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        <title>Magazine - presupuestos-generales</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 13:19:49 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[El ICEX podrá financiar a pymes exportadoras desde 2012]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/el-icex-podra-financiar-a-pymes-exportadoras-desde-2012</link>
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                <pubDate>Mon, 15 Aug 2011 10:15:32 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/07a387/plane/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;ICEX&#x20;podr&#x00E1;&#x20;financiar&#x20;a&#x20;pymes&#x20;exportadoras&#x20;desde&#x20;2012">
    </p>
    <p>La <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.elpais.com/articulo/economia/Icex/convertira/ente/publico/empresarial/elpepueco/20110401elpepueco_12/Tes">anunciada reforma</a> del Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX) permitirá que la entidad comience a <strong>ofrecer financiación a las pymes exportadoras</strong> desde 2012. De esta manera podría endeudarse según los parámetros estipulados en los presupuestos generales del estado, pasando de subvencionar a financiar.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Este proceso se realizará mediante <strong>préstamos participativos</strong> combinados con productos de apoyo aunque todavía se encuentran en fase de diseño ya que las reformas efectuadas supondrán cambios en la gestión del ente público.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>De esta manera, tanto el ICEX como las empresas <strong>participarán en la rentabilidad del proyecto</strong> de modo que todas las partes compartirán el interés por el éxito de la actividad. Esto ha hecho necesaria la creación de un comité de evaluación de las propuestas que estudie los costes y los beneficios esperados.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Pese a que el ICEX aumentará su autogestión en materia financiera se descartar cualquier tipo de privatización pues se asegura que los cambios se realizan exclusivamente para aumentar la eficiencia de la entidad. Entre los cambios que se están estudiando encontramos la <strong>revisión del PIPE</strong> (Plan de iniciación a la Promoción Exterior) que no está resultando demasiado rentable.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>El camino iniciado hacia la minoración de costes y el aumento de la rentabilidad ha hecho que también se aproxime un <strong>aumento de las tarifas</strong> que deben pagar las empresas por la presencia en pabellones oficiales de ferias de promoción así como de los servicios de asesoramiento que según el vicepresidente ejecutivo del ICEX, Fernando Salazar, resultan <strong>demasiado baratos</strong>.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.expansion.com/agencia/efe/2011/08/14/16419564.html">Expansión</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/lineas-del-icex-de-apoyo-a-la-internacionalizacion">Lineas del ICEX de apoyo a la internacionalización</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/lineas-del-icex-de-apoyo-a-la-internacionalizacion">Lineas del ICEX de apoyo a la internacionalización</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/por-que-no-funcionan-los-consorcios-del-icex">¿Por qué no funcionan los consorcios del ICEX?</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/colleen-lane/4517840289/sizes/z/in/photostream/">The-Lane-Team</a></p>
<!-- BREAK 6 --><script>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Tipos de interés legal del dinero e interés de demora para el año 2011]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/tipos-de-interes-legal-del-dinero-e-interes-de-demora-para-el-ano-2011</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/tipos-de-interes-legal-del-dinero-e-interes-de-demora-para-el-ano-2011</guid>
                <pubDate>Thu, 23 Dec 2010 16:00:20 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/100179/tipo-interes-legal-para-2011/1024_2000.jpg" alt="Tipos&#x20;de&#x20;inter&#x00E9;s&#x20;legal&#x20;del&#x20;dinero&#x20;e&#x20;inter&#x00E9;s&#x20;de&#x20;demora&#x20;para&#x20;el&#x20;a&#x00F1;o&#x20;2011">
    </p>
    <p>La ley de Presupuestos Generales de cada año se encarga de fijar y actualizar a los valores de mercado el <strong>tipo de interés legal </strong>del dinero junto con el <strong>tipo de interés de demora </strong>fijado por la Ley 58/2003 General Tributaria.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Para este ejercicio, no se han realizado modificaciones sobre el anteproyecto de ley, por lo que los tipos de interés finales <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/23/pdfs/BOE-A-2010-19703.pdf">han quedado fijados</a> en los siguientes porcentajes:
* <strong>Tipo de interés legal del dinero: 4%</strong>
* <strong>Tipo de interés de demora: 5%</strong>
Como vemos, estos tipos <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/tipos-de-interes-legal-del-dinero-e-interes-de-demora-para-el-ano-2010">son los mismos que hemos tenido durante el año 2010</a>, pero siguen muy por encima de los tipos actuales de mercado y los tipos marcados por el euribor, actualmente al 1,5%. Dadas estas características, va siendo hora de que se establezcan tipos de intereses legales en tramos variables o mejor aún, referenciados al euribor, que hay en día, cualquir herramienta de cálculo nos realiza el ajuste de tipos de interés vitgentes.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/tipos-de-interes-legal-del-dinero-e-interes-de-demora-para-el-ano-2010">Tipos de interés legal del dinero e interés de demora para el año 2010</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/colleague/3244321695/">Lambroso</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[La Seguridad Social ha elevado los tipos de cotización en IT para el 2010]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/la-seguridad-social-ha-elevado-los-tipos-de-cotizacion-en-it-para-el-2010</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/la-seguridad-social-ha-elevado-los-tipos-de-cotizacion-en-it-para-el-2010</guid>
                <pubDate>Sat, 13 Feb 2010 11:38:58 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/6a95b0/el-fin-de-las-empresas/1024_2000.jpg" alt="La&#x20;Seguridad&#x20;Social&#x20;ha&#x20;elevado&#x20;los&#x20;tipos&#x20;de&#x20;cotizaci&#x00F3;n&#x20;en&#x20;IT&#x20;para&#x20;el&#x20;2010">
    </p>
    <p>La Ley de Presupuestos Generales para el 2010, le ha colado un gol por toda la escuadra a las empresas dado que se <strong>han subido las cotizaciones a la Seguridad Social</strong> de una manera un tanto "discreta". Esta subida se encuentra ligeramente camuflada, dado que los porcentajes de cotización no se ha alterado; o eso creíamos en un principio con la presentación de los Presupuestos.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>La <a rel="noopener, noreferrer" href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l26-2009.t8.html#df8">Disposición Final 8º</a> de la Ley de Presupuestos Generales para el 2010, establece los porcentajes de cotización para las situaciones de incapacidad temporal e incapacidad, muerte y supervivencia. <strong>Hasta el 2009, los tipos de cotización de IT e IMS se modificaban a la baja</strong> si el trabajador se encontraba en situación de baja. Con la modificación introducida, estos tipos permanecen constantes durante todo el año, de manera independiente a que el trabajador esté en baja o no. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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                   <img class="centro_sinmarco" height=288 width=600 loading="lazy" decoding="async" sizes="100vw" fetchpriority="high" srcset="https://i.blogs.es/35278a/tipos-de-cotizacion-it-e-ims-hasta-2009/450_1000.jpg 450w, https://i.blogs.es/35278a/tipos-de-cotizacion-it-e-ims-hasta-2009/650_1200.jpg 681w,https://i.blogs.es/35278a/tipos-de-cotizacion-it-e-ims-hasta-2009/1024_2000.jpg 1024w, https://i.blogs.es/35278a/tipos-de-cotizacion-it-e-ims-hasta-2009/1366_2000.jpg 1366w" src="https://i.blogs.es/35278a/tipos-de-cotizacion-it-e-ims-hasta-2009/450_1000.jpg" alt="tipos-de-cotizacion-it-e-ims-hasta-2009.jpg">
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      </div>
</div>
<p>Según el cuadro anterior (vigente hasta 31/12/2009) en situaciones de baja por accidente o enfermedad o situaciones asimiladas al alta, como puede seer la baja maternal o paternal, <strong>la cotización por IT o IMS era del 1.1%</strong>, de manera independiente a la actividad de la empresa. A partir del 1 de enero, la cotización por IT e IMS se mantiene equivalente a la situación normal del trabajador. No alterar estos porcentajes en estas situaciones suponen un incremento de facto de la cotización de los trabajadores en baja que oscila entre un 2% y un 7% sobre la base de cotización. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Para que nos hagamos una idea, supongamos un trabajador de construcción en baja. Su tipo de cotización por IT e IMS es del 6,7%. Al eliminar la situación anterior que facultaba cotizar al 1,1% en esta situación, el coste de la seguridad social durante la baja sube 66 euros por cada 1.000 euros de base de cotización. Dada que la base media del sector oscila por los 1.500 euros, el coste mensual en Seguridad Social de un trabajador en baja aumenta en unos 100 euros. Esto es mucho dinero desde luego. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Este <strong>incremento de cotizaciones para las situaciones de baja es excesivo</strong> y se ha colado de rondón y sin avisar, dado que el afán recaudatorio sigue primando por todos los frentes. No se penaliza la baja por accidentes como cabría pensar, dado que cubre las situaciones de baja por enfermedad y las situaciones asimiladas al alta como maternidad o paternidad, vacaciones no disfrutadas y las situaciones de desempleo.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/bases-de-cotizacion-minima-y-maxima-en-el-regimen-general-para-el-2010">Bases de cotización mínima y máxima en el régimen general para el 2010</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/wiros/2863033803/">Wiros</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Mejoras en la fiscalidad para autónomos en módulos]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/mejoras-en-la-fiscalidad-para-autonomos-en-modulos</link>
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                <pubDate>Sun, 17 Jan 2010 17:05:03 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/132d9b/cajas-colores/1024_2000.jpg" alt="Mejoras&#x20;en&#x20;la&#x20;fiscalidad&#x20;para&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;en&#x20;m&#x00F3;dulos">
    </p>
    <p>El <strong>régimen de estimación objetiva o módulos</strong> es uno de los más perjudicados de la crisis al mantener una estimación fiscal de ingresos y va a recibir otro fuerte varapalo con la correspondiente subida del IVA y ajuste del módulo a pagar por este impuesto.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Para mejorar la situación de este tipo de empresas, el ejecutivo ha anunciado la puesta en marcha de una serie de <strong>medidas fiscales que disminuyan el impacto económico </strong>para este tipo de empresas. Entre las medidas anunciadas se pretende poner en práctica:
* Reducción del 2,5% en el rendimiento neto de la actividad incluyendo también actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
* Mejoras en las deducciones para contrataciones de personas con minusvalía del 40% al 60%.
* Modificación de los índices correctores de módulos para los nuevos establecimientos apliándose un 60% y 70% para el primer y segundo año en lugar del 80% y el 90% actual.
* Aplicación de las nuevas tablas de IVA a posteriori de la subida desde el cuarto trimestre, demorando un trimestre el impacto de la subida frente a la cuota de los módulos.
Como vemos, salvo la reducción del 2,5% y el aplazamiento transitorio del módulo de IVA al 4º trimestre, extremo que no tengo muy claro que requiera la modificación parciar del Reglamento del IRPF, puesto que en dicho reglamento se marca obligatorio mantener el cálculo del módulo durante todo el año, no se va a generar una mejora excesiva en el tratamiento tributario de dicha tributación.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Los módulos son un sistema de tributación muy bueno, cuando las empresas están en beneficios. Frente a las pérdidas, mantener la forma de cálculo en <strong>estimación objetiva es un verdadero atraso</strong> y es preferible renunciar al sistema de módulos y pasar tres años en estimación directa antes que pagar impuestos sin tener beneficios.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://josecamoros.blogspot.com/2010/01/mejoras-fiscales-para-los-autonomos-en.html">Retales de economía</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/es-el-momento-de-abandonar-la-tributacion-en-modulos">Es el momento de abandonar la tributación en módulos</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/xanetia/3898526462/">Xanetia</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Retenciones en las facturas de alquiler al 19%]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/retenciones-en-las-facturas-de-alquiler-al-19</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/retenciones-en-las-facturas-de-alquiler-al-19</guid>
                <pubDate>Sun, 03 Jan 2010 20:16:30 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/43f348/retenciones-alquiler-locales/1024_2000.jpg" alt="Retenciones&#x20;en&#x20;las&#x20;facturas&#x20;de&#x20;alquiler&#x20;al&#x20;19&#x25;">
    </p>
    <p>Los <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/aprobados-los-presupuestos-generales-para-2010">Presupuestos Generales para el 2010</a> traen la <strong>modificación del tipo de retención que se practica en los alquileres</strong>. Muchas pymes se encuentran como inquilinas en locales comerciales y es importante comprobar este extremo junto con la actualización correcta del IPC. A las facturas por alquiler que se devenguen a partir del 1 de enero,<strong> se les practicará una retención del 19%</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>No está de más recordar que <strong>el inquilino es el obligado a retener y a ingresar la cantidad correcta </strong>a las arcas públicas y no el propietario, por lo que si nos encontramos con una factura con el importe incorrecto de retención, cuestión muy habitual sobre todo cuando cambia este tipo, debemos retenr por el importe correcto o rechazar dicha factura hasta que esté bien confeccionada.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>En el caso de hacer caso omiso al importe correcto de retención, a la hora de presentar la declaración informativa, Hacienda detectará diferencias entre la base de retención y la cantidad retenida, por lo que el requerimiento será inmediato para que ingresemos el 1% de diferencia.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Esta hipotética diferencia correrá por nuestra cuenta según marca el <a rel="noopener, noreferrer" href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/rd439-2007.t7.html#a108">Reglamento del IRPF en su art 108</a> y de manera análoga también lo expresa el reglamento del impuesto de sociedades. No obstante, se puede dar la paradoja de disminuir el importe efectivo satisfecho por el alquiler si no se ha actualizado el precio de la renta. En estos casos, toca dar las explicaciones oportunas a los arrendadores, que no siempre están por la labor de llegar a entender este extremo,</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/aprobados-los-presupuestos-generales-para-2010">Aprobados los Presupuestos Generales para el 2010</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/medaispoca/2314812312/">me dais poca industries</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Tipos de interés legal del dinero e interés de demora para el año 2010]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/tipos-de-interes-legal-del-dinero-e-interes-de-demora-para-el-ano-2010</link>
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                <pubDate>Wed, 30 Dec 2009 20:55:41 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/bc761e/tipo-interes-legal-para-2010_500/1024_2000.jpg" alt="Tipos&#x20;de&#x20;inter&#x00E9;s&#x20;legal&#x20;del&#x20;dinero&#x20;e&#x20;inter&#x00E9;s&#x20;de&#x20;demora&#x20;para&#x20;el&#x20;a&#x00F1;o&#x20;2010">
    </p>
    <p>La ley de Presupuestos Generales de cada año se encarga de fijar y actualizar a los valores de mercado el <strong>tipo de interés legal </strong>del dinero junto con el tipo de <strong>interés de demora </strong>fijado por la Ley 58/2003 General Tributaria.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Para este ejercicio, no se han realizado modificaciones sobre el anteproyecto de ley, por lo que los tipos de interés finales <a rel="noopener, noreferrer" href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Vacatio/l26-2009.t8.html#da18">han quedado fijados</a> en los siguientes porcentajes:
* <strong>Tipo de interés legal del dinero: 4%</strong>
* <strong>Tipo de interés de demora: 5%</strong>
Como vemos, estos tipos son altos para la cotización actual del <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.cincodias.com/articulo/mercados/euribor-despedira-ano-cerca-minimos-anuales/20091230cdscdsmer_6/cdsmer/">euribor, 1,24%</a>, junto con las previsiones de tipos bajos para el próximo ejercicio. Dadas estas características, va siendo hora de que se establezcan tipos de intereses legales en tramos variables o mejor aún, referenciados al euribor, que hay en día, cualquir herramienta de cálculo nos realiza el ajuste de tipos de interés vitgentes.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/colleague/3244321695/">Lambroso</a></p>
<script>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Deducción en el impuesto de Sociedades por creación de empleo]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deduccion-en-el-impuesto-de-sociedades-por-creacion-de-empleo</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deduccion-en-el-impuesto-de-sociedades-por-creacion-de-empleo</guid>
                <pubDate>Thu, 24 Dec 2009 12:22:13 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/5d0093/deduccion-impuesto-sociedades/1024_2000.jpg" alt="Deducci&#x00F3;n&#x20;en&#x20;el&#x20;impuesto&#x20;de&#x20;Sociedades&#x20;por&#x20;creaci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;empleo">
    </p>
    <p><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/aprobados-los-presupuestos-generales-para-2010">Wordlexis lo avanzó en el post</a> que anunciaba la aprobación de los Presupuestos Generales para el 2010. En esta Ley se introduce una <strong>deducción en el impuesto de sociedades para las pymes que creen o mantengan el empleo</strong>. Esta deducción que entra en vigor abarca a los periodos impositivos comenzados en el 2009 y se puede extender hasta 2011.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Los tipos efectivos del impuesto de sociedades se minoran en cinco puntos porcentuales según los siguientes tramos:
* Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 euros, al tipo del 20 por ciento.
* Por la parte de base imponible restante, al tipo del 25 por ciento.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Estos tipos impositivos sólo serán de aplicación para empresas con <strong>menos de 25 trabajadores en plantilla y cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 5 millones de euros</strong> anuales. El principal condicionante para aplicar esta escala impositiva está condicionada a que durante los doce meses siguientes al inicio de cada uno de esos períodos impositivos, la plantilla media de la entidad no sea inferior a la unidad y, además, tampoco sea inferior a la plantilla media de los doce meses anteriores al inicio del primer período impositivo que comience a partir de 1 de enero de 2009. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En el caso de incumplimiento de las condiciones de mantenimiento de empleo, la diferencia del 5% en cuota deducida erróneamente, deberá ingresarse en el siguiente periodo impositivo junto con los intereses de demora que pudieran corresponder. Además, en el caso de entidades de nueva creación, el importe neto de cifra de negocios y escalas de aplicación de la base imponible, se extrapolarán al año.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p><strong>Esta deducción es el chocolate del loro</strong>, puesto que se tienen que cumplir varios requisitos para poder aplicarla de manera efectiva:
* Estar en beneficios y no tener bases imponibles negativas que compensar.
* Empresa con empleados, que tenga actividad para mantenerlos y con posibilidades de reemplazo.
* Limita el importe neto de la cifra de negocio en casos que nos encontremos muy próximos al límite de los cinco millones de euros. En ningún punto marca qué ocurre si sobrepasamos este límite pero seguimos cumpliendo con los requisitos de mantenimiento y creación de empleo.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>En un par de años, podremos comprobar cuántas sociedades han aplicado estos tipos reducidos, pero estoy seguro que van a ser pocas, muy pocas las que lo lleven finalmente a cabo.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2009-20765">Art 77 Ley 26/2009 de Presupuestos Generales 2010</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/700-millones-de-euros-en-deducciones-para-pymes-seguro">700 millones de euros en deducciones para pymes ¿seguro?</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/blmurch/448878029/">Blmurch</a></p>
<!-- BREAK 7 --><script>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Aprobados los Presupuestos Generales para 2010]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/aprobados-los-presupuestos-generales-para-2010</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/aprobados-los-presupuestos-generales-para-2010</guid>
                <pubDate>Tue, 22 Dec 2009 23:18:10 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/1a2258/tijeras/1024_2000.jpg" alt="Aprobados&#x20;los&#x20;Presupuestos&#x20;Generales&#x20;para&#x20;2010">
    </p>
    <p>Ayer se aprobaron definitivamente los Presupuestos Generales del Estado para 2010. Con independencia de su solvencia, su futuro, su credibilidad o su vida útil, voy a informaros qué medidas fiscales pueden tener más calado.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>En primer lugar, y en lo que al <strong>IRPF </strong>respecta es importante tener en cuenta que se incrementa el límite exento de tributación por parte de quienes capitalizan el paro para emprender. También se informa de la agónica muerte de los famosos 400 euros para aquellos empresarios o profesionales que superen los 12.000 euros. Es importante tener en cuenta que se aprueba una reducción por parte de aquéllos que ejerzan actividades económicas para los años 2010, 2011 y 2012 si entre otros requisitos mantienen el número de trabajadores (<em>media</em>) de 2008. Lo sé... <strong>imposible</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Una nueva técnica legislativa (<em>consistente en informar de futuras derogaciones normativas</em>) nos deja bien claro que la deducción por vivienda tiene los días contados tal y como hoy la conocemos. Ni más ni menos que unos 365 días desde el 1 de enero de 2010. De locos sería deciros que aprovechéis esta <strong>propina temporal</strong> para embarcaros en la compra de una vivienda.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En referencia a las rentas del capital (<em>ventas de acciones, inmuebles, fondos de inversión u otros bienes, dividendos, intereses y rendimientos similares</em>) se incrementan los tipos. Si con anterioridad estas ganancias y rentas se sometían a un 18% de tributación, a partir de 1 de enero de 2010 lo serán al 19% los primeros 6.000 euros y al 21% el resto.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Tened cuidado con las retenciones, pues también se incrementan. Quienes paguéis un alquiler por el local de negocio, recordad que vais a retener un 1% más. Efectivamente: un 19%. También se incrementa el tipo de retención de otro tipo de rentas del 18% al 19%.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Cambiando de tercio, y en lo que respecta al <strong>IVA</strong>, pasamos del 16% y 7% al 18% (<em>general</em>) y 8% (<em>reducido</em>). Si partimos de la base que los productos a tipo superreducido, esto es al 4% son los menos numerosos, a la par que los más económicos, me parece que la recaudación, y no otro tipo de justificación, avala la medida.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>El<strong> impuesto sobre sociedades</strong> también sufre retoques; se minoran los tipos impositivos para ciertas PYMES siendo éstos del 20% para los primeros 120.000 euros de beneficio y 25% para el resto. El inconveniente (<em>... o quimera</em>) mantener la media de trabajadores de 2008.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Lo peor de todo es que intentemos salir de la crisis aprobando disposiciones con votos de última hora, acuerdos interesados, y como quien toca sus primeras notas... de forma:</p>
<!-- BREAK 8 -->
<blockquote>
Do-lorosa
Re-signada
Mi-noritaria
Fa-tua
So-litaria
La-cónica
Si-...</blockquote>

<p>Más Información | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.eleconomista.es/economia/noticias/1790920/12/09/El-Congreso-aprueba-de-forma-definitiva-los-Presupuestos-estatales-para-2010.html">El Economista</a></p>

<p>En Pymes y autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/pge-2010-y-el-giro-de-tuerca-de-los-400-euros">PGE 2010 y el giro de tuerca de los 400 euros</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/subida-en-los-tipos-impositivos-de-iva">Subida en los tipos impositivos del IVA </a></p>

<p>Imagen | Galería de <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/mordicuac/116862720/">Mordicuac</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[¿Estamos ante una burbuja fiscal?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estamos-ante-una-burbuja-fiscal</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estamos-ante-una-burbuja-fiscal</guid>
                <pubDate>Mon, 02 Nov 2009 21:48:39 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/292f47/burbuja-ii/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Estamos&#x20;ante&#x20;una&#x20;burbuja&#x20;fiscal&#x3F;">
    </p>
    <p></p>
<p></p>

<p>Puede parecer una tontería, pero si la expresión <strong>burbuja inmobiliaria</strong> hace referencia a la existencia de una burbuja especulativa en el mercado de bienes inmuebles que en España ha durado una década, entiendo la <strong>burbuja fiscal </strong>como la existencia de una burbuja también especulativa, en este caso situada en el marco de los ingresos públicos por la vía de impuestos, tasas y contribuciones varias, sobrevalorándolos.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Se dice que el principal síntoma de la burbuja fue el incremento anormal de los precios muy por encima del <span class="caps">IPC</span>, incrementos que se explican principalmente recurriendo a factores externos, tales como la falta de suelo edificable, la inmigración, la especulación, la recalificación de suelos, el exceso de crédito, etc. Si extrapolamos el síntoma a la burbuja fiscal, estaréis de acuerdo conmigo en que los impuestos incrementan también de forma más que anormal y muy por encima del <span class="caps">IPC</span>, en este caso fomentado también por factores externos (<em>acepto la corrupción como uno de ellos</em>).</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p></p>
<!--more--><p></p>

<p>Lo peor de todo es que si bien la inmobiliaria fue una burbuja gestada en varios años, lo que bajo mi punto de vista posibilitó cierta innovación, asentamiento y creación de infraestructuras, creación de empleo y demás recursos, la impositiva será una burbuja letal por lo fortuito, agresivo, violento y poco fructífero del acontecimiento.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Según El Economista &#8220;<em>La Fundación de las Cajas de Ahorros (Funcas) estima que la recaudación esperada por el Gobierno en las reformas del <span class="caps">IRPF</span> y del <span class="caps">IVA</span> se encuentran sobrevaloradas en más de un 30%. Las cajas han realizado previsiones sobre el ahorro de los hogares, y prevén que aumentará en 2009 hasta una tasa del 18,9% de la renta disponible</em>&#8220;.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Si a la ecuación ingresos previstos incorrectos, le añadimos una errónea determinación de los efectos su incremento, y le restamos unos gastos crecientes, tenemos un presupuesto obsceno que lejos de evaluar la consecución de sus objetivos, se convierte en económicamente pornográfico al desnudarse de cualquier voluntad de cambio.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<blockquote>Si hemos visto estallar una burbuja, o explotar un globo&#8230; veamos qué sucede cuando revienta un flotador.</blockquote>

<p>Disculpad la sequía.</p>

<p>Imagen | Galería de <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/davidlh/1358667646/">David Light Orchard</a></p>

<p>Más información | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.eleconomista.es/economia/noticias/1663701/11/09/Funcas-preve-que-el-ahorro-de-las-familias-aumentara-hasta-el-189-en-2009.html">El Economista</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[PGE 2010 y el giro de tuerca de los 400 euros ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/pge-2010-y-el-giro-de-tuerca-de-los-400-euros</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/pge-2010-y-el-giro-de-tuerca-de-los-400-euros</guid>
                <pubDate>Wed, 14 Oct 2009 18:22:49 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/da7d1c/400-euros/1024_2000.jpg" alt="PGE&#x20;2010&#x20;y&#x20;el&#x20;giro&#x20;de&#x20;tuerca&#x20;de&#x20;los&#x20;400&#x20;euros&#x20;">
    </p>
    <p></p>
<p><br />
No contar con una mayoría absoluta en el Parlamento genera que haya un excesivo mercadeo con la Ley de Presupuestos Generales. Dentro de ese mercadeo se incluyen una serie de propuestas de reforma a los <span class="caps">PGE</span> 2010, que unas pueden tener más o menos sentido y otras sólo son medidas de cara al electorado que apoya a los grupos de la oposición que las promueven.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>IU ha propuesto <strong>mantener la deducción de los 400 euros para las rentas más bajas</strong>, fijando el límite impositivo de las rentas bajas en función de la base imponible a declarar. Si hacemos un poco de memoria, hace ya unos días, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/informes-amarillistas-sobre-la-tributacion-de-los-autonomos-por-parte-de-gestha">los informes de Gestha</a> apuntaban a la tributación de los autónomos como rentas mileuristas y submileuristas, con bases imponibles irrisorias en muchos casos. Por tanto <strong>¿se mantendrá esa deducción para autónomos con bases imponibles bajas?</strong><br /></p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p><br />
Esta pregunta les puede traer un poco dolor de cabeza a los partidos políticos porque claro, en un principio se ha criminalizado la figura del autónomo como la reencarnación del Belcebú y el principal foco de fraude existente. Se podrían plantear en un momento dado, suprimir la deducción para las bases imponibles bajas cuyo origen no sea por rendimientos del trabajo.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Con lo cual, la jugada sale redonda. Se dejan fuera a la mayoría de autónomos en estimación objetiva, a los autónomos en estimación directa, idem de las mismas, maquillan el resultado y a efectos prácticos, sólo un porcentaje irrisorio de contribuyentes, entrará en el lote de beneficiados por dicha medida.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En definitiva, tal y como están las cosas, no creo que los grupos que han propuesto esta medida estén por la labor de favorecerle la vida al autónomo-empresario-explotador de masas obreras, con lo cual, se puede cocinar otro fuerte desagravio comparativo para nuestro colectivo. El tiempo lo dirá.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.cadenaser.com/economia/articulo/gobierno-analiza-recuperar-deduccion-400-euros-mileuristas/csrcsrpor/20091013csrcsreco_3/Tes">Cadena Ser</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/presupuestos+generales">Presupuestos Generales 2010</a>   <br />
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/33340124@N03/4012182828/">Remo</a></p>
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