Despido por usar las redes sociales en el trabajo

Despido por usar las redes sociales en el trabajo
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Imaginemos un escenario conocido por todos: un dependiente que parece ensimismado en alguna tarea importante, pero en realidad está echando un vistazo a su teléfono. Mirada llena de incomodidad y que nos está diciendo: "Largo, estoy ocupado".

El despido por el uso de las redes sociales durante la jornada laboral no es algo nuevo. Casos de despido por enviar correos electrónicos personales en vez de trabajar, es una razón para decir adiós a un trabajador. ¿A qué grado ha llegado la dependencia de este aparato para arriesgarnos a perder nuestro empleo?

El despido procedente por usar las redes sociales en horario laboral

Parece de sentido común pero a pesar de ello, cada vez está más demostrado el grado de dependencia que tenemos del móvil. Y como si nos fuera la vida en ello, tenemos que consultar las tres o cuatro redes sociales en las que estamos dados de alta.

Si entro a un comercio o grandes almacenes y la dependienta me lanza mensajes del tipo: "¿No ves que estoy conversando?" no sólo no voy a volver a ese lugar, sino que la imagen de ese lugar quedará dañada. No creo que ese comportamiento pase desapercibido por mucho tiempo por sus superiores, pero mientras tanto...

Pero, el despido puede ser procedente si el empresario demuestra que el trabajador dedica la jornada laboral a navegar en las redes sociales pero también por comentarios que el empleado vierta en internet.

Aprender a desconectar

En ocasiones, los programas de radio, son la prueba de la importancia que le dan (demasiada) a este vehículo para comunicarnos. Muchas son las veces, que un colaborador está hablando, y el conductor del programa está todavía ensimismado con un comentario ocurrente que ha leído en Twitter.

El grado de falta de concentración es elevada desde que usamos estos dispositivos. Si bien en nuestra vida personal nos puede afectar a la hora de no poder leer un libro por la incapacidad de mantener la atención más de una hora, en lo laboral es un desastre.

El estatuto de los trabajadores da libertad a los empresarios para que pongan en marcha mecanismos de control que busquen vigilar el cumplimiento por parte de los trabajadores de sus obligaciones.

El Supremo condicionó en 2011 la procedencia o no del despido si el uso de Internet afectara a la seguridad de la empresa o si se difundían en los perfiles personales del trabajador, datos que la empresa entendiera que son confidenciales o afectan negativamente a su estrategia.

En Pymes y Autónomos|El uso del ordenador de la empresa para fines privados y el control a ejercer por el empresario

Imagen|Geralt

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