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        <title>Magazine - carencia</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Wed, 17 Jun 2026 08:48:57 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Los créditos ICO del COVID aumenta su carencia seis meses pero solo para unos pocos sectores ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/creditos-ico-covid-aumenta-su-carencia-seis-meses-solo-para-unos-pocos-sectores</link>
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                <pubDate>Thu, 31 Mar 2022 08:01:08 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/20d065/credito-covid/1024_2000.jpeg" alt="Los&#x20;cr&#x00E9;ditos&#x20;ICO&#x20;del&#x20;COVID&#x20;aumenta&#x20;su&#x20;carencia&#x20;seis&#x20;meses&#x20;pero&#x20;solo&#x20;para&#x20;unos&#x20;pocos&#x20;sectores&#x20;">
    </p>
    <p>Tras las dificultades que muchas empresas sufrieron con la crisis sanitaria y las restricciones a su actividad sufridos por la pandemia, la posibilidad de acudir a los créditos ICO fue aprovechada por muchas de ellas. Y tras varios meses en los que solo devolvían interés de dichos créditos, llegaba el momento de empezar a devolver el capital del préstamo. Y sin embargo, las circunstancias económicas lo ponen muy difícil para muchas de ellas. Por eso, el Gobierno ha publicado dentro de sus medidas urgentes para paliar las consecuencias de la guerra de Ucrania que <strong>los créditos ICO del COVID aumenten su carencia seis meses más</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>De esta forma, tras la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-4972#:~:text=Art%C3%ADculo%C2%A07.%E2%80%83Extensi%C3%B3n%20de%20los%20plazos%20de%20vencimiento%20y%20de%20carencia%20o%20suspensi%C3%B3n%20temporal%20del%20pago%20de%20cuotas%20de%20amortizaci%C3%B3n%20del%20principal%20de%20las%20operaciones%20de%20financiaci%C3%B3n%20que%20han%20recibido%20aval%20p%C3%BAblico">publicación en el BOE</a> tendrán hasta después del verano para empezar a devolver capital. Un tiempo que para aquellas que sufren problema por la subida del coste de la energía supondrá un <strong>respiro muy importante</strong>.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/mi-entidad-financiera-no-firma-codigo-buenas-practicas-para-avales-ico">
     <img alt="&#x00BF;Y&#x20;si&#x20;mi&#x20;entidad&#x20;financiera&#x20;no&#x20;firma&#x20;el&#x20;c&#x00F3;digo&#x20;de&#x20;buenas&#x20;pr&#x00E1;cticas&#x20;para&#x20;los&#x20;avales&#x20;ICO&#x3F;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/ee93e0/credito/375_142.jpg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/mi-entidad-financiera-no-firma-codigo-buenas-practicas-para-avales-ico" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/mi-entidad-financiera-no-firma-codigo-buenas-practicas-para-avales-ico" class="desvio-title js-desvio-title">¿Y si mi entidad financiera no firma el código de buenas prácticas para los avales ICO?</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>¿A qué sectores afecta la ampliación de la carencia de los créditos?</h2>
<p>Lo cierto es que la publicación en el BOE no habla de que haya ningún sector en concreto excluido.</p>
<blockquote>La medida será efectiva dentro de los acuerdos de renegociación de deudas que se puedan alcanzar entre los deudores y las entidades financieras acreedoras en los términos fijados mediante Acuerdo de Consejo de Ministros, de tal manera que éstas extenderán el plazo de vencimiento de las operaciones avaladas por el mismo plazo de extensión del vencimiento del aval correspondiente. El Código de Buenas Prácticas para el marco de renegociación para clientes con financiación avalada determinará los sectores, casos y condiciones en que procederá la suspensión temporal del pago de cuotas de amortización del principal de las operaciones avaladas, sea mediante una ampliación del plazo de carencia vigente o mediante una carencia adicional si el plazo de carencia hubiera expirado</blockquote>
<p>A pesar de eso hay sectores como la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.hosteleriadigital.es/2022/03/30/la-hosteleria-muestra-su-incomprension-al-quedarse-fuera-de-los-sectores-que-tendran-acceso-a-una-ampliacion-de-los-creditos-ico/">Hostelería que ya han mostrado su desacuerdo</a> con esta medida. Por dos motivos fundamentalmente, por la extensión de la carencia, que consideran insuficiente y les gustaría<strong> ampliar hasta un año</strong> y por estar gravemente afectadas por la subida de precios de energía y materias primas.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>En principio la ampliación solo estará garantizada para los sectores más afectados por la crisis energética, según la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-4977">modificación del Código de Buenas Prácticas</a> se limita a los siguientes sectores:</p>
<p><em>los sectores con CNAE 01, 03, 493 y 494 tendrán derecho a una &nbsp;suspensión de seis meses de las cuotas de amortización del principal de &nbsp;la operación</em></p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/como-solicitar-quita-deuda-creditos-ico">
     <img alt="C&#x00F3;mo&#x20;solicitar&#x20;una&#x20;quita&#x20;de&#x20;la&#x20;deuda&#x20;de&#x20;los&#x20;cr&#x00E9;ditos&#x20;ICO" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/85f267/deudas/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/como-solicitar-quita-deuda-creditos-ico" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/como-solicitar-quita-deuda-creditos-ico" class="desvio-title js-desvio-title">Cómo solicitar una quita de la deuda de los créditos ICO</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Que corresponden con <strong>Agricultura, ganadería</strong>, caza y servicios relacionados con las mismas, <strong>pesca </strong>y acuicultura, <strong>transporte terrestre</strong> urbano y suburbano de pasajeros y transporte de mercancías por carretera. El resto de sectores no podrían, en principio, solicitar dicho aplazamiento.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Por este motivo muchos de los sectores de alta demanda energética, o de materias primas que han aumentado mucho los costes <strong>consideran un agravio que no se puedan beneficiar </strong>de este aumento de la carencia de los créditos.&nbsp;</p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[El Gobierno está abierto a transformar créditos ICO en ayudas directas a empresas]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/gobierno-esta-abierto-a-transformar-creditos-ico-ayudas-directas-a-empresas</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/gobierno-esta-abierto-a-transformar-creditos-ico-ayudas-directas-a-empresas</guid>
                <pubDate>Fri, 05 Feb 2021 19:01:21 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/29f1bf/ministra-calvinyo/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;Gobierno&#x20;est&#x00E1;&#x20;abierto&#x20;a&#x20;transformar&#x20;cr&#x00E9;ditos&#x20;ICO&#x20;en&#x20;ayudas&#x20;directas&#x20;a&#x20;empresas">
    </p>
    <p>El Gobierno está estudiando <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/asuntos-economicos/Paginas/2021/050221-autonomos.aspx?qfr=2">reformar el marco legal vigente</a> para poder mejorar las ayudas directas para autónomos y empresas, una de las demandas más repetidas por los diferentes colectivos ante la persistencia de la crisis sanitaria y económica. Todo el mundo está de acuerdo en que no basta con los ERTES. Por eso ahora <strong>el Gobierno está abierto a transformar créditos ICO en ayudas directas a empresas</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Esta ya era una petición de <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/convertir-creditos-ico-ayudas-directas-solucion-pimec-para-salvar-a-empresas">PIMEC que proponía transformar un 40% de los créditos ICO</a> concedidos en ayudas directas y extender la carencia de devolución del resto del crédito, lo que permite dar una respiro muy importante para muchos negocios. Todo esto después de que el pasado 28 de enero, la Comisión Europea aprobara una nueva modificación del Marco Temporal europeo, incluyendo la posibilidad de conversión de las <strong>ayudas en forma de anticipos reembolsables, garantías, préstamos u otros instrumentos en subvenciones directas</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/ayudas-directas-a-pymes-autonomos-tener-que-devolverlas-asi-se-quieren-evitar-ere">
     <img alt="Ayudas&#x20;directas&#x20;a&#x20;pymes&#x20;y&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;sin&#x20;tener&#x20;que&#x20;devolverlas,&#x20;as&#x00ED;&#x20;se&#x20;quieren&#x20;evitar&#x20;los&#x20;ERE" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/638a81/financiacion/375_142.jpg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/ayudas-directas-a-pymes-autonomos-tener-que-devolverlas-asi-se-quieren-evitar-ere" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/ayudas-directas-a-pymes-autonomos-tener-que-devolverlas-asi-se-quieren-evitar-ere" class="desvio-title js-desvio-title">Ayudas directas a pymes y autónomos sin tener que devolverlas, así se quieren evitar los ERE</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Además hay que tener en cuenta que ya se <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/gobierno-flexibiliza-creditos-ico-asi-nuevos-tiempos-para-devolverlos">amplió el periodo de carencia y el plazo de amortización de los ICO</a>, de manera que empresas y autónomos tengan más margen para la recuperación. La <strong>carencia se amplió hasta 24 meses</strong> y el plazo de devolución hasta los ocho años. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>El Gobierno deberá primero notificar a la Comisión Europea la extensión del marco nacional aplicable a todas las ayudas que pueden conceder las administraciones. Este paso es obligatorio para que la comisión autorice el cambio y se permita una nueva inyección de liquidez para los negocios y autónomos. La pregunta es, <strong>¿será suficiente para mantener vivas a las empresas?</strong></p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>La intención es acelerar todo el proceso para que el alivio de la carga financiera, que permitirá reforzar su solvencia. Hay que tener en cuenta que las únicas ayudas hasta el momento de este tipo habían llegado de ayuntamientos y Comunidades Autónomas. Sin duda una buena noticia a falta de conocer la letra pequeña para muchos empresarios. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Hasta ahora se habían concedido más de <strong>115.000 millones en créditos ICO</strong> y teniendo en cuenta que la recuperación efectiva no va a empezar hasta el segundo semestre de 2021, según los más optimistas o 2022 según los pesimistas, será una buena noticia que una parte de este dinero se convierta en ayudas directas y las empresas no tengan que devolverlo. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Lo malo es que muchas ya han gastado este capital y <strong>su problema no es devolverlo, sino hacer frente a los próximos pagos</strong> con negocios afectados por restricciones. Al menos supondrá un respiro a medio plazo, aunque a corto van a tener que seguir pasando apuros hasta que vuelvan a facturar con normalidad.</p>
<!-- BREAK 7 --><script>
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                                <item>
                <title><![CDATA[El Gobierno flexibiliza los créditos ICO, así son los nuevos tiempos para devolverlos]]></title>
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                <pubDate>Wed, 18 Nov 2020 07:01:48 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/3a45c2/ministra-calvinyo/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;Gobierno&#x20;flexibiliza&#x20;los&#x20;cr&#x00E9;ditos&#x20;ICO,&#x20;as&#x00ED;&#x20;son&#x20;los&#x20;nuevos&#x20;tiempos&#x20;para&#x20;devolverlos">
    </p>
    <p>Ayer en el Consejo de Ministros aprobó un <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2020/refc20201117.aspx#APOYO">Plan de medidas de apoyo y liquidez</a> a las pequeñas empresas y autónomos con el objetivo de facilitar su supervivencia ante la crisis económica que están sufriendo. <strong>El Gobierno flexibiliza los créditos ICO</strong>, modificando los tiempos de carencia para su devolución.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>No es la única medida, ya que se amplía hasta el 30 de junio el plazo de concesión de las dos Líneas de hasta 140.000 millones de avales públicos gestionadas por el ICO. Las empresas y autónomos podrán disponer de una <strong>ampliación en el vencimiento de los préstamos para liquidez de hasta tres años adicionales</strong>, con un máximo de ocho años, desde los cinco actuales. Es decir, se podrá alargar la devolución del crédito más años.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/nuevo-estado-alarma-exigira-alargar-erte-al-finales-mayo-2021">
     <img alt="El&#x20;nuevo&#x20;estado&#x20;de&#x20;alarma&#x20;exigir&#x00E1;&#x20;alargar&#x20;los&#x20;ERTE&#x20;al&#x20;menos&#x20;hasta&#x20;finales&#x20;de&#x20;mayo&#x20;de&#x20;2021" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/09b284/organizer-791939_1280-1-/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/nuevo-estado-alarma-exigira-alargar-erte-al-finales-mayo-2021" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/nuevo-estado-alarma-exigira-alargar-erte-al-finales-mayo-2021" class="desvio-title js-desvio-title">El nuevo estado de alarma exigirá alargar los ERTE al menos hasta finales de mayo de 2021</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Pero lo más interesante es que podrán <strong>gozar de un plazo adicional de carencia en el pago del principal de 12 meses</strong>, siempre y cuando la carencia total no supere los 24 meses. Esto supone que muchas empresas que no veían la forma de empezar a amortizar el crédito en 2021, con una facturación todavía muy dañada, podrán esperar a 2022 para comenzar a hacerlo. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Mientras tanto solo <strong>van pagando los intereses del crédito</strong>. A nivel de tesorería y liquidez implica una mejora sustancial. El problema es que muchas pymes y autónomos que siguen sufriendo restricciones administrativas para ejercer su actividad, como cierres o limitaciones de aforos y movilidad para sus clientes necesitan más ayudas. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Porque las previsiones más optimistas apuntan a un inicio de la <strong>recuperación para el segundo semestre</strong>, ya entrado el verano. Mientras tanto todo es una incógnita y una empresa no sabe si, la Semana Santa va a poder trabajar con normalidad o no. O sectores como el hotelero y el turístico, que trabajan con reservas y touroperadores no saben qué nivel de actividad podrán ejercer hasta entonces. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Las <strong>ayudas directas</strong> son una solución que está encima de la mesa, pero no es la única. Para estos sectores sus principal problema es hacer frente a los gastos de explotación, los gastos fijos, sin tener prácticamente facturación. Y el problema es que no saben cuando volverán a tenerla. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.lamoncloa.gob.es/multimedia/galeriasfotograficas/consejoministros/Paginas/2020/171120-cministros.aspx"></a>La Moncloa</p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Maternidad y paternidad de los autónomos]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/maternidad-y-paternidad-de-los-autonomos</link>
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                <pubDate>Tue, 22 Apr 2008 09:08:35 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/a05139/embarazo/1024_2000.jpg" alt="Maternidad&#x20;y&#x20;paternidad&#x20;de&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos">
    </p>
    <p>La <strong>edad</strong> es uno de los elementos determinantes para tener derecho al <strong>subsidio contributivo por maternidad</strong>. Lógicamente hay que estar afiliada o en alta o en situación asimilada al alta y, aparte hay que tener cubierto <strong>un período mínimo de cotización</strong> en función de la franja de edad:</p>
<!-- BREAK 1 -->
<ul>
<li><strong>Menos de 21 años.</strong> Si la trabajadora tiene menos de 21 años en la fecha del parto, no se exige período mínimo de cotización.</li>
</ul>
<!--more--><ul>
<li><p><strong>Entre 21 y 26 años.</strong> Si la trabajadora tiene cumplidos entre 21 y 26 años en la fecha del parto se exigirán 90 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores al inicio del descanso o 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.</p>
</li>
<li><p><strong>Más de 26 años.</strong> Si la trabajadora es mayor de 26 años en la fecha del  parto se exigirán 180 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores al inicio del descanso o 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.</p>
</li>
</ul>

<p>En cuanto al <strong>permiso de paternidad</strong>, la duración es de 13 días ininterrumpidos, ampliables en dos días en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple a partir del segundo hijo. La prestación es del 100% de la base de cotización y dos son los requisitos:</p>
<!-- BREAK 2 -->
<ul>
<li><p><strong>Carencia:</strong> 180 días en los 7 años anteriores al parto, adopción o acogimiento o, 360 días en toda la vida laboral.</p>
</li>
<li><p><strong>Estar al corriente</strong> en el pago de las cuotas de la Seguridad Social.</p>
</li>
</ul>

<p>Recuerda que, salvo excepciones, en nuestro sistema de Seguridad Social rige el <strong>cómputo recíproco de cotizaciones</strong>, lo cual quiere decir que para acreditar el <strong>período de carencia</strong> exigido para tener derecho a alguna prestación, <strong>se computarán las cotizaciones efectuadas a cualquiera de los regímenes de Seguridad Social</strong>.</p>
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<p>Foto | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.cfnavarra.es">cfnavarra.es </a></p>
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