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        <title>Magazine - especie</title>
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        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Sat, 13 Jun 2026 01:17:02 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[¿Se puede pagar a un trabajador con notoriedad en redes sociales?]]></title>
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                <pubDate>Tue, 16 Feb 2021 08:31:40 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/38f9d2/seguidores-redes/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Se&#x20;puede&#x20;pagar&#x20;a&#x20;un&#x20;trabajador&#x20;con&#x20;notoriedad&#x20;en&#x20;redes&#x20;sociales&#x3F;">
    </p>
    <p>Todos estamos de acuerdo en que es necesario remunerar a los empleados cuando realizan un trabajo. Pero en muchos casos, hay ciertos pagos que no acaban por ser suficientes. O al menos eso parece. Recientemente se ha visto en un <a rel="noopener, noreferrer" href="https://twitter.com/mvalderramac/status/1359182469497565187?s=20">hilo e Twitter</a> una oferta de trabajo no remunerado, ofreciendo como paga la promoción en redes sociales. Pero <strong>¿se puede pagar a un trabajador con notoriedad en redes sociales?</strong></p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>No se habla aquí de un pago en especie, puesto que para que esto ocurra dicha "promoción o notoriedad en redes sociales" tiene que ser cuantificada. Es decir, por ejercer tu profesión en este lugar te supone una <strong>visibilidad que se valora en X dinero</strong>. ¿Cuántos seguidores tenemos que ganar en redes sociales para que salga rentable  trabajar solo por esto? ¿Seguirán con nosotros si cambiamos de medio? </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/cinco-formas-diferentes-retribuir-a-tus-empleados-paso-ahorrarte-impuestos">
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    </a>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/cinco-formas-diferentes-retribuir-a-tus-empleados-paso-ahorrarte-impuestos" class="desvio-title js-desvio-title">Cinco formas diferentes de retribuir a tus empleados (y, de paso, ahorrarte impuestos)</a>
   </div>
  </div>
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</div>
<p>Entiendo que haya empleados que eligen colaborar con este tipo de empresas para hacer currículo, es decir, gente sin experiencia que necesita mostrar no solo su valía en esta organización, sino más bien hacer que su <strong>candidatura resulte más atractiva</strong> para futuras ofertas. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Hay que tener en cuenta que no es lo mismo una colaboración, ofrecer un servicio a cambio de la misma o un trabajo regular. Los <strong>pagos en especie son bastante comunes</strong> en las empresas, desde un <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/portatiles-moviles-para-teletrabajar-salarios-especie">vehículo comercial que también se puede utilizar para uso particular o portátiles, tablets, teléfonos</a>, etc. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Todos estos pagos en especie tienen también que tributar y es aquí donde la oferta de trabajo por promoción en redes cojea. ¿Cómo se ha cuantificado dicha promoción? O simplemente no se hace y lo que ocurre es que <strong>se acaba trabajando gratis</strong> como puede ocurrir con las <a href="https://www.xataka.com/otros/empresa-busca-programador-polemica-cuando-pruebas-seleccion-camuflan-trabajo-gratuito">pruebas de selección de programadores</a>, por ejemplo. Y lo cierto es que para trabajadores sin experiencia ya existen contratos de prácticas que están precisamente pensados para eso. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Lo peor de todo es que es algo que <strong>mucha gente ve con normalidad</strong>, tanto por parte de las empresas que lo pueden ofrecer como de trabajadores que lo aceptan. Y en diferentes sectores, desde periodistas, diseñadores gráficos, web, abogados o <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.elconfidencial.com/alma-corazon-vida/2017-05-04/por-que-becarios-no-remunerados-trabajo-gratis_1376555/">cocineros</a>, por citar un ejemplo que hace no mucho saltó a la actualidad. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Es imprescindible <strong>remunerar de forma justa un trabajo</strong>. Se puede ofrecer un pago en especie, incluso esta notoriedad en redes sociales, pero tiene que poder cuantificarse, porque sino de otra forma lo único que se ofrece como pago son intangibles, palmaditas en la espalda en el mejor de los casos.</p>
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                <title><![CDATA[Retribuciones en especie (I)]]></title>
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                <pubDate>Fri, 12 Jun 2009 19:18:50 +0000</pubDate>
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                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/8b2b2d/nada/1024_2000.jpg" alt="Retribuciones&#x20;en&#x20;especie&#x20;&#x28;I&#x29;">
    </p>
    <p>Trataré en unos cuantos posts cuál es el concepto de <strong>retribución en especie</strong>, así como las diferentes formas que de la misma existen desde el punto de vista fiscal. Normalmente, cuando se habla de retribución en especie se recurre en clave de humor al sexo como subtipo de las mismas, pues bien, siento decepcionaros a todos/as, pero no es el caso. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Los rendimientos en especie se traducen en la utilización, consumo u obtención por los trabajadores (<em>a cargo de la empresa</em>) y para fines particulares de determinados bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Existe una zona gris de difícil concreción en los casos que la empresa está mediando en el pago de un bien o servicio que correspondería al trabajador. En estos casos podemos estar ante una retribución dineraria o en especie, así que vamos aclarar cuándo es de un tipo u otro:</p>
<!-- BREAK 3 -->
<ul>
<li><p>Si se trata de simples mediaciones de pago por parte de la empresa (<em>por ejemplo si paga la guardería del trabajador pagándoselo de menos de la nómina</em>), no cabe entender que las cantidades abonadas por la empresa a un tercero se califiquen como rendimientos del trabajo en especie para el trabajador, sino que se tratará de una aplicación de los rendimientos del trabajo dinerarios.</p>
</li>
<li><p>Si se trata de pagos satisfechos por la empresa al tercero en cumplimiento de los compromisos asumidos con sus trabajadores, es decir, para hacer efectiva la retribución en especie acordada, entonces hablamos también de retribuciones en especie. Estos casos se dan, por ejemplo, cuando se pacta ab initio como obligación en contrato o se acuerda la modificación o novación del contrato de trabajo existente en cuanto suponen un cambio en la política de retribuciones de la empresa.</p>
</li>
</ul>

<p>Los <strong>diferentes tipos</strong> de retribución en especie que trataré en función de su fiscalidad son:
* Seguro de enfermedad y asistencia sanitaria.
* Seguro de accidente.
* Utilización de vehículo.
* Cursos de formación y gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de nuevas tecnologías de la información y de la comunicación.
* Utilización de vivienda.
* Vales guardería.
* Entrega de acciones.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En la foto podéis ver el contenido de las las retribuciones en especie más usadas a fecha de hoy.</p>

<p>Imagen | Galería de <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/walmartmovie/71100580/">Brave New Films
</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/los-tickets-restaurante-para-autonomos-y-pymes">Los tickets restaurante para autónomos y pymes</a></p>
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