Si eres autónomo y cotizas por el mínimo, esta es la pensión que te va a quedar en 2026. Y no, tampoco este año llegará a los 1.000 euros

Sergio Delgado

Editor

Para este 2026, los autónomos que han cotizado toda su vida por la base mínima ya saben que su pensión será baja. Sin matices. El sistema calcula la jubilación en función de lo cotizado y los años trabajados, sin distinguir entre empleados y trabajadores por cuenta propia.

Si durante décadas se ha elegido el tramo más bajo, la prestación resultante será reducida. La base determina la pensión, y quien ha mantenido la mínima parte con una cuantía inicial ajustada que, por sí sola, no alcanza cifras elevadas.

El cálculo teórico de la pensión se obtiene aplicando la base reguladora a los años cotizados. En el caso de quienes han permanecido en el mínimo, el resultado bruto dista mucho de las cifras que se asocian a pensiones medias.

Sin embargo, esa cantidad inicial no es la que finalmente ingresan la mayoría de estos jubilados. El sistema incorpora un mecanismo corrector que eleva las prestaciones más reducidas hasta un umbral legal.

El papel decisivo del complemento a mínimos

La Seguridad Social activa cada año el complemento a mínimos cuando la pensión reconocida no alcanza las cantidades fijadas como referencia. Este ajuste no es una ayuda opcional, sino un instrumento estructural para evitar que las prestaciones contributivas queden por debajo de un nivel considerado básico.

En 2026, para un jubilado con cónyuge a cargo, la pensión final se sitúa en torno a los 1.256 euros mensuales distribuidos en catorce pagas.

En el caso de una unidad económica unipersonal, la cifra ronda los 936 euros al mes. Cuando el jubilado tiene cónyuge no dependiente, el importe se aproxima a los 888 euros mensuales.

Unas cantidades que representan la prestación definitiva tras aplicar el complemento. La cifra resultante del cálculo puro de la base mínima sería sensiblemente inferior. El ajuste estatal es el que permite alcanzar esos niveles, aunque en dos de los tres supuestos no se superan los 1.000 euros mensuales.

Límites de ingresos y condiciones

El acceso al complemento está condicionado por el nivel de rentas adicionales. La normativa establece topes anuales que no pueden superarse si se quiere mantener este refuerzo.

Para quienes no tienen cónyuge a cargo, el límite se sitúa en torno a los 9.442 euros anuales en ingresos externos. En el caso de tener cónyuge dependiente, el margen se amplía hasta aproximadamente 11.013 euros al año.

Se computan como rentas adicionales los ingresos procedentes de alquileres, dividendos, intereses o rescates de productos financieros.

Si el pensionista supera esos umbrales, pierde el derecho al complemento y pasa a percibir únicamente la cuantía derivada de su base reguladora. Este punto es relevante para muchos autónomos que mantienen pequeñas fuentes de ingresos una vez jubilados.

Edad de jubilación y años cotizados

Otro elemento clave en 2026 es la edad efectiva de retiro. La legislación mantiene el calendario progresivo de aumento de la edad ordinaria.

Para jubilarse a los 65 años es necesario acreditar al menos 38 años y tres meses de cotización. Quien no alcance ese periodo deberá esperar hasta los 66 años y diez meses.

Esta exigencia afecta especialmente a autónomos con trayectorias irregulares, periodos sin actividad o cambios frecuentes de régimen.

Adelantar la jubilación también es posible, pero conlleva coeficientes reductores permanentes que disminuyen la cuantía final. Incluso aplicando el complemento a mínimos, una jubilación anticipada puede implicar ingresos más ajustados durante toda la etapa de retiro.

Una realidad que obliga, sí o sí, a planificar

El panorama para quienes han cotizado siempre por el tramo mínimo confirma una tendencia conocida. La pensión resultante es modesta y, salvo en el supuesto más favorable con cónyuge a cargo, no alcanza los 1.000 euros mensuales.

El complemento estatal amortigua la diferencia, pero no compensa completamente décadas de cotización reducida.

En los últimos años, el sistema de cotización por ingresos reales ha introducido cambios graduales en el régimen de autónomos. No obstante, quienes están a punto de jubilarse no pueden modificar sustancialmente el resultado acumulado de su carrera.

Un consejo que por obvio no debe pasarse por alto: Revisar años cotizados, estudiar la fecha óptima de retiro y analizar la posible existencia de ingresos adicionales es un paso imprescindible antes de formalizar la jubilación.

Imágenes | Pixabay, Pixabay

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