Burovoz, un servicio para certificar tus conversaciones telefónicas

Burovoz, un servicio para certificar tus conversaciones telefónicas
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A veces cuando realizamos una llamada telefónica para realizar una comunicación en las empresas a los trabajadores, reclamar un pago a otra empresa o simplemente llegar a un acuerdo comercial confiamos en la buena fe de las partes. Pero la buena fe es difícil probarla si las cosas no salen bien y tenemos que llegara juicio y necesitamos que esa conversación tenga un valor probatorio o el compromiso adquirido sea un contrato verbal. Para mejorar este aspecto disponemos de Burovoz, un servicio para certificar tus conversaciones telefónicas.

Si el otro día hablábamos de las opciones de Lleida.net y su correo electrónico certificado hoy vamos a ver el mismo concepto pero trasladado a la conversación telefónica. Se trata de un servicio alternativo o complementario al uso del burofax o este mismo correo electrónico certificado. Se pueden realizar grabaciones de llamadas a terceros o mantenidas en grupos.

El llamante recibirá un SMS identificando fecha y hora de la grabación, números de teléfonos utilizados, etc. Además tendrá disponible la descarga, reproducción y recuperación del archivo de voz, que sólo el tendrá disponible gracias a un código de identificación personal para poder acceder a la misma. En el documento que se genera quedan grabados además de la conversación el día y la hora en la que se ha producido la comunicación así como los números de los intervinientes.

Por cada llamada realizada se genera una prueba de validación. De esta manera se garantiza la integridad de la grabación, así como del momento en el que se produjo mediante el sellado de tiempo. Dicha prueba sólo servirá para demostrar ante terceros que la grabación no ha sido modificada ni manipulada.

Respecto a las cuestiones jurídicas la grabación certificada será válida en un juicio siempre que alguno de los intervinientes sea parte interesada en el proceso legal. Si lo utilizamos para realizar notificaciones el receptor no podrá alegar que no ha tenido constancia de esta notificación.

Personalmente prefiero los servicios de SMS o correo electrónico certificados, dado que tengo mejor control de lo que dice la notificación, que la que puedo tener durante una conversación telefónica, donde no tengo un guión escrito. Y para temas jurídicos mejor no dejar nada a la improvisación.

Más Información | Burovoz
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