Publicado el calendario del contribuyente para 2017

Publicado el calendario del contribuyente para 2017
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Con el ejercicio fiscal todavía en marcha, la Agencia Tributaria ha publicado, como cada año por estas fechas, el calendario del contribuyente para 2017. Entre las fechas más destacadas están, como cada año, la Campaña de la Renta, que comienza el 5 de abril y se extiende hasta el 30 de junio, las autoliquidaciones del IVA o las declaraciones de bienes en el extranjero.

Hay varias novedades para este año. La primera, y quizá más importante, es que desaparece el programa PADRE y todas las declaraciones tendrán que realizarse a través de Renta Web, el servicio online que la Agencia Tributaria presentó el año pasado, facilitando la tarea a millones de contribuyentes.

En segundo lugar, se implanta un nuevo servicio de llevanza de libros contables a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Este servicio, conocido como Sistema de Información Inmediata (SII), se pondrá en marcha a partir del 1 de julio de 2017, y será obligatorio para aquellos empresarios, profesionales y otros sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el mes natural.

Además, se presentarán los siguientes modelos por primera vez en 2017:

  • Modelo 217: gravamen especial sobre dividendos o participaciones en beneficios distribuidos por Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario, cuya autoliquidación (SOCIMI) se realizará dos meses desde el día del acuerdo de distribución de beneficios.
  • Modelo 231: “Declaración de información país por país”: doce meses siguientes a la finalización del período impositivo.
  • Modelo 289: “Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua”, a presentar por instituciones financieras desde el 1 de enero hasta el 31 de mayo. Este modelo sustituye al modelo 299 que sólo para el 2016, se presentará exclusivamente para los residentes en Aruba y San Martín.
  • Modelo 364 "IVA. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado".
  • Modelo 365 "IVA. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado".
  • Modelo 589 “Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados. Desde el 1 al 20 de abril.

En Pymes y Autónomos | La Agencia Tributaria publica el calendario del Contribuyente para 2015

Imagen | Basti93

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