Antes de enviar un emoticono por WhatsApp a clientes, proveedores o trabajadores, piénsalo dos veces

La tecnología se ha introducido de forma tan rápida y natural en nuestras vidas cotidianas que incluso han cambiado la forma de comunicarnos y expresarnos.

Tal es así que hemos aceptado con total normalidad nuevas formas de comunicación a través de emojis o emoticonos, lo que está cambiando, incluso como lo ven los juzgados en las relaciones comerciales.

El WhatsApp en el día a día de la empresa

Los autónomos y las pequeñas empresas cada vez más utilizan el whatsapp para comunicarse: hacer pequeñas difusiones entre sus clientes, tramitar pedidos, la atención postventa, fijar reuniones o pasar documentación, son algunos ejemplos.

Facilita bastante la labor diaria, pero es un medio más donde se deja información o incluso documentación por escrito relevante, a clientes, proveedores o a los propios trabajadores, y que se puede usar como prueba en caso de disputa.

En cualquier caso, no se trata de que de repente lo dejes de usar, no te alarmes, sino que debes utilizarlo con prudencia, porque como ha pasado en Canadá, un simple emoticono de aprobación, ha sido la prueba de la firma de un contrato.

¿Un emoticono es suficiente para sellar un contrato?

Pues sí. Esto es lo que ha sucedido en un juzgado de Canadá, donde el juez estimó que al haber contestado al envío de un contrato con el emoticono del pulgar hacia arriba era la forma de sellar el acuerdo, por lo que se considera un acuerdo con total validez legal.

El caso en cuestión tenía involucrado a dos personas en una de las provincias de Canadá, Saskatchewan, donde el agricultor, Chris Achter y Kent Mickleborough, propietario de una empresa compradora de semillas llamada South West Terminal habían llevado sus discrepancias con un contrato ante los tribunales.

El juez debía aclarar si el agricultor había acordado vender 87 toneladas de lino al comprador de grano en 2021. Y es que ambos mantenían relaciones comerciales anteriores, y en medio de las negociaciones el comprador había firmado el contrato de compra y enviado una foto al agricultor, que simplemente contestó con el emoticono de pulgar hacia arriba. ¿Tú qué pensarías: que lo estás aceptando o simplemente que estás diciendo que lo has recibido?.

El juez acepta el uso del emoticono para firmar un contrato

El desenlace del caso supuso que el juez condenó a que el agricultor Chris Achter pagara unos 55.100 euros a la empresa compradora por incumplimiento de contrato.

El agricultor basaba su defensa en que el emoticono del pulgar hacia arriba solo confirmaba que había recibido el contrato, y que recibiría el mismo posteriormente por escrito para revisarlo y firmarlo.

Por su parte, la empresa compradora argumentaba que junto a la foto del contrato había escrito, por favor, confirme el contrato, y que al poner el emoticono había entendido que esta era su forma de firmarlo.

Finalmente el juez, determinó que con los antecedentes de contratos anteriores, donde el agricultor había respondido de forma simple con un “lo veo bien”, “de acuerdo” o un “sí”, se podía reconocer el emoticono como un medio no tradicional de firmar un documento, y que en este caso fue una forma válida de transmitir los dos propósitos de una firma: identificar al firmante y transmitir la aceptación del contrato.

De cualquier forma lo que sí debes tener claro que aunque estés en confianza con un cliente, proveedor o incluso un empleado, al tratarse de una relación empresarial, donde la comunicación debe ser clara y efectiva, debes pensártelo dos veces antes de enviar un  emoticono, que aunque pueden ser divertidos y útiles en muchas situaciones, puedes generar malentendidos, que en alguna ocasión pueden acabar ante el juzgado.

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