El proyecto de ley de reforma del IRPF y del Impuesto de la Renta de no Residentes aprobado este viernes en el Consejo de Ministros incluye una disposición a tal fin. Desde el Ministerio de Económica se justifica esta medida alegando el desconocimiento de los contribuyentes, basándose en las características de estas personas, pensionistas de edad avanzada, que tienen mayor dificultad para conocer la legislación española por haber residido muchos años en el extranjero y que, en general, no tienen grandes fortunas.
La Administración tributaria española ha descubierto en los últimos años la existencia de contribuyentes residentes en España que percibían pensiones procedentes del exterior que no habían sido correctamente declaradas en el IRPF.
Estos colectivos dispondrán de un período extraordinario de regularización de seis meses desde enero de 2015. En dicho plazo, los contribuyentes afectados podrán presentar autoliquidaciones complementarias de los periodos impositivos no prescritos en que hayan percibido pensiones del extranjero que no hayan sido declaradas.
Los contribuyentes deberán ingresar el 100% de la cuota tributaria correspondiente, siendo exonerados de sanciones, recargos o intereses de demora.
Esta medida es de aplicación tanto a pensionistas extranjeros residentes en España, como a pensionistas españoles que han retornado tras haber sido emigrantes.
Además, para que no se vean perjudicados aquellos contribuyentes que regularizaron espontáneamente y abonaron recargos, se condona por ley los citados recargos y sanciones, que serán devueltos.
Y próximamente quien sabe si podremos encontrarnos con la regularización de "herencias" no declaradas en el extranjero siempre y cuando el no declarante sea una persona de "reconocida honorabilidad".
Imagen | Joan Sorolla
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