Llega el nuevo permiso de 10 días por fallecimiento de familiares cercanos. Así afectará a las pequeñas empresas y autónomos con empleados

Javier Ruiz

El Ministerio de Trabajo ha presentado a los agentes sociales un borrador de Real Decreto que amplía de dos a diez días el permiso por fallecimiento de familiares cercanos, así como un nuevo permiso de hasta quince días para atender a personas en cuidados paliativos. La medida supondría una de las mayores reformas del Estatuto de los Trabajadores en materia de conciliación de los últimos años.

Si se aprueba, los trabajadores podrán repartir esos diez días hábiles a lo largo de cuatro semanas desde el fallecimiento, una novedad que busca facilitar la gestión emocional y familiar del duelo. El cambio, sin embargo, plantea desafíos organizativos para autónomos y pequeñas empresas, que deberán adaptar turnos, plantillas y coberturas en caso de ausencia prolongada.

La nueva propuesta del Ministerio de Trabajo

El texto presentado por fuentes del Ministerio, amplía el actual permiso de dos a diez días hábiles cuando fallezcan el cónyuge, pareja de hecho o familiares de hasta segundo grado de consanguinidad, como hermanos, abuelos o nietos.

La principal novedad es que esos días podrán distribuirse a lo largo de las cuatro semanas posteriores al deceso, o desde el momento en que se entreguen los restos mortales, lo que introduce una flexibilidad inédita.

Asimismo, para los parientes por afinidad (suegros, cuñados, etc.), se mantiene la duración actual de dos días hábiles, ampliables a cuatro si hay desplazamiento.

Además del permiso por fallecimiento, el borrador incluye un permiso retribuido de hasta 15 días hábiles para atender a familiares en cuidados paliativos, siempre que se trate del cónyuge, la pareja de hecho o familiares de segundo grado. En este caso, el permiso podrá dividirse en dos períodos y combinarse con otros como el de hospitalización o intervención quirúrgica.

El trabajador deberá aportar un informe médico que justifique la situación paliativa, y podrá reducir su jornada hasta un 50 % durante ese tiempo. En paralelo, el Ministerio estudia crear un día retribuido específico para acompañar a una persona en proceso de eutanasia, si el trabajador ha sido designado como acompañante.

Cómo afecta a autónomos y pequeñas empresas

De aprobarse, la reforma implicará ajustes organizativos relevantes para los negocios con pocos empleados, especialmente en sectores de servicios o comercio. Las microempresas deberán prever sustituciones temporales o redistribución de tareas para cubrir ausencias de una a dos semanas.

Desde las asociaciones empresariales, algunas voces han advertido de que estas medidas, aunque necesarias desde el punto de vista social, pueden incrementar la carga de gestión y costes indirectos para quienes tienen plantillas muy reducidas.

La patronal CEOE ya ha expresado su oposición a la ampliación de permisos, mientras que sindicatos y organizaciones de autónomos como ATA o UPTA valoran el enfoque humano de la propuesta, pero piden compensaciones o apoyos para las pequeñas empresas, entendiendo que existen dificultades agregadas difíciles de solventar en equipos de pocos empleados.

Próximos pasos hasta su entrada en vigor

El Real Decreto aún debe someterse a negociación en la mesa de diálogo social antes de su aprobación definitiva.

No obstante, si no hay retrasos, podría incorporarse al Estatuto de los Trabajadores en 2026 junto con otros permisos retribuidos, como el de cinco días por hospitalización o accidente grave.

El Ministerio de Trabajo sostiene que la medida busca mejorar la conciliación y la salud laboral. Hace un par de semanas, la vicepresidenta segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, lo resumió en una frase: “Nadie puede ir a trabajar a los dos días del fallecimiento de un padre, una madre o un hijo”.

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