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        <title>Magazine - demora-comercial</title>
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        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Sat, 13 Jun 2026 10:44:28 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[El tipo de interés de demora se mantiene en el 8% para el primer semestre de 2017 ]]></title>
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                <pubDate>Thu, 29 Dec 2016 17:00:06 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/d4b913/euro-1605659_640/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;tipo&#x20;de&#x20;inter&#x00E9;s&#x20;de&#x20;demora&#x20;se&#x20;mantiene&#x20;en&#x20;el&#x20;8&#x25;&#x20;para&#x20;el&#x20;primer&#x20;semestre&#x20;de&#x20;2017&#x20;">
    </p>
    <p>Hoy <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/boe/dias/2016/12/29/pdfs/BOE-A-2016-12482.pdf">se ha publicado en el BOE</a> <strong>el tipo de interés de demora que se aplicará en las operaciones comerciales</strong> para el primer trimestre natural de 2017. En concreto, este tipo de interés se establece en el 8 por ciento, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/este-es-el-tipo-legal-de-interes-de-demora-para-el-segundo-semestre-de-2016">el mismo nivel que en el segundo semestre de 2016</a> y 0,05 puntos porcentuales menos que en el primer semestre del año pasado, que se fijaba en 8,05 por ciento.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Hay que recordar que, de acuerdo a la <a rel="noopener, noreferrer" href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l3-2004.html#a7">Ley 3/2004, de 29 de diciembre</a>, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, <strong>el tipo de interés de demora se fija en función de la última operación principal de financiación</strong> efectuada antes del primer día del semestre natural, que tuvo lugar el pasado 27 de diciembre, a la que se le sumarán ocho puntos porcentuales.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>En la actualidad, y desde el 10 de marzo de 2016, el tipo de interés legal del dinero, establecido por el BCE, <a rel="noopener, noreferrer" href="http://es.euribor-rates.eu/tipo-de-interes-del-BCE.asp">es del 0 por ciento</a>, dentro de su paquete de medidas monetarias expansivas para aumentar el consumo y la inversión (el famoso QE). Salvo sorpresa, se mantendrá durante todo el año 2017, <strong>manteniendo a su vez fijo el tipo de interés de demora</strong>.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Aunque el tipo de interés oficial se sitúa en un mínimo histórico, <strong>el tipo de interés de demora más bajo fue del 7,75 por ciento en 2013</strong>. Los más elevados se fijaron durante el primer y segundo semestre de 2008, con un 11,2 y un 11,07 por ciento, respectivamente.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Este tipo de interés de demora <strong>se aplicará cuando se excedan los plazos de cobro establecidos en el acuerdo comercial o en el plazo legalmente establecido</strong>, sin necesidad de aviso de vencimiento ni intimación alguna por parte del acreedor. El acreedor tiene derecho a aplicarlo siempre y cuando haya cumplido con sus obligaciones contractuales y legales y no haya recibido a tiempo la cantidad debida, salvo en el caso de que el deudor demuestre que no es responsable del retraso en los pagos.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/recargos-e-intereses-de-demora-de-la-agencia-tributaria">Recargos e intereses de demora de la Agencia Tributaria</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/euro-nave-dinero-velero-origami-1605659/">klimkin</a></p>
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                <title><![CDATA[Fijado el tipo de interés de demora comercial para el primer trimestre]]></title>
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                <pubDate>Sat, 02 Jan 2010 12:06:24 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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      <img src="https://i.blogs.es/a57ba5/tipo-de-interes-demora-comercial/1024_2000.jpg" alt="Fijado&#x20;el&#x20;tipo&#x20;de&#x20;inter&#x00E9;s&#x20;de&#x20;demora&#x20;comercial&#x20;para&#x20;el&#x20;primer&#x20;trimestre">
    </p>
    <p>La <a rel="noopener, noreferrer" href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l3-2004.html">Ley 3/2004</a> sobre medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales establece legalmente el <strong>cobro de intereses de demora comercial</strong> en las operaciones que intervengan empresas o la administración pública. En este texto legal se establece la posibilidad de repercutir intereses de demora cuando se excedan los plazos de cobro marcados en el acuerdo comercial o bien, a falta de fijación de plazos, los siguientes supuestos de pago:
* 30 días después de la fecha en que el deudor de recepción de factura o una solicitud de pago.
* Si la fecha de recibo de la factura o la solicitud de pago equivalente se presta a duda, treinta días después de la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios.
* Si el deudor recibe la factura o la solicitud de pago equivalente antes que los bienes o servicios, treinta días después de la entrega de los bienes o de la prestación de los servicios.
* Si legalmente o en el contrato se ha dispuesto un procedimiento de aceptación o de comprobación mediante el cual deba verificarse la conformidad de los bienes o los servicios con lo dispuesto en el contrato y si el deudor recibe la factura o la solicitud de pago equivalente antes o en la fecha en que tiene lugar dicha aceptación o verificación, treinta días después de esta última fecha.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><p>Como vemos, estos supuestos rara vez se cumplen en los acuerdos comerciales y las propias facturas se fijan fechas de pago más tardías que las estipuladas normalmente. Para los casos en los pagos con retraso de forma continuada, el tipo de interés de demora comercial se fija de manera trimestral por parte del Ministerio de Economía y Hacienda, tomando como base de cálculo la referencia del BCE en operaciones principales de financiación. A este tipo, se le suman 7 puntos para fijar pro un baremo trimestral este tipo de interés.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Para el primer trimestre,<strong> el tipo de interés de demora comercial ha quedado fijado en el 8%</strong>. Ojo, no confundir este tipo de interés con el tipo de interés legal del dinero aplicado para los supuestos del Art 1.169 del Código Civil ni con el tipo de de interés de demora pfijado por las obligaciones tributarias, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/tipos-de-interes-legal-del-dinero-e-interes-de-demora-para-el-ano-2010">fijados ambos en el 4% y el 5%</a> respectivamente.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.boe.es/boe/dias/2010/01/01/pdfs/BOE-A-2010-29.pdf">Resolución Ministerio Economía fija el interés de demora comercial (BOE - PDF)</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/tipos-de-interes-legal-del-dinero-e-interes-de-demora-para-el-ano-2010">Tipo de interés legal del dinero e intereses de demora para el 2010</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/ansik/304526237/">Ansik</a></p>
<!-- BREAK 4 --><script>
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