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        <title>Magazine - mercantil</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Thu, 11 Jun 2026 19:44:13 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Diferencias entre contrato laboral y contrato mercantil y cómo sacarles partido en la empresa a cada opción]]></title>
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                <pubDate>Sat, 27 Nov 2021 08:00:26 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/753598/shaking-hands-gbeb7e4a93_1280/1024_2000.jpg" alt="Diferencias&#x20;entre&#x20;contrato&#x20;laboral&#x20;y&#x20;contrato&#x20;mercantil&#x20;y&#x20;c&#x00F3;mo&#x20;sacarles&#x20;partido&#x20;en&#x20;la&#x20;empresa&#x20;a&#x20;cada&#x20;opci&#x00F3;n">
    </p>
    <p>A la hora de contratar la prestación de un determinado servicio, las empresas pueden optar por dos tipos de contrato: <strong>el contrato laboral y el contrato mercantil</strong>. Las diferencias entre estos dos tipos de contratos son muy grandes, y dependiendo del tipo de servicio que se preste, ni siquiera es posible utilizar el más adecuado para la empresa a nivel legal.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>A continuación, vamos a explicar las diferencias entre ellos y cuál le conviene más a tu empresa en función de tus necesidades.</p>
<!--more--><h2>Qué es un contrato laboral</h2>

<p>El contrato laboral es el que se firma cuando existe una relación contractual entre un trabajador y un empresario. Básicamente, <strong>existe una relación de laboralidad</strong> cuando concurren las siguientes circunstancias:</p>
<!-- BREAK 2 -->
<ul>
<li>El trabajo tiene que ser voluntario y no obligado.</li>
<li>El trabajador ejerce una actividad a cambio de un salario, que suele ser fijo. No obstante, puede existir una parte variable con arreglo a una serie de criterios fijados por el empresario.</li>
<li>La prestación del trabajo tiene que ser realizada directamente por el trabajador, y ninguna otra persona puede trabajar por ella.</li>
<li>Es un trabajo por cuenta ajena, siendo el empresario quien se beneficia de eta prestación. De hecho, es este quien asume los riesgos y quien es propietario de los medios de producción. Asimismo, es quien vende el producto en el mercado.</li>
<li>El trabajador presta sus servicios al empresario bajo su dirección, dentro de su ámbito de organización, siguiendo sus órdenes y bajo su supervisión</li>
</ul>

<h2>Qué es un contrato mercantil</h2>

<p>El <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/resolucion-de-contrato-mercantil-entre-sociedades-con-antigua-relacion-laboral">contrato mercantil</a> es aquel que se firma en la relación entre una empresa y otra empresa o un autónomo o directamente entre dos autónomos. A diferencia del contrato laboral, en el contrato mercantil ambas partes están al mismo nivel: una de ellas ofrece unos servicios en el mercado y la otra los contrata. Se rige por el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1885-6627">Código del Comercio</a>, por el Código Civil y por el resto de leyes civiles.</p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/recibi-carta-inspeccion-trabajo-contratacion-temporal-fraudulenta-asi-tuve-que-ponerme-al-dia">
     <img alt="Recib&#x00ED;&#x20;una&#x20;carta&#x20;de&#x20;Inspecci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;Trabajo&#x20;por&#x20;contrataci&#x00F3;n&#x20;temporal&#x20;fraudulenta&#x20;y&#x20;as&#x00ED;&#x20;tuve&#x20;que&#x20;ponerme&#x20;al&#x20;d&#x00ED;a&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/050946/cartas-inspeccion-de-trabajo/375_142.jpeg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/recibi-carta-inspeccion-trabajo-contratacion-temporal-fraudulenta-asi-tuve-que-ponerme-al-dia" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/recibi-carta-inspeccion-trabajo-contratacion-temporal-fraudulenta-asi-tuve-que-ponerme-al-dia" class="desvio-title js-desvio-title">Recibí una carta de Inspección de Trabajo por contratación temporal fraudulenta y así tuve que ponerme al día </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Para que se dé un contrato de este tipo son necesarias los siguientes requisitos:</p>

<ul>
<li>No es una prestación personal, siendo otra persona quien puede prestar los servicios.</li>
<li>El profesional presta sus servicios con sus medios personales y a través de una organización propia.</li>
<li>No hay una dirección por parte del empresario, con libertad horaria, autonomía e independencia.</li>
<li>El empresario que presta los servicios tiene en ocasiones trabajadores a su cargo.</li>
<li>La retribución es variable, y depende de la actividad.</li>
</ul>

<h2>Qué contrato es el más adecuado</h2>

<p>Las <strong>diferencias entre un contrato y otro son bastante significativas</strong>. En términos generales, se puede afirmar que el contrato mercantil ofrece una protección mucho más reducida para el trabajador y es más favorable a la empresa desde el punto de vista legal. Además, el contrato mercantil suele ser menos costoso para una empresa que un contrato laboral.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Por esta razón, no es de extrañar que en una situación actual de crisis económica, <strong>el contrato mercantil sea cada vez más habitual</strong>, incluso en situaciones en las que legalmente el contrato tendría que ser necesariamente laboral, dando lugar a lo que se conoce como el fraude de los falsos autónomos. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>No obstante, la decisión de utilizar un contrato u otro depende de diferentes factores, actividades y las circunstancias de cada empresa y trabajador.</p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Los contratos mercantiles: cuando los falsos autónomos sustituyen a los asalariados]]></title>
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                <pubDate>Wed, 30 Apr 2014 12:04:28 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/70106f/plumber-228010_640/1024_2000.jpg" alt="Los&#x20;contratos&#x20;mercantiles&#x3A;&#x20;cuando&#x20;los&#x20;falsos&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;sustituyen&#x20;a&#x20;los&#x20;asalariados">
    </p>
    <p>La crisis económica sigue causando verdaderos estragos sobre el empleo y la ocupación. Desde 2007 se han perdido 3,8 millones de puestos de trabajo y tres millones de asalariados. La última Encuesta de Población Activa, <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.ine.es/daco/daco42/daco4211/epa0114.pdf">publicada ayer por el INE</a>, confirma estos datos negativos, a pesar de que el propio Gobierno lanza las campanas al vuelo trasladando mensajes de euforia y optimismo a la población.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Detrás de estos datos se encuentra, obviamente, la crisis económica, pero también nuevos hábitos empresariales que pasan por convertir a trabajadores por cuenta ajena en autónomos, trabajadores por cuenta propia, para ahorrar costes sociales. No en vano, muchas son las ofertas de trabajo que ofrecen un contrato mercantil en lugar de un contrato laboral, lo que puede dar una <strong>falsa sensación de aumento del empleo por cuenta propia</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>De hecho, si echamos un vistazo al tipo de contratación en el sector privado, veremos que la contratación indefinida <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/serviria-el-contrato-unico-para-acabar-con-la-dualidad-del-mercado-de-trabajo-en-espana">ha continuado descendiendo de forma importante</a>, en concreto un 5%. Al tiempo, los contratos temporales decrecen, en este caso, a un ritmo inferior, un 1,9%. Es decir, el ajuste de trabajadores sigue siendo más intenso entre aquellos que tienen un contrato de duración indeterminada.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Si bien hasta 2011 la pérdida de población ocupada se distribuía de forma más o menos equivalente entre las diferentes categorías profesionales, es a partir de este año cuando <strong>comienzan a crecer los autónomos sin empleados</strong> mientras caen los empresarios y, sobre todo, los asalariados. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Dos son los motivos que propician este cambio de paradigma: por un lado, la desesperación de los desempleados de larga duración que están llevando a un aumento de las iniciativas de negocio y a fórmulas de <em>autoempleo</em> como último recurso y, por otro lado, como ya hemos apuntado, <strong>el cambio de relación laboral por contrato mercantil</strong>, que sustituye a trabajadores asalariados por falsos autónomos.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Si bien hemos defendido el autoempleo en numerosas ocasiones y la constitución de nuevos negocios como vía para salir de la crisis, estas fórmulas de falsos autónomos es incluso contraproducente. La necesidad de muchas personas es el caldo de cultivo propicio para que las empresas ofrezcan contratos mercantiles y, por tanto, <strong>aumente de forma engañosa el número de trabajadores por cuenta propia</strong>.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/los-falsos-autonomos-y-las-falsas-sociedades-no-eliminan-los-derechos-laborales">Los falsos autónomos y las falsas sociedades no eliminan los derechos laborales</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://pixabay.com/es/fontanero-clave-herramienta-228010/?oq=fontanero">fran1</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[¿En qué consisten las Cuentas Anuales? La cuenta de Pérdidas y Ganancias]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/en-que-consisten-las-cuentas-anuales-la-cuenta-de-perdidas-y-ganancias</link>
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                <pubDate>Sun, 13 May 2012 08:09:30 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/7edb11/ganancias/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;En&#x20;qu&#x00E9;&#x20;consisten&#x20;las&#x20;Cuentas&#x20;Anuales&#x3F;&#x20;La&#x20;cuenta&#x20;de&#x20;P&#x00E9;rdidas&#x20;y&#x20;Ganancias">
    </p>
    <p>Una vez comentado el Balance, el documento que nos proporciona información sobre la evolución de la actividad económica de la empresa es la <strong>cuenta de Pérdidas y Ganancias</strong>. Este informe presenta el resultado de explotación en un ejercicio determinado, resultado  que se obtiene calculando la diferencia entre los ingresos y los gastos. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>En la cuenta de Pérdidas y Ganancias podemos ver si el negocio ha obtenido<strong> beneficio o pérdida  en un ejercicio fiscal</strong>. Si ha obtenido beneficio, se reflejará en un resultado  positivo. Por el contratio, si ha sufrido pérdidas, tendremos un resultado negativo. A diferencia del balance, en el que podemos ver un historial de la vida del negocio, en la cuenta veremos el estado actual de la actividad mercantil.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>La obtención de beneficio significa que las operaciones realizadas en el desarrollo de la actividad han sido fructíferas, puesto que la empresa ha sido capaz de <strong>hacer frente a sus gastos y ha obtenido un excedente</strong>. La pérdida significa lo contrario: la empresa no ha podido afrontar las obligaciones de pago generadas en el ejercicio y su endeudamiento es mayor.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En la cuenta de Pérdidas y Ganancias aparecen los <strong>ingresos y los gastos agrupados según su naturaleza</strong>. Los ingresos vendrán diferenciados según si vienen originados por la actividad económica en sí misma o si son subvenciones a la explotación, ingresos financieros o de índole extraordinaria. Los gastos se clasificarán también en una amplia variedad de conceptos: compras de aprovisionamientos, suministros, gastos de personal y seguridad social, arrendamientos, primas de seguros...  </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>De este modo podemos ver sobre que partidas ha recaído el peso que  determina el <strong>resultado del ejercicio</strong>. Podremos decidir, por ejemplo, qué partida nos conviene recortar por suponer un gasto difícil de asumir para el negocio.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>La cuenta de Pérdidas y  Ganancias distingue entre el resultado de explotación, determinado por los factores que acabamos de enumerar, y el <strong>resultado financiero</strong>, originado por las inversiones financieras de la empresa y por los gastos derivados de financiación ajena. Ambos resultados confluyen en uno solo que será el resultado del ejercicio.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Un gran número de empresas presentan la<strong> cuenta de Pérdidas y Ganancias abreviada</strong> por cumplir dos de las siguientes condiciones durante dos ejercicios consecutivos: tener menos de 250 trabajadores en el ejercicio, no superar 22 millones ochocientos  mil euros de cifra neta anual de negocios, no superar las partidas de activo 11 millones cuatrocientos mil euros. </p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-son-las-cuentas-anuales-el-balance">¿Qué son las cuentas anuales? El Balance">
Imagen | </a>&lt;a href=http://www.flickr.com/photos/tjc/5753025906/">TimothyJ</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Se busca tarotista para ofrecer ICO]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/se-busca-tarotista-pra-ofrecer-ico</link>
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                <pubDate>Fri, 12 Dec 2008 20:43:47 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/763e53/tarot-bancario/1024_2000.jpg" alt="Se&#x20;busca&#x20;tarotista&#x20;para&#x20;ofrecer&#x20;ICO">
    </p>
    <p></p>
<p><br />
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy 12/12/2008 un Real Decreto Ley por el que concede un crédito de cinco mil millones de euros al Instituto de Crédito Oficial (<strong>ICO</strong>) para la creación y puesta en marcha de una nueva línea de mediación para <strong>atender las necesidades de capital circulante</strong>. Esta línea está dirigida a pequeñas y medianas empresas que son solventes y viables, pero que se están viendo sometidas a una situación transitoria de restricción de crédito.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Supongo que habéis detectado el primer escollo, y es que su destino es la empresa solvente y viable, algo que vuestra entidad bancaria decidirá. En definitiva, que si no ve clara la devolución del importe a prestar, será difícil obtener ese crédito. Lo que sí es cierto es que las entidades precisarán profesionales del tarot para semejante tarea, pues ya me explicaréis a mí como van a poder resolver esa ecuación, a fecha de hoy, sin una buena tirada de cartas. <strong>¿Será una medida contra el desempleo con un título desafortunado?</strong><br /></p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p><br />
Este crédito se sufragará mediante un crédito extraordinario, que se financiará con <strong>deuda pública</strong>, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de 2008 (a ver qué pasará finalmente con el rating de solvencia español).</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Además, se incrementa el límite de endeudamiento del <span class="caps">ICO</span> desde los 12.500 millones de euros previstos en los Presupuestos para 2009 hasta los 27.500 millones de euros, para atender la financiación de las nuevas líneas de crédito del <span class="caps">ICO</span> puestas en marcha por el Gobierno.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Otras medidas no menos importantes que prevé el proyecto son:</p>
<ul>
   <li>
   <p>La modificación del artículo 163.1 de la Ley de Sociedades Anónimas, que ayudará a las empresas a hacer frente a las dificultades que se están planteando en estos momentos por la depreciación de sus activos. De manera excepcional, y sólo durante dos años, la disminución del patrimonio neto de una empresa por la depreciación del inmovilizado material, de las inversiones en inmovilizado y de las existencias, no se tendrá en cuenta a efectos de las reducciones de capital y de las causas obligatorias de disolución que contemplan la Ley de Sociedades Anónimas y la ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.</p>
<!-- BREAK 5 -->
  </li>
 </ul>

<ul>
   <li>
   <p>La modificación del artículo 36 del Código de Comercio para que las variaciones de valor en los instrumentos utilizados en las operaciones de cobertura de flujos de efectivo no se consideren pérdidas a los efectos de reducción de capital, distribución de beneficios y causa de disolución.</p>
<!-- BREAK 6 -->
  </li>
 </ul>
<p>A mi entender son medidas para capear el temporal, que pese a su positiva intención me sugieren una duda existencial: <strong>si en lugar de ante un temporal estamos ante un cambio climático&#8230; ¿No son todas ellas soluciones erróneas? ¿No son los tropiezos previos a cualquier caída?</strong></p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Más Información | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.ico.es/web/contenidos/home/home.html">ICO</a><br />
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/14019469@N07/2898630145/">Galería de Jhonny_boy_A</a></p>
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