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        <title>Magazine - dumping</title>
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        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 11:11:14 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Vender por debajo del precio de coste no es ilegal, y así lo ha avalado el TJUE]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/vender-por-debajo-del-precio-de-coste-no-es-ilegal-y-asi-lo-ha-avalado-el-tjue</link>
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                <pubDate>Mon, 26 Feb 2018 08:00:51 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/02d79c/control-1027103_640/1024_2000.jpg" alt="Vender&#x20;por&#x20;debajo&#x20;del&#x20;precio&#x20;de&#x20;coste&#x20;no&#x20;es&#x20;ilegal,&#x20;y&#x20;as&#x00ED;&#x20;lo&#x20;ha&#x20;avalado&#x20;el&#x20;TJUE">
    </p>
    <p>Una de las estrategias empresariales que más controversia genera entre las empresas de un sector <strong>es que una de ellas o varias vendan por debajo del precio de coste</strong>, el conocido como <em>dumping</em>, lo cual en muchas ocasiones provoca una <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/vender-a-perdida-como-metodo-de-monopolio-y-via-para-la-estafa">guerra de precios encarnizada entre ellas</a>. Sin embargo, normalmente esto es propio de empresas grandes y consolidadas, <strong>que pueden asumir estas pérdidas durante períodos prolongados de tiempo</strong> para acabar con la competencia del sector.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Hasta ahora, <strong>el dumping era ilegal en España</strong>, <a rel="noopener, noreferrer" href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l3-1991.html">según el artículo 17 de la Ley 3/1991 de Competencia Desleal</a>. Sin embargo, una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, <a rel="noopener, noreferrer" href="http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=195744&pageIndex=0&doclang=ES&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=1646614">ha admitido la posibilidad de que las empresas puedan vender a pérdida</a> y que, por tanto, <strong>el dumping no se pueda considerar como ilegal en ninguno de los países miembros de la Unión Europea</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>En este caso, <strong>prevalece la libertad de los negocios para establecer sus estrategias de precios</strong>, oponiéndose a la ley española, "en la medida en que ésta prohíbe con carácter general la venta con pérdidas y establece excepciones a dicha prohibición basadas en criterios no contemplados en la directiva". </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>De este modo, <strong>el TJUE pretende establecer un marco legal común en lo relativo a las prácticas comerciales para todos los países</strong> de la Unión Europea y se opone a las legislaciones nacionales, que suelen primar la prohibición sobre las ventas a pérdidas. Esta sentencia obliga a los países a modificar su normativa comercial que impide en la actualidad vender al público un producto o comercializar un servicio a un precio menor al cual fue adquirido o producido.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>De hecho, esta sentencia fue motivada por una consulta del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 4 de Murcia, <strong>que dirimía un recurso de la empresa mayorista Europamur Alimentación contra una multa impuesta</strong> por el Gobierno de Murcia al entender que dicha firma había incurrido en venta a pérdida.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Sea como fuere, <strong>las pymes han visto esta sentencia con alarma y preocupación</strong>, especialmente en algunos sectores que trabajan con márgenes muy estrechos, como el agrario. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/dumping-e-importacionessorpresas-desagradables">Dumpìng e importaciones: sorpresas desagradables</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/impuestos-evasi%C3%B3n-fiscal-polic%C3%ADa-1027103/">Alexas_Fotos</a></p>
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                <title><![CDATA[Dumpìng e importaciones: sorpresas desagradables]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/dumping-e-importacionessorpresas-desagradables</link>
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                <pubDate>Thu, 24 Sep 2009 16:56:00 +0000</pubDate>
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      <img src="https://i.blogs.es/5104fa/dumping/1024_2000.jpg" alt="Dump&#x00EC;ng&#x20;e&#x20;importaciones&#x3A;&#x20;sorpresas&#x20;desagradables">
    </p>
    <p>A la hora de realizar operaciones de comercio exterior, tanto en importación como en exportación tenemos que tener mucho cuidado con el <strong>dumping</strong>. El dumping es el procedimiento por el cual una empresa exporta a un precio mucho más bajo que los precios a los que vende dentro de su mercado de influecia.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Esta práctica comercial que a priori no puede tener sentido, cobra toda su fuerza cuando queremos introducirnos en un mercado desconocido con fuerza, necesitamos obtener sinergías del mercado de destino o la actividad exportadora que realiza la empresa que vende por debajo del precio está subvencionada. A efectos prácticos, la pyme no va a caer en prácticas de dumping, pero si puede <strong>sufrir los efectos antidumping</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Los efectos antidumping son los que se producen cuando se realiza una importación y a la mercancia comprada se aplica un recargo importante en aduanas de tal forma que equipare el coste de la mercancia importada con el coste que tiene dicho artículo en el mercado destino.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Para que nos hagamos una idea del funcionamiento antidumping, supongamos que una empresa A importa material eléctrico desde un país extracomunitario a un coste de un euro la unidad siendo el coste en destino de tres euros. Al llegar a aduanas, comprueba que ese material tiene un arancel de antidumping porque el pais exportador tiene una serie de características que así lo estipulan según los códigos de comercio europeos. Automáticamente, ese material eléctrico tiene un recargo que iguala el precio en aduanas con el coste de adquisición en España, aplicando un recargo impositivo de dos euros por unidad. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Este tipo de factores hay que <strong>estudiarlos muy bien antes de realizar cualquier tipo de importación</strong>, en línea con el estudio de aranceles e impuestos a liquidar no recuperables. En siguientes posts veremos cómo se comprueban los aranceles y gastos de importación.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/ryanjunell/1323788640/">ryanjunell</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/aumento-de-los-controles-y-costes-de-importacion-en-juguetes-y-textil">Aumento de los controles y costes de importación en juguetes y textil</a></p>
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