He perdido todos los puntos del carnet de conducir, ¿puede mi empresa despedirme?

He perdido todos los puntos del carnet de conducir, ¿puede mi empresa despedirme?
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En muchos trabajo es necesario conducir un vehículo para poder desarrollar nuestra actividad. No hablamos ya solo de conductores profesionales, como puede ser un camionero, taxista o conductor de ambulancias, en muchos sectores es imprescindible desplazarse en el día a día. Pero y si he perdido todos los puntos del carnet de conducir, ¿puede mi empresa despedirme?

Es una cuestión en la que hay que revisar diferentes aspectos, como si está recogida o no la pérdida de puntos en el convenio colectivo, si la pérdida de puntos se produce durante la jornada laboral o no o si se han producido por cuestiones como exceso de alcoholemia, por ejemplo.

¿Se puede reubicar al trabajador?

En los casos en los que el carnet de conducir no sea imprescindible para el desarrollo de la actividad, el empresario tendría que reubicar al trabajador, y en este caso el despido no sería procedente. La pérdida de la licencia no habilita a la empresa para proceder al despido.

Si existen puestos de trabajo que pueda ocupar sin necesidad de hacer uso de su licencia de conducir, la empresa podría cambiar su puesto hasta que vuelva a recuperar dicha licencia. El problema es que el plazo de recuperación es incierto ya que implica esperar un plazo de seis meses, hacer un curso y un nuevo examen, que se puede aprobar o no.

Porque te pueden despedir por causas objetivas si has perdido el carnet de conducir

La pérdida de puntos que ha devenido en la retirada de la licencia de conducir es causa objetiva para extinguir la relación laboral debido a la ineptitud del empleado para desarrollar su actividad según el Artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.

Esto en el caso de que el carnet de conducir sea requisito imprescindible para realizar su trabajo. Así lo han recogido diversas sentencias, que avalan dichos despidos por causas objetivas. El empleado tendría que ser igualmente indemnizado con 20 días por año trabajado.

El caso es más claro si las causas de pérdida de los puntos se debe a un control de alcoholemia que se realiza durante la jornada laboral, con resultado positivo, la empresa puede alegar indisciplina o desobediencia en el trabajo, trasgresión de la buena fe contractual, y más concretamente por embriaguez. En estos caso el despido por motivos disciplinarios se podría considerar como procedente.

Una de las cuestiones claves para avalar el despido es la incertidumbre en el tiempo de recuperación de la licencia. No se trata de estar tres meses sin conducir, sino que no se sabe con exactitud cuándo se va a recuperar, al tener que realizar un nuevo examen.

¿Recoge la negociación colectiva alguno de estos casos?

Un último aspecto a tener en cuenta es si el convenio colectivo recoge o no esta pérdida del carnet de conducir. Hay diferentes sectores que lo tienen regulado, por diferentes motivos. En estos casos es imprescindible atenerse a lo que marque dicho convenio.

Imagen | energepic.com en Pexels

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