Para muchos autónomos, el verano trae una inevitable caída de encargos y facturación. La tentación de “parar máquinas” para ahorrar la cuota mensual y otros gastos recurrentes es fuerte, sin embargo, conviene aclarar un punto clave: en España no existe la baja temporal en el RETA. Si quieres dejar de pagar la cuota, debes darte de baja por completo y volver a tramitar el alta después.
Esta decisión puede suponer un alivio económico puntual, pero también implica perder derechos y bonificaciones que conviene valorar antes de dar el paso.
Ventajas de darse de baja en verano
Antes de tomar una decisión de este tipo, conviene poner en la balanza lo positivo y lo negativo.
Entre las principales ventajas de darse de baja en verano destacan las siguientes:
- Ahorro inmediato en la cuota de autónomos, que puede ser considerable en bases altas.
- Reducción de gastos fijos asociados al negocio: alquiler, consumos, gestoría o electricidad, que muchas veces son difíciles de retomar de golpe (por ejemplo, una oficina), pero que dependerán de la actividad (espacios de coworking son más fáciles de retomar, aunque quizá en otra ubicación).
- Tiempo personal y familiar: cerrar durante unas semanas permite desconectar y reorganizarse.
En definitiva, el alivio financiero a corto plazo es real, sobre todo, si estamos hablando de actividades con ingresos muy vinculados a la época del año (estacionales).
Desventajas y riesgos
Por el contrario, hay que tener presente que también hay unos riesgos reales, como:
- Pérdida de bonificaciones: se pierde la tarifa plana o reducciones especiales si se estaba disfrutando, y esta no podrá recuperarse.
- Menos cotización a la Seguridad Social: por descontado, los meses sin actividad no suman para prestaciones futuras como jubilación o incapacidad.
- Impacto en clientes y empleados: pausar la actividad puede transmitir inestabilidad en la relación laboral o comercial.
- Costes de reactivación: volver a darse de alta conlleva trámites y, en algunos casos, gastos extrade gestión.
Además, hay que tener en cuenta que el sistema no permite suspender la cotización y mantener antigüedad o bonificaciones: la baja es siempre definitiva.
La alternativa: el cese de actividad parcial
Desde 2023 existe una opción menos drástica: la prestación por cese de actividad parcial, que permite cobrar hasta el 50 % de la base reguladora sin darse de baja en el RETA. Se concede en situaciones como:
- Caída del 75 % en ingresos, y/o
- Reducción del 60 % de jornada o plantilla si se tienen empleados.
De este modo, el autónomo sigue dado de alta, mantiene cotizaciones y evita perder bonificaciones.
Cómo hacer la baja correctamente
Con los datos anteriores, resulta sencilla valorar una fórmula de pros y contras. En la mayoría de los casos, si los contras son más numerosos o pueden generar una gran incertidumbre, lo más probable es que no compense el cese completo.
Por el contrario, si finalmente compensa el cese completo, los pasos deben ser:
- En Hacienda: presentar el modelo 036 (declaración censal de baja). El plazo para presentar el modelo 036 es de un mes natural desde el cese.
- En la Seguridad Social (RETA): tramitar el modelo TA.0521 de baja, telemáticamente o en oficina. Solo hay 3 días hábiles tras el cese.
- Prestación por cese de actividad: si se cumplen los requisitos (cotización mínima de 12 meses en los 24 anteriores, estar al corriente en pagos, alta activa y cobertura con mutua), se puede solicitar.
Conviene además saldar deudas antes de cerrar y, si es posible, liquidar activos que no se utilicen para ganar liquidez durante el periodo de inactividad.
En pocas palabras, darse de baja como autónomo en verano puede ser un alivio económico a corto plazo, pero conlleva riesgos a medio y largo plazo: pérdida de bonificaciones, menos cotización y trámites adicionales.
Por todo ello, antes de tomar la decisión, lo recomendable es hacer números reales, valorar alternativas como el cese parcial y consultar con un gestor. El verano puede ser un buen momento para descansar, pero no siempre es la mejor idea hacerlo a costa de tu continuidad como autónomo.
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