Un agricultor de 84 años entregó sus tierras a sus hijas a cambio de cuidados y acabó abandonado: la Justicia le da la razón

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Hay confianzas que se firman con una huella dactilar y terminan en un juzgado

Redacción Pymes y Autónomos

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En abril de 2023, un agricultor indio de 84 años, analfabeto, estampó su huella sobre una escritura que cedía sus tierras a dos de sus hijas. A cambio, según recoge una información de Noticias Trabajo a partir de la crónica de CourtBook, ellas se comprometieron de palabra a cuidarlo: comida, techo y atención médica hasta el final de sus días. Poco después de quedarse con las tierras, dejaron de cumplirlo.

El fallo. El agricultor, identificado como Venkataiah, vive en el distrito de Tumakuru, en el estado de Karnataka. Según el documento judicial del caso, sus hijas Shivamma y Puttamma le prometieron mantenerlo, y la donación se registró ante el subregistrador correspondiente. La promesa duró poco: dejaron de proporcionarle alimento, alojamiento y las necesidades básicas más elementales. El agricultor pidió primero la anulación por la vía administrativa, sin éxito, y terminó llevando el caso hasta el Tribunal Superior de Karnataka. Allí, una de las hijas ni siquiera se opuso a devolver las tierras; quien sí lo hizo fue su propio nieto, hijo de la otra hija, que reclamaba intereses sobre los terrenos sin asumir ninguna responsabilidad de cuidado. El tribunal falló a favor del anciano el pasado 2 de febrero y ordenó restituirle la titularidad completa.

La ley lo protegió. El fundamento no fue un contrato escrito, que no existía, sino la Ley de Mantenimiento y Bienestar de los Padres y Personas Mayores de India, de 2007, que permite anular este tipo de cesiones cuando el donatario incumple el cuidado prometido, aunque esa obligación nunca se hubiera puesto por escrito. El tribunal consideró que exigir una cláusula expresa de cuidados en la escritura supondría una lectura demasiado estricta de una norma pensada precisamente para proteger a los mayores. Y tuvo en cuenta, además, que el agricultor era analfabeto y firmó confiando en la palabra de sus hijas, según la información publicada por Indian Express sobre el fallo.

¿Y en España? No hace falta cruzar medio mundo para encontrar algo parecido. El Código Civil regula la donación modal, la que impone al donatario una carga u obligación, en su artículo 647, que permite al donante pedir la revocación cuando esa carga se incumple. El artículo 651 fija qué ocurre con los frutos tras la revocación, y el artículo 633 regula los requisitos formales para donar bienes inmuebles. Conviene aclarar un matiz que se repite con frecuencia y no es exacto: el Código Civil no fija un plazo general para reclamar la revocación de una donación modal; el propio Tribunal Supremo ha señalado que la norma no establece un plazo concreto, y son los tribunales quienes lo han ido perfilando caso por caso.

La recomendación de los juristas, en cualquier caso, es la misma a los dos lados del mundo: si una donación lleva aparejada una promesa de cuidados, mejor dejarla por escrito, con la mayor concreción posible sobre qué implica exactamente esa obligación. Porque una huella dactilar puede bastar para ceder unas tierras, pero no siempre basta para hacer cumplir una promesa.

Foto | Ali Alcántara (vía Pexels

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