El Gobierno rechaza el IVA cero. Las pymes españolas se quedan sin acceso al régimen europeo de exenciones

Javier Ruiz

El Gobierno ha cerrado la puerta a la implantación del llamado “IVA cero” o régimen franquiciado para pequeñas empresas, una opción que la Unión Europea habilitó a comienzos de 2025 y que permite a los Estados eximir del impuesto a los negocios con una facturación limitada.

La decisión, que ya ha confirmado el Ministerio de Hacienda, mantiene intacto el actual sistema de liquidación trimestral y deja a los autónomos y microempresas españolas fuera de un modelo que ya se aplica en buena parte de Europa.

Qué es el régimen de “IVA cero”

La medida supone descartar definitivamente la posibilidad de que miles de pymes queden exentas de repercutir y declarar el IVA cuando su volumen de operaciones no supere los 85.000 euros anuales, el umbral máximo fijado por la Directiva (UE) 2020/285.

En la práctica, Hacienda solo aplicará este régimen a las ventas con destino a otros Estados miembros (como ya se estaba haciendo), lo que deja fuera al comercio interior y al grueso del tejido empresarial español.

El sistema, conocido también como régimen de franquicia, nació con la idea de simplificar la carga fiscal y administrativa de las microempresas. Los países que lo adoptan permiten que las compañías más pequeñas —con ingresos por debajo de un umbral determinado— no tengan que repercutir IVA ni presentar declaraciones periódicas, aunque sigan emitiendo facturas.

El modelo ya funciona en países como Francia, Italia, Alemania o Portugal, donde ha contribuido a reducir la burocracia y los costes de cumplimiento para profesionales con un nivel de actividad más limitado.

En España, la propuesta fue evaluada en 2024 por el Ministerio de Hacienda y los técnicos de la Agencia Tributaria, que plantearon su implantación gradual a partir de 2026. Sin embargo, el Ejecutivo ha optado por no aplicarlo dentro del país. La explicación oficial es que “se considera que el sistema podría generar desigualdades y distorsiones entre autónomos y sociedades”.

Por qué Hacienda lo descarta

Según adelantó El Economista, el principal argumento del Gobierno es preservar la recaudación fiscal y evitar un impacto desigual en el mercado. Las estimaciones de los técnicos de Hacienda (Gestha) apuntaban a que la exención podría suponer una pérdida de ingresos superior a 2.000 millones de euros anuales, además de elevar el riesgo de fraude y de facturación artificial entre empresas vinculadas.

Desde el Ministerio defienden que España ya cuenta con regímenes simplificados de IVA, y que introducir un sistema exento podría “fragmentar el tratamiento tributario” y dificultar el control del fraude. Las fuentes oficiales sostienen que beneficiaría a un número reducido de profesionales, pero obligaría a modificar de forma sustancial el sistema informático y contable de la Agencia Tributaria.

El PP, principal partido de la oposición, en cambio, ha sostenido que esta medida representaría alivio fiscal y que, si su equipo llega al Gobierno, sí se plantea eximir del pago de IVA a los autónomos que facturen por debajo de esta cifra.

Visión europea

La decisión sitúa a España como una de las pocas economías europeas que no aplicará la franquicia de IVA a nivel nacional. En Francia, por ejemplo, los negocios con ingresos inferiores a 37.500 € anuales (servicios) o 85.000 € (comercio) están exentos de declarar el impuesto.

Estos países mantienen controles cruzados para evitar el fraude, pero coinciden en que el sistema ha ayudado a dinamizar el autoempleo y a reducir la carga administrativa de las microempresas.

Las patronales españolas, ATA y CEPYME, han criticado el rechazo de Hacienda al considerar que “mantiene a las pymes en desventaja competitiva respecto al resto de Europa”. Según ATA, el modelo europeo “reconoce la realidad del trabajo por cuenta propia y permite liberar recursos que podrían destinarse a inversión o empleo”.

El mantenimiento del actual régimen implica que los autónomos deberán seguir presentando las declaraciones trimestrales de IVA y soportando la carga burocrática que conlleva.

En un entorno de costes crecientes y márgenes ajustados, la exención habría supuesto un alivio para muchos negocios de baja facturación (sobre todo, en sectores como los servicios, el comercio local y las profesiones liberales).

Además, la decisión puede afectar a la competitividad de los pequeños exportadores y a quienes compiten con microempresas de otros países europeos que sí están exentas. Una peluquería o un diseñador autónomo portugués pueden ofrecer precios sin IVA dentro de su país, mientras que un profesional español no puede hacerlo ni siquiera en su propio mercado, ejemplifican desde las asociaciones de profesionales.

Lorenzo Amor ha recordado en varias ocasiones (la última a Europa Press) que “un autónomo portugués o francés factura sin IVA con un sistema más simple mientras aquí seguimos atados a la declaración trimestral”.

El debate que podría reabrirse

En conclusión, si bien el Ministerio da por cerrado el debate, varios expertos tributarios prevén que la cuestión se reabra cuando se evalúe el impacto del nuevo marco de digitalización fiscal que la UE aplicará en 2026.

Por ahora, el rechazo al IVA cero deja a España como uno de los pocos Estados miembros que no aprovecha las flexibilidades comunitarias para aliviar la presión fiscal de sus microempresas. Una decisión que, según los colectivos empresariales, “confirma la brecha entre el discurso de apoyo a las pymes y la realidad de las reformas tributarias”.

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