Si se cumplen estos requisitos, además de los propios de concurrencia en subvenciones, que son estar al corriente de pagos con la administración y no incurrir en ninguno de los supuestos de exclusión, se tiene derecho a las siguientes ayudas: * 5.300 euros por cada periodo de seis meses que falten para cumplir los 65 años y jubilarse. * 30.000 euros por cada autorización de transporte que sea del titular. Esta solicitud de ayuda se debe dirigir al Ministerio de Fomento y cuenta con un plazo de resolución de seis meses. En todo caso, en las distintas dependencias autonómicas de transporte, también posibilitarán los impresos oficiales como las vías de remisión de solicitudes de la subvención.
Por las cuantías que se asignan, el efecto es el equivalente a jubilarse anticipadamente, con la posibilidad de reincorporarse a otra profesión hasta la edad de jubilación.
Vía | Orden FOM/3218/2009 de ayudas a transportistas autónomos (BOE-PDF) Imagen | Unojofuerte En Pymes y Autónomos | Nuevo plazo para ser trade para transportistas, Modulando los módulos de los transportistas