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El expediente de préstamo (II): documentación necesaria para solicitar un préstamo

El expediente de préstamo (II): documentación necesaria para solicitar un préstamo
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Continuando con la preparación del expediente de préstamo (link a post expediente 1), una vez que hemos realizado nuestro análisis previo de las necesidades de financiación y el producto concreto que vamos a financiar, tenemos que complementar nuestro expediente de solicitud de préstamo con la información de la empresa.

En este caso, debemos distinguir previamente cuál es la forma jurídica de la empresa, puesto que en función de dicha forma jurídica, tendremos que aportar diferente información a cualquier expediente de préstamo.

Los expedientes de financiación para autónomos, comunidades civiles y personas físicas

Si estamos actuando como autónomos o mediante una una comunidad civil (sociedad civil o comunidad de bienes), tenemos que aportar siempre copia de nuestro NIF, de los comuneros y contrato de constitución de dicha sociedad civil. Es lógico que tengamos que identificarnos correctamente, pero esta obviedad se nos puede pasar por alto si es la primera vez que tomamos contacto con una entidad financiera.

A nivel fiscal, tenemos que aportar siempre la siguiente documentación:

  • Declaraciones trimestrales de IVA del año en curso y resúmenes anuales de IVA (modelo 390, 347 y 349) de los dos últimos ejercicios. Estas declaraciones son la prueba de fuego para demostrar nuestras ventas.
  • Declaraciones de la renta de los últimos tres años y pagos fraccionados del ejercicio si estamos obligados a ellos (modelo 130/131).
  • Detalle de los bienes de inversión que tenemos en la actividad económica.
  • Relación de bienes y propiedades a nuestro nombre. Si tenemos notas simples registrales de dichas propiedades, las incluiremos aunque no estén actualizadas.
  • Relación de todas las deudas que tenemos contraídas, importe pendiente y entidad con la que tenemos dicha deuda. Esta información es importante y no merece la pena que se "nos olviden" deudas, puesto que el Banco de España cuenta con una relación individualizada de todas las deudas que tenemos contraídas que se obtiene a partir de la Central de Riesgos del propio Banco de España.
  • En el caso de que estemos casados en régimen de gananciales, tenemos que aportar la situación patrimonial de nuestra pareja. Si por contra, estamos casados en separación de bienes, es recomendable aportar copia de las escrituras de capitulaciones matrimoniales.
  • Y por último, certificados de encontrarnos al corriente con la AEAT y con la Seguridad Social. ¿Es imprescindible esta información? No, por supuesto, pero da imagen de que somos personas serias con nuestros temas fiscales y que cumplimos puntualmente con nuestros pagos.

La información debemos suministrarla correctamente ordenada, por ejercicios económicos y con todas aquellas anotaciones y aclaraciones que consideremos importante. En el supuesto que tengamos algún litigio económico en marcha, es importante también dar cuenta de ello y si es de carácter económico, más aún, tanto si somos acreedores como deudores, así como el estado en el que dicho procedimiento se encuentra.

El expediente de préstamo para las personas jurídicas, la información contable a escena

En el caso de que la financiación la solicite una persona jurídica, aparte de la información fiscal descrita para autónomos, tendremos que adjuntar la siguiente documentación:

  • Copia de las escrituras de constitución, escrituras de ampliación de capital si las hay y escrituras de poder del último administrador o Consejo de Administración vigente en el momento de la solicitud.
  • Actas de titularidad real de la sociedad y relación de accionistas o socios principales.
  • En el caso de las personas jurídicas, no aportamos declaración de IRPF puesto que tendremos que aportar los impuestos de sociedades de los tres últimos ejercicios.
  • Debemos aportar en simultáneo copia del depósito de cuentas de cada uno de los ejercicios cerrados, así como balances actualizados y cuenta de pérdidas y ganancias a la fecha de la solicitud de financiación.
  • Los balances los debemos complementar con las explicaciones oportunas a aquellas partidas más significativas. Por ejemplo, tendremos que detallar en el pasivo todo el endeudamiento que tengamos, debemos aportar una relación del inmovilizado de la empresa que coincida lógicamente con el detalle de balances y debemos explicar perfectamente nuestras posiciones de tesorería y saldos deudores y acreedores.
  • En el caso de las empresas que cuenten con más vínculos empresariales, tenemos que contextualizar el volumen de operaciones intragrupo y las participaciones que tenga nuestra empresa en otras. Asimismo, si nuestra empresa forma parte de un grupo superior, debemos extender la información económica hasta la empresa matriz.

Como hemos dicho anteriormente, toda esta información debe ir perfectamente ordenada, de manera cronológica y con todas aquellas explicaciones e informaciones que consideremos oportuna para que la entidad financiera que tenga que proceder a su análisis, tenga una imagen clara y fiel de la situación de la empresa.

En el caso de que el expediente de financiación lo tramitemos con nuestra entidad financiera habitual, bastará con actualizar solamente aquella información que no tengan, puesto que normalmente vamos suministrando la información contable y fiscal de manera periódica a las entidades financieras.

En Un Nuevo Impulso:

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