La Agencia Tributaria aclara como debe dar su consentimiento el cliente para el uso de la factura electrónica

La Agencia Tributaria aclara como debe dar su consentimiento el cliente para el uso de la factura electrónica
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El reglamento de la facturación electrónica establece que el cliente debe dar su consentimiento para que se emita dicho tipo de factura. Ante las dudas a la hora de recabar dicho consentimiento el Departamento de Gestión Tributaria ha planteado una cuestión a la Dirección General de Tributos para aclarar como debe dar su consentimiento el cliente para el uso de la factura electrónica.

El problema es que para recibir la factura electrónica el receptor debe tener capacidad para garantizar la autenticidad, la integridad y la legibilidad, para lo que se necesitan herramientas que no todos los usuarios tienen. Sin embargo, esto no ocurre con la factura de papel.

Por lo tanto, no basta con recabar una dirección electrónica donde enviarla, sino que deberá tener consentimiento expreso del usuario o tácito como sería el caso del acceso a la página web de la empresa y haya descargado la factura sin comunicar su rechazo de este método de facturación.

En todo caso siempre se tendrá la posibilidad de revocar la aceptación de manera que se pueda volver a facturar de nuevo en papel. Tal y como dicen:

En cualquier momento el destinatario que esté recibiendo facturas o documentos sustitutivos electrónicos podrá comunicar al proveedor su deseo de recibirlos en papel. En tal caso, el proveedor deberá respetar el derecho de su cliente y proceder en el sentido solicitado a partir de la recepción de dicho comunicado

En todo caso, en el mundo de la pyme más vale que se incentive el uso de la factura electrónica si lo que se desea es que se extienda su uso. Siempre he pensado que para muchas pymes supone más una carga que un incentivo, al contrario que ocurre para la gran empresa y la administración pública que tienen un retorno de inversión mucho más rápido.

Vía | Pymes y Autónomos Más información | AEAT En Tecnología Pyme | Disponible el programa de cálculo de retenciones de IRPF de 2013 de la AEAT

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