Nuevo Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas

Nuevo Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas
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El pasado 10 de junio se publicó la Orden EHA/1490/2010, de 28 de mayo (PDF) , que regula el funcionamiento de el nuevo Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.

La inscripción en este registro acredita a las empresas inscritas frente a todos los órganos de contratación del sector publico y, a tenor de lo que en él se refleja y salvo prueba en contrario, manifiesta las condiciones de aptitud del empresario que constan en dicho registro para acudir a licitaciones, concursos públicos o clasificaciones. Se facilita y simplifica, de esta manera, el proceso de acreditación de los licitadores ante los órganos de contratación.

Las certificaciones del Registro son proporcionadas de forma electrónica y, según se establece en el artículo 7 de la Orden reguladora, pueden ser obtenidas por el propio órgano de contratación ante el que deberían surtir efecto para su incorporación de oficio al expediente. Así se establece en el artículo 130.3 de la Ley, bien directamente en la dirección electrónica antes citada (en cuyo caso el solicitante deberá identificarse mediante su DNI electrónico o certificado electrónico emitido por la FNMT), o bien a través de la Plataforma de Contratación del Estado.

Las certificaciones proporcionadas por el Registro pueden ser visualizadas e impresas directamente con el navegador web, y pueden, de la misma manera, ser conservadas en su formato electrónico original para su procesamiento informático y como prueba de la aptitud del licitador.

Se ha establecido un servicio específico de atención telefónica y a través de correo electrónico, en las direcciones que se indican en la dirección electrónica del Registro que aparecen en la página web a tal efecto.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 301.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, además, se ha procedido a la inscripción en el Registro de las empresas con clasificación en vigor y de las prohibiciones de contratar que deben constar en el mismo.

Se trata de adaptar a las nuevas tecnologías los procesos de documentación y acreditación de la idoneidad de las empresas que quieran prestar servicios al Estado. Así mismo, supone un funcionamiento más ágil de las relaciones entre las empresas y la Administración y la eliminación de una buena parte de la documentación y certificaciones necesarias para acceder a contratos con las diferentes Administraciones.

En Pymes y Autónomos | Miles de contratos del sector público esperando tus ofertas Imagen | darioalvarez

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