Cómo renovar el certificado digital de persona jurídica a fondo y con imágenes

A la hora de renovar un certificado digital hay algunas cuestiones previas que tenemos que tener en cuenta. La principal, no se puede renovar un certificado que nos ha caducado. Si es el caso, como el de la imagen, hay que volver a solicitarlo. Si todavía está vigente vamos a ver cómo renovar el certificado digital de persona jurídica a fondo y con imágenes que nos ayuden a completar el proceso o resolver los posibles problemas que podamos encontrar.

Mientras que un certificado de persona física tiene una vigencia de cuatro años y podemos renovarlo una vez, en el caso de un certificado digital de persona jurídica tiene una vigencia de dos años y también se puede renovar una sola vez. Si ya lo hemos renovado anteriormente y nos caduca, tenemos que volver a solicitarlo.

Además mientras que el certificado de persona física es gratuito, el certificado digital de persona jurídica tiene un coste que tenemos que abonar a la FNMT, que generalmente es la entidad a la que se solicitan.

¿Quién puede solicitar este certificado digital de persona jurídica?

Según la letra inicial del NIF de la entidad pueden solicitar este tipo de certificado:

  • Las sociedades que tengan como administrador único/solidario a otra sociedad.
  • A y B: Las sociedades anónimas y limitadas, si el representante de la sociedad es mancomunado, apoderado, socio único, presidente, consejero, consejero delegado solidario, administrador conjunto, liquidador, etc..., y tiene poderes específicos de representación que le permitan obtener este tipo de certificado.
  • C: Sociedades colectivas.
  • D: Sociedades comanditarias.
  • F: Sociedades cooperativas.
  • G: Asociaciones L.O. 1/2002, fundaciones, partido político, sindicato, asociación de consumidores y usuarios, organización empresarial, federación deportiva, otras asociaciones distintas de las anteriores con personalidad jurídica. Otras asociaciones.
  • J: Sociedades civiles.
  • N: Entidades extranjeras con personalidad jurídica, EO procedente EORI, In procedente IVA no establecidos, NR procedente no residentes 210, sociedades anónimas europeas, sociedades cooperativas europeas, corporación, asociación o ente con personalidad jurídica con presencia en España, embajadas, consulados u oficina comercial país extr. en España.
  • Q: Organismos públicos.
  • R: Congregaciones e instituciones religiosas.
  • S: Gobiernos de las CC.AA.
  • P: Ayuntamientos o diputaciones.
  • V: Sociedad agraria en transformación, agrupación de interés económico, agrupación europea de interés económico, etc...

¿Tengo que pagar si renuevo mi certificado digital de persona jurídica?

Si ya tenemos nuestro certificado digital de persona jurídica y está próximo a caducar, en los dos meses previos a la fecha de caducidad, es el momento de proceder a su renovación, siempre y cuando no haya sido revocado. En este caso vamos a tener que volver a realizar el pago de la tasa, que son 14 euros.

Si a la hora de solicitar el certificado por primera vez no procedimos a identificarnos presencialmente en una sede autorizada para expedir los mismos nos puede aparecer un error. La FNMT recomienda la identificación online para las sociedades de tipo A, B, C, D.

Si ya estamos realizando trámites con nuestro certificado de forma habitual no deberíamos tener ningún problema con nuestro certificado, pero aun así no estaría de más comprobar la configuración correcta para que no nos de un error durante el proceso.

Mi consejo es realizar la petición utilizando Internet Explorer. La FNMT dispone de una herramienta que nos facilita la configuración de Internet para realizar la petición, solo tenemos que descargarla e instalarla. El configurador de software está disponible tanto para Windows, como para Mac o Linux. Una vez finalizado dejará la configuración de internet preparada para poder renovar sin problemas.

Si por cualquier circunstancia tenemos la versión anterior de este programa de ayuda de la FNMT mejor desinstalarlo previamente, reiniciar el equipo e instalar la nueva versión, ya que sino pueden entrar en conflicto. 

Además necesitaremos tener instalado Java y Autofirma. Lo habitual es que si ya utilizamos el certificado electrónico en nuestro día a día ambos estén ya instalados. En el caso de que falte alguno de los dos, puede que nos aparezca un error durante la renovación del certificado.

Renovar o solicitar el certificado digital de persona jurídica

Tras completar todos los datos para la petición del certificado, tenemos que leer y aceptar las condiciones. Después el programa de la FNMT nos pedirá que introduzcamos una contraseña, que necesitaremos recordar ya que cuando nos tengamos que instalar el certificado volverá a pedir que introduzcamos dicha contraseña.

Por eso es necesario que la petición del certificado y su instalación posterior una vez que lo tenemos que descargar se tienen que realizar desde el mismo ordenador y con el mismo navegador que se hizo dicha petición. Si es una renovación, el nuevo certificado lo tenemos al instante para instalar.

Si es uno nuevo y hemos acreditado nuestra identidad de forma telemática, por ejemplo solicitando con el certificado de persona física del administrador de la sociedad, lo podemos descargar casi al momento ya que nos llegará un correo con nuestro código de Solicitud para descargar e instalar su certificado, momento en el cual tendremos que realizar el pago de la tasa.

El proceso en sí no es complicado si todo funciona bien y si tenemos preparado nuestro ordenador. Si algo se tuerce, más vale que tengamos a mano el teléfono del informático de la empresa, porque lo vamos a necesitar.

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