<rss version="2.0"
     xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
     xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">
        <channel>
        <title>Magazine - pago-unico-desempleo</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Fri, 12 Jun 2026 22:24:49 +0000</pubDate>
        <generator>https://www.pymesyautonomos.com</generator>
        <atom:link href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/pago-unico-desempleo/rss2.xml" rel="self" type="application/rss+xml" />
                                        <item>
                <title><![CDATA[Estos fallos en la justificación del pago único pueden generarte un gran problema ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/estos-fallos-justificacion-pago-unico-pueden-generarte-gran-problema</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/estos-fallos-justificacion-pago-unico-pueden-generarte-gran-problema</guid>
                <pubDate>Tue, 22 Aug 2023 11:01:53 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/c235e6/pago-unico-justificacion/1024_2000.jpeg" alt="Estos&#x20;fallos&#x20;en&#x20;la&#x20;justificaci&#x00F3;n&#x20;del&#x20;pago&#x20;&#x00FA;nico&#x20;pueden&#x20;generarte&#x20;un&#x20;gran&#x20;problema&#x20;">
    </p>
    <p>El <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/quiero-capitalizar-paro-para-montar-empresa-pasos-a-seguir-requisitos-necesarios">pago único de la prestación de desempleo</a> es <strong>una de las principales ayudas para los parados que quieren crear una empresa</strong> e iniciar un negocio como emprendedor.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Es de las ayudas más sencillas de presentar, si bien, también <strong>es igual de sencillo meter la pata a la hora de justificar la ayuda</strong>, por lo deberás evitar cometer los siguientes errores:</p>
<div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
 <div class="desvio-container">
  <div class="desvio">
   <div class="desvio-figure js-desvio-figure">
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/lado-oscuro-trampas-emprender-necesidad">
     <img alt="El&#x20;lado&#x20;oscuro&#x20;y&#x20;las&#x20;trampas&#x20;de&#x20;emprender&#x20;por&#x20;necesidad&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/ed9c0e/emprender-necesidad/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
   <div class="desvio-summary">
    <div class="desvio-taxonomy js-desvio-taxonomy">
     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/lado-oscuro-trampas-emprender-necesidad" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/lado-oscuro-trampas-emprender-necesidad" class="desvio-title js-desvio-title">El lado oscuro y las trampas de emprender por necesidad </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Percibir el pago único y no justificarlo</h2>
<p>La tramitación del pago único no termina cuando se recibe el dinero, sino que justamente es en ese momento cuando comienza a contar el plazo para justificarlo.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>Desde el momento que recibes el importe de la capitalización en la cuenta corriente <strong>tienes el plazo de un mes para iniciar la actividad y entregar la documentación</strong> que justifique que has invertido lo que habías previsto en la solicitud.</p>
<p>Me he encontrado con <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/no-eres-verdadero-emprendedor-que-no">emprendedores</a> que<strong> una vez realizada la solicitud se desentienden</strong>, olvidando que tienen que presentar la justificación, y al no hacerlo reciben una <strong>reclamación para su reintegro</strong>, normalmente de un dinero que ya no tienen.</p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
 <div class="desvio-container">
  <div class="desvio">
   <div class="desvio-figure js-desvio-figure">
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/pago-unico-prestacion-desempleo-cuidado-este-peligroso-error">
     <img alt="El&#x20;pago&#x20;&#x00FA;nico&#x20;de&#x20;la&#x20;prestaci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;desempleo&#x3A;&#x20;cuidado&#x20;con&#x20;este&#x20;peligroso&#x20;error&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/dbd8c0/fraude/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
   <div class="desvio-summary">
    <div class="desvio-taxonomy js-desvio-taxonomy">
     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/pago-unico-prestacion-desempleo-cuidado-este-peligroso-error" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/pago-unico-prestacion-desempleo-cuidado-este-peligroso-error" class="desvio-title js-desvio-title">El pago único de la prestación de desempleo: cuidado con este peligroso error </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Transformar presupuestos en facturas</h2>
<p>En la justificación del pago único hay que poner especial atención al que podemos llamar <strong>proceso de transformar los presupuestos en facturas</strong>.</p>
<p>Cuando se presenta la solicitud del pago único de la prestación de desempleo se entrega una memoria económica, donde viene <strong>el presupuesto de inversión que se va a realizar para abrir el negocio</strong>. Esa memoria debe ir acompañada con documentación que la acredite, es decir presupuestos.</p>
<p>Pues bien, una vez te lo aprueben, tendrás que acometer la inversión que has dicho que vas a hacer, por esto debes adquirir los bienes reflejados en los presupuestos, debiendo coincidir en su totalidad, por lo que <strong>pagarás el presupuesto y obtendrás la factura por parte del proveedor</strong>, debiendo coincidir el proveedor, el importe y los conceptos.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>En el caso de que por algún motivo haya cambiado el presupuesto, coméntalo con tu oficina del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.sepe.es/HomeSepe/autonomos/prestaciones-para-emprendedores-y-autonomos/capitaliza-tu-prestacion.html">SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal)</a> y, si el cambio tiene lógica, quizá te dejen solucionarlo presentando una declaración responsable donde expliques el motivo del cambio, y por qué no coincide el presupuesto previsto con la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/asi-puedes-calcular-bruto-neto-factura-2-sencillos-pasos">factura</a> presentada.</p>
<div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
 <div class="desvio-container">
  <div class="desvio">
   <div class="desvio-figure js-desvio-figure">
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/eres-emprendedor-pesimista-no-te-preocupes-no-malo">
     <img alt="Si&#x20;eres&#x20;un&#x20;emprendedor&#x20;pesimista,&#x20;no&#x20;te&#x20;preocupes,&#x20;no&#x20;es&#x20;tan&#x20;malo&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/13ad60/pesimista/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
   <div class="desvio-summary">
    <div class="desvio-taxonomy js-desvio-taxonomy">
     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/eres-emprendedor-pesimista-no-te-preocupes-no-malo" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/eres-emprendedor-pesimista-no-te-preocupes-no-malo" class="desvio-title js-desvio-title">Si eres un emprendedor pesimista, no te preocupes, no es tan malo </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>No cumplir tus obligaciones de alta de autónomo o de inversión</h2>
<p>Es obvio, pero muy relacionado con lo anterior, un grave error es que <strong>una vez concedido no se desarrolle la actividad</strong> por la que se ha solicitado el pago único.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>Para el SEPE, esto se manifiesta de varias formas:</p>
<ul>
  <li>Si <strong>no te das de alta</strong> como autónomo.</li>
  <li>Si <strong>desarrollas otra actividad diferente</strong> a la propuesta en la memoria del proyecto, aunque aquí no tienes todo perdido, - siempre que no sea un disparate -, ya que puedes hablar con tu oficina del SEPE y si justificas el cambio, se puede mantener el derecho reconocido.</li>
  <li>Si <strong>no inviertes en lo que has dicho</strong> o directamente, para no dar muchos rodeos, si <strong>desvías fondos de la ayuda</strong> concedida hacia otros gastos que no tengan nada que ver con la solicitud.</li>
</ul><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
 <div class="desvio-container">
  <div class="desvio">
   <div class="desvio-figure js-desvio-figure">
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estas-8-diferencias-nueva-cuota-autonomo-2023-anterior-sistema-cotizacion">
     <img alt="Estas&#x20;son&#x20;las&#x20;8&#x20;diferencias&#x20;entre&#x20;la&#x20;nueva&#x20;cuota&#x20;de&#x20;aut&#x00F3;nomo&#x20;de&#x20;2023&#x20;y&#x20;la&#x20;del&#x20;anterior&#x20;sistema&#x20;de&#x20;cotizaci&#x00F3;n&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/3c3313/cuota-autonomo-2023/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
   <div class="desvio-summary">
    <div class="desvio-taxonomy js-desvio-taxonomy">
     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estas-8-diferencias-nueva-cuota-autonomo-2023-anterior-sistema-cotizacion" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estas-8-diferencias-nueva-cuota-autonomo-2023-anterior-sistema-cotizacion" class="desvio-title js-desvio-title">Estas son las 8 diferencias entre la nueva cuota de autónomo de 2023 y la del anterior sistema de cotización </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Pagar las facturas en efectivo</h2>
<p>Para justificar el pago único, como hemos comentado, tendrás que <strong>entregar las facturas y sus comprobantes de pago</strong>.</p>
<p>La mejor manera de evitar problemas es <strong>pagarlo todo o con tarjeta o por transferencia</strong>, ya que es la única forma de tener un documento acreditativo, mediante los extractos de los pagos realizados. Se trata de evitar, en la medida de lo posible, pagar en metálico, eso sí, sin olvidar que <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/se-que-limite-pago-efectivo-1-000-euros-para-autonomos-como-se-aplica">ya existen limitaciones al pago en efectivo para las empresas</a>.</p>
<p>En este caso, también es necesario que tanto la tarjeta como l<strong>a cuenta corriente desde la que se haga el pago estén a nombre del beneficiario del pago único</strong>. Para esto, lo mejor es que desde el primer momento crees la cuenta del negocio a nombre del emprendedor y la uses para realizar estos pagos.</p>
<!-- BREAK 6 --><script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Pago único de la Seguridad Social, ¿qué es y cómo beneficiarse de él?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/pago-unico-seguridad-social-que-como-beneficiarse</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/pago-unico-seguridad-social-que-como-beneficiarse</guid>
                <pubDate>Fri, 03 Dec 2021 08:00:42 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/8a0ede/entrepreneur-g829fb717a_1280/1024_2000.jpg" alt="Pago&#x20;&#x00FA;nico&#x20;de&#x20;la&#x20;Seguridad&#x20;Social,&#x20;&#x00BF;qu&#x00E9;&#x20;es&#x20;y&#x20;c&#x00F3;mo&#x20;beneficiarse&#x20;de&#x20;&#x00E9;l&#x3F;">
    </p>
    <p>El <strong>pago único de la Seguridad Social</strong> se ha convertido en una alternativa interesante para todas aquellas personas que se encuentran en situación legal de desempleo. Se trata de una opción que facilita las iniciativas de empleo autónomo entre las personas desempleadas para montar una empresa.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><h2>En qué consiste el pago único de la Seguridad Social</h2>

<p>El <strong>pago único de la Seguridad Social</strong>, también conocido como capitalización del desempleo, es un cobro por parte de la Seguridad Social que consiste en recibir en un único pago la cantidad pendiente de la prestación de desempleo  con el fin de constituir una empresa.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Con esta iniciativa se <strong>pretende fomentar el autoempleo entre los trabajadores desempleados</strong>, especialmente en las primeras etapas que es cuando se necesita más inversión. Por ejemplo, integrarse en alguna cooperativa o sociedad laboral ya constituida, convertirse en trabajador autónomo o destinar el dinero a una entidad mercantil de nueva creación o creada en los doce meses anteriores a la aportación.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<h2>Quién puede pedir el pago único</h2>

<p>El pago único <strong>puede ser solicitado por todos aquellos beneficiarios de una prestación de desempleo contributiva</strong> que tengan, al menos, tres mensualidades pendientes por recibir. Si la prestación se ha recibido como consecuencia de un cese de actividad, las mensualidades pendientes aumentan hasta seis.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Además, como condición para recibir el pago único, <strong>es necesario que el beneficiario no lo hubiese recibido en los cuatro años inmediatamente anteriores</strong> a la presentación de la solicitud. Tampoco podrán recibirlo aquellos que en los 24 meses anteriores a la solicitud hayan compatibilizado la prestación con un trabajo por cuenta propia.
Cuándo debo poner en marcha el negocio.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Una vez recibido el pago único, el beneficiario debe iniciar su actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único. No obstante, una vez formalizada la solicitud, es posible iniciar la actividad y darse de alta en la Seguridad Social antes de la resolución del pago.</p>
<!-- BREAK 6 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
 <div class="desvio-container">
  <div class="desvio">
   <div class="desvio-figure js-desvio-figure">
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/se-puede-utilizar-el-pago-unico-para-montar-una-empresa-el-tribunal-supremo-lo-aclara">
     <img alt="&#x00BF;Se&#x20;puede&#x20;utilizar&#x20;el&#x20;pago&#x20;&#x00FA;nico&#x20;para&#x20;montar&#x20;una&#x20;empresa&#x3F;&#x20;El&#x20;Tribunal&#x20;Supremo&#x20;lo&#x20;aclara" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/e335d9/legal-1302034_640/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
   <div class="desvio-summary">
    <div class="desvio-taxonomy js-desvio-taxonomy">
     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/se-puede-utilizar-el-pago-unico-para-montar-una-empresa-el-tribunal-supremo-lo-aclara" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/se-puede-utilizar-el-pago-unico-para-montar-una-empresa-el-tribunal-supremo-lo-aclara" class="desvio-title js-desvio-title">¿Se puede utilizar el pago único para montar una empresa? El Tribunal Supremo lo aclara</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Cuánto se cobra por el pago único del desempleo</h2>

<p>Los importes a cobrar dependerán del tipo de destinatario: autónomo, socio de una sociedad mercantil </p>

<h3>Trabajadores por cuenta propia</h3>

<p>En el caso de los autónomos, se podrá <strong>obtener la cantidad necesaria para la inversión de una actividad por cuenta propia</strong>, incluyendo las cargas tributarias y los gastos de puesta en marcha. El límite es del 100 por ciento de la prestación que le quede por percibir. En caso de que el trabajador no fuese a obtener toda su prestación en un solo pago, puede solicitar simultáneamente <strong>el abono mensual del importe restante para subvencionar su cotización a la Seguridad Social</strong> durante el desarrollo de la actividad.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Además, podrá destinar hasta el 15 por cieno de la cuantía del pago único de la prestación a pagar servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.</p>
<!-- BREAK 8 -->
<h3>Socio de una sociedad mercantil</h3>

<p>Si el pago único se utiliza para entrar como socio en una sociedad mercantil del que se posea el control efectivo, <strong>el beneficiario podrá obtener hasta el 100 por ciento del importe de la prestación</strong> que quede por percibir para realizar una aportación al capital social de dicha sociedad. Además, servirá también para hacer frente a sus gastos de creación y puesta en funcionamiento.</p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>También se podrá emplear el importe restante para satisfacer el abono de la cuota de la Seguridad Social que, como autónomo societario, sea necesario para el desarrollo de la actividad. </p>
<!-- BREAK 10 -->
<h3>Socio de una cooperativa</h3>

<p>Los <strong>socios de cooperativas</strong> podrán solicitar hasta el 100 por ciento del importe de la prestación pendiente para efectuar el abono de la cuota de ingreso y <strong>también para realizar la aportación obligatoria</strong>, y en su caso, la voluntaria, al capital de la citada cooperativa. Además, se podrá emplear también  para hacer frente a los gastos de su puesta en marcha.</p>
<!-- BREAK 11 -->
<p>Igual que en los casos anteriores, la prestación pendiente puede utilizarse para abonar <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.sepe.es/HomeSepe/autonomos/prestaciones-para-emprendedores-y-autonomos/capitaliza-tu-prestacion.html">la cuota de la Seguridad Social</a>, y hasta el 15 por ciento se podrá destinar a servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad.</p>
<!-- BREAK 12 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
 <div class="desvio-container">
  <div class="desvio">
   <div class="desvio-figure js-desvio-figure">
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/estos-son-los-errores-mas-habituales-que-no-deberias-cometer-si-vas-a-solicitar-el-pago-unico">
     <img alt="Estos&#x20;son&#x20;los&#x20;errores&#x20;m&#x00E1;s&#x20;habituales&#x20;que&#x20;no&#x20;deber&#x00ED;as&#x20;cometer&#x20;si&#x20;vas&#x20;a&#x20;solicitar&#x20;el&#x20;Pago&#x20;&#x00DA;nico" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/5bf91d/euro-870757_640-6-/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
   <div class="desvio-summary">
    <div class="desvio-taxonomy js-desvio-taxonomy">
     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/estos-son-los-errores-mas-habituales-que-no-deberias-cometer-si-vas-a-solicitar-el-pago-unico" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/estos-son-los-errores-mas-habituales-que-no-deberias-cometer-si-vas-a-solicitar-el-pago-unico" class="desvio-title js-desvio-title">Estos son los errores más habituales que no deberías cometer si vas a solicitar el Pago Único</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h3>Socio de una sociedad laboral</h3>

<p>Por último, el pago único de la Seguridad Social se podrá emplear en constituir una <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/estructura-societaria/ventajas-de-crear-una-sociedad-laboral">sociedad laboral</a> como socio. En este caso, también se podrá usar el 100 por ciento de la prestación pendiente para adquirir acciones o participaciones de una sociedad de este tipo en la que vaya a trabajar, así como para los gastos de su puesta en marcha. No podrá financiar desembolsos futuros o pagos aplazados.</p>
<!-- BREAK 13 -->
<p>Además, e igual que ocurre en los casos anteriores, <strong>la prestación pendiente puede emplearse para abonar la cuota de la Seguridad Social, y hasta el 15 por ciento</strong> se podrá destinar a servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad. </p>
<!-- BREAK 14 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/entrepreneur-computer-men-office-2326419/">Alyibel</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[El pago único del paro no se incluye en el modelo 347]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/el-pago-unico-del-paro-no-se-incluye-en-el-modelo-347</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/el-pago-unico-del-paro-no-se-incluye-en-el-modelo-347</guid>
                <pubDate>Mon, 19 May 2014 11:01:05 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/82877e/capital/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;pago&#x20;&#x00FA;nico&#x20;del&#x20;paro&#x20;no&#x20;se&#x20;incluye&#x20;en&#x20;el&#x20;modelo&#x20;347">
    </p>
    <p>Una reciente <a rel="noopener, noreferrer" href="http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=29994&Consulta=%2EEN+NUM-CONSULTA+%28v0650-14%29&Pos=0&UD=1">consulta vinculante</a> resuelta por la Dirección General de Tributos aclara que <strong>el pago único del paro no se debe incluir en el modelo 347</strong>. </p>

<p>Independientemente de que en el modelo de operaciones con terceros debemos indicar las<strong> subvenciones, auxilios o ayudas no reintegrables</strong> relacionadas con la actividad empresarial o profesional que superen los 3.005,06 euros en el ejercicio que se declara, el cobro de la prestación en su modalidad de pago único no debe reseñarse en dicho modelo aunque supere esa cantidad.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><p>La normativa indica que en dicho modelo deben incluirse todas aquellas personas o entidades, cualquiera que sea su naturaleza o carácter, con quienes se hayan efectuado operaciones que superen la cantidad mínima obligatoria para declararse, sin embargo la consulta indica que la prestación por desempleo no debe declararse ya que, <strong>aunque sí esté vinculada a la actividad, su origen no lo está</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>La prestación y su derecho de cobro <strong>se originan por una relación laboral anterior a la actividad</strong>. Dicha prestación es independiente del destino al que se le vaya a dar a ese dinero y es una percepción anterior al hecho de que su beneficiario obtenga la condición de empresario.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Las propias exclusiones de la norma hacen mención a las operaciones realizadas <strong>al margen de la actividad empresarial o profesional</strong> del obligado tributario. En este caso la prestación por desempleo tendría esta consideración.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>El hecho de que su forma de pago suponga un ingreso para dicho empresario y que el destino obligado de ese dinero tenga que ver con su actividad<strong> no sería condición suficiente</strong> para que éste deba incluirlo en esta declaración informativa.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/capitalizar-la-prestacion-por-desempleo-para-emprender">Capitalizar la prestación por desempleo para emprender</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/andresrueda/3477537829/">Andrés Rueda</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[El pago único como fuente de financiación]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/el-pago-unico-del-como-fuente-de-financiacion</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/el-pago-unico-del-como-fuente-de-financiacion</guid>
                <pubDate>Fri, 04 Jul 2008 14:31:02 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/c92e0a/dibujo/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;pago&#x20;&#x00FA;nico&#x20;como&#x20;fuente&#x20;de&#x20;financiaci&#x00F3;n">
    </p>
    <p></p>
<p>Cuando nos decidimos a montar un negocio, si nos encontramos en situación de desempleo, y gozamos de la protección ecónomica del paro, podemos optar a una fuente de financiación propia muy interesante: <strong>anticipar en un solo pago parte de nuestros ingresos reconocidos por desempleo.</strong></p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Aquí tenemos dos variantes distintas para optar a dicho pago único. Podemos incorporarnos a una cooperativa o sociedad limitada laboral, con lo que el INEM nos va a anticipar el total del desembolso inicial que debamos realizar para adquirir la condición de socios. </p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Si decidimos incorporarnos al mercado laboral como <strong>autónomos, se puede anticipar hasta el 40% del importe pendiente de recibir</strong> por la prestación de desempleo, dejando el resto en como subvención de las cotizaciones por los propios autónomos que tendremos que afrontar. El 40% máximo, no le es de aplicación a aquellos trabajadores que acrediten una minusvalía igual o superior al 33%, dado que pueden optar al 100% pendiente de recibir.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p></p>
<!--more--><p>Lógicamente, en ambos casos, hay que <strong>demostrar el destino del pago único.</strong> No vale realizar un anticipo para cobrar el desempleo de una vez, y no montar una empresa oconvertirse en socio de las empresas de economía social. El objetivo del INEM es crear empleo, no financiar parados, por muchos intereses legales que nos cobren por dichos anticipos.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p> La justificación se realiza con la documentación acreditativa de ser miembro de una cooperativa o SLL, y en el caso de autónomos, demostrando tanto el alta efectiva en la actividad, así como la viabilidad del proyecto y las inversiones a acometer.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>La pregunta que yo me hago, es ¿que ocurre cuando queremos montar un despacho de abogados, por ejemplo y contamos con toda la inversión a realizar? Supongamos que yo sólo necesito circulante para afrontar los primeros meses, que normalmente suelen ser deficitarios ¿cómo le explico yo al INEM este extremo?</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Generalmente, suele funcionar bien este mecanismo de anticipación del desempleo, y es una posibilidad a barajar para aquellos que os quedèis en paro y os decidais por tiraros a la plaza a torear.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>En Pymes y Autónomos |  <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/04/23-puede-un-autonomo-cobrar-el-desempleo">¿Puede un Autónomo cobrar el desempleo?</a> </p>

<p>Más Información | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.inem.es/inem/ciudadano/prestaciones/info/pago_unico/">INEM &#8211; Pago Único</a></p>

<p> </p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
            </channel>
</rss>
