Los autónomos son los emprendedores que antes pagan sus facturas; las grandes empresas, las que más tardan

La morosidad continúa siendo uno de los principales problemas entre las empresas españolas. Los plazos de pago a proveedores siguen siendo demasiado abultados, especialmente en todas las transacciones que se realizan con las Administraciones Públicas. Sin embargo, las empresas también son incumplidoras, al menos si atendemos a lo que establece la Ley.

Así, al menos se desprende de un estudio de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), elaborado con las respuestas a socios y autónomos durante el último mes. El periodo medio de pago entre empresas privadas (B2B) queda en 89 días, doce días más de los 77 que registraban en 2016, y 29 días más de los 60 que establece la Ley de Morosidad.

Sin embargo, hay grandes diferencias según el tipo de empresa analizada. Así, mientras las grandes empresas pagan en un periodo de 122 días, casi el doble de lo que marca la Ley, los autónomos son mucho más cumplidores, ya que pagan en la mitad de tiempo, en concreto, en 61 días.

El total de las empresas queda como sigue:

Tipo de empresa

2019

2016

Diferencia

Gran empresa

122

130

-8

Mediana empresa

116

94

22

Pequeña empresa

76

60

16

Microempresa

70

52

18

Autónomos

61

49

12

Media

89

77

12

Las empresas de mayor tamaño son las únicas que pagan en un plazo inferior a hace tres años, mientras que las medianas empresas son las que han aumentado de una forma mucho mayor este plazo, en 22 días.

Las empresas navarras y baleares, las más cumplidoras

Por comunidades autónomas, la media de las empresas españolas incumplen la Ley de Morosidad. Las empresas de Navarra son las que pagan con mayor antelación de media. Tardan 78 días, mientras que las empresas instaladas en las Islas Baleares tardan 79, y las de Cantabria, en 85.

Las comunidades con las empresas más incumplidoras son Andalucía, Castilla y León y País Vasco, las tres con un periodo medio superior a los 90 días. Es decir, aproximadamente un mes más que los 30 días que, como máximo, establece la Ley.

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