Desde abril, los pagos fraccionados del impuesto de sociedades se unifican este modelo 202, existiendo a la vez la posibilidad de realizar presentaciones negativas del modelo sólo para grandes empresas. Respecto a grupos de sociedades, entidades en régimen especial del impuesto y cooperativas, se seguirá utilizando el modelo 222 como hasta ahora.
Respecto a los plazos de presentación, no se producen alteraciones en la orden inicial, manteniendo los tres pagos fraccionados que existen actualmente, con fechas límite del 20 de abril, 20 de octubre y 20 de diciembre. La presentación telemática es obligatoria para las sociedades y en el caso del impuesto sobre la renta de no residentes, se habilitará en la web de la Agencia Tributaria un módulo de validación e impresión del modelo que podrá ser tramitado por las distintas entidades financieras.
Más Información | Orden EHA/664/2010 que aprueba el modelo 202 (BOE - PDF) En Pymes y Autónomos | Impuesto de sociedades