Batería de medidas propuestas por CiU para los emprendedores

Batería de medidas propuestas por CiU para los emprendedores
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No es la primera vez que CiU realiza propuestas en el Parlamento para que se aprueben medidas a favor de los emprendedores y las pymes, de hecho fueron ellos los primeros que solicitaron la implantación del criterio de caja en el IVA. Ahora han registrado una proposición de ley de Medidas de apoyo a la creación de empresas por parte de emprendedores y a su financiación por parte de inversores de proximidad, business angels.

Lo primero que propone es definir el concepto de emprendedor para establecer quién se podría beneficiar de estas medidas. Según esta proposición se define como emprendedor a toda persona física que lance o haya lanzado en los últimos 24 meses un proyecto empresarial a través de una empresa individual o de una entidad jurídica y que tenga actividad económica, excluyendo a aquellas que se dediquen a la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario.

Todos los emprendedores se beneficiarían de una exención del 75% en el IRPF o en el Impuesto de Sociedades por las rentas de los primeros cuatro años de actividad. Esta exención estaría condicionada a que no se superen los 200.000 euros de facturación y si se superaran la exención se aplicará proporcionalmente a la facturación total de la empresa. Los emprendedores también podrán capitalizar el 100% de su prestación por desempleo para iniciar una actividad empresarial.

También se ofrecen incentivos para los inversores individuales que aporten, a título personal o a través de una sociedad unipersonal, capital hasta 200.000 euros, conocimientos técnicos y asesoramiento a una nueva iniciativa emprendedora durante su etapa inicial o a la expansión y desarrollo de una pyme.

Podrán deducirse del IRPF o Sociedades el 25% del capital aportado hasta un máximo de 200.000 euros anuales y de 200.000 euros de inversión en una misma empresa, la inversión ha de mantenerse en esa misma empresa durante cuatro años y sólo se podrá incumplir el plazo en caso de liquidación de la empresa.

Estos inversores deberán estar adscritos a una red, cuya reglamentación deberá determinar los requisitos que se deben cumplir para ser reconocidos oficialmente como inversores de proximidad. Para ello se crearía un registro oficial y ests redes estarían supervisadas por cada comunidad autónoma o por la CNMV.

Estos inversores tendrían, además, una reducción del 50% por los dividendos e intereses obtenidos entre el cuarto y el octavo año y en caso de transmisión de las participaciones las plusvalía tendrán una exención del 50% y en caso de minusvalías podrán compensarse mediante una reducción de la base imponible del ahorro.

Desde luego estas medidas tendrían un mayor alcance que las aprobadas y anunciadas por el Gobierno. Se elimina la absurda limitación para su aplicación derivada de la edad, se amplía la categoría de emprendedor y se busca fomentar la capitalización de las empresas, teniendo en cuenta las enormes dificultades que encuentran para financiarse.

Esperemos que tengan una buena acogida y salgan adelante, aunque la experiencia sobre como actúan el Gobierno con las propuestas de los demás no nos hace ser demasiado optimistas.

Vía | El Economista En Pymes y Autónomos | Aprobado el Real Decreto-Ley de medidas de apoyo al emprendedor, estímulo económico y la creación de empleo Imagen | Press Cambrabcn

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