo, a veces se abonan en concepto de dietas gastos que en realidad no lo son, como ocurre cuando se incluyen como tales los desplazamientos que el trabajador realiza para acudir a su trabajo.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Este tipo de desplazamiento, podrá reembolsarse como dieta o gasto de viaje si el trabajador ha sido contratado para prestar servicios <strong>en un centro de trabajo móvil o itinerante</strong>, siempre y cuando se produzca un desplazamiento a un municipio distinto de su residencia habitual. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Llegados a este punto, cabe analizar qué se entiende por centro de trabajo móvil, de lo contrario podemos estar aplicando unos beneficios fiscales que no corresponden. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Se entiende como centro móvil aquel que implica el <strong>desplazamiento de los trabajadores a los lugares donde la empresa debe prestar sus servicios</strong>. Sin embargo, no todas las empresas pueden considerarse centros móviles como lo serían, por ejemplo, determinadas empresas de montaje e instalaciones eléctricas y telefónicas. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Tomemos como ejemplo el caso de una empresa que realiza obras en diversos lugares. Esa empresa contrata a los trabajadores para un determinado centro de trabajo, que sería el lugar donde se realiza la obra en ese momento. Los trabajadores cobran por el desplazamiento que realizan desde su domicilio pero, <strong>al ser ese su lugar de trabajo</strong>, no pueden beneficiarse de la exención porque no se trata de un centro de trabajo móvil, aunque la empresa tenga sus instalaciones centrales en otra localidad. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Lo mismo ocurriría con los gastos de manutención. Podría ser el caso de una entidad que se dedica a la recogida de contenedores de residuos sólidos de obra. Los trabajadores parten del garaje de la nave y se dirigen a distintos municipios para realizar su trabajo. En este caso, existe una orden de la empresa para que el trabajador se desplace <strong>a un municipio distinto de donde radica la empresa y su propio domicilio</strong>, de manera que no tiene más remedio que comer fuera.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Este caso sí se asimilaría a un centro de trabajo móvil, por lo tanto las dietas gozarían de los beneficios fiscales.</p>

<p>En Pymes y Autónomos |<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/la-empresa-debe-justificar-las-dietas-exentas">La empresa debe justificar las dietas exentas</a>
Imagen |<a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/viralbus/6887876287/"> viralbus</a></p>
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