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        <title>Magazine - repercusion</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Wed, 10 Jun 2026 10:40:08 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Los influencers de Linkedin y su visión del mercado laboral en España]]></title>
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                <pubDate>Thu, 06 Feb 2020 10:01:30 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/35d6f2/monkey-1279818_640/1024_2000.png" alt="Los&#x20;influencers&#x20;de&#x20;Linkedin&#x20;y&#x20;su&#x20;visi&#x00F3;n&#x20;del&#x20;mercado&#x20;laboral&#x20;en&#x20;Espa&#x00F1;a">
    </p>
    <p>Cuando un periódico dedica toda una página a este tipo de noticias debe significar, que <strong>estos conferenciantes que de dar consejos para sacar partido a las redes sociales</strong>, se han convertido en visionarios del panorama laboral de España y son un referente al que tomar en serio. ¿O no?</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Entre todos, puede que haya alguno que ha montado una empresa, pero la gran mayoría, han creado un producto: él. Lo que asombra es que son presentados por orden de seguidores. Lo cual, es una pura contradicción. ¿Es más creíble su discurso porque uno tiene 10.000 personas detrás, o es más sensato quien apuesta por un discurso argumentado y alejado de frases hechas?</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><h2>Soltar frases azucaradas siendo influencer es fácil, encontrar soluciones, no</h2>

<p><strong>Cuando todos andamos pendientes de la repercusión de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de que puede suponer despidos</strong>, de que en vez de una mejora, es un problema tanto para el empresario como el trabajador, ¿a qué viene dar espacio a personas que viven en un universo paralelo?</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Todo este asunto de las conferencias para motivar o para explicar lo que es sencillo, viene de antaño pero de Estados Unidos. Antes nos parecía gracioso que la gente pagara por oír a una persona que te dice lo que con un poco de lógica y empeño ya sabes: hay un aumento de la digitalización en todo, <strong>y las máquinas no van a sustituir (por ahora) a los trabajadores</strong>.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>¿Pero qué aportan esas reflexiones? Nada. Mientras los agricultores se echan a la calle, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/datos-paro-tambien-se-ceban-pymes-autonomos">los autónomos se angustian porque ven que no pueden pagar tanto y cobrar tan poco</a>, resulta paradójico que un tipo con aires de mesías, diga obviedades, y se le jalee por ello.</p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/efectos-colaterales-incremento-smi-aumentara-base-cotizacion-afectara-fundamentalmente-a-pymes">
     <img alt="Los&#x20;efectos&#x20;colaterales&#x20;del&#x20;incremento&#x20;del&#x20;SMI&#x3A;&#x20;aumentar&#x00E1;&#x20;la&#x20;base&#x20;m&#x00ED;nima&#x20;de&#x20;cotizaci&#x00F3;n&#x20;y&#x20;afectar&#x00E1;&#x20;fundamentalmente&#x20;a&#x20;las&#x20;pymes" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/fd2eff/140120-12_diaz/375_142.jpg">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/efectos-colaterales-incremento-smi-aumentara-base-cotizacion-afectara-fundamentalmente-a-pymes" class="desvio-title js-desvio-title">Los efectos colaterales del incremento del SMI: aumentará la base mínima de cotización y afectará fundamentalmente a las pymes</a>
   </div>
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</div>
<h2>Los influencers pueden ser nocivos para la salud y también para el intelecto</h2>

<p>Se persigue a niñas (y no tan niñas) que hablan de medicamentos en sus canales de YouTube. A gurús de medicinas que no curan. En fin, a todo aquel que atente o intente perjudicar la salud de una persona. <strong>¿Pero qué ocurre con la salud mental y el intelecto?</strong></p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>A todos nos gustaría trabajar en empresas ideales. Que la formación fuera el pan nuestro de cada día, y que tanto empresario como trabajador no andara estresado sin saber si con su sueldo pasará el mes.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Al igual que se regulan a las influencers comentadas con anterioridad, alguien debería controlar ese tipo de mensajes carentes de contenido, que se limitan a <strong>dar consejos huecos pero que tienen una proyección elevada en los medios</strong>.</p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>¿Por qué no se da el mismo espacio ni tienen la misma repercusión las personas que hablan con datos, argumentos y que se han tomados al menos un par de días antes de expresar una opinión? </p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>Es el mercado, amigo. Y ahora lo que se lleva es tener X seguidores, frases que suenen a titulares y poco más. <strong>Mientras tanto, los demás seguiremos trabajando y pensando.</strong></p>
<!-- BREAK 10 -->
<p>Imagen|<a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/illustrations/mono-re%C3%ADr-gracioso-diversi%C3%B3n-1279818/">Pixabay</a></p>
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                <title><![CDATA[Cuando una simple nota de prensa cambia la vida de tu negocio: el caso de muebles Luffe]]></title>
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                <pubDate>Fri, 10 Aug 2018 09:00:45 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/75d2c7/muebles-lufe/1024_2000.jpg" alt="Cuando&#x20;una&#x20;simple&#x20;nota&#x20;de&#x20;prensa&#x20;cambia&#x20;la&#x20;vida&#x20;de&#x20;tu&#x20;negocio&#x3A;&#x20;el&#x20;caso&#x20;de&#x20;muebles&#x20;Luffe">
    </p>
    <p>¿Se puede morir de éxito en los negocios? Eso exáctamente fue lo que estuvo a punto de ocurrir a la empresa Muebles Lufe, una pequeña empresa de Azpeitia con apenas 8 empleados. Y por algo tan sencillo como <strong>enviar una nota de prensa</strong> para celebrar el tercer aniversario del negocio. La repercusión que obtuvieron les ha llevado a lo que ahora son, aumentando un 140% su facturación en 2017 y aumentando su plantilla hasta 21 miembros. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>La nota de prensa hizo llegar a la ETB hasta la empresa. A partir de aquí, la reacción fue es espiral, con El País o los principales medios sacando reseñas de esta empresa conocida como el Ikea vasco, debido a que venden muebles para montar uno mismo y solo por Internet. Esto unido al <strong>tremendo poder de atracción de su producto estrella</strong>, la cama de 30 euros hicieron el resto. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Página web colapsada e imposibilidad de cumplir con los tiempo de entrega por la avalancha de <strong>pedidos recibidos, pasando de 20 al día a 160</strong> hasta llegar a desbordarse, teniendo que trabajar sin descanso fines de semana y prescindir de vacaciones hasta ponerse al día. Todo esto aumentando plantilla, pero el tiempo de formación es alto hasta alcanzar el 100% de productividad. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p><strong>Una simple nota de prensa cambió la vida y el horizonte de esta empresa</strong>. Una micropyme que tenía un buen modelo de negocio pero no había alcanzado la repercusión a nivel nacional necesario. Por eso trabajar la promoción, el marketing según las posibilidades de cada empresa es algo imprescindible. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Nunca se sabe donde se encuentra el éxito. Muchos podían pensar que hacer una nota de prensa era como <strong>enviar un mensaje en una botella y lanzarlo al mar</strong>... Puede que nadie lo lea nunca. Pero, ¿y si llega? Las micropymes también tienen una oportunidad, aunque muchas de ellas ni siquiera se toman la molestia de jugar sus opciones. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Ocurre lo mismo con <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/no-abandones-tus-redes-sociales-ellas-nunca-harian">redes sociales</a>. No sabemos en qué momento uno de los mensajes que hemos publicado puede llegar a la persona adecuada y darnos la <strong>visibilidad que jamás podríamos haber pagado</strong> si contratamos publicidad. No es tiempo perdido, más bien es la ilusión de que conozcan nuestro trabajo y las ganas que ponemos en nuestra empresa.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/7-razones-por-las-que-tus-clientes-se-dan-de-baja-o-huyen-de-tu-newsletter">7 razones por las que tus clientes se dan de baja (o huyen) de tu newsletter</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/tableros-las-vigas-del-techo-850558/">krzys16</a></p>
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                <title><![CDATA[¿Puedo negarme a pagar el IVA de una factura?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/puedo-negarme-a-pagar-el-iva-de-una-factura</link>
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                <pubDate>Mon, 29 Jun 2009 19:09:54 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/31bf5f/im-sorry/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Puedo&#x20;negarme&#x20;a&#x20;pagar&#x20;el&#x20;IVA&#x20;de&#x20;una&#x20;factura&#x3F;">
    </p>
    <p>Es curioso el funcionamiento del IVA y como se articula el juego de la repercusión/deducción.Una reciente sentencia del Tribunal Supremo me ha servido para recordar ciertas cautelas que hay que tener en cuenta no sólo por parte de quien emite las facturas sino también por parte de quien las soporta.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Respuestas a preguntas tan sencillas como <strong>¿Cuánto tiempo tengo para repercutir el IVA merdiante factura? </strong>O mejor dicho, <strong>¿Cuando pueden dejar de pagarnos el IVA de una factura por extemporánea? </strong>o <strong>¿Es deducible el IVA de las facturas emitidas con posterioridad a un año desde su devengo?</strong> son las que a continuación detallo.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Existe un límite temporal para el ejercicio del derecho a la repercusión del IVA. En el caso de incumplir los plazos de expedición y remisión de facturas, la Ley dispone que se perderá el derecho a la repercusión cuando haya transcurrido<strong> un año desde la fecha de devengo</strong> (<em>normalmente, no siempre, se asimila a la fecha de la operación</em>).</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Hay que recordar que el plazo para la expedición de facturas, cuando el destinatario sea empresario o profesional, es el de un mes contado a partir del momento en que se realizó la operación, debiendo remitirse la factura al destinatario, en su caso, como máximo dentro del mes siguiente a su expedición; y si el destinatario no es un empresario o profesional las facturas o documentos sustitutivos deben ser expedidos y además entregarse en el mismo momento de realizarse la operación.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>La pérdida del derecho a la repercusión cuando ha transcurrido un año desde la fecha de devengo <strong>no exime de la obligación del ingreso de las cuotas devengadas en el tesoro</strong>, por lo que opera a modo de una sanción económica con respecto al sujeto pasivo (<em>quien emite las facturas</em>).</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Por tanto, el sujeto que debe soportar la repercusión con carácter imperativo hasta un año desde el devengo, ya que transcurrido el plazo <strong>puede negarse a soportar el impuesto</strong>, que en cualquier caso debe ser liquidado por el sujeto pasivo.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Sin embargo, la ley en modo alguno establece la prohibición de soportar una vez transcurrido el plazo del año, sino sólo que se perderá el derecho a repercutir, por lo que no puede entenderse que si se soporta voluntariamente el impuesto, aunque sea repercutido extemporáneamente, el repercutido está incumpliendo una obligación.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>En definitiva, el Tribunal Supremo razona que la ley del IVA impide deducirse el impuesto en "cuantía superior a la que legalmente corresponda", esto es, que si se ha devengado por cuantía superior no serán deducibles las cuotas en la cuantía que exceda del impuesto efectivamente devengando, no refiriéndose, <strong>en modo alguno, al caso de que sí acepta y paga el adquirente o destinatario del servicio las cuotas repercutidas extemporáneamente no existe derecho a la deducción.</strong></p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>Una interpretación razonable que solventa problemas de deducibilidad en caso de repercusiones extemporáneas. De todos modos, si alguien tarda más de un año en emitir una factura, con independencia de la fiscalidad tiene otros problemas... ¿De gestión tal vez?</p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>Imagen | Galería de <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/34340798@N05/3601293778/">-emmaphotos</a></p>

<p>Más Información | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.poderjudicial.es/jurisprudencia/pdf/28079130022009100166.pdf?formato=pdf&K2DocKey=E:%5CSENTENCIAS%5C20090415%5C28079130022009100166.xml@sent_TS&query=%28plazo+de+un+a%F1o%29%3CAND%3E%28%3CYESNO%3E%28fecha_resolucion+%3E%3D+20090215%29%29%3CAND%3E%28%3CYESNO%3E%28fecha_resolucion+%3C%3D+20090319%29%29">Sentencia del Tribunal Supremo</a></p>
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