Favoritos de fisconlab en Pymesyautonomos http://www.pymesyautonomos.com/usuario/ seleccionado por fisconlab http://www.pymesyautonomos.com <![CDATA[Resolviendo dudas sobre socios-trabajadores ]]> http://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/resolviendo-dudas-sobre-socios-trabajadores http://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/resolviendo-dudas-sobre-socios-trabajadores Thu, 07 Jul 2011 09:26:24 +0000 seleccionado por fisconlab preguntas.jpg

La relación entre los socios-trabajadores de una sociedad mercantil y la propia sociedad suele suscitar muchas dudas. Hemos recibido un par de consultas sobre el tema y sobre cómo se regula la contratación y la prestación de servicios entre ambos.

La primera consulta es la siguiente:

Soy empleado (régimen general) en una Sociedad Limitada Profesional que actualmente tiene 2 socios (45-55), y quisiera entrar como socio comprando un 10% de las participaciones.

La idea es darme de alta como autónomo, pero no para ejercer la libre profesión y facturar a cualquier empresa, sino autónomo que trabaja sólo para mi empresa como socio-trabajador percibiendo por ello una determinada nómina. Los actuales socios están en esta situacion.

¿Puedo ser socio-trabajador de la SLP y estar dado de alta como autónomo de la SLP si tengo un 10% de las participaciones?

En primer lugar, la ley no establece ninguna limitación a la hora de que una persona que tenga una participación, en el porcentaje que sea, pueda prestarle servicios profesionales a la empresa en la que participa. Por tanto es totalmente legal la situación que se nos plantea.

En cuanto a que esta persona preste servicios como autónomo debemos considerar que, en este caso particular, se trataría de un autónomo dependiente. Su situación no es la misma que la de los otros socios, ya que éstos tienen una participación relevante y no es su caso porque sólo tendría un 10% y no parece que vaya a asumir el cargo de administrador.

En este caso sólo cabe la cotización como autónomo en el caso de firmar un contrato como autónomo dependiente, eso le obligaría a emitir facturas por sus servicios y no a tener una nómina, además tendría que presentar la liquidación trimestral de IVA. No sería necesario que presente IRPF trimestral ya que sus ingresos estarán sujetos a retención, esa retención del 15% se aplicaría en las facturas.

La única opción por la que se podría cobrar mediante nómina es que el trabajador siga cotizando en Régimen General, no hay ningún incoveniente en ello ya que su participación es minoritaria. Lo que pasa es que con esa opción el coste de Seguridad Social es mayor ya que en Régimen General cotizaría por la base ajustada a sus ingresos, mientras que en el RETA se suele cotizar por la base mínima.

La otra consulta referida a este tema tiene relación con el párrafo anterior:

Estoy justo en tu situación y no consigo que nadie me aclare si puedo entrar como socio en una SLP con un 10% de las participaciones y percibiendo una nómina (sin declaraciones trimestrales)

Este caso es más sencillo ya que la relación es laboral sin más. Esta persona con un 10% de participación puede seguir contratado por la empresa, cobrar a través de una nómina y cotizar como cualquier otro trabajador.

En Pymes y Autónomos | Socios-trabajadores ¿nómina o factura?
Imagen | marcopako 

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<![CDATA[El humor en la empresa]]> http://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/el-humor-en-la-empresa http://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/el-humor-en-la-empresa Mon, 09 May 2011 02:00:25 +0000 seleccionado por fisconlab Humor

Nunca he sido una persona especialmente bromista, y en el ámbito profesional habitualmente me he caracterizado mucho más por la seriedad que por posturas extremadamente dadas a la broma. Pero reconozco que en el ámbito profesional y en el ámbito de la empresa siempre va bien un toque de humor.

Va bien considero siempre que se aplique con mesura y control y sin exceder ciertos límites, pues de excederlos el efecto puede ser pernicioso y el contrario al buscado. Así mientras un toque de humor, puede aportar buen ambiente y distensión en la empresa o en el día a día profesional, un exceso o una mala utilización del mismo puede dar lugar a una excesiva relajación o bien al mal gusto y a la problemática.

Y es que siempre he sido de la opinión que mientras estamos en nuestra actividad profesional o dentro del ámbito de la empresa, unas mínimas normas de respeto, seriedad y consideración de deben mantener. De no ser así mal vamos, y en la actualidad parece que se esté tendiendo a un exceso de distensión.

Una cosa es hacer una broma determinada en un momento determinado, o mantener una conversación distendida y agradable en cualquier momento y otra muy distinta es caer en la pesadez o en la grosería. Y es que una cosa es ser graciosos y divertidos y propiciar ese ambiente, y otra cosa es convertir la empresa en un circo donde lo último que se piensa es en trabajar.

En Pymes y autónomos | Humor. Consultor aficionado
Imagen | julianrod

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<![CDATA[Suspendido de sueldo, pero no de empleo]]> http://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/suspendido-de-sueldo-pero-no-de-empleo http://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/suspendido-de-sueldo-pero-no-de-empleo Sun, 17 Jan 2010 16:38:07 +0000 seleccionado por fisconlab
El vídeo que acompaña el post es una parodia de ¿humor? sobre la visión que tiene la sociedad sobre muchos empresarios. Este vídeo lo realiza el humorista José Mota, (ex- Cruz y Raya) en su programa de TVE en horario de máxima audiencia.

La verdad que en el fondo me río, porque no hay empresario que sea capaz de plantear este tipo de suspensión de sueldo manteniendo el empleo hasta estos extremos, aunque me ha recordado mucho a un capítulo de Cuéntame en el que el “empresario filofascista” de la serie, planteaba una disyuntiva similar.

No me hace ni pizca de gracia el humor que connota negativamente a los empresarios y parodia situaciones que hoy en día no pasan. Hay gente que pasa meses sin cobrar sus nómicas, sin ir más lejos que se lo pregunten a los trabajadores de Air Comet, pero esos mismos trabajadores deben saber que pueden solicitar el cobro de sus nóminas por vía judicial y también dar por finalizada su relación laboral por el retraso y falta continuada en el pago de salarios.

El borreguismo laboral no es culpa del empresario sino del propio trabajador que consiente y tolera los abusos. Si a mí me duelen cuando me pisan un callo, me quejo, pero en el campo laboral, la poca cualificación y la poca valoración que tiene un trabajador hacia su propia persona origina que situaciones como ésta pueda resultar hasta creible.

Los sindicatos tienen que hacer pedagogía con los trabajadores, enseñarles sus derechos y deberes, enseñarles a valorar su propio trabajo y su potencial y de ahí en adelante, podremos cambiar el estereotipo social de empresario cabrón y explotador que tanta gracia hace en España. Yo, personalmente, no le veo ni pizca de gracia a toda esta situación.

Vídeo | Youtube
En Pymes y Autónomos | Precariedad laboral para autónomos: ejemplo real en oferta de trabajo

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<![CDATA[Lo más leido en Pymes y Autónomos en el 2009]]> http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/lo-mas-leido-en-pymes-y-autonomos-en-el-2009 http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/lo-mas-leido-en-pymes-y-autonomos-en-el-2009 Thu, 31 Dec 2009 10:52:43 +0000 seleccionado por fisconlab logo pya
Como cada año, pasamos a mostrar la relación de posts más leidos del año. Esta relación destaca por su carácter eminentemente práctico, informativo y útil por los consejos y formas de llevar a cabo distintos trámites, cálculos o procedimientos administrativos y financieros. Es curioso, pero hay dos post que repiten año, ambos de IC, con lo cual su valor añadido es mayor si cabe.

Vamos a por esta relación de posts más leidos, en orden ascendente, es decir, los últimos mostrados son los posts que más lecturas han tenido en el transcurso de este año.

  • Y por último, los dos posts que más lecturas han tenido en todo el ejercicio 2009, están relacionados con el IVA. el modelo 303 como declaración sustitutiva a los anteriores modelos de IVA junto con los cambios que se introdujeron en el modelo 347 para el ejercicio 2009 han sido los posts que mayor trascendencia han tenido en este año.

Como vemos, no se repite ningún post de los que seleccionamos los editores como mejores posts del año. Para el próximo año esperamos mejorar estos registros y seguir mostrando toda la información útil y necesaria para la gestión empresarial.

En Pymes y Autónomos | Lo mejor del 2009 en Pymes y Autónomos

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<![CDATA[¿Es el momento de abandonar la tributación en módulos?]]> http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/es-el-momento-de-abandonar-la-tributacion-en-modulos http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/es-el-momento-de-abandonar-la-tributacion-en-modulos Tue, 12 Jan 2010 17:01:26 +0000 seleccionado por fisconlab empresas en modulos
La tributación en el IRPF mediante estimación objetiva o módulos es la forma habitual de tributación de muchos autónomos en sectores. Existe un gran nicho de sectores que la inmensa mayoría tributan por este sistema como pueden ser transportistas autónomos, hostelería de pequeña dimensión y por supuesto agricultura.

En el caso agrícola, dadas las caidas de precio de muchos productos, bastantes agricultores se encuentran con explotaciones en pérdidas reales pero con ingresos tributarios estimados, al igual que les puede pasar a muchos otros sectores, como comercio al por menor o trabajos de albañileria.

Dada esta coyuntura económica, plantearnos la renuncia al sistema de tributación en módulos es una buena opción, siempre y cuando nuestra base imponible real se encuentre por debajo de la base imponible estimada por los distintos métodos fiscales.

El procedimiento de renuncia es un procedimiento sencillo, dado que se requiere la comunicación a la Agencia Tributaria en el plazo de dos meses desde que comienza el año, mediante la comunicación de este hecho con la oportuna declaración censal o medelo 036.

Es el momento de ponernos al habla con nuestro asesor para comprobar en qué situación real nos encontramos, coger lápiz y papel y minimizar lo máximo posible el impacto de la crisis dentro de nuestreos gastos fiscales.

En Pymes y Autónomos | Las empresas en módulos ¿tienen la obligación de presentar el modelo 347?, Renta 2008: empresa de reducida dimensión en módulos
Imagen | aquila460

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<![CDATA[Calendario para Pymes y Autónomos - Enero 2010]]> http://www.pymesyautonomos.com/recursos/calendario-para-pymes-y-autonomos-enero-2010 http://www.pymesyautonomos.com/recursos/calendario-para-pymes-y-autonomos-enero-2010 Mon, 04 Jan 2010 17:01:18 +0000 seleccionado por fisconlab
Comienza un nuevo mes y año por tanto nosotros volvemos con un nuevo calendario para pymes y autónomos. Es quizá una buena opción el tener todas las fechas apuntadas para que así consigamos que no se nos pase ningún plazo importante.

Durante el mes de enero, mes por excelencia más sobrecargado para las pymes coincidiendo con el cierre de ejercicio, este año viene un poco más light, al coincidir el 31 de enero en domingo y posponerse las obligaciones de IVA para el mes de febrero. Respecto a los festivos nacionales tenemos el pasado día de Año nuevo junto con la festividad de Reyes el 6 de enero, sin contar con fiestas autonómicas en este mes. Durante el mes de enero de 2010 contaremos con las siguientes fechas destacables:

  • Hasta el día 20 de enero, contamos con plazo para la presentación de prestaciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas imputaciones de renta, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas correspondiente al mes de diciembre para grandes empresas y cuarto trimestre del resto de empresas obligadas. Modelos 111 al 128, 430, 510, 561 al 580.
  • Hasta el día 20 de enero, declaraciones informativas y resúmenes anuales de IRPF en modelo preimpreso en papel de los Modelos 180,188,190,193,194.
  • Hasta el día 20 de enero, declaración del cuarto trimestre sobre IVA, servicios prestados por vía electrónica con el Modelo 367-
  • El día 29 de enero finaliza el plazo para realizar le pago en voluntaria de la seguridad social de los trabajadores correspondiente al mes de diciembre así como fecha límite de pago para la cotización de autónomos del mes de diciembre.

Os recuerdo que podéis ver el calendario a través de Google Calendar y así añadirlo a vuestros calendarios predefinidos.

Enlace | Calendario para pymes y autónomos – Google-Calendar

Más información | Calendario del contribuyente de la AEAT (PDF)

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<![CDATA[Empleados que quieren forzar el despido]]> http://www.pymesyautonomos.com/management/empleados-que-quieren-forzar-el-despido http://www.pymesyautonomos.com/management/empleados-que-quieren-forzar-el-despido Mon, 11 Jan 2010 10:28:52 +0000 seleccionado por fisconlab despido
Nos llega una consulta de un lector sobre un caso más frecuente del que nos queremos imaginar. Este lector tiene un comercio dedicado a la distribución y cuenta con un empleado que quiere forzar su despido improcedente. Este hombre cuenta con una antigüedad de cinco años mediante contrato indefinido, por lo que hablamos de una cuantía importante.

La empresa no está dispuesta a sufragar esta indemnización puesto que ella no es la causa origen de este despido. La actitud del trabajador para forzar el despido es una falta total de motivación, errores leves en el desempeño de su trabajo como descuido en el almacén, impuntualidad, rquiere supervisión continua del trabajo y la mejor opción para todos es la salida de la empresa de estre hombre ¿Qué soluciones tiene la empresa?

La mejor solución que se puede llevar a cabo en estos casos es aplicar estrictamente el convenio colectivo y el reglamento sancionador que le sea aplicable si no está contemplado dentro del propio convenio colectivo al que esté sujeta la empresa. En todos los reglamentos, existen una serie de faltas laborales tipificadas como leves, graves y muy graves.

Cada convenio tiene tipificadas unas actitudes u otras como faltas, pero por ejemplo, la impuntualidad reiterada suele ser una falta grave y mediante acumulación de faltas graves o muy graves, se puede realizar un despido procedente. En estos casos, es vital tener testigos de todos los hechos y comunicaciones por escrito al trabajador de todas las faltas en las que haya incurrido junto con la calificación de la misma y la sanción que se le aplica en cada caso.

Por mi experiencia, en estos casos, la mayoría de los trabajadores optan por solicitar el despido calificado como improcedente para cobrar el desempleo pero sin cobrar la indemnización. Estas situaciones son un pulso continuo entre empresa y trabajador y os aseguro que los convenios colectivos a rajatabla, meten una presión psicológica importante para el propio trabajador.

La salida no es fácil desde luego, dado que el trabajador puede optar por la baja por enfermedad, situación que es muy recomendable que esta contingencia esté cubierta también por nuestra propia mutua de accidentes.

En Pymes y Autónomos | La crisis como excusa para forzar despidos
Imagen | Daquella manera

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<![CDATA[Los empresarios suspenden la gestión política de la crisis]]> http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/los-empresarios-suspenden-la-gestion-politica-de-la-crisis http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/los-empresarios-suspenden-la-gestion-politica-de-la-crisis Thu, 17 Dec 2009 19:08:43 +0000 seleccionado por fisconlab congreso diputados
El 76% de los empresarios rechazan la gestión política de la crisis, tanto las labores del presidente del gobierno, como la gestión del principal partido de la oposición. Y la reflexión que me asalta ¿cómo un 24% lo aprueba? sinceramente, esta crisis es la crisis de las vergüenzas políticas, absolutamente por todos los partidos sin excepción.

La encuesta realizada a 500 empresarios pone de manifiesto un elevado pesimismo por parte de todo el tejido empresarial, tanto en creación de empleo como en los efectos negativos que puede traer la subida de impuestos para el tejido empresarial español. El problema de fondo que se plantea dentro de toda esta crisis, es que tampoco hay un reemplazo fuerte para el gobierno actual.

Si damos por hecho que estamos descontentos con la gestión del actual ejecutivo, se supone que debería existir una alternativa viable para realizar una mejor gestión de la crisis. Esta alternativa puede encontrarse incluso en las propias filas del PSOE. Basta con que miremos atrás para que comprobemos como el PSOE con Felipe González a la cabeza consiguió revalidar las elecciones del año 93.

Pero en la actualidad, ni el principal partido de la oposición, PP ni las filas socialistas, cuentan con gente que imprima fuerza social y espíritu de superación necesario para salir del pozo donde nos encontramos sumidos. Sin olvidar claro, que nos encontramos en una democracia bipartidista que está dominada políticamente por los grupos nacionalistas en el caso de no obtener mayoría absoluta alguno de los principales partidos.

La empresa tiene unas perspectivas malas, y si alguien saca al pais de la crisis son las propias empresas, tal y como decia Entrecanales hoy. No esperemos apoyo político de ningún frente porque no lo vamos a tener. Ese punto es el único que está aegurado en toda esta crisis.

Vía | Intereconomía
En Pymes y Autónomos | Empezar la casa por el tejado o una cuestión de confianza
Imagen | marcp_dmoz

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<![CDATA[Planificación fiscal de cierre de ejercicio]]> http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/planificacion-fiscal-de-cierre-de-ejercicio http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/planificacion-fiscal-de-cierre-de-ejercicio Mon, 14 Dec 2009 17:56:49 +0000 seleccionado por fisconlab declaracion irpf
Las empresas bien estructuradas administrativamente deben ir comprobando sus resultados en beneficios o pérdidas mensualmente o trimestralmente como máximo. En el caso de las pymes o de los autónomos, estas comprobaciones sobre resultados rara vez se hacen, generando una gran incertidumbre tanto por la marcha de la propia empresa como por el hipotético impacto fiscal que pueden tener los beneficios empresariales.

El caso es que ahora, antes de que cierre el ejercicio, es el momento de comprobar cómo va la cuenta de resultados, realizar una aproximación al resultado de cierre y comenzar a tomar las decisiones adecuadas que minimicen la factura fiscal de la empresa.

A efectos prácticos, vías de escape existen muy pocas y en el caso de obtener beneficios, sólo nos queda diferenciar si tenemos una forma jurídica como sociedad o tributamos por los beneficios empresariales en el IRPF.

En el caso de tributar como autónomos por la actividad económica, una vez aplicadas las mejores alternativas de amortización fiscal, las deducciones que nos puedan corresponder por la tipología de empresa concreta y del ajuste fiscal de los gastos deducibles, la única vía de alivio fiscal que nos queda son las aportaciones a planes de pensiones o el recurso de deducciones por vivienda habitual, bien vía cuentas vivienda, bien por amortización de préstamos hipotecarios.

En el caso de sociedades, los recursos de alivio fiscal sólo pasan por las deducciones que marca la ley sobre el impuesto de sociedades. Estas deducciones se basan en las inversiones realizadas en actividades en investigación, desarrollo e innovación, adaptación tecnológica a la pyme, actividades de mecenazgo o aquellas que cumplan con los requisitos establecidos como Copa América o similar.

En el fondo, la planificación correcta es la que se realiza mensualmente controlando ingresos y gastos de tal forma que nos evitemos sorpresas de última hora en impuestos. No obstante, para los que tributéis en renta, os recomiendo estos dos posts que hemos realizado en Actibva sobre las deducciones que se pueden aplicar en IRPF junto con el optimizador de IRPF preparado al efecto de reducir al máximo el importe de la declaración de la renta.

En Pymes y Autónomos | Deducciones generales en la cuota del IRPF
Imagen | gingerpig

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<![CDATA[Definiciones laborales para autónomos]]> http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/definiciones-laborales-para-autonomos http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/definiciones-laborales-para-autonomos Mon, 14 Dec 2009 19:12:46 +0000 seleccionado por fisconlab diccionario para pymes y autonomos
En este post, me voy a permitir la licencia de definir algunos conceptos y vocablos para los autónomos y pequeños empresarios que trabajan ellos solos o con pocos trabajadores a cargo, dado que en el lenguaje común, solemos confundir las churras y las merinas.

Media jornada: Para el autónomo, media jornada significan 12 horas al día, dado que su jornada habitual es de 24/7, o lo que es lo mismo, 24 horas al día, 7 días a la semana.

Baja por enfermedad: Afección médica que sólo afecta a empleados y funcionarios, consistente en traer un papel firmado por el médico de cabecera que autoriza la ausencia del puesto de trabajo. El autónomo no tiene tiempo ni para ir al médico de cabecera y el último que pidió una baja por enfermedad está en el psiquiátrico.

Vacaciones: Periodos de tiempo que no tiene trabajo por falta de clientes y por tanto tampoco tiene dinero para gastar en ningún otro sitio. En estos casos, puede optar por cerrar una temporada, pero sin dinero por supuesto. Al igual que las bajas por enfermedad, estos acontecimientos sólo suceden cuando se es trabajador por cuenta ajena o funcionario.

IVA: Es el impuesto que todo el mundo dice que los autónomos se quedan con él y defraudan pero es el pico importante que todos los trimestres ingresas a Hacienda. Te lo da la gestoría puesto en un papel que llevas al banco.

Morosidad: Equivale a intentar cobrar una factura 15 veces después de la fecha prevista de pago. Afecta por igual a todos los clientes y cuanto mayor es el importe de la factura, más veces se requiere la intervención personal de cobro de la misma.

Políticos: Son los encargados de complicarte la vida a nivel de impuestos, tasas licencias y permisos de todo tipo. Les pagas tú, por lo que se suponen que trabajan en tu empresa, aunque la mayoría de las veces parece que van contra la empresa, sólo lo hacen por tu bien; ten en cuenta que si no tienes problemas no serías un verdadero autónomo.

Sindicatos: Grupo de personas pagados por el estado, que se van de excursión a Madrid y les pagan un bocadillo a todos los que los acompañan en sus paseos. Estos paseos son como las romerias pero sin vírgenes ni santos, aunque también cantan y llevan pancartas. Se suponen que defienden a los trabajadores con estas excursiones.

Patronal: Otro grupo de personas, pagados también por el estado pero que en lugar de irse de excursión a Madrid. se van sólo unos pocos a restaurantes caros y a desayunos con políticos y gente importante. En estas reuniones, hablan muchas cosas, pero sólo les interesan a ellos o a sus intereses. Estas personas, son las que se suponen que defienden a los autónomos.

Como vemos, la lista es amplia y os animo a que añadais en comentarios más definiciones, rectifiqueis las que considereis erróneas o mejoreis las que yo propongo.

En Pymes y Autónomos | Humor
Imagen | Daquella manera

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