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		<title>Magazine - boe</title>
		<link>http://www.pymesyautonomos.com</link>
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Toda la información para las pymes y los autónomos: fiscalidad, legalidad, administración, recursos humanos. La actualidad analizada y explicada para el autónomo y la pyme		</description>
		<pubDate>2013-05-24 20:33:28</pubDate>

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      <title><![CDATA[Habilitadas las notificaciones por comparecencia en la web de la AEAT]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/habilitadas-las-notificaciones-por-comparecencia-en-la-web-de-la-aeat</link>
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      <pubDate>Mon, 25 Jul 2011 16:54:16 +0000</pubDate>

      <author>Remo</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image10219" src="http://img.pymesyautonomos.com/2011/07/notificaciones-aeat.jpg" class="centro" alt="notificaciones-aeat.jpg" /><br />
Tal y como se había anunciado anteriormente, el <span class="caps">BOE</span> ha dejado de publicar las notificaciones por comparecencia fallidas en dos intentos de la Agencia Tributaria para <strong>publicar todas estas notificaciones en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria</strong>. Este nuevo tablón de anuncios virtual está disponible desde el día 15 y el día 21 de julio, se ha realizado la primera publicación en esta sede. </p>

	<p>Para acceder a las notificaciones, <a href="https://www2.agenciatributaria.gob.es/L/inwinvoc/es.aeat.dit.adu.gnno.nots.pub.qinter.AnunInteQuery?FFechaPubDesde=07-07-2011&FFechaPubHasta=22-07-2011">basta con entrar en este enlace en la Sede Electrónica de la AEAT</a>. Tal y como podemos apreciar, podemos realizar búsquedas por fecha de publicación, por número de anuncio e incluso por <span class="caps">NIF</span>. Para <strong>las búsquedas por <span class="caps">NIF</span>, es imprescindible que tengamos la firma electrónica</strong> correspondiente al <span class="caps">NIF</span> que estamos buscando.<br />
<!--more--><br />
<img id="image10218" src="http://img.pymesyautonomos.com/2011/07/oficinas-gestoras-aeat.png" class="centro" alt="oficinas-gestoras-aeat.png" /><br />
El funcionamiento de estas notificaciones, es sencillo. En cada fecha,<strong> nos encontramos con <span class="caps">PDF</span> </strong>que incluye en las primeras páginas, los códigos de las oficinas gestoras que publican cada anuncio y sus direcciones tal y como se ve en la captura de pantalla superior. En las siguientes páginas, nos encontramos la relación de notificaciones fallidas en los dos primeros intentos, ordenadas por <span class="caps">NIF</span>, numérico ascendente, tal y como podemos ver en la imagen que encabeza el post.</p>

	<p>A efectos prácticos, el mecanismo es casi el mismo que teníamos con las notificaciones el <span class="caps">BOE</span>, con la salvedad que ahora podemos realizar búsquedas por nuestros propios <span class="caps">NIF</span> si tenemos la firma electrónica y realizar la notificación en la propia Sede Electrónica de la <span class="caps">AEAT</span>.</p>

	<p>En el caso de que <strong>no tengamos la firma electrónica, disponemos de 15 días naturales</strong>, contados desde el día siguiente al de publicación del anuncio en la sede electrónica de la <span class="caps">AEAT</span>, para comparecer personalmente en la delegación física de la Agencia Tributaria en el que se encuentre nuestro expediente. En el caso de que no recibamos dicha comparecencia, la <span class="caps">AEAT</span> considerará como notificada y seguirá con el procedimiento tributario adelante.</p>

	<p>En <span class="caps">AEAT</span> | <a href="https://www2.agenciatributaria.gob.es/L/inwinvoc/es.aeat.dit.adu.gnno.nots.pub.qinter.AnunInteQuery?FFechaPubDesde=07-07-2011&FFechaPubHasta=22-07-2011">Acceso a Notificaciones Telemáticas</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/novedades-sobre-las-notificaciones-telematicas-de-hacienda">Novedades sobre las notificaciones telemáticas de Hacienda</a>, <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/analogia-sobre-el-sistema-de-notificacion-telematica-de-hacienda-con-un-caso-real">Analogía sobre el sistema de notificaciones telemáticas de Hacienda con un caso real</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Hacienda dejará de publicar las notificaciones en el BOE para publicarlas en su web]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/hacienda-dejara-de-publicar-las-notificaciones-en-el-boe-para-publicarlas-en-su-web</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/hacienda-dejara-de-publicar-las-notificaciones-en-el-boe-para-publicarlas-en-su-web</guid>
      <pubDate>Wed, 02 Dec 2009 17:51:47 +0000</pubDate>

      <author>Remo</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image4750" class="centro_sinmarco" alt="boe logo" src="http://img.pymesyautonomos.com/2009/12/boe-logo.jpg" /><br />
El anteproyecto de ley de Economía Sostenible introduce la segunda gran modificación que se lleva a cabo en la Ley General Tributaria en el Art 112, además de la facultad de <a href="http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/hacienda-podra-notificar-solo-por-medios-telematicos-a-todos-los-contribuyentes">notificación telemática obligatoria</a> que ya analizamos ayer. En este artículo se regula la publicación en los distintos boletines oficiales, para aquellas notificaciones que han resultado fallidas por causas no imputables a la Administración Tributaria.</p>

	<p>Con esta modificación legal, se define la <strong>sustitución de las publicaciones en el <span class="caps">BOE</span> por la Sede Electrónica</strong>, entiéndose como sede eléctronica la propia página web de la Agencia Tributaria. Con lo cual, el <span class="caps">BOE</span>, no lo lee nadie, pero la página web de Hacienda si tiene un mayor número de visitas, y por ende repercusión de información pública.<br />
<!--more--><br />
La agencia tributaria dejará de publicar en el <span class="caps">BOE</span> las notificaciones que hace casi a diario para incluirlas directamente en su página web. La validez jurídica de estas notificaciones viene marcada por la Ley 11/2007. Una vez aprobada la Ley, el Ministerio de Economía determinará las condiciones, fechas de publicación y plazos de permanencia de los anuncios en la sede electrónica de la <span class="caps">AEAT</span>.</p>

	<p><strong>Esta medida es muy positiva</strong> porque abre la puerta a una mayor difusión de aquellas notificaciones fallidas y perdidas y puede evitar bastantes problemas posteriores con Hacienda. Pero también presenta un lado negativo, porque esta difusión será mucho mayor y nos podemos encontrar nombres de conocidos con mucha habitualidad o incluso de nuestra propia empresa.</p>

	<p>Más Información | <a href="http://www.diariocritico.com/imagenesPieza/30-11-09%20%20LEY%20ECONOMIA%20SOSTENIBLE%20doc(3).pdf">Articulado completo Anteproyecto Ley Economía Sostenible (<span class="caps">PDF</span>) &#8211; Ver Art 50</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/notificaciones-ese-gran-desconocido">Notificaciones, ese gran desconocido</a></p>      ]]></description>
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