Una ley sin reglamento

Una ley sin reglamento
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La noticia de los últimos días es la aprobacion de la Ley de Emprendedores y las aportaciones que conlleva. Realmente, una ley por sí misma no supone nada en absoluto, ni positivo ni negativo, en el caso particular de España una ley más que añadir y que seguramente entrará en contradicción con algunas ya existentes o que estén por venir.

De todas maneras, una ley no alcanza su rango de madurez hasta que no se articula mediante un reglamento. Mientras tanto, es un marco de referencia ambiguo. Por tanto, este boom mediático que se está produciendo estos últimos días no deja de suponer un poco más de ruido para nuestros oídos, pero poco más aporta.

De lo que he podido leer en estos días lo que más me llama la atención es la recurrencia de lo que se ha dado en denominar la segunda oportunidad al emprendedor, o dicho de otro modo, la responsabilidad limitada ante las deudas de los emprendedores que no tendrán que responder ante las deudas con su vivienda habitual, siempre que su valor no supere los 300.000 euros.

Sobre el papel es muy gratificante leerlo, sin embargo, la realidad es más dura. Cuando los socios de una sociedad de responsabilidad limitada para poder acceder a financiación de, por ejemplo, el Instituto de Crédito Oficial (ICO), se les exige poner como garantía su patrimonio personal, por supuesto, lo primero de todo la propia vivienda,entonces se desvanece el momento de euforia de leer las claves de la Ley de Emprendedores.

Como me decía hace unos días un amigo, los ministros de Hacienda y el de Economía deberían ser autónomos, por ley. Mientras tanto, es imposible que puedan resolver ninguno de los problemas que nos afectan.

Imagen | David Ortez En Pymes y Autónomos | Emprendedores

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