Acuerdo transaccional laboral, qué es y así puedes aplicarlo en tu empresa en un despido, ahorrar dinero y dolores de cabeza

A la hora de despedir a un empleado por motivos disciplinarios no tiene asociada una indemnización. Pero el trabajador despedido está en su derecho si no está de acuerdo en acudir a los tribunales para reclamar dicha indemnización. Es aquí donde entra la figura del acuerdo transaccional laboral, un pacto que alcanza el empresario con el empleado para poner fin a la relación laboral a cambio de de una compensación y la renuncia a acudir a los tribunales.

Normalmente este pacto se ofrece como un acuerdo posterior al despido que tiene que realizarse motivado y cumpliendo con todos los preceptos legales. Tras la entrega de esta notificación por escrito del despedido es cuando se suele ofrecer el pacto transaccional laboral para llegar a un acuerdo extrajudicial.

¿Cómo puede la empresa ahorrar dinero con el pacto transaccional laboral?

Normalmente se ofrece este pacto tras un despido disciplinario. En este momento la empresa presenta un pacto transaccional laboral con una indemnización menor de la que le correspondería en caso de despido improcedente.

¿Ahorramos dinero con este pacto? La cuestión es que si el despido disciplinario está bien motivado, la empresa no está obligada a indemnizar al empleado, ya que se trata de un despido procedente. Pero no siempre es una situación de blanco o negro, por lo que es más sencillo llegar a un acuerdo extrajudicial.

Por un lado, nos ahorramos la necesidad de llegar a Tribunales, que puede que no nos den la razón y la cantidad de la indemnización sea superior a la que ofrecemos en el pacto transaccional. Para el empleado también supone un dinero que obtiene, puede que menos de lo que considera que le corresponde, pero sin tener que ponerse en manos de un abogado para recurrirlo.

¿Qué debe incluir el pacto transaccional para que sea reconocido como válido?

El acuerdo tiene que ser ratificado por escrito y debe cumplir con:

  • Refleja que el trabajador acepta la extinción del contrato propuesta y las condiciones que recoge el acuerdo.
  • La empresa debe ofrecer alguna mejora sobre la indemnización que le correspondería al trabajador según el tipo de despido.
  • No se puede intimidar ni engañar al empleado reflejando hechos falsos como motivo de despido.
  • La renuncia a la reclamación judicial tiene que quedar expresada claramente.
  • No es imprescindible, pero si muy recomendable que el acuerdo se firme y ratifique ante el Tribunal de Arbitraje correspondiente.

Hay que tener en cuenta que la firma de este acuerdo no implica que exista una extinción de contrato de mutuo acuerdo. El trabajador no pierde sus derechos a desempleo ni ningún otro asociado.

Esta indemnización no tributa por IRPF, ya que no se trata de una renta del trabajo. La gran ventaja para la empresa es evitar un proceso judicial que puede ser más largo, y también más costoso, que otro tipo de acuerdo donde ambos en principio van a salir ganando.

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