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        <title>Magazine - certificados</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Thu, 11 Jun 2026 20:54:52 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Estos son los certificados de deudas que necesitas para obtener una subvención o ayuda]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/estos-certificados-deudas-que-necesitas-para-obtener-subvencion-ayuda</link>
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                <pubDate>Sun, 04 Sep 2022 18:21:59 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/07250a/certificado-deudas/1024_2000.jpeg" alt="Estos&#x20;son&#x20;los&#x20;certificados&#x20;de&#x20;deudas&#x20;que&#x20;necesitas&#x20;para&#x20;obtener&#x20;una&#x20;subvenci&#x00F3;n&#x20;o&#x20;ayuda">
    </p>
    <p>A la hora de que una empresa o autónomo solicite cualquier tipo de ayuda o subvención una de las cuestiones que debe acreditar es que no tiene deudas. No se trata de que tenga un crédito con su banco y haya pedido un aplazamiento, sino de deudas con Seguridad Social o Hacienda. Obtener <strong>los certificados de deudas pendientes es indispensable para cualquier tipo de subvención</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Se trata de un documento expedido por cada una de las administraciones respectivas, ya sea Seguridad Social o la Agencia Tributaria, en la que se acredita que <strong>el solicitante no tiene en ese momento ninguna deuda pendiente de abono </strong>con la administración correspondiente, ya sea por cuotas propias o de sus empleados.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/consigue-tu-certificado-deudas-seguridad-social-al-momento-necesidad-certificado-digital">
     <img alt="Consigue&#x20;tu&#x20;certificado&#x20;de&#x20;deudas&#x20;con&#x20;la&#x20;Seguridad&#x20;Social&#x20;al&#x20;momento&#x20;y&#x20;sin&#x20;necesidad&#x20;de&#x20;certificado&#x20;digital&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/a45d6d/certificado-deuda-seguridad-social/375_142.jpeg">
    </a>
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    <div class="desvio-taxonomy js-desvio-taxonomy">
     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/consigue-tu-certificado-deudas-seguridad-social-al-momento-necesidad-certificado-digital" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/consigue-tu-certificado-deudas-seguridad-social-al-momento-necesidad-certificado-digital" class="desvio-title js-desvio-title">Consigue tu certificado de deudas con la Seguridad Social al momento y sin necesidad de certificado digital </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Estos certificados también son<strong> imprescindibles en el caso de querer acceder a un concurso público para contratar con la administración</strong>. Es una fórmula que adoptó la administración para asegurarse siempre cobrar incluyendo esta condición en todos los requisitos de los concursos.</p>
<!-- BREAK 2 --><h2>Certificado de deudas de la Seguridad Social</h2>
<p>Este certificado es muy sencillo de obtener. Existe la <strong>posibilidad de obtenerlo al momento</strong> con certificado electrónico, DNIe o si somos usuarios de Cl@ve en la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/Informes+y+Certificados/205941">página de la Seguridad Social</a>. Además podemos tenerlo al momento si hemos informado de &nbsp;nuestro número de teléfono móvil a la Seguridad Social.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Una vía alternativa es si hemos<strong> apoderado a un gestor para que actúe en nuestro nombre</strong> ante este organismo. En este caso la solicitud la tramitarían ellos, obteniendo el certificado de deudas con nuestros datos.</p>
<p>En caso contrario tenemos que solicitar <strong>cita previa en nuestra oficina de la Tesorería de la Seguridad Social</strong> para obtenerlo. Otra opción es la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/Informes+y+Certificados/130421TGSSSC">solicitud por correo postal</a>, que se enviará a la dirección que consta en la Seguridad Social. Esto es importante, porque si no tenemos actualizados nuestros datos es posible que no lleguemos a recibirlo correctamente.</p>
<!-- BREAK 4 --><h2>Certificado de deudas de la Agencia Tributaria</h2><div class="article-asset-image article-asset-normal article-asset-center">
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                   <img class="centro_sinmarco" height=429 width=836 loading="lazy" decoding="async" sizes="100vw" fetchpriority="high" srcset="https://i.blogs.es/c6455c/certificado_deudas_aeat/450_1000.jpeg 450w, https://i.blogs.es/c6455c/certificado_deudas_aeat/650_1200.jpeg 681w,https://i.blogs.es/c6455c/certificado_deudas_aeat/1024_2000.jpeg 1024w, https://i.blogs.es/c6455c/certificado_deudas_aeat/1366_2000.jpeg 1366w" src="https://i.blogs.es/c6455c/certificado_deudas_aeat/450_1000.jpeg" alt="Certificado Deudas Aeat">
   <img alt="Certificado Deudas Aeat" class="centro_sinmarco" src="https://i.blogs.es/c6455c/certificado_deudas_aeat/450_1000.jpeg">
   
      </div>
</div>
<p>En el caso de la Agencia Tributaria si queremos tener al instante el certificado de deudas tributario lo tenemos que solicitar a través de la<a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/G304.shtml"> Sede Electrónica de la Agencia</a>. Vamos a <strong>necesitar certificado electrónico, DNIe o Cl@ve PIN</strong> para poder obtenerlo.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>Lo único que tenemos que indicar es el propósito del certificado y obtendremos un <strong>documento PDF que indica que en el momento de la solicitud no consta ninguna deuda</strong>, en caso de que así sea.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/como-obtener-certificado-tributario-irpf-moverte-casa">
     <img alt="C&#x00F3;mo&#x20;obtener&#x20;el&#x20;certificado&#x20;tributario&#x20;de&#x20;IRPF&#x20;sin&#x20;moverte&#x20;de&#x20;casa" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/432f29/irpf/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/como-obtener-certificado-tributario-irpf-moverte-casa" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/como-obtener-certificado-tributario-irpf-moverte-casa" class="desvio-title js-desvio-title">Cómo obtener el certificado tributario de IRPF sin moverte de casa</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Si no disponemos de este tipo de identificación, como en el caso de la Seguridad Social, podemos pedírselo a nuestro gestor si le hemos apoderado para que lo obtenga por nosotros. También podríamos solicitar cita previa para <strong>obtenerlo de forma presencial en Delegaciones y Administraciones de la Agencia Tributaria</strong>, adjuntando el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/certificaciones/situacion-tributaria/certificados-trib_____os-estar-corriente-obligaciones-tributarias/descarga-modelo.html">modelo correspondiente</a> que se puede descargar de la propia página.</p>
<!-- BREAK 6 --><script>
 (function() {
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  if (_JS_MODULES.instagram) {
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Consigue tu certificado de deudas con la Seguridad Social al momento y sin necesidad de certificado digital ]]></title>
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                <pubDate>Sat, 23 Oct 2021 10:00:27 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/a45d6d/certificado-deuda-seguridad-social/1024_2000.jpeg" alt="Consigue&#x20;tu&#x20;certificado&#x20;de&#x20;deudas&#x20;con&#x20;la&#x20;Seguridad&#x20;Social&#x20;al&#x20;momento&#x20;y&#x20;sin&#x20;necesidad&#x20;de&#x20;certificado&#x20;digital&#x20;">
    </p>
    <p>A la hora de pedir una ayuda, una prestación o en muchos casos concursar a una licitación pública una de las cuestiones que nos van a solicitar es estar al día con la Seguridad Social. Para muchos puede parecer un trámite complejo, pero la realidad es que a través de Internet lo podemos tener en menos de un minuto incluso desde el teléfono móvil. Vamos a ver <strong>como &nbsp;conseguir tu certificado de deudas con la Seguridad Social al momento y sin necesidad de certificado digital</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Para ello tenemos que ir a la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/EmpresasyProfDetalle/!ut/p/z1/rVVNU9swEP0r4cBRo9WHbeloGGoICWkIhsQXRpbloBY7wXah9NdXTmmZKbXNNPgm7frt6u3bXZzgJU5K9WjXqrGbUt278yrxbxnxOZFAJhGcnUAYT89jyeYsmjN8s3OAji8EnPT_f40TnOiy2TZ3eFWbzNzqTdmY0mab-hDai0MwxbYytXJnW-abqjD16HmkTdXY3Gq1c6TgSU5arK22GV4J4isFgUGaegRxRgCJgGkEOcmFnxOmGX_JvSM5kIO537TxBhB2Dn309Aah_oBD6OGVe0Xw6gAQOeD4CBbXQAlELs1Ha55wXDrmXEUXryQBp5yAL1EW8BRxnmqUZlogqpXUmdBpDhKfwt8RIjL32ggzcXY5JyCCPSP8gvdmAsgY6AT8qYBQzhfx5IIwCPie8OMhhp3G7ZeHhyR0Qmy1973Byw4lavstU5kq25vKrG1hypGpt0ZbdT_KzP2oUNUhkE5bG4tW0-Pp2j1BNXeoFTRedrv3QL2pyhGHkMyufHp6QmDWR5vxtCSBRDkBz9HmZ0gaKVCWBllgFOFM6f6qRED2hO-vyhn536qo2tbO7Jga1aq0jaqsascDBc7fUHbu2iSMP80kjwMKvW8CUCkFjWgGrFVajqRymnO6I8BSHXgeG4JnHwLf2SfBnvDjoUHzb-12jGS8BNJpen9p3zH6u-MMdIjfTdi71sdAh9A94cdD6-djaXzZoNsiLgR7Rl8vT38cXaDoOBVPV3lxI-p8esK8dXE7bXY3vw2fJ38MdXhw8BPRUxKm/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/">Sede Electrónica de la Seguridad Social</a> donde procederemos a identificarnos. Las empresas están obligadas a tramitar desde hace años con la administración electrónicamente, pero no así los autónomos lo que hace que muchos de ellos carezcan de Certificado electrónico. Para estos casos, así como para cualquier ciudadano que lo necesite está la opción de <strong>identificación por SMS</strong>.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/como-conseguir-tu-certificado-digital-moverte-casa">
     <img alt="C&#x00F3;mo&#x20;conseguir&#x20;tu&#x20;certificado&#x20;digital&#x20;sin&#x20;moverte&#x20;de&#x20;casa" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/9fe4f7/certificados-aeat/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/como-conseguir-tu-certificado-digital-moverte-casa" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/como-conseguir-tu-certificado-digital-moverte-casa" class="desvio-title js-desvio-title">Cómo conseguir tu certificado digital sin moverte de casa</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Esta alternativa de identificación nos permite realizar el trámite fácilmente desde el teléfono móvil accediendo a la Sede Electrónica en el apartado de <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/Informes%20y%20Certificados/!ut/p/z1/04_Sj9CPykssy0xPLMnMz0vMAfIjo8zijQ3NTAwtDQx93A08XQ0cQ329Qy2NA43dHU31w_EpMLA00I8iRr8BDuBIUL8XIQVAHxgV-Tr7putHFSSWZOhm5qXl60d4Asmi3NRihUoF59Siksy0zOTElPxioHOi8BkI9hBYAR4XB6cW6xfkhkZU-aQFB6QrKgIAUeOEww!!/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/">Informes y Certificados</a>, donde además de este podemos encontrar otros muchos que pueden ser de nuestro interés.</p>
<!-- BREAK 2 --><h2>Certificado de deudas con la Seguridad Social paso a paso</h2>
<p>Elegimos SMS como opción para identificarnos y aparecerá una pantalla donde nos pide nuestros datos, DNI, fecha de nacimiento y número de teléfono móvil. Nos advierte que estos datos deben corresponder con los que tiene la Seguridad Social registrados.</p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset-image article-asset-normal article-asset-center">
 <div class="asset-content">
                   <img class="centro_sinmarco" height=554 width=993 loading="lazy" decoding="async" sizes="100vw" fetchpriority="high" srcset="https://i.blogs.es/5e9957/identificacion-sms-seguridad-social/450_1000.jpeg 450w, https://i.blogs.es/5e9957/identificacion-sms-seguridad-social/650_1200.jpeg 681w,https://i.blogs.es/5e9957/identificacion-sms-seguridad-social/1024_2000.jpeg 1024w, https://i.blogs.es/5e9957/identificacion-sms-seguridad-social/1366_2000.jpeg 1366w" src="https://i.blogs.es/5e9957/identificacion-sms-seguridad-social/450_1000.jpeg" alt="Identificacion Sms Seguridad Social">
   <img alt="Identificacion Sms Seguridad Social" class="centro_sinmarco" src="https://i.blogs.es/5e9957/identificacion-sms-seguridad-social/450_1000.jpeg">
   
      </div>
</div>
<p>Completamos los datos, pulsamos aceptar y nos llevará a una nueva pantalla donde nos pide el <strong>código SMS que han enviado al teléfono</strong> que hemos indicado. Si no nos llega el código posiblemente sea porque no es el mismo el que tenemos que el que tiene la Seguridad Social registrado. Si todo es correcto nos llevará a la siguiente pantalla. A partir de aquí el trámite será igual independientemente de cómo nos hallamos identificado, ya sea con certificado, Cl@ve o SMS.</p>
<!-- BREAK 4 --><div class="article-asset-image article-asset-normal article-asset-center">
 <div class="asset-content">
                   <img class="centro_sinmarco" height=290 width=974 loading="lazy" decoding="async" sizes="100vw" fetchpriority="high" srcset="https://i.blogs.es/7119e6/informe-deuda-seguridad-social/450_1000.jpeg 450w, https://i.blogs.es/7119e6/informe-deuda-seguridad-social/650_1200.jpeg 681w,https://i.blogs.es/7119e6/informe-deuda-seguridad-social/1024_2000.jpeg 1024w, https://i.blogs.es/7119e6/informe-deuda-seguridad-social/1366_2000.jpeg 1366w" src="https://i.blogs.es/7119e6/informe-deuda-seguridad-social/450_1000.jpeg" alt="Informe Deuda Seguridad Social">
   <img alt="Informe Deuda Seguridad Social" class="centro_sinmarco" src="https://i.blogs.es/7119e6/informe-deuda-seguridad-social/450_1000.jpeg">
   
      </div>
</div>
<p>Aquí aquellos que estén menos habituados a realizar trámites a través de Internet se pueden encontrar un poco despistados, puesto que parece que ya hemos terminado pero no se visualiza nada. Tenemos que pulsar sobre la palabra Informe, y continuaremos con el proceso.</p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset-image article-asset-normal article-asset-center">
 <div class="asset-content">
                   <img class="centro_sinmarco" height=483 width=970 loading="lazy" decoding="async" sizes="100vw" fetchpriority="high" srcset="https://i.blogs.es/302f2b/informe-deudas-imprimir/450_1000.jpeg 450w, https://i.blogs.es/302f2b/informe-deudas-imprimir/650_1200.jpeg 681w,https://i.blogs.es/302f2b/informe-deudas-imprimir/1024_2000.jpeg 1024w, https://i.blogs.es/302f2b/informe-deudas-imprimir/1366_2000.jpeg 1366w" src="https://i.blogs.es/302f2b/informe-deudas-imprimir/450_1000.jpeg" alt="Informe Deudas Imprimir">
   <img alt="Informe Deudas Imprimir" class="centro_sinmarco" src="https://i.blogs.es/302f2b/informe-deudas-imprimir/450_1000.jpeg">
   
      </div>
</div>
<p>La siguiente pantalla nos muestra los <strong>datos de la persona de la que vamos a obtener el informe</strong>, que normalmente son los del propio interesado, pero también se puede obtener de un tercero, ya que los informes se pueden solicitar como Apoderado inscrito en la Seguridad Social para alguno de sus representados. Pulsando en Imprimir ya, por fin, obtenemos el informe que será similar al siguiente:</p>
<!-- BREAK 6 --><div class="article-asset-image article-asset-normal article-asset-center">
 <div class="asset-content">
                   <img class="centro_sinmarco" height=788 width=856 loading="lazy" decoding="async" sizes="100vw" fetchpriority="high" srcset="https://i.blogs.es/592db5/informe-deudas-impreso/450_1000.jpeg 450w, https://i.blogs.es/592db5/informe-deudas-impreso/650_1200.jpeg 681w,https://i.blogs.es/592db5/informe-deudas-impreso/1024_2000.jpeg 1024w, https://i.blogs.es/592db5/informe-deudas-impreso/1366_2000.jpeg 1366w" src="https://i.blogs.es/592db5/informe-deudas-impreso/450_1000.jpeg" alt="Informe Deudas Impreso">
   <img alt="Informe Deudas Impreso" class="centro_sinmarco" src="https://i.blogs.es/592db5/informe-deudas-impreso/450_1000.jpeg">
   
      </div>
</div>
<p>El informe lo podemos imprimir en papel o descargar en nuestro ordenador o en el móvil. Aparecen nuestros datos, si tenemos o no deudas con la Seguridad Social, un sello y las referencias electrónicas que lo validan. Con ello <strong>ya tenemos nuestro certificado de deudas con la Seguridad Social</strong>.</p>
<!-- BREAK 7 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/asi-puedes-tener-tu-informe-vida-laboral-apenas-minuto">
     <img alt="As&#x00ED;&#x20;puedes&#x20;tener&#x20;tu&#x20;informe&#x20;de&#x20;vida&#x20;laboral&#x20;en&#x20;apenas&#x20;un&#x20;minuto" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/d7f73d/vida-laboral-importas/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
   <div class="desvio-summary">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/asi-puedes-tener-tu-informe-vida-laboral-apenas-minuto" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/asi-puedes-tener-tu-informe-vida-laboral-apenas-minuto" class="desvio-title js-desvio-title">Así puedes tener tu informe de vida laboral en apenas un minuto</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Ocurre que muchos autónomos que llevan muchos años cotizados no registraron en su momento en teléfono móvil o lo hicieron con uno fijo. En este caso el trámite lo tendrán que hacer<strong> personándose en una oficina con cita previa</strong>. En este caso debería aprovechar para registrar su teléfono de cara a otros trámites en el futuro. La otra opción es que tengan a<strong> </strong>un apoderado o gestoría que lo pueda hacer por ellos.</p>
<!-- BREAK 8 --><script>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Finalmente la Agencia Tributaria cambiará sus certificados de la Sede Electrónica]]></title>
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                <pubDate>Tue, 09 Mar 2021 08:00:24 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/349ecd/certificados-aeat/1024_2000.jpg" alt="Finalmente&#x20;la&#x20;Agencia&#x20;Tributaria&#x20;cambiar&#x00E1;&#x20;sus&#x20;certificados&#x20;de&#x20;la&#x20;Sede&#x20;Electr&#x00F3;nica">
    </p>
    <p>Tras el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/web-hacienda-puede-dejar-funcionar-google-chrome-plena-campana-renta">anuncio realizado por la Fundación Mozilla</a> de no aceptar los certificados para la identificación de sitios web de Camerfirma y con la campaña de la RENTA cerca de su inicio tenía que producirse un movimiento por parte de Hacienda dado que utilizaban este tipo de certificados para identificar su página a través de https. Y <strong>la Agencia Tributaria cambiará sus certificados de la Sede Electrónica</strong> el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Cambio_de_certificados_electronicos_del_Portal_y_la_Sede_Electronica_de_la_Agencia_Tributaria.shtml">próximo martes 14 de marzo</a>. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Apenas 15 días antes del inicio de la campaña de la RENTA y cuando el navegador Chrome, uno de los más utilizados ya está en su versión de desarrollo 89, a poco tiempo de llegar a la 90, que ya <strong>declarará como revocado el certificado que actualmente tiene la web de la Agencia Tributaria</strong>. Si tenemos en cuenta que es el navegador más utilizado el movimiento parece lógico. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/declaracion-renta-2020-estas-todas-fechas-clave">
     <img alt="Declaraci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;la&#x20;renta&#x20;2020&#x3A;&#x20;Estas&#x20;son&#x20;todas&#x20;las&#x20;fechas&#x20;clave" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/1e0caf/calendario_renta/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/declaracion-renta-2020-estas-todas-fechas-clave" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/declaracion-renta-2020-estas-todas-fechas-clave" class="desvio-title js-desvio-title">Declaración de la renta 2020: Estas son todas las fechas clave</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Para el contribuyente tiene que ser algo transparente. No debería notar ningún cambio. Son las aplicaciones de terceros, desarrolladas para utilizar los servicios de la Agencia Tributaria, las que tendrían que <strong>adaptarse para admitir los nuevos certificados electrónicos</strong>. Afecta a los servicios que ataquen las páginas agenciatributaria.gob.es, agenciatributaria.es y aeat.es El nuevo proveedor de servicios de certificación será GlobalSign. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Debería ser tiempo suficiente porque el cambio no es demasiado complejo, pero habrá que ver cómo reaccionan las <strong>empresas que utilizan los servicios de Hacienda</strong>, dado que la campaña de la RENTA se encuentra muy cercana a su inicio. Y este año más que nunca muchos contribuyentes querrán confirmar su borrador lo antes posible, sobre todo si <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/principales-errores-tributarias-que-cometen-autonomos-que-les-lleva-a-pagar-impuestos">sale a devolver</a>. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>¿Qué ocurre si tenemos un certificado de Camerfirma de autentificación de cliente? Pues en principio nada, ya que <strong>para la firma electrónica no están afectados</strong> y se pueden utilizar con total seguridad. Se trata exclusivamente de los certificados SSL-TLS, creados para la autentificación en servidores. Si un contribuyente o una empresa dispone de un certificado de este tipo para identificarse ante la Agencia Tributaria o cualquier otro organismo podrá seguir haciéndolo sin problemas.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Una cuestión diferente es <strong>si una empresa utiliza este certificado para verificar el acceso seguro a su tienda online</strong>. En este caso si se vería afectado ya que el navegador Chrome en breve los revocará. Si se observa una pérdida de clientes o de tráfico, sería el momento de valorar el cambio, ya que en muchas ocasiones si no tienen contratado un mantenimiento supone un coste adicional.</p>
<!-- BREAK 6 --><script>
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                <title><![CDATA[Así quiere revitalizarse la industria del turismo con la ayuda de la tecnología]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/asi-quiere-se-revitalizar-industria-turismo-ayuda-tecnologia</link>
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                <pubDate>Thu, 21 Jan 2021 14:01:47 +0000</pubDate>
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      <img src="https://i.blogs.es/0b4fe2/tarjeta-embarque/1024_2000.jpg" alt="As&#x00ED;&#x20;quiere&#x20;revitalizarse&#x20;la&#x20;industria&#x20;del&#x20;turismo&#x20;con&#x20;la&#x20;ayuda&#x20;de&#x20;la&#x20;tecnolog&#x00ED;a">
    </p>
    <p>Mucho se ha hablado durante la pandemia de como la tecnología nos podía ayudar a solucionar esta crisis sanitaria como se espera en el siglo XXI y no como lo haríamos en la Edad Media. La realidad es que <a href="https://www.xataka.com/medicina-y-salud/tecnologia-nos-fallo-fallamos-nosotros-asi-ha-sido-fracaso-aplicaciones-rastreo-contactos">en su mayoría no han funcionado</a>. Pero no se deja de intentar encontrar fórmulas que faciliten la reactivación económica sin comprometer la salud. Un ejemplo es lo que está preparando la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.iata.org/en/programs/passenger/travel-pass/">Asociación Internacional del Transporte Aéreo (IATA)</a>, que quiere <strong>revitalizar la industria del turismo con la ayuda de la tecnología</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>¿Cuál es el objetivo? Facilitar la movilidad y los viajes, contribuyendo con ello a la <strong>reapertura del mercado de vuelos internacionales</strong>. Son los primeros interesados en poner soluciones encima de la mesa que den seguridad a viajeros y a los países emisores y receptores a efectos sanitarios. Y esto impacta de forma directa en el mercado turístico. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/sector-turistico-se-conformaria-recuperar-50-volumen-2019">
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    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/sector-turistico-se-conformaria-recuperar-50-volumen-2019" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/sector-turistico-se-conformaria-recuperar-50-volumen-2019" class="desvio-title js-desvio-title">El sector turístico se conformaría con recuperar un 50% del volumen de 2019</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>¿Qué es el Travel Pass de la IATA?</h2>

<p>Para ello están trabajando en el conocido como <strong>Travel Pass, o pasaporte sanitario</strong>, una aplicación para smartphones donde los viajeros almacenan y administran los certificados de pruebas COVID-19 o<a href="https://www.xataka.com/medicina-y-salud/certificado-vacunacion-covid-19-sera-estandar-union-europea-confirman-que-estan-trabajando-marco-comun"> el certificado de vacunación</a> y evitar así tener que llevar documentos físicos. Esto permitirá más seguridad y eficiencia que los procesos en papel actuales y facilitaría crear un corredor para que un viajero pueda atravesar diferentes aeropuertos y países con toda la información necesaria en dicha aplicación. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Se almacenarían pruebas sanitarias, <strong>PCR o antígenos, pero también si el pasajero está o no vacunado</strong>. Después basta con un simple clic en la app o generar un QR para que las autoridades aeroportuarias lo escaneen para facilitar el cruce de fronteras. Utilizarían la experiencia ya utilizada con el billete electrónico que ayudaría a reducir el tiempo de comprobación de toda la documentación. </p>
<!-- BREAK 4 --><div class="article-asset-summary article-asset-normal"><div class="asset-content"><div class="sumario">Un módulo para laboratorios permitiría que se compartieran de forma segura los certificados de las pruebas realizadas</div></div></div><p>Se haría <strong>uso del blockchain</strong> para que los laboratorios y centros puedan compartir las documentación con los usuarios. No se almacenarán los datos de los clientes, por lo que de esta manera quedaría salvadaguardada la cuestión de la protección de datos, que en el caso de los sanitarios son de especial protección dentro de la UE. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>¿Qué mejora el uso de la aplicación? Por un lado el <strong>tiempo de comprobación y la seguridad</strong>. Lo que ahora se realiza de forma aleatoria, no a todo el mundo que vuela se le pide PCR, por ejemplo, ahora sería cuestión de escanear un QR al igual que se hace con el billete electrónico. También ayudaría a reducir la falsificación de las pruebas exigidas para viajar. </p>
<!-- BREAK 6 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/rgpd-no-se-cumple-casi-mitad-empresas-espanolas">
     <img alt="El&#x20;RGPD&#x20;no&#x20;se&#x20;cumple&#x20;en&#x20;casi&#x20;la&#x20;mitad&#x20;de&#x20;las&#x20;empresas&#x20;espa&#x00F1;olas" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/57eb37/formacion-ciberseguridad/375_142.jpg">
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   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/rgpd-no-se-cumple-casi-mitad-empresas-espanolas" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/rgpd-no-se-cumple-casi-mitad-empresas-espanolas" class="desvio-title js-desvio-title">El RGPD no se cumple en casi la mitad de las empresas españolas</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>¿Cuándo estará disponible?</h2>

<p>La <strong>tecnología IATA One ID</strong> en la que la organización lleva tiempo trabajando posibilitaría tener una identidad digital única para realizar una jornada de vuelo sin interrupciones ni necesidad de presentar documentación física en la red internacional de aeropuertos. </p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>La aplicación para IOS estará <strong>disponible en marzo</strong>, mientras que la de Android estará disponible en el segundo trimestre del año. ¿Será suficiente para reactivar el sector? Lo cierto es que el carnet o pasaporte de vacunación ayudará a que los países se abran a recibir viajeros inmunizados y esto solo será habitual en el segundo semestre del año. </p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>Mientras tanto estas aplicaciones <strong>facilitarán el viaje</strong>, a tener más claro que requisitos nos piden para entrar en un país y encontrar los laboratorios que nos facilitan dichas pruebas. La realidad es que todo el sector aéreo y turístico se juegan mucho y no pueden permitirse que salga mal. Veremos si lo consiguen o no. </p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/travel-airport-boarding-pass-5219496/">JoshuaWoroniecki en Pixabay</a></p>
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                <title><![CDATA[¿Todavía no tienes tu certificado digital? Así puedes obtenerlo]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/todavia-no-tienes-tu-certificado-digital-asi-puedes-obtenerlo</link>
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                <pubDate>Thu, 17 Jan 2019 08:00:37 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>Desde el pasado 1 de octubre, todos los autónomos están obligados a realizar todos los trámites administrativos relacionados con la Seguridad Social <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-autonomos-estan-obligados-a-darse-de-alta-en-el-sistema-red-y-cuales-no">a través de su sede electrónica</a>. Del mismo modo, todas las notificaciones recibidas se canalizan por este mismo medio, por vía telemática, de modo que no nos enteraremos de las mismas si no podemos acceder a esta sede electrónica. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Para poder realizar estas gestiones, deberás disponer de un certificado digital o una clave PIN. Sin embargo, <strong>todavía son muchos los trabajadores autónomos que no disponen de su certificado digital</strong> y, por tanto, no son capaces de revisar las notificaciones que la Seguridad Social envía de forma telemática. Si eres uno de ellos, te explicamos cómo puedes obtenerlo.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Lo primero es acceder a <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica/obtener-certificado-software/solicitar-certificado">la Sede Electrónica de la Real Casa de la Moneda Nacional de Moneda y Timbre</a> (FNMT), con los navegadores Internet Explorer o Mozilla Firefox (otros navegadores no están soportados). En el apartado Persona Física, pincharemos sobre "Obtener certificado Software" y después "Solicitar Certificado". </p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset-image article-asset-normal article-asset-center">
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                   <img class="centro_sinmarco" height=536 width=999 loading="lazy" decoding="async" sizes="100vw" fetchpriority="high" srcset="https://i.blogs.es/67fb56/captura-de-pantalla-2019-01-16-a-las-23.43.27/450_1000.png 450w, https://i.blogs.es/67fb56/captura-de-pantalla-2019-01-16-a-las-23.43.27/650_1200.png 681w,https://i.blogs.es/67fb56/captura-de-pantalla-2019-01-16-a-las-23.43.27/1024_2000.png 1024w, https://i.blogs.es/67fb56/captura-de-pantalla-2019-01-16-a-las-23.43.27/1366_2000.png 1366w" src="https://i.blogs.es/67fb56/captura-de-pantalla-2019-01-16-a-las-23.43.27/450_1000.png" alt="Moneda y Timbre">
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      </div>
</div>
<p>Para solicitar el certificado, deberemos introducir el número de nuestro DNI, el primer apellido tal y como consta en este documento y nuestro correo electrónico. Una vez hayamos introducido estos datos, <strong>nos llegará un correo electrónico con el código de solicitud del certificado FNMT</strong>. Con este código y nuestro DNI deberemos acudir físicamente a una oficina de la Seguridad Social a acreditar nuestra identidad. Para ello, podemos <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/la-seguridad-social-lanza-aplicaciones-para-realizar-tramites-desde-ios-y-android">solicitar cita previa</a> en alguna de las oficinas de nuestra ciudad.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/para-que-sirven-los-certificados-ssl">
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    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/para-que-sirven-los-certificados-ssl" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/para-que-sirven-los-certificados-ssl" class="desvio-title js-desvio-title">¿Para qué sirven los certificados SSL?</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Una vez acreditada esta identidad, <strong>estaremos en disposición de descargar el certificado</strong>. Para ello, volveremos a la página de la FNMT y pulsaremos sobre la opción "Descargar certificado" con el mismo ordenador y el mismo navegador con el que hayamos realizado la solicitud inicial. Tan solo será necesario informar de nuestro número de documento de identidad, nuestro primer apellido y el código de solicitud, aceptar las condiciones y pulsar el botón "Descargar Certificado".</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>El certificado se descarga en nuestro ordenador, y ya tan solo nos queda importarlo en nuestro PC. Además, podremos exportar la clave privada del certificado para instalarla en otros dispositivos. Con el certificado instalado, <strong>podremos acceder a todos los servicios de la Seguridad Social a través</strong> de la opción "Certificado Digital".</p>
<!-- BREAK 6 --><div class="article-asset-image article-asset-normal article-asset-center">
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      </div>
</div>
<p>De este modo, podremos acceder a todos los trámites y notificaciones de la Seguridad Social de una forma rápida y sencilla.</p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Adiós al certificado SILCON para acceder a la Seguridad Social a la vuelta del verano ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/adios-al-certificado-silcon-para-acceder-a-la-seguridad-social-a-la-vuelta-del-verano</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/adios-al-certificado-silcon-para-acceder-a-la-seguridad-social-a-la-vuelta-del-verano</guid>
                <pubDate>Sun, 12 Jun 2016 09:02:43 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/037cb7/seguridad-social/1024_2000.jpg" alt="Adi&#x00F3;s&#x20;al&#x20;certificado&#x20;SILCON&#x20;para&#x20;acceder&#x20;a&#x20;la&#x20;Seguridad&#x20;Social&#x20;a&#x20;la&#x20;vuelta&#x20;del&#x20;verano&#x20;">
    </p>
    <p>Muchas asesorías, despachos y empresas disponen de un certificado SILCON para acceder al sistema Red de la Seguridad Social. Tras los recientes <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/cambios-en-la-renovacion-de-certificados-electronicos-de-la-fnmt-a-partir-del-lunes">cambios en los certificados de persona jurídica</a>, que entrarán en vigor para todo el mundo el próximo 1 de Julio este certificado dejará de tener validez. A efectos prácticos para las empresas dirán <strong>adiós al certificado SILCON para acceder a la Seguridad Social a la vuelta del verano</strong>, a partir del próximo mes de septiembre tal y como <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.seg-social.es/Internet_1/HERRAMIENTASWEB/AvisoSILCON/index.htm">está anunciado</a>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Al no cumplir con los nuevos estándares obligatorios de la ley que entra en vigor, los <strong>certificados SILCON dejarán de emitirse a partir del 1 de Julio</strong>, aunque podría renovarse el vigente y utilizarse durante los meses de julio y agosto. Al entrar en vigor la nueva norma en septiembre SILCON ya no funcionaría para indentificarnos ante la Seguridad Social con dos meses de moratoria respecto a la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/cambios-importantes-en-los-certificados-de-persona-juridica-de-la-fnmt">entrada en vigor de la ley</a>. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Para evitar problemas las <strong>aplicaciones de SILTRA Y WINSUITE de la Seguridad Social se han actualizado</strong> con el fin de poder utilizar otros certificados además del SILCON para la identificación de las empresas. Por lo tanto las empresas tendrían que actualizar sus programas instalados para poder utilizar los certificados electrónicos admitidos, entre los que se encuentran los de la FNMT, tanto de persona física, como los nuevos de representación de persona jurídica. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Igualmente la Seguridad Social ha habilitado un <strong>acceso a los servicios online así como a Red Directo</strong>, a los que se podrá acceder con cualquiera de los certificados admitidos, a través de Internet, mediante conexión directa en tiempo real con la TGSS. Lo cierto es que esto no es demasiado preocupante, excepto si no disponemos de otro certificado admitido, algo que si tienen la mayoría de ellas ya que los utilizan para identificarse con otras administraciones.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>El principal inconveniente será la adaptación de los sistemas informáticos, la <strong>actualización de SILTRA y SILCON</strong>, así como otras aplicaciones de nóminas que se comunicaban con la Seguridad Social y que utilizaban el certificado SILCON para enviar los datos. En estos casos también será necesario adaptarlas y ponerlas en funcionamiento. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Respecto a los requisitos técnicos de los accesos al sistema llama la atención la inclusión de navegadores como Chrome o Edge con otros certificados, a pesar de necesitar Java entre sus requisitos, a los que ninguno de los dos da soporte actualmente. Además la <strong>Seguridad Social no garantiza el correcto funcionamiento con sistemas operativos anteriores a Windows 7</strong>, es decir, ni con Vista ni por supuesto con Windows XP.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/aclaraciones-sobre-el-procedimiento-de-pago-a-la-ss-por-el-sistema-cret">Aclaraciones sobre el procedimiento de pago a la SS por el Sistema Cret@</a></p>
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   var instagramScript = document.createElement('script');
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Cambios en la renovación de certificados electrónicos de la FNMT a partir del lunes]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/cambios-en-la-renovacion-de-certificados-electronicos-de-la-fnmt-a-partir-del-lunes</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/cambios-en-la-renovacion-de-certificados-electronicos-de-la-fnmt-a-partir-del-lunes</guid>
                <pubDate>Sat, 04 Jun 2016 08:06:03 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/9f886f/certificados-aeat/1024_2000.png" alt="Cambios&#x20;en&#x20;la&#x20;renovaci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;certificados&#x20;electr&#x00F3;nicos&#x20;de&#x20;la&#x20;FNMT&#x20;a&#x20;partir&#x20;del&#x20;lunes">
    </p>
    <p>Adelantándose al <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/cambios-importantes-en-los-certificados-de-persona-juridica-de-la-fnmt">calendario previsto</a>, el próximo lunes día 6 de Junio entra en vigor el Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento europeo y del Consejo de 23 de julo de 2014, relativo a la identificación electrónica, que exigen la adaptación a una nueva normativa lo que implica <strong>cambios en la renovación de certificados electrónicos de la FNMT</strong>, tanto de persona jurídica como de entidades sin personalidad jurídica.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>A partir de dicha fecha se empiezan a emitir los <strong>nuevos certificados de representante de persona jurídica, de representante de entidad sin personalidad jurídica y de representante para administradores únicos y solidarios</strong>. Además de dejar de emitirse los actuales certificados, la renovación de los vigentes no podrá realizarse a través de la página web.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Para obtener los nuevos certificados, s<strong>i se trata de un administrador único o solidario</strong> necesitará identificarse en la <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.cert.fnmt.es/certificados">web CERES</a>, cuyo enlace encontrará más abajo, con un certificado electrónico de persona física expedido por la FNMT–RCM o de los incluidos en el DNI electrónico evitando con ello tener que personarse de forma física en las oficinas de registro.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En caso de <strong>no ser administrador único o solidario</strong>, o si no poder identificarse electrónicamente en la web de CERES es imprescindible acudir a una oficina de registro con la documentación exigible en cada caso, lo que en muchas ocasiones puede implicar pasar por el notario y que el trámite se retrase más de lo deseado.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Para muchos <strong>puede suponer un pequeño inconveniente</strong>, sobre todo si no disponen de certificado electrónico personal o este se encuentra caducado. Por lo demás no debería suponer ningún problema a la hora de seguir operando como hasta este momento. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/siete-soluciones-para-firmar-documentos-de-forma-digital">Siete soluciones para firmar documentos de forma digital</a></p>
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  if (_JS_MODULES.instagram) {
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Cambios importantes en los certificados de persona jurídica de la FNMT ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/cambios-importantes-en-los-certificados-de-persona-juridica-de-la-fnmt</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/cambios-importantes-en-los-certificados-de-persona-juridica-de-la-fnmt</guid>
                <pubDate>Thu, 25 Feb 2016 18:45:50 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/167d9f/certificados-aeat/1024_2000.png" alt="Cambios&#x20;importantes&#x20;en&#x20;los&#x20;certificados&#x20;de&#x20;persona&#x20;jur&#x00ED;dica&#x20;de&#x20;la&#x20;FNMT&#x20;">
    </p>
    <p>Según informa la <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/RSS/Todas_las_Novedades/Le_interesa_conocer/Renovacion_de_certificados_FNMT_RCM_de_persona_juridica_y_entidades_sin_personalidad_juridica.shtml">Agencia Tributaria</a> a partir del próximo día 1 de julio de 2016 será aplicable en su práctica totalidad el Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento europeo y del Consejo de 23 de julo de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE. A efectos prácticos esto significa <strong>cambios importantes en los certificados de persona jurídica que emite la FNMT</strong>. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Para adaptarse a dicho reglamento a partir del próximo mes de marzo la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre comenzará a expedir los nuevos certificados de representante de persona jurídica, de representante de entidad sin personalidad jurídica y de representante para administradores únicos y solidarios y <strong>se dejarán de emitir los actuales certificados y no se podrán renovar</strong> los que vayan caducando.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Los certificados vigentes podrán seguir utilizándose hasta su caducidad o revocación. Para obtener los nuevos certificados de representante: </p>

<ul>
<li><p>Si se trata de un <strong>administrador único o solidario</strong>, podrá obtener su certificado de representante sin necesidad de personarse en las oficinas de registro ni aportar documentación alguna, siempre que se identifique en la página CERES mediante su certificado electrónico de persona física.</p>
</li>
<li><p>Si <strong>no es administrador único o solidario</strong> o no puede identificarse mediante certificado electrónico es preciso personarse en una oficina de registro para obtener un certificado de representante, con la documentación exigible en cada caso.</p>
</li>
</ul>

<p>El nuevo reglamento no prevé la emisión de certificados de firma electrónica a favor de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica. <strong>A las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica reserva únicamente los sellos electrónicos</strong>, que permiten acreditar la autenticidad del origen y la integridad del documento sellado. En resumen, un pequeño cambio pero que para aquellos acostumbrados a renovar en un par de clics puede resultar novedoso en la primera ocasión que tengan que renovar. Si no tienen certificado electrónico más vale que vayan dándose prisa para obtenerlo.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Más información | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.minetur.gob.es/telecomunicaciones/es-ES/Servicios/FirmaElectronica/Documents/nota-web-certifs-pers-juridica.pdf">Ministerio de Industria (PDF)</a></p>

<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/cuatro-formas-de-trabajar-con-la-administracion-sin-moverte-de-la-silla-de-tu-despacho">Cuatro formas de trabajar con la administración sin moverte de la silla de tu despacho</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Certificados electrónicos, ¿a salvo si mañana no te funciona el ordenador?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/tramites/certificados-electronicos-a-salvo-si-manana-no-te-funciona-el-ordenador</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/tramites/certificados-electronicos-a-salvo-si-manana-no-te-funciona-el-ordenador</guid>
                <pubDate>Thu, 21 Jan 2016 08:01:26 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/8e0cfa/copia-seguridad-certificados/1024_2000.jpg" alt="Certificados&#x20;electr&#x00F3;nicos,&#x20;&#x00BF;a&#x20;salvo&#x20;si&#x20;ma&#x00F1;ana&#x20;no&#x20;te&#x20;funciona&#x20;el&#x20;ordenador&#x3F;">
    </p>
    <p>Los certificados electrónicos son hoy en día un elemento clave para el acceso a la administración electrónica. Sin embargo a pesar de ser un elemento clave no todo el mundo los custodia de forma adecuada. Por eso la pregunta que tenemos que hacernos es: s<strong>i mañana no funciona el ordenador, ¿puedo seguir trabajando con los certificados digitales?</strong></p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>En principio una vez que hemos instalado el certificado digital en el navegador es realmente sencillo exportarlo a un archivo, que podemos guardar en una memoria USB o en el disco duro externo que utilizamos para realizar copias de seguridad. De esta forma siempre podemos instalarlo de nuevo en cualquier navegador de otro ordenador para realizar los trámites oportunos con la administración. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Pero esto no es tan sencillo, porque luego tenemos que conseguir que nos funcione el navegador para utilizarlo dentro de la sede electrónica oportuna, el registro o la administración de turno. El caso es que <strong>no siempre es tan sencillo como debería el acto de rellenar un modelo y firmarlo electrónicamente</strong>. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Es cierto que podemos utilizar otras alternativas como el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/la-plataforma-cl-ve-ya-cuenta-con-mas-de-un-millon-de-usuarios-registrados">sistema cl@ve</a>, que es un buen plan B si algo nos falla. Una alternativa para que sobre todo no se nos pasen los plazos. Pero lo cierto es que en un momento de tensión, de estrés porque algo no nos funciona como esperamos, <strong>no es el momento de hacer pruebas</strong>. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Si queremos utilizar esta alternativa tenemos que probarla antes y comprobar que el <strong>trámite que nosotros necesitamos lo podemos gestionar desde esta plataforma</strong>, dado que aunque cada día son más los accesibles desde esta plataforma, muchos todavía quedan fuera. Esto dentro de la administración estatal, otras ni siquiera utilizan el sistema clave. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Por todo ello los certificados electrónicos no sólo los tenemos que guardar y custodiar, sino que también <strong>tienen que estar listos para operar</strong> desde otros navegadores. Bastaría con que instalemos uno en otro ordenador diferente, por ejemplo el de casa, para estar tranquilos ante cualquier incidente.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/cuatro-formas-de-trabajar-con-la-administracion-sin-moverte-de-la-silla-de-tu-despacho">Cuatro formas de trabajar con la administración sin moverte de la silla de tu despacho</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/10559879@N00/216837188/">Alpha</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[El PIN24 también servirá para solicitar certificados de Hacienda ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-pin24-tambien-servira-para-solicitar-certificados-de-hacienda</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-pin24-tambien-servira-para-solicitar-certificados-de-hacienda</guid>
                <pubDate>Fri, 11 Apr 2014 13:04:50 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/e0a49a/650_1000_13627194584_9228ff6199_o/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;PIN24&#x20;tambi&#x00E9;n&#x20;servir&#x00E1;&#x20;para&#x20;solicitar&#x20;certificados&#x20;de&#x20;Hacienda&#x20;">
    </p>
    <p>La Agencia Tributaria ha anunciado que se abre la posibilidad de <strong>realizar más trámites con el PIN24</strong>. Este sistema de firma electrónica sólo permite su utilización en la presentación de declaraciones y liquidaciones, sin embargo también se habilitará para la solicitud de determinados certificados.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>En concreto se podrán solicitar los certificados de <strong>estar al corriente de obligaciones</strong> tributarias; los <strong>certificados ECOT</strong> para contratistas y los <strong>certificados de identificación censal</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Al igual que en el caso de la presentación de declaraciones es necesario <strong>estar de alta en este sistema</strong> para poder utilizarlo. Una vez que el usuario está registrado deberá solicitar un código para realizar sus gestiones y dicho código caducará a las 02:00 horas del día siguiente a su solicitud, debiendo solicitar un código nuevo una vez que éste haya caducado.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Con esta medida se amplía el ámbito de utilización del PIN24, si bien su naturaleza de firma electrónica temporal <strong>no hace posible su uso</strong> para otros trámites que pueden ser interesantes para los contribuyentes.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Un ejemplo muy claro es el de las <strong>consultas, verificaciones y descargas de modelos presentados</strong>. En caso de extravío el contribuyente que dispone de certificado digital puede acceder a todos los documentos presentados con dicho certificado y obtener una copia de los mismo o comprobar que el envío se hubiera realizado convenientemente en su día.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>La naturaleza temporal del PIN24 no permite realizar este tipo de gestiones, ya que el certificado con el que se produjo el envío habrá caducado y no se podrá acceder a las presentaciones realizadas con el mismo <strong>por no estár ya en funcionamiento</strong>.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Por tanto la solución del PIN24 debe considerarse para <strong>casos de emergencia</strong> o bien para contribuyentes que no realicen presentaciones <strong>de forma habitual</strong>. En caso contrario siempre será mejor obtener el certificado digital y operar con él.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/como-funciona-el-pin-24-horas">¿Cómo funciona el PIN 24 horas? </a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/121843045@N05/13627194584/">mahmoud99725</a></p>
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