Aviso importante a los jubilados. Hacienda confirma que se equivocó en la declaración de la Renta y devolverá 4000 euros a los pensionistas que cumplan estos requisitos

Aviso importante a los jubilados. Hacienda confirma que se equivocó en la declaración de la Renta y devolverá 4000 euros a los pensionistas que cumplan estos requisitos
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El Tribunal Supremo dictaminó, a finales de 2024, que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) cometió un error en la tributación de ciertos jubilados, y obligará a Hacienda a devolver cantidades que pueden alcanzar los 4.000 euros.

La Disposición Final 16 de la Ley 7/2024 mantiene que, para acceder a esta devolución, los pensionistas que se hayan visto afectados deben presentar una solicitud de forma anual en sus próximas declaraciones de la Renta hasta 2028.

Quiénes pueden solicitar la devolución

El fallo del Tribunal Supremo afecta a jubilados que realizaron aportaciones a antiguas mutualidades laborales entre 1967 y 1978, cuando los actuales pensionistas tributaron por el 100 % de su pensión en lugar de por el 75 %. Entre los principales sectores afectados se encuentran la banca, la construcción, los astilleros, la pesca, el comercio, la metalurgia y las empresas eléctricas.

El motivo de la devolución es la doble tributación sufrida por estos trabajadores, ya que en su momento no pudieron deducirse dichas aportaciones y, hoy, han sido gravadas de nuevo en los últimos ejercicios fiscales.

De este modo, la Agencia Tributaria se verá obligada a devolver los impuestos extra a los jubilados por haber pagado más impuestos de los que les correspondía en una etapa concreta de su vida laboral. Para ello, la AEAT ha establecido un procedimiento escalonado a través del cual solicitar las devoluciones.

Solicitudes de devolución

Los jubilados deben adjuntar un formulario específico en su declaración de la Renta dentro del plazo voluntario de presentación.

La devolución se hará de forma progresiva según el siguiente calendario:

  • 2025: solicitud para el IRPF de 2019 y ejercicios anteriores no prescritos
  • 2026: solicitud para el IRPF de 2020
  • 2027: solicitud para el IRPF de 2021
  • 2028: solicitud para el IRPF de 2022

Desde la AEAT han señalado que es importante presentar las solicitudes en el ejercicio y los tiempos correspondientes, puesto que, de otro modo, no podrán solicitarse con posterioridad.

Hay exclusiones

Sin embargo, no todos los jubilados podrán acceder a esta devolución, quedando excluidos:

  • Los beneficiarios de pensiones de viudedad
  • Los perceptores de pensiones no contributivas
  • Funcionarios que durante toda su vida laboral cotizaron en el régimen de clases pasivas, puesto que no realizaron aportaciones a las mutualidades laborales afectadas.

Cuánto recuperarán

El importe de la devolución varía según cada caso, pero se estima que la media se sitúa entre los 3.000 y 4.000 euros por jubilado. Para garantizar la correcta tramitación, se recomienda presentar la documentación requerida dentro de los plazos establecidos.

Por descontado, conscientes de las dificultades que enfrentan algunos pensionistas, la AEAT ha habilitado un apartado específico en su web donde resolver dudas frecuentes y guiar a los antiguos mutualistas. 

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