Los autónomos podrán contratar trabajadores sin perder los incentivos de la tarifa plana

Los autónomos podrán contratar trabajadores sin perder los incentivos de la tarifa plana
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El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez sobre el Anteproyecto de Ley por la que se modifica y actualiza toda la normativa en materia de autoempleo, y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.

Estas medidas vienen a reforzar el apoyo que se pretendía dar al colectivo de los autónomos por parte del Gobierno. Entre estas novedades destaca la tarifa plana de 50 euros, que se mantendrá aunque se contrate a un trabajador.

Tarifa plana

Los autónomos disfrutarán de una senda de cotización reducida en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante los primeros meses de actividad.

Cincuenta euros de cotización por contingencias comunes durante seis meses o reducción en la cotización a la Seguridad Social del 80% de una cuota resultante de aplicar el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento a la base mínima de cotización que corresponda

Reducción del 50 % de dicha cuota durante los seis meses siguientes; y transcurrido un año, reducción o bonificación del 30% los siguientes seis meses (dieciocho meses en el caso de los menores de 30 años o 35 si son mujeres).

Compatibilidad con la prestación por desempleo

Entre estas novedades para ayudar a quienes quieren emprender se extiende, con independencia de la edad del solicitante, la posibilidad de capitalizar el 100% de la prestación por desempleo para facilitar la inversión y los gastos iniciales para iniciar una actividad emprendedora.

La prestación por desempleo se podrá utilizar de tres formas:

  1. Capitalizando el 100% en un único pago

  2. Capitalizando sólo una parte y utilizar el resto para el abono de cuotas a la Seguridad Social

  3. Destinando el total de la prestación al abono de las cuotas mensuales.

Los futuros autónomos podrán reanudar el cobro de la prestación por desempleo hasta cinco años después de iniciarse la actividad por cuenta propia, si deciden recurrir a ellos al emprender.

Mejoras en la conciliación de la vida familiar y profesional

La nueva Ley reforzará los mecanismos de protección de los autónomos económicamente dependientes, en lo que se refiere a la conciliación de la vida familiar y profesional.

Para ello introduce la posibilidad de que los autónomos económicamente dependientes, es decir, aquellos que perciben al menos el 75 % de sus ingresos de un único cliente o empresa, puedan contratar un trabajador bajo determinadas circunstancias con el fin de facilitarles la conciliación de la vida laboral y familiar.

Entre ellas se encuentran: riesgo durante el embarazo y lactancia de un menor de nueve meses; en periodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento; por cuidado de menores de siete años a cargo y por familiares a cargo en situación de dependencia o discapacidad igual o superior al 33%.

Vía| Moncloa

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Imagen|Moncloa

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