
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha desestimado el recurso de la alcaldesa y ha confirmado su condena por un delito de prevaricación administrativa
La sentencia ratifica nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, después de que la regidora retirara la licencia a un vendedor ambulante del mercadillo municipal sin expediente sancionador ni trámite de audiencia: la decisión se comunicó mediante dos cartas.
Tal y como recoge El Blog Salmón, la regidora de Villarrubia de Santiago, Concepción Monzón, recurrirá ahora ante el Tribunal Supremo mediante un recurso de casación.
Por qué importa. El caso puede parecer menor (un vendedor de mercadillo, un pueblo pequeño, una licencia retirada), pero la sentencia toca de lleno los límites del artículo 404 del Código Penal, que castiga a la autoridad o funcionario que dicta, a sabiendas de su injusticia, una resolución arbitraria en un asunto administrativo. El precepto fija para este delito una pena de inhabilitación especial de entre nueve y quince años. La alcaldesa recurrió por tres vías distintas: alegó un "déficit de motivación" en la sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo, sostuvo que la licencia del vendedor ya había expirado el 11 de enero de 2021 y cuestionó directamente que los hechos encajaran en el delito de prevaricación administrativa. El TSJCM rechazó los tres motivos, uno por uno.
Entre líneas. Monzón ha defendido públicamente que actuó "desde la convicción de defender los intereses de los vecinos y vecinas de Villarrubia de Santiago". Es su versión del caso. La cuestión que ha resuelto el tribunal es otra: si esa decisión reunía los elementos del delito, incluido el conocimiento de su propia arbitrariedad. Y en eso el TSJCM no dejó margen de duda, al señalar que la alcaldesa conocía perfectamente el procedimiento aplicable, porque llevaba años al frente del ayuntamiento y había participado ella misma en la aprobación de la normativa que regula la venta ambulante en el municipio.
Mientras el caso escala al Supremo, la sentencia deja fijado un límite concreto: una autoridad municipal no puede retirar una licencia o una autorización al margen del procedimiento administrativo establecido.
Imagen | Elias Jara (vía Pexels)
Ver todos los comentarios en https://www.pymesyautonomos.com
VER 1 Comentario