Qué es la directiva del IVA de la UE para pymes que España aún no aplica y qué beneficios se están perdiendo los autónomos

Sergio Delgado

Editor

Mientras la mayoría de los países de la Unión Europea ya han activado un nuevo régimen de IVA pensado para aliviar la carga fiscal de los pequeños negocios, España sigue sin adaptarlo plenamente a su normativa interna.

No es un tecnicismo jurídico. Es una diferencia real que afecta a miles de autónomos y pymes que compiten en el mercado europeo con reglas menos favorables.

La directiva comunitaria que introduce este sistema especial procede de la norma europea 2020/285 y está en funcionamiento desde el 1 de enero de 2025 en la mayor parte de los Estados miembros.

Su finalidad es clara: reducir burocracia, simplificar obligaciones formales y adaptar el tratamiento del impuesto al tamaño real de la empresa.

Así funciona el nuevo régimen en la Unión Europea

En los países que ya han incorporado la directiva a su legislación, las pequeñas empresas que no superan determinados límites de facturación anual pueden acogerse voluntariamente a un régimen simplificado.

En muchos casos, el umbral se sitúa en torno a los 100.000 euros anuales, aunque cada Estado puede fijar sus propios topes dentro del marco europeo.

La clave es que, si la empresa cumple los requisitos y decide adherirse, no tiene que repercutir IVA en sus ventas nacionales y se reducen notablemente sus obligaciones formales.

Esto implica menos declaraciones periódicas, menos registros complejos y menos tiempo dedicado a trámites administrativos.

El alcance no se limita al mercado interno. Cuando una pyme opera en varios países de la Unión, la exención puede extenderse a determinadas operaciones transfronterizas siempre que se respeten los límites de facturación global establecidos para todo el mercado comunitario.

Esta dimensión europea es especialmente relevante para negocios digitales, profesionales que prestan servicios online o pequeños comercios que venden a clientes en otros Estados miembros.

Cómo se gestiona el IVA en España actualmente

En España el sistema sigue anclado en el régimen general. Desde el primer euro facturado, el autónomo debe repercutir el impuesto correspondiente, incluirlo en cada factura, presentar declaraciones trimestrales y un resumen anual, además de llevar libros registro detallados de todas las operaciones sujetas al tributo.

No existe una exención general basada en volumen de facturación como la que prevé la directiva europea.

Eso significa que un pequeño profesional español con ingresos modestos soporta prácticamente las mismas obligaciones formales que una empresa de mayor tamaño. El esfuerzo administrativo y el tiempo invertido en cumplir con el impuesto son, proporcionalmente, más elevados.

Esta situación coloca a muchos negocios nacionales en una posición menos flexible frente a competidores de otros países que ya aplican el nuevo régimen. Mientras en otros Estados una pequeña empresa puede simplificar su facturación y reducir su carga administrativa, en España la estructura permanece intacta.

Qué ventajas se están perdiendo los autónomos españoles

La primera ventaja evidente es la simplificación real de la gestión fiscal. Al no tener que repercutir el impuesto en sus ventas cuando se cumple el umbral, la facturación se vuelve más sencilla y el volumen de declaraciones se reduce. Esto libera recursos que pueden destinarse a la actividad productiva en lugar de a tareas administrativas.

La segunda ventaja está relacionada con la liquidez. En el régimen general, el autónomo actúa como recaudador del impuesto, ingresando a Hacienda el IVA cobrado aunque el cliente aún no haya pagado en determinados supuestos. Bajo el régimen especial, al no repercutirse el impuesto, se evita esa tensión financiera inicial.

Existe también un componente competitivo. Una pyme establecida en otro país de la Unión que ya aplica la directiva puede ofrecer precios más ajustados en determinados contextos, ya que su estructura administrativa es más ligera. Esa diferencia, aunque parezca pequeña, puede inclinar decisiones en mercados muy ajustados.

Además, el nuevo marco comunitario está pensado para armonizar condiciones en el mercado interior. El hecho de que España aún no lo haya traspuesto completamente genera una asimetría que afecta especialmente a quienes venden servicios o productos en varios países.

Por qué España todavía no lo ha aplicado

La Comisión Europea ha señalado que España no ha culminado la adaptación normativa necesaria para permitir que sus empresas utilicen plenamente este régimen, incluso en operaciones con otros Estados miembros donde la aplicación debería estar garantizada.

En 2025 Bruselas inició procedimientos formales por incumplimiento, enviando comunicaciones oficiales a las autoridades españolas. Si la situación no se corrige, el asunto podría escalar hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Mientras tanto, los autónomos siguen operando bajo un esquema más rígido.

La falta de transposición no significa que la directiva no exista ni que no vaya a aplicarse en el futuro. Significa que, hoy por hoy, los pequeños negocios españoles no pueden beneficiarse de un marco que en otros países ya está funcionando.

Lo que deben tener claro las pymes ahora mismo

La realidad actual es que en España no hay un umbral general de exención por facturación en el IVA como el que contempla la normativa europea. Todos los autónomos y pymes continúan sujetos al régimen ordinario desde el primer euro ingresado.

Sin embargo, la directiva está vigente a nivel comunitario y puede cambiar el escenario si finalmente se incorpora al ordenamiento interno. Para quienes operan dentro del mercado europeo, la adaptación supondría una simplificación significativa y una mejora potencial de su posición competitiva.

Imágenes | Pixabay, X

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