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        <title>Magazine - provision</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Fri, 12 Jun 2026 18:02:27 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Diferencias entre deterioro y provisión a nivel contable]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/diferencias-entre-deterioro-y-provision-a-nivel-contable</link>
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                <pubDate>Fri, 21 Apr 2017 09:01:46 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/356024/533757905_7f18241e0c_o/1024_2000.jpg" alt="Diferencias&#x20;entre&#x20;deterioro&#x20;y&#x20;provisi&#x00F3;n&#x20;a&#x20;nivel&#x20;contable">
    </p>
    <p>Una de las cuestiones que más controversia suelen causar entre los responsables contables de una empresa <strong>es la comparación entre deterioro y provisión</strong> a nivel contable. El anterior Plan General Contable, vigente desde 1990, recogía bajo el concepto genérico de provisión tanto las correcciones que se le atribuían a un activo que valía menos como a los pasivos probables pero también indeterminados.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Desde el año 2007, <a rel="noopener, noreferrer" href="http://plancontable2007.com/pgc-2007.html">fecha en la que entró en vigor la reforma del PGC</a>, <strong>se diferencia entre deterioro y provisión a nivel contable</strong>, y se aplica uno y otro en función de si la cuenta sobre la que se va a actuar es de activo o de pasivo, respectivamente. </p>
<!-- BREAK 2 -->
<h2>Deterioro contable</h2>

<p>De este modo, hablamos de <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/la-unidad-generador-de-efectivo-cuando-registrar-una-perdida-por-su-deterioro">deterioro</a> <strong>cuando nos referimos a la pérdida de valor de carácter reversible</strong> en el inmovilizado intangible material y las inversiones inmobiliarias. Es decir, cabría la posibilidad que ese activo pudiese recuperar su valor en el futuro. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Contablemente, <strong>el deterioro se contempla como un gasto</strong>, por ejemplo, por las dudas razonables que existan de que se pueda cobrar una factura a un cliente. De la misma manera, <strong>la reversión de una corrección de valor a la baja se registraría contablemente como un ingreso</strong>. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>El Plan General Contable contempla las siguientes cuentas en relación con el deterioro:</p>

<ul>
<li><strong>690</strong>.Pérdidas por deterioro del inmovilizado intangible</li>
<li><strong>691</strong>.Pérdidas por deterioro del inmovilizado material</li>
<li><strong>692</strong>.Pérdidas por deterioro de las inversiones inmobiliarias</li>
</ul>

<h2>Provisión contable</h2>

<p>Por su parte, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/las-provisiones-y-su-importancia-en-el-resultado-contable">las provisiones</a> los pasivos que son indeterminados en cuanto a su importe exacto o fecha en la que se producirán. Por ejemplo, se contabilizará como provisión la posible indemnización que <strong>tendrá que pagar una empresa a su cliente por la venta de un producto defectuoso</strong> del que todavía se está esperando resolución. La empresa aplicará la cantidad que corresponda como gasto del ejercicio.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>El PGC recoge expresamente las siguientes cuentas en relación con las provisiones:</p>

<ul>
<li><strong>140</strong>.Provisión para retribuciones y otras prestaciones al personal.</li>
<li><strong>141</strong>.Provisión para impuestos</li>
<li><strong>142</strong>.Provisión para otras responsabilidades</li>
<li><strong>143</strong>.Provisión por desmantelamiento, retiro o rehabilitación del inmovilizado.</li>
<li><strong>145</strong>.Provisión para actuaciones medioambientales</li>
<li><strong>146</strong>.Provisión para reestructuraciones</li>
<li><strong>147</strong>.Provisiones por transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio</li>
</ul>

<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/la-unidad-generador-de-efectivo-cuando-registrar-una-perdida-por-su-deterioro">La diversificación de la cartera de clientes como 'clave' para la supervivencia</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/41426288@N00">adrperez</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[La política de provisiones y la crisis ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/la-politica-de-provisiones-y-la-crisis</link>
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                <pubDate>Mon, 24 Dec 2012 22:59:28 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/83e0db/200/1024_2000.jpg" alt="La&#x20;pol&#x00ED;tica&#x20;de&#x20;provisiones&#x20;y&#x20;la&#x20;crisis&#x20;">
    </p>
    <p>Cuando se cierra en <strong>ejercicio fiscal</strong> de una empresa, es importante <strong>planificar la distribución del producto</strong> de la misma, revirtiendo parte de sus beneficios sobre la misma para fortalecer su solvencia, y por otro, promover las necesarias reinversiones que le permitan mejorar sus operaciones en un futuro.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Con la crisis, parece ser que algunas empresas se han olvidado de esta importante función, o al menos, han dejado de contemplarla con la misma intensidad, corriendo el enorme riesgo de descapitalización y de limitación de la mejora continua de sus operaciones, tan necesaria para competir en un mercado cada vez más exigente y competitivo.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Es cierto, que ante la caída de la actividad y las necesidades adicionales de liquidez derivadas de un contexto de crisis económica, muchas organizaciones no han podido atender este deber de manera sobrevenida, pero es una tarea de la que no nos podemos olvidar en el medio plazo.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Otra confusión al respecto es la derivada de los esfuerzos adicionales en inversiones en las empresas en un entorno de crisis, que tienen un carácter anti cíclico, ya que se trata del motor que nos permitirá salir de la crisis y al mismo tiempo diferenciarnos de nuestra competencia, pero claro, ninguna situación es equivalente ni las necesidades son las mismas. Pero <strong>en ningún caso debemos olvidarnos de una estrategia de largo plazo</strong> en la que las provisiones juega un papel fundamental.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En Pymes y Autónomos  | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/la-rentabilidad-de-paradores-no-puede-medirse-unicamente-en-terminos-financieros">La rentabilidad de Paradores no puede medirse únicamente en términos financieros</a><br />
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/59937401@N07/5857235122/">N07</a></p>

<p></p>
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                <title><![CDATA[¿Qué sucede con los morosos y el IRPF?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/que-sucede-con-los-morosos-y-el-irpf</link>
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                <pubDate>Sun, 07 Jun 2009 19:22:11 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/71d627/no-money/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Qu&#x00E9;&#x20;sucede&#x20;con&#x20;los&#x20;morosos&#x20;y&#x20;el&#x20;IRPF&#x3F;">
    </p>
    <p>Últimamente se habla mucho de cómo recuperar el IVA repercutido a clientes que han resultado ser morosos, de las cautelas, sus plazos, etc. Y lo cierto es que poco se habla y se escribe de lo que sucede con el IRPF que afecta a aquellos empresarios o profesionales que no pueden cobrar sus facturas.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>En primer lugar informaré someramente de los <strong>regímenes fiscales de determinación de rendimientos</strong> para con posterioridad aclarar qué pasa con los créditos que resultan ser defectuosos (impagados). Los regímenes que nos interesan son, además del correspondiente a la estimación objetiva (<em>módulos</em>) el de estimación directa en sus modalidades simplificada y normal.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><ul>
<li><p>En la modalidad <strong>normal</strong>, el rendimiento neto se calcula por diferencia entre los ingresos computables y los gastos deducibles, aplicando, con algunas matizaciones, la normativa del <strong>Impuesto sobre Sociedades</strong>. Este sistema es obligatorio cuando el importe de la cifra de negocios del conjunto de actividades ejercidas por el contribuyente supere los 600.000 € anuales en el año inmediato anterior o cuando se hubiera renunciado a la estimación directa simplificada. </p>
</li>
<li><p>En la estimación directa <strong>simplificada </strong>el rendimiento neto se calcula conforme las normas del Impuesto sobre Sociedades (ingresos menos gastos) y siguiendo el esquema expuesto en el apartado de estimación directa normal, con algunas particularidades, tanto en <strong>amortizaciones </strong>como en <strong>provisiones deducibles</strong> que lo hacen más sencillo que el anterior. </p>
</li>
</ul>

<p>Una vez expuestos resumidamente los diferentes sistemas, vamos al grano ¿Qué sucede con los ingresos informados en las diferentes modalidades cuando el cliente no nos paga?</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En el método de <strong>estimación objetiva</strong>, nada que hacer. Esas cantidades correspondientes a clientes morosos, en la medida que no suelen afectar los ingresos cuando el empresario emite la factura (si es el caso) tampoco se restan en caso de impago. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En el método correspondiente a la <strong>estimación directa normal</strong>, son deducibles las posibles insolvencias de los deudores, cuando en el momento del devengo del impuesto concurra alguna de las siguientes circunstancias:</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>a) Que haya transcurrido el plazo de seis meses desde el vencimiento de la obligación.</p>

<p>b) Que el deudor esté declarado en situación de concurso.</p>

<p>c) Que el deudor esté procesado por el delito de alzamiento de bienes.</p>

<p>d) Que las obligaciones hayan sido reclamadas judicialmente o sean objeto de un litigio judicial o procedimiento arbitral de cuya solución dependa su cobro.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Siempre teniendo en cuenta que hay ciertas limitaciones en caso de créditos garantizados, afianzados, en caso de operaciones con empresas del grupo, etc.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Finalmente, y en lo referente a la <strong>modalidad simplificada</strong>, dado que para la determinación del rendimiento neto (<em>beneficio</em>) el conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación se cuantifican aplicando el porcentaje del <strong>5 por ciento sobre el rendimiento neto</strong>, excluido este concepto, las posibles insolvencias de los deudores no pueden descontarse adicionalmente. En fin, que las cantidades sobre las que existe riesgo de impago, además de perderse, son objeto de tributación por el IRPF.</p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>Ahora un consejo... es un buen momento para planificar la modificación del sistema de determinación de rendimiento, sobretodo si trabajamos en sectores potencialmente peligrosos en cuanto a solvencia se refiere. Decantarse por la modalidad normal del régimen de estimación directa puede suponer una mayor carga administrativa, aunque lo cierto es que también puede acabar siendo un estupendo sistema de ahorro fiscal.</p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>Imagen | Galería de <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/neubie/">Neubie</a></p>

<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/recursos/tratamiento-fiscal-de-la-morosidad">Tratamiento fiscal de la morosidad</a></p>
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