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        <title>Operaciones - Pymes y Autonomos</title>
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        <description>Operaciones: Hacienda cierra 2025 sin aplicar las reformas fiscales prometidas: el IVA de caja y las nuevas deducciones seguirán igual en 2026 ....</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 00:56:14 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Hacienda cierra 2025 sin aplicar las reformas fiscales prometidas: el IVA de caja y las nuevas deducciones seguirán igual en 2026 ]]></title>
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                <pubDate>Fri, 12 Dec 2025 07:02:01 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>El año termina sin que el Ministerio de Hacienda haya ejecutado varias de las reformas fiscales anunciadas para aliviar la carga de los autónomos. Según el balance económico difundido por <em>RTVE</em> y recogido también en teletipos de <em>Europa Press</em>, las mejoras previstas en el <strong>IVA de caja</strong>, la <strong>ampliación de deducciones</strong> y otros ajustes orientados a mejorar la liquidez de los pequeños negocios quedan aplazadas sin un calendario claro.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Estas medidas habían sido <strong>señaladas por el propio Ministerio como parte de una revisión más amplia de la fiscalidad del trabajo autónomo.</strong> Su objetivo era avanzar en la simplificación administrativa y adaptar el sistema tributario a actividades con ingresos variables y tensiones de liquidez. El retraso implica que los autónomos iniciarán 2026 con el mismo marco fiscal que en 2025, pese al compromiso de revisar aspectos clave como la gestión del IVA pendiente de cobro o la deducibilidad de determinados gastos.</p>
<h2>Las reformas anunciadas que no han llegado</h2>
<p>La reforma más esperada era la del <strong>Régimen Especial del IVA de Caja</strong>, un sistema que permite declarar el impuesto solo cuando se ha cobrado la factura y no en el momento de su emisión.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/ingreso-minimo-vital-sera-automatico-agotar-paro-conocemos-nueva-propuesta-quien-podra-acceder-tramites" class="desvio-title js-desvio-title">El Ingreso Mínimo Vital será automático tras agotar el paro. Ya conocemos la nueva propuesta y quién podrá acceder sin trámites </a>
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<p><a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/regimenes-tributacion-iva/criterio-caja.html">Si bien la Agencia Tributaria detalla su funcionamiento en su portal oficial</a>, el criterio de caja continúa infrautilizado: apenas un porcentaje reducido del colectivo lo adopta cada año debido a su complejidad y a las obligaciones adicionales que impone tanto al emisor como al cliente.</p>
<!-- BREAK 3 --><p><strong>Hacienda había expresado su intención de revisar el sistema</strong> para hacerlo realmente accesible, planteando ajustes en límites, plazos y obligaciones contables. También se había mostrado disposición a ampliar las deducciones aplicables a gastos profesionales, así como a revisar la deducibilidad de pequeñas inversiones recurrentes. Pese a ello, ninguna de estas medidas se ha incorporado a la normativa de cierre de ejercicio.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>El aplazamiento tiene efectos inmediatos sobre la actividad de los autónomos. La falta de avances en el IVA de caja supone mantener un sistema que, en la práctica, obliga a muchos profesionales a <strong>adelantar el IVA de facturas no cobradas</strong>, una dificultad que se acentúa en sectores con cobros diferidos. Sin cambios regulatorios, el incentivo para acogerse al régimen seguirá siendo bajo y el problema de liquidez persistirá.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>La ausencia de nuevas deducciones también <strong>limita la capacidad para compensar gastos esenciales.</strong> Así, quienes trabajan desde casa seguirán sujetos a criterios restrictivos para deducir porcentajes de vivienda y suministros.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>Los autónomos que realizan inversiones periódicas en equipos, herramientas o formación tampoco dispondrán de un marco fiscal más flexible. En un contexto de incremento de costes fijos, esta ausencia de margen fiscal supone entrar en 2026 sin instrumentos adicionales para equilibrar gastos.</p>
<!-- BREAK 7 --><h2>Solapamiento normativo y carga técnica</h2><p>Fuentes del Ministerio citadas por <em>Europa Press</em> apuntan a razones técnicas y legislativas para justificar el retraso. El despliegue simultáneo de la <strong>factura electrónica obligatoria</strong>, los nuevos sistemas de control antifraude y el desarrollo del modelo <strong>Verifactu</strong> han absorbido buena parte de los recursos regulatorios.</p>
<p>Así pues, la prioridad ha sido <strong>garantizar que estas plataformas estén coordinadas y operativas,</strong> lo que ha relegado reformas estructurales que exigían análisis más profundos y consenso sectorial.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>El calendario legislativo también ha sido un factor. Aunque Hacienda insiste en que las reformas no se descartan, lo cierto es que <strong>no existe un calendario público ni un borrador en tramitación</strong> que permita anticipar los cambios. A falta de documentación oficial, todo apunta a que los ajustes quedarán aparcados hasta que el Ministerio complete el despliegue normativo de las nuevas herramientas digitales.</p>
<!-- BREAK 9 --><h2>Incertidumbre creciente</h2><p>De cara a 2026, el escenario permanece abierto. La mayoría de los analistas citados por <em>RTVE</em> prevén que <strong>la agenda fiscal dependerá de la evolución económica y del marco presupuestario europeo.</strong> La recuperación de propuestas como incentivos a la inversión o la revisión del IVA de caja requerirá resolver antes las cargas administrativas pendientes y estabilizar los sistemas digitales de gestión fiscal.</p>
<p>En este contexto, los autónomos <strong>afrontan un nuevo ejercicio sin mejoras en liquidez,</strong> sin ampliación de deducciones y sin una hoja de ruta clara. La incertidumbre regulatoria, unida a los costes crecientes del último año, supone un reto adicional para un colectivo que opera con márgenes cada vez más ajustados.</p>
<!-- BREAK 10 --><p>El aplazamiento de las reformas fiscales más esperadas deja a los autónomos sin alivio inmediato y sin expectativas claras para el corto plazo. Entrarán en 2026 con las <strong>mismas limitaciones fiscales que han condicionado su actividad en los últimos años, </strong>mientras crece la necesidad de simplificación administrativa y de un marco más adaptado a la economía real. La claridad del calendario y la estabilidad regulatoria serán esenciales para recuperar confianza y sostener la actividad del colectivo en un entorno económico incierto.</p>
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                <title><![CDATA[Las autonomías ingresarán 15.500 millones por el boom inmobiliario y así es cómo está afectando a las pymes de compraventa de activos ]]></title>
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                <pubDate>Mon, 24 Nov 2025 07:01:06 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>El mercado inmobiliario ha dado un respiro inesperado a las comunidades autónomas. <a rel="noopener, noreferrer" href="https://documentos.fedea.net/pubs/eee/2025/eee2025-30.pdf">Según el análisis de Fedea,</a> las regiones podrían cerrar 2025 con <strong>15.500 millones de euros</strong> recaudados a través de los impuestos vinculados a la vivienda y a las operaciones inmobiliarias, especialmente el <strong>Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)</strong> y los <strong>Actos Jurídicos Documentados (AJD)</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Este aumento de ingresos se apoya en un fuerte repunte de compraventas, préstamos hipotecarios y transmisiones de segunda mano. Solo en el último año, algunas comunidades han registrado aumentos superiores al 20 % en recaudación ligada al ladrillo, mientras que <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.idealista.com/news/fiscalidad/2025/11/04/870605-la-recaudacion-fiscal-por-la-vivienda-en-cataluna-enfila-su-mejor-ano-desde-el-boom">territorios como Cataluña se encaminan hacia su mejor ejercicio recaudatorio desde la burbuja inmobiliaria.</a></p>
<!-- BREAK 2 --><h2>Este boom no es gratis para las pymes</h2><p>Las comunidades celebran el impulso recaudatorio, pero <strong>para muchas pymes y autónomos la situación tiene otra cara. </strong>La compra de un local, el traslado de un negocio, la adquisición de una nave o la transmisión de una empresa familiar <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.eldebate.com/economia/20251117/boom-inmobiliario-no-compensa-gasto-desbocado-comunidades-cerraran-ano-deficit-02_355862.html">se encarecen automáticamente cuando ITP o AJD suben o mantienen tipos elevados.</a></p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/autonomos-ingresos-este-nuevo-perfil-trabajador-cuenta-propia-subida-smi-no-buena-noticia">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/autonomos-ingresos-este-nuevo-perfil-trabajador-cuenta-propia-subida-smi-no-buena-noticia" class="desvio-title js-desvio-title">Más autónomos, menos ingresos. Este es el nuevo perfil del trabajador por cuenta propia tras la subida del SMI, y no es una buena noticia </a>
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</div>
<p>En algunos territorios, la combinación de actividad intensa y <strong>bases imponibles crecientes</strong> hace que la factura fiscal para las empresas sea sensiblemente mayor que hace un año.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Un supuesto que afecta, sobre todo, a pymes que quieren <strong>comprar un inmueble</strong> para dejar de pagar alquiler, negocios que buscan <strong>ampliar espacio</strong> o diversificar actividad; autónomos empleadores que necesitan formalizar un traspaso o permuta y empresas familiares que afrontan <strong>sucesiones o donaciones</strong>.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>En este sentido, si bien el auge recaudatorio tiene un origen coyuntural, <strong>las comunidades pueden verse tentadas a consolidar parte de estos ingresos manteniendo tipos altos o reduciendo bonificaciones</strong>. Una decisión así podría penalizar la inversión productiva, retrasar operaciones y encarecer la expansión de muchos negocios.</p>
<!-- BREAK 5 --><h2>Riesgos y efectos colaterales</h2><p>Uno de los efectos menos visibles del actual contexto fiscal es que muchas operaciones inmobiliarias empresariales se vuelven <strong>más difíciles de planificar.</strong></p>
<p>Un pequeño negocio que necesita trasladarse puede encontrarse con un coste fiscal inesperado, y una empresa familiar que necesita ordenar una sucesión puede aplazar la transmisión por la carga impositiva autonómica.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>A ello se suma un segundo riesgo: <strong>la desigualdad territorial</strong>. En comunidades donde los impuestos al patrimonio o a las transmisiones son más altos, las pymes pueden plantearse mover sus inversiones a regiones con fiscalidad más amable. Sin embargo, estas decisiones generan costes logísticos, adaptación operativa y, en ocasiones, pérdida de clientela.</p>
<!-- BREAK 7 --><p><strong>El impacto no se limita al coste fiscal.</strong> Un aumento sostenido del precio de los inmuebles hace que el alquiler o compra de espacios comerciales sea más caro, lo que reduce márgenes y dificulta la entrada de nuevos negocios.</p>
<!-- BREAK 8 --><p><strong>Para anticiparse</strong>, algunos negocios están revisando el <strong>tipo impositivo de ITP–AJD</strong> en su comunidad, comparando <strong>alternativas territoriales,</strong> si la operación lo permite, estudiando <strong>bonificaciones autonómicas</strong> en transmisiones empresariales o relevo generacional y tratando de adelantarse a las operaciones antes de posibles ajustes al alza.</p>
<!-- BREAK 9 --><p>En cualquier caso, este boom inmobiliario<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.vozpopuli.com/economia/las-autonomias-hacen-caja-con-el-boom-inmobiliario-recaudaran-15500-millones-este-ano.html">&nbsp;está permitiendo a las comunidades ingresar como no lo hacían desde hace años,</a> pero para las pymes la situación exige prudencia. Los expertos coinciden en que se trata de un contexto extraordinario.</p>
<!-- BREAK 10 --><p>Las decisiones vinculadas a inmuebles (traslado, compra, sucesión, inversión o expansión) son ahora más caras y sensibles a la fiscalidad territorial. En un escenario de márgenes estrechos y costes crecientes, <strong>dominar la fiscalidad autonómica se convierte en parte esencial de la estrategia empresarial</strong>.</p>
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                <title><![CDATA[Desde octubre, todos los bancos con transferencias ordinarias también deben ofrecer transferencias inmediatas. Estas son las condiciones por reglamento europeo ]]></title>
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                <pubDate>Fri, 26 Sep 2025 06:15:56 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>&nbsp;A partir del <strong>9 de octubre de 2025</strong>, las entidades financieras de la zona euro estarán obligadas a ofrecer a sus clientes<strong> </strong><strong>transferencias inmediatas</strong><strong> como servicio estándar.</strong></p>
<!-- BREAK 1 --><p>Una opción que puede afectar la operatividad bancaria de las pymes y autónomos españoles, como establece el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2024-80392" target="_new" >Reglamento europeo 2024/886</a>, que busca garantizar <strong>que los pagos electrónicos sean más rápidos, accesibles y con costes equiparables a las transferencias ordinarias.</strong></p>
<!-- BREAK 2 --><h2><strong>¿Qué cambia con la nueva normativa?</strong></h2><p>El Reglamento europeo ha introducido dos obligaciones clave: la <strong>disponibilidad 24/7,</strong> que señala que las transferencias inmediatas deberán completarse en cuestión de segundos, cualquier día del año, y el mismo coste que las ordinarias, por lo que los bancos <strong>no podrán cobrar más por una transferencia inmediata que por una estándar,</strong> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://clientebancario.bde.es/pcb/es/blog/cuanto-cuestan-las-nuevas-transferencias-inmediatas-en-la-zona-euro.html">según aclaró el Banco de España.</a></p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/ata-exige-cuentas-claras-que-demuestren-que-sistema-cotizaciones-ingresos-reales-funciona">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/ata-exige-cuentas-claras-que-demuestren-que-sistema-cotizaciones-ingresos-reales-funciona" class="desvio-title js-desvio-title">La ATA exige cuentas claras que demuestren que el sistema de cotizaciones por ingresos reales funciona  </a>
   </div>
  </div>
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</div>
<p>Asimismo, como apunta <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.eleconomista.es/economia/noticias/13557552/09/25/cambios-en-las-transferencias-bancarias-tu-banco-debe-incluir-un-nuevo-servicio-de-forma-obligatoria-a-partir-de-esta-fecha.html?utm_source=chatgpt.com" target="_new"><em>El Economista</em></a>, los bancos deberán <strong>incluir de forma obligatoria este servicio en sus catálogos,</strong> de modo que los clientes ya no dependerán de que la entidad lo ofrezca como un extra opcional o con condiciones especiales.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>En la práctica, la mayoría de entidades ofrecían este servicio, pero desde este próximo octubre, si se cobraba un suplemento, el banco tendrá que <strong>igualar o reducir tarifas</strong>.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>Los principales afectados son las <strong>entidades financieras de la zona euro que ya ofrecen transferencias SEPA ordinarias,</strong> los particulares que no deberán pagar un plus para enviar dinero al instante y, sobre todo, autónomos y pymes con mayor número de transferencias, que podrán mejorar la gestión de sus tesorería y pagos a proveedores sin asumir costes extra.</p>
<!-- BREAK 5 --><h3><strong>Qué se puede hacer ya</strong></h3><p>En estos momentos, desde la Administración se recomienda preguntar al banco, en caso de dudas, <strong>si ya tiene el servicio activo</strong> y cuáles son las <strong>condiciones</strong>, <strong>revisar contratos y tarifas</strong> para asegurarnos de que no existen comisiones encubiertas aplicadas e incorporar el servicio a la gestión del negocio.</p>
<p>Así, en empresas y negocios donde los pagos urgentes o los cobros inmediatos pueden resultar un valor diferencial o un punto importante para la operatividad, esta modificación puede suponer una mejora sustancial para el día a día.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>En pocas palabras, las <strong>transferencias inmediatas</strong> pasarán a ser la norma en toda la zona euro. Para pymes y autónomos, esto significa <strong>pagos más rápidos, más previsibles y sin costes añadidos: </strong>un pequeño cambio regulatorio que puede mejorar mucho la gestión de caja de los negocios.</p>
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                <title><![CDATA[Esto es lo que se juega España si Trump consigue "barra libre" para gravar las importaciones tras la sentencia del Supremo en EEUU]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/esto-que-se-juega-espana-trump-consigue-barra-libre-para-gravar-importaciones-sentencia-supremo-eeuu</link>
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                <pubDate>Mon, 22 Sep 2025 06:00:46 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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      <img src="https://i.blogs.es/aa2a1f/esto-es-lo-que-se-juega-espana-si-trump-consigue-barra-libre-para-gravar-las-importaciones-tras-la-sentencia-del-supremo-en-eeuu/1024_2000.jpeg" alt="Esto&#x20;es&#x20;lo&#x20;que&#x20;se&#x20;juega&#x20;Espa&#x00F1;a&#x20;si&#x20;Trump&#x20;consigue&#x20;&quot;barra&#x20;libre&quot;&#x20;para&#x20;gravar&#x20;las&#x20;importaciones&#x20;tras&#x20;la&#x20;sentencia&#x20;del&#x20;Supremo&#x20;en&#x20;EEUU">
    </p>
    <p><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/asi-podrian-traducirse-nuevas-amenazas-trump-para-pymes-espanolas">El <strong>Tribunal Supremo de Estados Unidos</strong></a> ha decidido <strong>revisar por la vía rápida la legalidad de los aranceles globales que Donald Trump impuso </strong>bajo la International Emergency Economic Powers Act (IEEPA).</p>
<!-- BREAK 1 --><p>La decisión llega después de que el Tribunal de Apelaciones (Federal Circuit) declarase ilegales esas tarifas generalizadas <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.cafc.uscourts.gov/opinions-orders/25-1812.OPINION.8-29-2025_2566151.pdf">en el caso <em>V.O.S. Selections Inc. v. Trump</em>.</a> Para las pymes exportadoras españolas, el fallo marcará la diferencia entre un escenario de <strong>aranceles “a la carta”</strong> y otro en el que se mantenga el <strong>cauce legal tradicional</strong> en materia comercial.</p>
<!-- BREAK 2 --><h2><strong>Qué está realmente en juego</strong></h2><p>Si el Supremo <strong>da la razón al presidente estadounidense</strong>, se abriría la puerta a <strong>aranceles amplios y rápidos</strong> sin necesidad de pasar por el Congreso.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/problema-absentismo-grande-que-seguridad-social-ha-recurrido-a-ocde-para-frenarlo">
     <img alt="El&#x20;problema&#x20;del&#x20;absentismo&#x20;es&#x20;tan&#x20;grande&#x20;que&#x20;la&#x20;Seguridad&#x20;Social&#x20;ha&#x20;recurrido&#x20;a&#x20;la&#x20;OCDE&#x20;para&#x20;frenarlo&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/7a2e1a/el-problema-del-absentismo-es-tan-grande-que-la-seguridad-social-ha-recurrido-a-la-ocde-para-frenarlo/375_142.jpeg">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/problema-absentismo-grande-que-seguridad-social-ha-recurrido-a-ocde-para-frenarlo" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/problema-absentismo-grande-que-seguridad-social-ha-recurrido-a-ocde-para-frenarlo" class="desvio-title js-desvio-title">El problema del absentismo es tan grande que la Seguridad Social ha recurrido a la OCDE para frenarlo </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.eleconomista.es/economia/noticias/13546671/09/25/la-caja-de-pandora-en-eeuu-la-sentencia-del-supremo-sobre-los-aranceles-puede-entregar-el-todo-el-poder-de-crear-impuestos-a-trump.html">En el caso español y europeo,</a> esto podría traducirse en un <strong>riesgo regulatorio elevado</strong> en sectores sensibles como el <strong>agroalimentario </strong>(vino, aceite, aceitunas, quesos),<strong> el textil, la cerámica o el acero</strong>, donde buena parte de las exportaciones dependen de los márgenes reducidos de las pymes.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Por el contrario<strong>, si el Supremo confirma que el uso de la IEEPA fue</strong> <strong>ilegal</strong>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.reuters.com/legal/government/us-supreme-court-decide-legality-trumps-tariffs-2025-09-09/">una parte importante de estos aranceles caerían,</a> aunque podrían mantenerse temporalmente si se aprueban medidas cautelares mientras se dicta sentencia.</p>
<!-- BREAK 4 --><h3><strong>Lo que no cambia (y por qué importa)</strong></h3><p>Conviene aclarar que el litigio no afecta a otros marcos legales ya usados por EE. UU., como la <strong>Sección 232</strong> (seguridad nacional) o la <strong>Sección 301</strong> (prácticas comerciales desleales).</p>
<p>Esto quiere decir que, incluso si el Supremo limita la IEEPA, la Casa Blanca seguiría teniendo herramienta<strong>s</strong> para imponer gravámenes a productos europeos o chinos. Dicho de otro modo: el <strong>riesgo arancelario no desaparece</strong> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.polsinelli.com/jane-c-dempsey/publications/supreme-court-soon-decides-fate-trump-tariffs">aunque caigan los aranceles de emergencia.</a></p>
<!-- BREAK 5 --><p>Por el momento, el Supremo ha fijado <a rel="noopener, noreferrer" href="https://elpais.com/internacional/2025-09-09/el-supremo-de-estados-unidos-estudiara-por-la-via-rapida-la-legalidad-de-los-aranceles-de-trump.html">una <strong>vista acelerada para noviembre de 2025</strong>,</a> algo poco habitual en el alto tribunal, lo que sugiere una clara intención de dar certidumbre al mercado. En cualquier caso, hasta que no exista sentencia, los aranceles basados en IEEPA siguen en el aire: jurídicamente <strong>podrían desaparecer</strong>, pero en la práctica <strong>continúan generando incertidumbre para quienes exportan a EE. UU.</strong></p>
<!-- BREAK 6 --><h2><strong>Qué dicen los analistas</strong></h2><p>Para muchos expertos, el uso extensivo de la IEEPA para fijar tarifas <strong>desborda el equilibrio constitucion</strong><strong>al</strong><strong> de poderes,</strong> dado que la regulación del comercio y los impuestos corresponde al Congreso.</p>
<p>Una parte de la doctrina pide al Supremo que <strong>acote</strong> el uso de esta ley, mientras otra advierte que una limitación excesiva podría <strong>debilitar la capacidad de respuesta</strong> de la Casa Blanca en situaciones de emergencia.</p>
<!-- BREAK 7 --><p>Al mismo tiempo, análisis recientes recuerdan que la <strong>recaudación arancelaria estadounidense está en máximos históricos</strong>, pero con <strong>efectos inflacionarios</strong> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.cfr.org/expert-brief/why-supreme-court-must-rule-against-trumps-tariffs">que pesan sobre empresas y consumidores</a>.</p>
<!-- BREAK 8 --><h3><strong>Cómo se traduce para la pyme exportadora</strong></h3><p>Para una pyme española, la sentencia se traduce, principalmente, en diferentes <strong>escenarios de riesgo comercial</strong>.&nbsp;</p>
<p>El primero tiene que ver con la <strong>clasificación de ventas por mercados y posiciones arancelarias</strong>: conviene distinguir qué productos están cubiertos por IEEPA y cuáles podrían quedar sujetos a otros instrumentos como la 232 o la 301.&nbsp;</p>
<!-- BREAK 9 --><p>En segundo lugar, es clave simular el impacto en márgenes: calcular qué supone un arancel adicional del <strong>5 %, 10 % o 25 %</strong> en cada línea de producto permite anticipar ajustes de precio o renegociar contratos.</p>
<!-- BREAK 10 --><p>También es recomendable revisar <strong>contratos con clientes estadounidenses</strong> para identificar cláusulas sobre cambios regulatorios y definir <strong>quién asume el coste</strong> de un arancel.&nbsp;</p>
<!-- BREAK 11 --><p>Por descontado, otra vía pasa por <strong>diversificar mercados</strong> hacia destinos como Canadá, México, Reino Unido o la EFTA, reduciendo así la dependencia del mercado estadounidense. Sin embargo, esto no siempre es sencillo ni viable.&nbsp;</p>
<!-- BREAK 12 --><p>Finalmente, mantener un canal activo con <strong>ICEX, Cámaras de Comercio y asociaciones sectoriales</strong> ayuda a acceder a información sobre licencias, exclusiones o contingentes que podrían suavizar el impacto.</p>
<!-- BREAK 13 --><h3><strong>Escenarios probables tras la sentencia</strong></h3><p>El primer escenario es que el Supremo <strong>limite el uso de IEEPA</strong> y confirme la decisión del Federal Circuit: en ese caso, los aranceles basados en esa ley caerían, pero <strong>seguirían vigentes</strong> los amparados en la Sección 232 o 301.</p>
<p>Un segundo escenario es que el Supremo <strong>avale la IEEPA</strong>, lo que consolidaría la <strong>capacidad presidencial de fijar aranceles amplios</strong> sin Congreso y aumentaría la volatilidad para los exportadores. Asimismo, existe la posibilidad de un tercer marco, que sería un <strong>fallo parcial</strong>, con el caso devuelto a instancias inferiores, lo que alargaría la incertidumbre varios meses más.</p>
<!-- BREAK 14 --><p>En cualquier caso, y pese a que el fallo aún tardará semanas, los analistas coinciden en que los aranceles <strong>ya afectan a precios y demanda</strong>. Estados Unidos <strong>recauda como nunca</strong>, pero la factura se traslada a empresas y consumidores. Para las pymes exportadoras españolas, esperar a ver qué decide el Supremo puede ser un error: <strong>anticipar escenarios, ajustar precios y diversificar clientes</strong> es la única manera de proteger la caja en un contexto de máxima incertidumbre.</p>
<!-- BREAK 15 --><p>&nbsp;</p>
<p><br></p>
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                <title><![CDATA[Hacienda avisa: a partir de 2026, los bancos notificarán ingresos, pagos con tarjeta, transferencias y saldos de todos sus clientes]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/hacienda-avisa-a-partir-2026-bancos-notificaran-ingresos-pagos-tarjeta-transferencias-saldos-todos-clientes</link>
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                <pubDate>Fri, 25 Jul 2025 07:01:58 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>A partir del próximo año, Hacienda contará con <strong>información financiera mucho más detallada de los autónomos</strong>. Gracias al cruce automatizado de datos bancarios, se ha implementado un nuevo sistema de comunicación entre entidades financieras y la Agencia Tributaria, con el objetivo de intensificar el control y la trazabilidad de los ingresos.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Este nuevo modelo se ha articulado a través del <strong>Real Decreto 249/2023</strong>, la <strong>Orden HAC/747/2023</strong> y la <strong>reforma de varios modelos fiscales</strong> ya existentes. El mensaje es claro: <strong>más datos, más rápido y más precisos</strong>.</p>
<h2><strong>¿Qué información se compartirá?</strong></h2>
<p>Según el RD 253/2025 y la Orden HAC/747/2025, a partir del 1 de enero de 2026, los bancos y plataformas de pago <strong>deberán informar de forma automática y periódica a Hacienda</strong> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://as.com/actualidad/economia/el-cambio-de-hacienda-para-millones-de-autonomos-en-febrero-de-2026-sus-bancos-notificaran-los-ingresos-a-partir-de-esta-cantidad-n/?">sobre los movimientos financieros de los autónomos y empresas.</a></p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/tu-software-facturacion-podria-ser-ilegal-no-cumple-estas-condiciones-esta-semana-entran-vigor-nuevas-reglas-para-programas-facturacion">
     <img alt="Tu&#x20;software&#x20;de&#x20;facturaci&#x00F3;n&#x20;podr&#x00ED;a&#x20;ser&#x20;ilegal&#x20;si&#x20;no&#x20;cumple&#x20;estas&#x20;condiciones.&#x20;Esta&#x20;semana&#x20;entran&#x20;en&#x20;vigor&#x20;las&#x20;nuevas&#x20;reglas&#x20;para&#x20;los&#x20;programas&#x20;de&#x20;facturaci&#x00F3;n&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/a5e64d/tu-software-de-facturacion-podria-ser-ilegal-si-no-cumple-estas-condiciones.-esta-semana-entran-en-vigor-las-nuevas-reglas-para-los-programas-de-facturacion/375_142.jpeg">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/tu-software-facturacion-podria-ser-ilegal-no-cumple-estas-condiciones-esta-semana-entran-vigor-nuevas-reglas-para-programas-facturacion" class="desvio-title js-desvio-title">Tu software de facturación podría ser ilegal si no cumple estas condiciones. Esta semana entran en vigor las nuevas reglas para los programas de facturación </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Entre ellos:</p>
<ul>
  <li><strong>Ingresos y retiradas </strong>de efectivo</li>
  <li><strong>Pagos con tarjeta</strong> (TPV físico y virtual)</li>
  <li><strong>Transferencias </strong>nacionales e internacionales</li>
  <li><strong>Operaciones en Bizum, PayPal y otras plataformas</strong></li>
  <li><strong>Saldos </strong>mensuales de cuentas</li>
  <li><strong>Titularidades </strong>y cotitularidades</li>
</ul>
<p>Dependiendo del tipo de movimiento, se usarán los siguientes modelos:</p>
<ul>
  <li><strong>Modelo 170</strong>: Declaración <strong>mensual</strong> de operaciones mediante tarjetas o Bizum, detallando canal, cuenta y terminal de destino.</li>
  <li><strong>Modelo 174</strong>: Informe <strong>anual</strong> de movimientos con tarjetas cuya suma anual supere los <strong>25.000 €.</strong></li>
  <li><strong>Modelo 181</strong>: Informe <strong>anual</strong> sobre préstamos, créditos o operaciones inmobiliarias.</li>
  <li><strong>Modelo 196</strong>: Comunicación <strong>mensual</strong> de aperturas de nuevas cuentas y <strong>anual </strong>de saldos y movimientos, vigente desde <strong>febrero 2026.</strong></li>
</ul>
<p>También se han modificado diversos trámites fiscales, suprimido algunos y actualizado los modelos anteriores (170, 174, 181, 196) con esta normativa, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.grupo2000.es/hacienda-intensifica-el-control-sobre-los-pagos-con-bizum-de-autonomos/">cuya aplicación se alargará durante el próximo año fiscal (2026).</a></p>
<!-- BREAK 3 --><h2><strong>¿A quién afecta?</strong></h2>
<p>A todos los contribuyentes, pero <strong>especialmente a autónomos que trabajan con cuentas personales, combinan ingresos profesionales y privados, o no llevan una contabilidad al día</strong>. También a quienes reciben pagos por Bizum u otras vías informales sin registrarlas como ingresos declarables.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>Entre los cambios más relevantes, está el hecho de que, hasta la fecha, Hacienda podía acceder a esta información solo en caso de inspección o requerimiento específico. Con este nuevo modelo, <strong>la información será cruzada de forma sistemática y anticipada</strong>, lo que permite detectar incoherencias entre ingresos bancarios y lo declarado en IRPF o IVA sin necesidad de avisar previamente.</p>
<p>Vamos a ver un ejemplo práctico para terminar de entenderlo rápido: si una persona declara 18.000 € anuales como autónomo, pero su banco informa de ingresos por 30.000 €, el sistema genera una alerta automática, que probablemente se traduzca en inspección por parte de la Administración.</p>
<!-- BREAK 5 --><h3><strong>¿Qué puede hacer una pyme o autónomo?</strong></h3>
<ul>
  <li><strong>Separar cuentas personales y profesionales</strong>, es decir, utilizar una cuenta específica para la actividad económica.</li>
  <li><strong>Revisar ingresos y gastos mensualmente</strong>, asegurando que todo está registrado y justificado.</li>
  <li><strong>Evitar cobros en metálico no declarados</strong>, que ahora pueden detectarse por comparación de saldos.</li>
  <li><strong>Consultar con un asesor fiscal</strong> para adaptar su sistema contable al nuevo entorno de fiscalización digital.</li>
</ul>
<p>La Administración ha señalado en varias ocasiones que este no es el fin de la “flexibilidad” fiscal, pero sí de los descuidos y el fraude normalizado.</p>
<p>Este nuevo sistema busca cerrar las brechas por donde se escapan ingresos no declarados: así, para los autónomos que ya cumplen, <strong>puede suponer incluso una ventaja</strong>: menos requerimientos, más agilidad y transparencia.</p>
<p>El reto está en adaptarse en los próximos meses: lo que antes se consideraba una buena práctica, ahora <strong>se convierte en una necesidad si quieres evitar inspecciones y sanciones.</strong></p>
<!-- BREAK 6 --><p>Foto: <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/psoe/54418389847/">Flickr</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[El euro digital no acabará con el efectivo, pero puede ofrecer mejores oportunidades si las pymes se adaptan a tiempo a las nuevas reglas ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/euro-digital-no-acabara-efectivo-puede-ofrecer-mejores-oportunidades-pymes-se-adaptan-a-tiempo-a-nuevas-reglas</link>
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                <pubDate>Sat, 12 Apr 2025 07:00:33 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/4602b2/el-euro-digital-no-acabara-con-el-efectivo-pero-puede-ofrecer-mejores-oportunidades-si-las-pymes-se-adaptan-a-tiempo-a-las-nuevas-reglas/1024_2000.jpeg" alt="El&#x20;euro&#x20;digital&#x20;no&#x20;acabar&#x00E1;&#x20;con&#x20;el&#x20;efectivo,&#x20;pero&#x20;puede&#x20;ofrecer&#x20;mejores&#x20;oportunidades&#x20;si&#x20;las&#x20;pymes&#x20;se&#x20;adaptan&#x20;a&#x20;tiempo&#x20;a&#x20;las&#x20;nuevas&#x20;reglas&#x20;">
    </p>
    <p>El Banco Central Europeo (BCE) <strong>avanza en la creación del euro digital,</strong> que será una moneda legal pública a nivel europeo tanto para pagos <em>on-line </em>como para transacciones que no requieran conexión a la red.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Pese a las <strong>polémicas de los últimos meses,</strong> todavía está en fase de preparación, <strong>no pretende sustituir al dinero en efectivo</strong> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.20minutos.es/lainformacion/economia-y-finanzas/euro-digital-proyecto-moneda-electronica-banco-central-europeo-5698619/#:~:text=A%20la%20espera%20de%20poder,de%20cr%C3%A9dito%20o%20un%20billete.">(por lo menos, a priori)</a> y, aunque todavía no se ha lanzado, ya plantea desafíos importantes para empresas y emprendedores.</p>
<h2>Qué es el euro digital</h2>
<p>El euro digital será una<strong> versión electrónica del dinero de curso legal en la Unión Europea </strong>(el euro),<strong> </strong>emitida directamente por el BCE y <strong>accesible para todos los ciudadanos y empresas </strong>de la eurozona.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/gobierno-no-tiene-pensado-reducir-presion-fiscal-bien-contrario-pagas-50-sueldo-impuestos-se-limita-al-irpf">
     <img alt="El&#x20;Gobierno&#x20;no&#x20;tiene&#x20;pensado&#x20;reducir&#x20;la&#x20;presi&#x00F3;n&#x20;fiscal,&#x20;m&#x00E1;s&#x20;bien&#x20;lo&#x20;contrario.&#x20;Pero&#x20;ni&#x20;pagas&#x20;m&#x00E1;s&#x20;del&#x20;50&#x20;&#x25;&#x20;del&#x20;sueldo&#x20;en&#x20;impuestos&#x20;ni&#x20;se&#x20;limita&#x20;al&#x20;IRPF&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/ad702a/pymes-y-autonomos/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/gobierno-no-tiene-pensado-reducir-presion-fiscal-bien-contrario-pagas-50-sueldo-impuestos-se-limita-al-irpf" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/gobierno-no-tiene-pensado-reducir-presion-fiscal-bien-contrario-pagas-50-sueldo-impuestos-se-limita-al-irpf" class="desvio-title js-desvio-title">El Gobierno no tiene pensado reducir la presión fiscal, más bien lo contrario. Pero ni pagas más del 50 % del sueldo en impuestos ni se limita al IRPF </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>La institución monetaria ha insistido en que <strong>no pretende sustituir el efectivo</strong>, sino <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.ecb.europa.eu/euro/digital_euro/html/index.es.html">ofrecer una alternativa complementaria, especialmente en un contexto cada vez más digitalizado.</a></p>
<!-- BREAK 3 --><p>Actualmente, el proyecto se encuentra en <strong>fase de preparación</strong>, que durará <strong>hasta octubre de 2025. </strong>Durante este periodo, se definen los estándares operativos, se seleccionan los proveedores tecnológicos y se llevarán a cabo pruebas piloto.</p>
<p><strong>La decisión definitiva sobre su emisión</strong> no se tomará hasta después de esta fase, por lo que su disponibilidad real podría llegar entre 2026 y 2028, dependiendo del desarrollo normativo en la Unión Europea.</p>
<!-- BREAK 4 --><h3>Ventajas potenciales para las pequeñas empresas</h3>
<p>El euro digital está diseñado para ser <strong>seguro, instantáneo y de acceso universal</strong>, lo que lo convierte en una herramienta con múltiples ventajas para negocios de pequeño tamaño.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>Entre ellas:</p>
<ul>
  <li><strong>Pagos instantáneos</strong>, incluso sin conexión a internet</li>
  <li><strong>Reducción de costes</strong> al eliminar intermediarios en algunas transacciones</li>
  <li><strong>Mayor inclusión financiera</strong>, favoreciendo a zonas rurales o sectores con escaso acceso a los bancos</li>
  <li><strong>Estímulo a la innovación</strong>, especialmente en ecommerce y servicios financieros digitales</li>
  <li><strong>Trazabilidad y transparencia</strong>, lo que podría facilitar auditorías y el cumplimiento normativo</li>
</ul>
<p>Además, al tratarse de dinero público respaldado por el BCE, <strong>no está sujeto a riesgos de quiebra bancaria </strong>y podrá utilizarse <strong>directamente desde monederos digitales</strong> gestionados por bancos o proveedores autorizados.</p>
<!-- BREAK 6 --><h3>Los retos, que no son pocos</h3>
<p>A pesar de sus posibles ventajas, la adopción del euro digital <strong>plantea interrogantes importantes </strong>entre los autónomos y las pymes, tal y como han reflejado distintos medios.</p>
<!-- BREAK 7 --><p>En primer lugar, está el temor a una necesaria <strong>inversión tecnológica inicial</strong> para la actualización de terminales de punto de venta (TPVs), <em>software</em> de contabilidad o <em>apps</em> de cobro, que puede suponer un coste significativo para las pequeñas empresas y aquellos negocios que no se han digitalizado completamente.</p>
<p>También preocupa la <strong>incertidumbre normativa y fiscal</strong>: a día de hoy, no está claro cómo se integrará el euro digital en las declaraciones fiscales, si conllevará nuevas obligaciones o si implicará una supervisión más estrecha por parte de la Administración.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>A esto se suma el hecho de que, al menos durante los primeros años, las empresas deberán gestionar una <strong>doble infraestructura de cobro</strong>: con efectivo y con euro digital. Esta coexistencia puede dificultar la contabilidad diaria y aumentar la complejidad operativa.</p>
<p>Algunos negocios más tradicionales ven además con inquietud el posible <strong>fin de la flexibilidad que permite el uso del efectivo</strong>, temiendo que la trazabilidad total pueda derivar en un mayor control fiscal.</p>
<!-- BREAK 9 --><h3>Qué piensan los autónomos</h3>
<p>Desde el colectivo de autónomos, muchos trabajadores por cuenta propia han apuntado que el euro digital <a rel="noopener, noreferrer" href="https://emprendedores.es/firmas/euro-digital-emprendimiento-preparado/">parece un cambio impuesto desde las instituciones, sin suficiente información o garantías.&nbsp;</a></p>
<!-- BREAK 10 --><p>Más allá de la incertidumbre sobre su utilidad real (si consigue eliminar intermediarios, como Bizum o las tarjetas bancarias, podría reducir los costes por transacción), <strong>las dudas se orientan hacia los posibles sobrecostes.</strong></p>
<p>Se ha afirmado que los usuarios no pagarán comisiones, pero sí lo harán los comercios, sin saber <strong>si esas tarifas estarán por encima o por debajo de las que están presentes, hoy, en los mercados.</strong></p>
<!-- BREAK 11 --><p>En cambio, los procesos y costes asociados de la digitalización, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/autonomos/nuevo-euro-digital-pymes-autonomos-enfrentan-cambio-incertidumbre-costes/20250409172021041980.html">como apuntaba Javier Rivas,</a> profesor de EAE Business School, para AyE, son menos preocupantes que la <strong>obligación de compensar el gasto energético de las redes </strong><em><strong>blockchain</strong></em><strong>:</strong> <strong>¿quién pagará esos costes extra? </strong>¿Y cómo lo compensarán las cajas de muchos negocios, si le toca a pymes y autónomos?</p>
<p>Sin embargo, el <strong>punto clave</strong> que ha despertado más suspicacias no es la <strong>trazabilidad total,</strong> que puede puede generar cierto escepticismo por la promesa de privacidad. El BCE ha asegurado un nivel de anonimato similar al efectivo, pero las transacciones sí serán trazables, lo que genera mayor inquietud.</p>
<!-- BREAK 12 --><p>Por el contrario, se trata de los límites de 3.000 euros por usuario <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.rtve.es/noticias/20250318/falso-euro-digital-no-implicara-aprobacion-estatal-transacciones-ni-restricciones-por-comportamiento/16496996.shtml">(el límite en cartera digital, del cual se ha hablado),</a> una cifra que <strong>pretende evitar fugas de capital de los depósitos bancarios,</strong> pero que puede verse como una <strong>barrera para negocios con mayores flujos de caja.</strong></p>
<p>Además, será necesaria una infraestructura digital y educativa en consonancia y una <strong>resolución ágil de problemas propios del día a día:</strong> compras no reconocidas, devoluciones...</p>
<!-- BREAK 13 --><p>Buena parte del sector coincide en que <a rel="noopener, noreferrer" href="https://verifica.efe.com/lagarde-no-anuncio-la-circulacion-del-euro-digital-a-partir-de-octubre-de-2025-falso/">el éxito del euro digital dependerá, principalmente, de la posibilidad de adaptarse</a> a las formas de pago aceptadas y validadas por millones de personas a diario.</p>
<h3>¿Cómo puede prepararse una pyme?</h3>
<p>Frente a este panorama, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.deloitte.com/es/es/services/consulting/research/adopcion-euro-digital-espana.html">los expertos recomiendan no esperar a que el euro digital llegue para comenzar a adaptarse.</a> En esta primera fase, los negocios pueden comenzar a informarse sobre las implicaciones para su negocio, revisar sus sistemas tecnológicos actuales y buscar asesoría especializada, sobre todo, en cuestiones legales, fiscales y de digitalización.</p>
<!-- BREAK 14 --><p>El euro digital no va a transformar el tejido empresarial de un día para otro, ni tampoco será un medio de pagos y cobros obligatorio. Pero <strong>su llegada marcará un cambio estructural en la forma de entender y operar los pagos en Europa</strong>. Las pymes que mejor se preparen estarán en disposición de aprovechar sus ventajas, reducir costes y ofrecer mejores experiencias de cobro a sus clientes.</p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Las pymes y autónomos exportadores deberían conocer esta obligación. Hacienda avisa de grandes multas si no se cumple esta declaración mensual de actividad ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/operaciones/pymes-autonomos-exportadores-deberian-conocer-esta-obligacion-hacienda-avisa-grandes-multas-no-se-cumple-esta-declaracion-mensual-actividad</link>
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                <pubDate>Sat, 01 Mar 2025 08:01:51 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
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    </p>
    <p>A partir del 1 de febrero de 2025, como recogía <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/boe/dias/2025/01/29/">el BOE del pasado 29 de enero de 2025,</a> se activa el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-1562">Real Decreto 1305/2024,</a> por el que las pequeñas y medianas empresas, así como autónomos, que realicen operaciones comerciales dentro de la Unión Europea están <strong>obligados a presentar la declaración mensual INTRASTAT.</strong></p>
<!-- BREAK 1 --><p>Esta medida, implementada por la Agencia Tributaria, tiene como objetivo <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/aduanas/intrastat-obligaciones-estadisticas/obligacion-presentar-declaracion-plazos-presentacion.html">proporcionar información detallada al sistema estadístico de la UE sobre las exportaciones e importaciones realizadas</a> y afectará a intercambios de <strong>bienes que superen los 400.000 euros de valor anual</strong> en sus intercambios. No osbtante, hay varios puntos relevantes que deben conocerse.</p>
<h2>La declaración INTRASTAT</h2>
<p>INTRASTAT es el sistema encargado de <strong>recopilar datos estadísticos sobre el comercio de bienes</strong> entre los países de la Unión Europea, proporcionando información clave para el control y análisis de los flujos comerciales dentro del mercado común.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/aviso-importante-a-jubilados-hacienda-confirma-que-se-equivoco-declaracion-renta-devolvera-4000-euros-a-pensionistas-que-cumplan-estos-requisitos">
     <img alt="Aviso&#x20;importante&#x20;a&#x20;los&#x20;jubilados.&#x20;Hacienda&#x20;confirma&#x20;que&#x20;se&#x20;equivoc&#x00F3;&#x20;en&#x20;la&#x20;declaraci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;la&#x20;Renta&#x20;y&#x20;devolver&#x00E1;&#x20;4000&#x20;euros&#x20;a&#x20;los&#x20;pensionistas&#x20;que&#x20;cumplan&#x20;estos&#x20;requisitos" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/1f4511/aviso-importante-a-los-jubilados.-hacienda-confirma-que-se-equivoco-en-la-declaracion-de-la-renta-y-devolvera-4000-euros-a-los-pensionistas-que-cumplan-estos-requisitos-1-/375_142.jpeg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/aviso-importante-a-jubilados-hacienda-confirma-que-se-equivoco-declaracion-renta-devolvera-4000-euros-a-pensionistas-que-cumplan-estos-requisitos" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/aviso-importante-a-jubilados-hacienda-confirma-que-se-equivoco-declaracion-renta-devolvera-4000-euros-a-pensionistas-que-cumplan-estos-requisitos" class="desvio-title js-desvio-title">Aviso importante a los jubilados. Hacienda confirma que se equivocó en la declaración de la Renta y devolverá 4000 euros a los pensionistas que cumplan estos requisitos</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Cuando una empresa o autónomo supera el umbral de <strong>400.000 euros en operaciones intracomunitarias</strong> durante un año, adquiere la obligación de presentar esta declaración de forma mensual. Esta exigencia se mantiene incluso si en los meses siguientes no se alcanzan nuevamente dichos importes, ya que el criterio se basa en haber superado el umbral en algún momento del ejercicio fiscal.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>En otras palabras, si en el año anterior o en el transcurso del actual se han registrado exportaciones (expediciones) o importaciones (introducciones) <strong>por encima de este límite,</strong> la empresa o autónomo estará <strong>obligado a presentar la declaración INTRASTAT</strong> cada mes, aunque no realice nuevas operaciones internacionales en los periodos posteriores.</p>
<h2>No cumplir con la obligación</h2>
<p>El incumplimiento de esta obligación <strong>puede acarrear sanciones significativas.</strong> Según el Real Decreto, estas se clasifican leves, graves y muy graves:</p>
<ul>
  <li><strong>Infracciones leves</strong>: no presentar la declaración, presentarla con retraso de hasta un mes o incluir datos incompletos. Multa de 150 euros.</li>
  <li><strong>Infracciones graves</strong>: proporcionar datos inexactos que causen un perjuicio significativo al servicio o acumular dos infracciones leves en un período de 12 meses, con multas de hasta 600 euros.</li>
  <li><strong>Infracciones muy graves</strong>: no presentar la declaración durante más de tres meses o reincidir en infracciones graves puede suponer multas de hasta 4.000 euros.</li>
</ul>
<p>En este sentido, es fundamental que las pymes y autónomos que operan en el ámbito intracomunitario <strong>estén al tanto de esta obligación</strong> para evitar sanciones y contribuir al correcto funcionamiento del sistema estadístico europeo.</p>
<!-- BREAK 4 --><h3>Presentación, paso a paso</h3>
<p>Para complementar el formulario INTRASTAT correctamente, se requiere la siguiente información sobre cada transacción:</p>
<ul>
  <li><strong>Código TARIC</strong> (clasificación arancelaria del producto)</li>
  <li><strong>País </strong>de destino o de origen</li>
  <li><strong>Valor </strong>de la mercancía en euros</li>
  <li><strong>Peso bruto y neto</strong> de la mercancía</li>
  <li><strong>Condiciones de entrega</strong> y tipo de <strong>transporte </strong>utilizado</li>
</ul>
<p>Resulta imprescindible asegurarse de <strong>que todos los datos sean correctos</strong>, ya que errores o inconsistencias también pueden derivar en sanciones.</p>
<p>La presentación de INTRASTAT se realiza de <strong>manera telemática</strong> mediante los pasos siguientes:</p>
<ol>
  <li>Acceder <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/">a la sede electrónica</a> de la Agencia Tributaria.</li>
  <li>Dirígete al apartado de <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/aduanas_.html">Aduanas e Impuestos Especiales</a>.</li>
  <li>Selecciona <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/aduanas/intrastat-obligaciones-estadisticas.html">INTRASTAT - Obligaciones Estadísticas.</a></li>
  <li><strong>Rellena el formulario</strong> con los datos de las transacciones del mes anterior</li>
  <li><strong>Firma digitalmente </strong>y envía la declaración <strong>antes del día 12 de cada mes</strong></li>
</ol>
<p>De igual modo, se recomienda <strong>descargar un comprobante de la presentación</strong> para evitar problemas en futuras revisiones fiscales.</p>
<p><br></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[La vivienda está imposible, pero los garajes pueden ser la inversión inmobiliaria del futuro ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/estrategia/vivienda-esta-imposible-garajes-pueden-ser-inversion-inmobiliaria-futuro</link>
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                <pubDate>Fri, 28 Feb 2025 08:01:15 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/b824ac/la-vivienda-esta-imposible-pero-los-garajes-pueden-ser-la-inversion-inmobiliaria-del-futuro/1024_2000.jpeg" alt="La&#x20;vivienda&#x20;est&#x00E1;&#x20;imposible,&#x20;pero&#x20;los&#x20;garajes&#x20;pueden&#x20;ser&#x20;la&#x20;inversi&#x00F3;n&#x20;inmobiliaria&#x20;del&#x20;futuro&#x20;">
    </p>
    <p>Hoy, el acceso a una vivienda en España es un<strong> reto considerable, </strong>debido al alza en los precios y a las condiciones actuales del mercado inmobiliario. La turistificación, la inversión extranjera y los vacíos legales en la legislación han hecho que muchos <strong>pequeños inversores hayan comenzado a buscar alternativas más accesibles.</strong></p>
<!-- BREAK 1 --><p>En este marco, las plazas de garaje parecen haber aparecido como<strong> una opción atractiva y más accesible: </strong>un activo con una barrera de entrada baja, costes reducidos y una rentabilidad que, en porcentaje, puede superar la de la vivienda tradicional.</p>
<h2>Se alquila plaza</h2>
<p>Estos últimos días, la prensa española ha hablado, sin parar, de las bondades de invertir en una plaza de aparcamiento. Algo que, <strong>a todas luces, ya está ocurriendo, </strong>debido a las dificultades de estacionamiento del vehículo privado en las ciudades y la necesidad de encontrar opciones atractivas con una rentabilidad creciente al margen del alquiler de vivienda.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/smi-supera-70-sueldos-medios-cotizaciones-sociales-estan-llevando-al-limite-a-pymes">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/smi-supera-70-sueldos-medios-cotizaciones-sociales-estan-llevando-al-limite-a-pymes" class="desvio-title js-desvio-title">El dato que confirma lo mal que se paga en España: el SMI ya supera el 70 % del sueldo medio en las pymes</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Pero ¿por qué los garajes parecen una inversión estable? <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.eleconomista.es/vivienda-inmobiliario/noticias/13224215/02/25/del-boom-de-la-vivienda-a-la-burbuja-de-los-garajes-los-precios-suben-hasta-un-37.html">Según <em>El Economista,</em></a> cuyo editorial marcaba <strong>subidas de hasta el 37 % y un 10,2 % en el último año, a nivel estatal,</strong> está intrínsecamente ligado a la compra de vivienda, así como a su precio.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>La revalorización de los aparcamientos está <strong>relacionada con el aumento de la demanda de pisos, </strong>pero también por el crecimiento del parque automovilístico, la falta de oferta y, como suele ocurrir en estos nichos del mercado, el interés del pequeño inversor.</p>
<p>A diferencia de una vivienda, la compra de una plaza de garaje requiere de <strong>una inversión significativamente menor</strong> (bajo coste de entrada) y un mantenimiento escaso: no hay reformas, ni inquilinos problemáticos ni posibilidad de que un arrendatario mezquino te destroce la casa.</p>
<!-- BREAK 4 --><p><strong>Su rentabilidad, </strong>además, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.20minutos.es/lainformacion/consumo/-bajo-mantenimiento-alta-rentabilidad-inversion-tan-atractiva-como-un-piso-pero-mucho-mas-economica-568">se mueve alrededor del 7 % anual</a> del valor: <a rel="noopener, noreferrer" href="https://blogprofesional.fotocasa.es/sube-rentabilidad-vivienda-espana-2024/#:~:text=La%20rentabilidad%20media%20anual%20de,la%20vivienda%20en%20venta%20y">una cifra similar al alquiler de vivienda (en 2024, 6,7 %),</a> con un riesgo y una inversión notablemente menor, y una <strong>alta demanda en zonas urbanas</strong> donde el aparcamiento en la vía pública es escaso o está restringido.</p>
<h2>En ciudad, escasez y demanda</h2>
<p>El precio de las plazas de garaje <strong>ha aumentado significativamente en los últimos años.</strong> En 2024, el coste medio se incrementó un 10,2 %, alcanzando los 13.770 euros de media.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>Entre los <strong>factores clave que explican esta tendencia</strong> se encuentran:</p>
<ul>
  <li><strong>Crecimiento del parque automovilístico, </strong>pues a pesar del impulso a la movilidad sostenible, el número de vehículos particulares sigue aumentando, lo que genera una mayor demanda de aparcamiento</li>
  <li><strong>Se ha restringido el aparcamiento en superficie, </strong>y cada vez más &nbsp;ayuntamientos limitan el estacionamiento gratuito en las calles, incentivando la contratación de plazas privadas u otras alternativas de movilidad.</li>
  <li><strong>Ha crecido el interés de pequeños inversores, </strong>que han visto en las plazas de garaje un refugio frente a la inflación, lo que ha reducido la oferta disponible y empujado los precios al alza.</li>
</ul>
<p><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.fotocasa.es/fotocasa-life/compraventa/el-precio-de-los-garajes-en-espana/">Según datos de <em>Fotocasa,</em></a><em> </em>el País Vasco tiene las plazas más caras de toda España (de lejos: más de 21.000 euros), razón por la cual &nbsp;apenas ha sufrido, mientras que Baleares ha crecido por encima del 11 % (de los 16.817 a los 18.683 por plaza) y regiones como <strong>Castilla-La Mancha o Murcia han aumentado los precios entre un 20 y un 34 %.</strong></p>
<!-- BREAK 6 --><p>La fiscalidad favorable, la menor regulación legal (su alquiler no queda regulado por la LAU) y las perspectivas de aumento de coches eléctricos están favoreciendo este auge.</p>
<p>En cambio, hay cambios legislativos que sí están favoreciendo las plazas de aparcamiento privadas, como señaló María Matos, de <em>Fotocasa</em>: <strong>el acceso a vehículos a las zonas de bajas emisiones o espacios concretos para residentes en las ciudades,</strong> algo que estará más y más presente en la próxima década, si atendemos a la Agenda 2030.</p>
<!-- BREAK 7 --><p>Más allá del aumento de los costes, para quien necesite espacio para su vehículo (sobre todo, en ciudad), la otra cara de la moneda, aquella que analizaría en detalle un inversor, es tener presente el mercado local (la demanda y escasez de aparcamiento), los impuestos y gastos de comunidad y el cálculo de rentabilidad (el retorno de la inversión frente a otras opciones inmobiliarias).</p>
<p>Pese a todo, la inversión en este activo inmobiliario <strong>no es algo rompedor,</strong> ni novedoso <a rel="noopener, noreferrer" href="https://cincodias.elpais.com/cincodias/2023/01/28/mercados/1674934484_605584.html">(quizá sea el camino más rápido para convertirse en rentista, eso sí)</a>, pero justo por ello es quizá una <strong>de las primeras opciones para aquellos que buscan activos seguros y rentables. </strong>Y las cifras, así lo demuestran.</p>
<!-- BREAK 8 --><script>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Adiós a la promesa que nos vendieron de no declarar el IVA si no facturas 85.000 euros. Se confirma que solo estarán exentos estos casos ]]></title>
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                <pubDate>Sat, 08 Feb 2025 08:01:35 +0000</pubDate>
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                              <p>
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    </p>
    <p>El pasado noviembre, numerosos medios de comunicación se hicieron eco de una <strong>noticia falsa: </strong>que los <strong>autónomos españoles podrían aplicar el IVA franquiciado,</strong> con un límite de 85.000 euros de facturación, <strong>desde el 1 de enero.</strong> Las dudas (y el error) surgen de la puesta en funcionamiento de la normativa europea, puesto que España todavía no cuenta con acuerdos ni legislación pertinente para estos supuestos.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>La UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos), la ATA (Asociación de Trabajadores Autónomos), el Ministerio de Hacienda y la Agencia Tributaria <strong>desmintieron la noticia; </strong>se señaló incluso que <strong>la mesa de negociación del IVA franquiciado seguía parada</strong> y que este año, en España, se iba a seguir declarando todo IVA repercutido y soportado. Con una excepción obvia, que detallamos abajo.</p>
<h2>La situación</h2>
<p>El malentendido surge de la puesta en funcionamiento de la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2020-80356">Directa (UE) 2020/285</a> que establece que, a partir del 1 de enero de 2025, los Estados miembros <strong>pueden implementar un régimen especial de franquicia</strong> del IVA para pequeñas empresas con una facturación anual inferior a 85.000 euros.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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   </div>
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</div>
<p>Aquellos profesionales que se acogen a esta modalidad podrían dejar de repercutir, así como de soportar IVA en su contabilidad, <strong>simplificando parte de la burocracia de su actividad profesional,</strong> tanto en la presentación de impuestos trimestrales como anuales.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Sin embargo, en España, la implementación de este régimen aún está en proceso de negociación y no entrará en vigor en enero de 2025. Es más, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://upta.es/el-ministerio-de-hacienda-paraliza-la-entrada-en-vigor-del-iva-de-franquicia">la negociación se encuentra paralizada según fuentes oficiales.</a></p>
<p>Así, el Ministerio de Hacienda ha confirmado que el IVA franquiciado para autónomos no se pondrá en marcha en esa fecha. <strong>La confusión</strong> surge porque <strong>la Directiva europea sí entra en vigor en 2025,</strong> pero su aplicación en España requiere una transposición que aún no se ha realizado.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>Eduardo Abad, presidente de la UPTA, señaló en comunicado oficial:</p>
<blockquote>En este contexto, desde UPTA hemos venido trabajando con el resto de las organizaciones y agentes sociales, así como con la propia administración, para hacer efectiva la transposición completa de la Directiva Europea 2020/285 y exigiremos retomar las negociaciones al inicio del año 2025.</blockquote>
<h2>Situación actual</h2>
<p>La Directiva (UE) 2020/285 establece que, a partir del 1 de enero de 2025, este régimen permitiría a los autónomos exentos <strong>no repercutir el IVA</strong> en sus facturas <strong>ni presentar declaraciones trimestrales de este impuesto.</strong></p>
<!-- BREAK 5 --><p>Así, <strong>el ámbito de aplicación europeo es casi total...</strong> a excepción de España. En nuestro país, seguirá limitado, si bien se permite que las pequeñas empresas establecidas en Estados miembros distintos de aquel en que se devenga el IVA puedan beneficiarse de la franquicia.</p>
<p>En pocas palabras, en España, aquellos autónomos que <strong>realicen operaciones con otros trabajadores por cuenta propia establecidos en un país europeo </strong>donde el sistema del IVA franquiciado esté activo <strong>podrán acogerse</strong> a este trámite, pero no en nuestro propio país.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>Así, los profesionales autónomos que exporten bienes o servicios a otros países de la UE quedarán eximidos de declarar el IVA, por lo que se espera que mejore la competitividad al no tener la obligación de retener el impuesto.</p>
<h2>En Europa, sí</h2>
<p>La nueva Directiva europea planea ser una <strong>simplificación de distintos procesos dentro de los Estados miembro</strong> y en las operaciones intracomunitarias, donde se reducirá <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.infoautonomos.com/tramites-alta-autonomo/alta-en-el-roi">la necesidad de formalizar el ROI u operador intracomunitario</a> para autónomos y microempresas, obligados a presentar declaraciones informativas, como el modelo 349.</p>
<!-- BREAK 7 --><p>Según el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, los autónomos exportadores podrán dejar de retener y declarar el IVA a la Hacienda de cada Estado miembro con unas limitaciones:</p>
<ul>
  <li>En Alemania, Chipre, Dinamarca, Finlandia, Grecia, Portugal y Suecia, deberán ser operaciones sujetas a cifras <strong>menores a 25.000 euros.</strong></li>
  <li>Mientras, Austria, Bélgica, Bulgaria, Hungría, Letonia y Luxemburgo permitirán <strong>hasta los 30.000 euros.</strong></li>
  <li>Por último, Chequia, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Francia, Irlanda, Italia, Lituania, Malta, Polonia y Rumanía permiten declarar <strong>más de 30.000 euros de facturación,</strong> siempre con los límites establecidos en la Directa UE (menos de 85.000 euros)</li>
</ul>
<p>Para su aplicación en el país, todas las fuentes de prensa, medios y el Estado concuerdan: <strong>"La mesa de negociación sigue parada</strong> y la Agencia Tributaria ni siquiera ha reconvocado a asociaciones y expertos para retomar la cuestión del IVA franquiciado."</p>
<!-- BREAK 8 --><p>En este sentido, el IVA franquiciado en España recuerda un poco a aquella historia tan famosa de nuestro Mariano José de Larra: <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/vuelva-usted-manana--0/html/ff7a5caa-82b1-11df-acc7-002185ce6064_2.html">"Vuelva usted mañana -nos decían en todas partes-, porque hoy no se ve."</a></p>
<p>Foto: <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/psoe/53523432027">Flickr</a></p>
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                <title><![CDATA[Que son los códigos SKU y así te pueden ayudar a mejorar la gestión de tu empresa]]></title>
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                <pubDate>Wed, 21 Sep 2022 07:01:19 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>Uno de los principales desafíos de la gestión de inventarios es identificar el stock de la empresa. Son muchas las mercancías a almacenar y, sobre todo, con diferentes características y atributos, lo que puede provocar errores en la demanda y la gestión del volumen de artículos.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Por suerte, existe una solución para garantizar la correcta identificación del stock: <strong>los SKUs</strong>. Se ha convertido en un elemento esencial a la hora de manejar tiempos de respuesta con el cliente y de gestionar el volumen de artículos. Además, es importante en la gestión de los inventarios de las empresas.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><h2>¿Qué es un SKU?</h2>

<p>SKU significa <strong>Stock-Keeping Unit</strong>, o unidad de almacenamiento de existencias. Es un número de referencia único que identifica un producto concreto que está a la venta dentro del almacén. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Es un código alfanumérico, es decir, <strong>se compone generalmente de letras y números</strong>. No existe un estándar específico, de manera que cada empresa decide cómo utilizarlo. Lo habitual es que este código no supere los 16 caracteres, y que ofrezca información relevante sobre el producto que identifica. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En la mayoría de empresas, es habitual utilizar los SKUs como una combinación de letras y números, que suelen identificar el producto y sus atributos más importantes.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/cuatro-practicos-consejos-para-la-gestion-del-inventario-de-tu-empresa" class="desvio-title js-desvio-title">Cuatro prácticos consejos para la gestión del inventario de tu empresa </a>
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</div>
<h2>¿Para qué sirve el código SKU?</h2>

<p>El uso de los códigos SKU <strong>se utiliza para tener un control interno adecuado del inventario en el almacén</strong>. Lo normal es que este código se componga de manera que sirva para obtener información detallada y de forma rápida sobre los atributos que puede tener un producto, como su tamaño, su color, su marca, su talla, su fabricante.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Por ejemplo, pensemos en una tienda de venta de ordenadores. Cada ordenador puede tener diferentes componentes y colores Y aquí es <strong>donde el SKU encuentra su verdadera utilidad</strong>. Un código SKU muy básico para un modelo de ordenador blanco con un procesador AMD puede ser PC-AMD-BLA-01. Para el mismo modelo, pero de color azul y con un procesador Intel, el SKU podría ser PC-AZU-INT-01.</p>
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   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Ventajas de usar códigos SKU</h2>

<p>El uso del SKU no te va a reportar beneficios extraordinarios de forma directa. Sin embargo, su utilización tiene una serie de ventajas para tu empresa:</p>
<!-- BREAK 8 -->
<ul>
<li><strong>Un mejor control y seguimiento de tu inventario</strong>.</li>
<li>Los SKU permiten <strong>detectar y analizar tendencias de compra</strong>, ya que sirven como referencia para conocer qué modelos concretos se están vendiendo mejor.</li>
<li><strong>Sirve para ahorrar costes</strong>, porque la gestión del inventario es mucho más sencilla.</li>
<li><strong>Un servicio de atención al cliente mucho más eficiente</strong>.</li>
<li><strong>Reduce los errores en el envío de mercancías</strong>, especialmente en aquellos productos con diferentes características intrínsecas, como colores, tallas, etc.</li>
<li><strong>Mejora la rotación de stock</strong> y todo lo que lleva aparejado este importante concepto.</li>
</ul>
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