Fichar a un trabajador de la competencia puede ser desleal

A la hora de fichar un profesional de la competencia no vale todo. Nos lo acaba de recordar recientemente un juez que condena a una empresa que para conseguir entrar en el mercado de Mallorca contrató al gerente de otra empresa que ya se había establecido en la isla.

El mismo se llevó a más del 80% de la plantilla bajo el pretexto declarado falso por el tribunal de que la entidad veterana “tenía un futuro incierto”. Se reputa desleal todo comportamiento que resulte objetivamente contrario a las exigencias de la buena fe nos dice de forma abstracta la Ley 3/1991 de Competencia Desleal.

Pero en el caso que nos ocupa y de forma más concreta se considera vulnerado el artículo 14.2 de la mencionada Ley que nos dice en síntesis que:

La inducción a la terminación regular de un contrato sólo se reputará desleal cuando, siendo conocida, tenga por objeto la difusión o explotación de un secreto industrial o empresarial o vaya acompañada de circunstancias tales como el engaño, la intención de eliminar a un competidor del mercado u otras análogas

Lo más característico es que no se sanciona la simple oferta laboral a un trabajador de una empresa competidora. Dicho de otra manera la inducción para la terminación de la relación contractual. Lo que determina la ilicitud de este comportamiento es el engaño en si mismo que viene constituido por las dudas sobre la situación de la firma veterana sobre su futuro.

Por tanto tendremos que tener cuidado a la hora de contratar a trabajadores de la competencia, sobre todo con los motivos que argumentamos para ello.

Todo esto me lleva a preguntarme ¿te han tentado a ti alguna vez de forma similar? ¿Crees que este comportamiento es habitual?

Via | Expasión Imagen | Procsilas Moscas

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