Recargos por pagar los autónomos fuera de plazo


El pago de la Seguridad Social es un pago obligatorio de los que no debemos dejar pasar bajo ningún concepto. Hago especial hincapié en este extremo dado que nos ha llegado una consulta sobre el recargo que tiene no pagar la seguridad social de los autónomos o seguros sociales en plazo y a nivel financiero es una de las peores decisiones que podemos tomar.

Como bien sabemos, mensualmente tenemos que abonar a la TGSS el pago de nuestra seguridad social y la seguridad social de todos los trabajadores que se encuentren en alta durante el mes anterior. Si tenemos domiciliado este pago, se cargará en cuenta el último día del mes y si no lo domiciliamos, podemos pagarlo en cualquier entidad financiera durante el mes en curso. En el caso de que no lo paguemos en plazo, los recargos que nos aplicarán serán los siguientes:

  • 3% de recargo si abonamos la deuda al mes siguiente del vencimiento de pago en voluntaria
  • 5% de recargo si abonamos la deuda dentro del segundo mes siguiente al vencimiento de la deuda en voluntaria
  • 10% de recargo si abonamos la deuda dentro del tercer mes al vencimiento de la deuda en voluntaria
  • 20% si abonamos la deuda después del tercer mes al vencimiento de la deuda en voluntaria.

Estos recargos son extensibles a todos los regímenes de cotización a la Seguridad Social en el que se hayan presentado los documentos de cotización a la Tesorería.

En el caso de que no presentemos los documentos, imaginemos que no presentamos el TC2, informe de bases de cotización del régimen general al a Seguridad Social, los recargos que se aplican son los siguientes:

  • 20% de recargo si se presenta los documentos de cotización y se abona la deuda antes de que finalice el acta de reclamación iniciada por la Seguridad Social.
  • 35% de recargo si abonamos la deuda después de la finalización del acta y procedimiento de reclamación de la deuda tributaria.

Una vez que una deuda con la Seguridad Social no se ha abonado en voluntaria, debemos dirigirnos a cualquier administración de la Tesorería de la Seguridad Social para que nos proporcione el documento de ingreso de las cuotas impagadas con el consiguiente recargo aplicado.

A nivel financiero, no pagar las cuotas de la Seguridad Social es una de las peores decisiones que se pueden tomar, dado que los costes de recargos e intereses de demora que se le aplican son los más altos de todo el sistema tributario.

Más Información | Reglamento recaudación Seguridad Social
En Pymes y Autónomos | Menos cotización para empresas sin siniestros, Bases de cotización mínima y máxima en el régimen general para el 2010
Imagen | Davichi

También te puede gustar

Portada de Pymes y Autonomos

Ver todos los comentarios en https://www.pymesyautonomos.com

VER 3 Comentarios