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        <title>Magazine - vehiculo</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 15:10:04 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Tengo una multa en el vehículo de empresa, ¿a quién le toca pagar?]]></title>
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                <pubDate>Tue, 22 Feb 2022 10:00:09 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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      <img src="https://i.blogs.es/882702/multa-coche-empresa/1024_2000.jpg" alt="Tengo&#x20;una&#x20;multa&#x20;en&#x20;el&#x20;veh&#x00ED;culo&#x20;de&#x20;empresa,&#x20;&#x00BF;a&#x20;qui&#x00E9;n&#x20;le&#x20;toca&#x20;pagar&#x3F;">
    </p>
    <p>Cuando la empresa nos facilita un vehículo para realizar nuestro trabajo y nos sancionan por una infracción cometida hay puede surgir la duda de a quién corresponde pagar la misma. En muchas ocasiones la moto, el coche o la furgoneta de empresa tiene un uso privativo, donde el empleado también lo utiliza fuera de su trabajo con normalidad. Por eso, <strong>si tengo una multa en el vehículo de empresa, ¿a quién le toca pagar?</strong></p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Vamos a pensar en el supuesto más habitual. Se entrega el vehículo para un uso profesional, dentro del horario laboral. Dará igual si se trata de un vehículo, <strong>a disposición de diferentes trabajadores</strong>, que lo pueden utilizar según la necesidad de desplazamiento de cada uno. El procedimiento será el mismo que si tenemos un automóvil, moto o furgoneta que nominalmente solo lo conduce una persona. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/he-perdido-todos-puntos-carnet-conducir-puede-mi-empresa-despedirme">
     <img alt="He&#x20;perdido&#x20;todos&#x20;los&#x20;puntos&#x20;del&#x20;carnet&#x20;de&#x20;conducir,&#x20;&#x00BF;puede&#x20;mi&#x20;empresa&#x20;despedirme&#x3F;&#x20;&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/d3298a/perdida-puntos-carnet/375_142.jpeg">
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   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/he-perdido-todos-puntos-carnet-conducir-puede-mi-empresa-despedirme" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/he-perdido-todos-puntos-carnet-conducir-puede-mi-empresa-despedirme" class="desvio-title js-desvio-title">He perdido todos los puntos del carnet de conducir, ¿puede mi empresa despedirme?  </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>La multa la paga el trabajador si se debe a la conducción</h2>

<p>En este caso si la sanción se produce por una <strong>infracción debida a la conducción</strong>, por ejemplo un exceso de velocidad o no respetar una señal, tiene que pagarla el propio trabajador. Así lo han determinado <a rel="noopener, noreferrer" href="https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/05/08/legal/1588930422_078560.html">diferentes sentencias</a>. No importa si el vehículo es nominal o lo utilizan varios, porque llegará la notificación de la sanción al domicilio de la empresa y posiblemente pedirá que se identifique el conductor y a partir de aquí se tendría que hacer cargo de la cuantía de la misma. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En el caso de un vehículo rotativo, que pueden utilizar diferentes empleados lo ideal es tener un <strong>registro de cuándo lo usa cada uno</strong>. Porque en un caso de este tipo, si no existe puede darse el caso de que no se sepa quién conducía, ya que las multas suelen llegar con bastante retraso en muchas ocasiones. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Si no se puede saber quién conducía tendremos que nombrar a uno igualmente. La <strong>empresa se haría cargo del pago de la sanción</strong>. Si además supone una retirada de puntos del carnet la cuestión se puede complicar un poco más. Esta es una de las razones por las que las empresas suelen llevar un registro más o menos estricto de cuándo se utiliza un vehículo de la compañía. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<h2>Cuándo paga la empresa la sanción</h2>

<p>Si la multa se debe a un problema del vehículo, por ejemplo, no ha pasado la ITV o no tiene al día cualquier cuestión de documentación o relacionada con el <strong>mantenimiento del vehículo debe pagar la empresa</strong>. El mantenimiento y correcto estado para su uso profesional va a cargo de la compañía.</p>
<!-- BREAK 6 --><div class="article-asset-summary article-asset-small"><div class="asset-content"><p class="sumario_izquierda">Puede estar regualdo por convenio o se pueden firmar pactos para que la empresa se haga cargo de determinado tipo de sanciones</p></div></div><p>Hay casos en los que la línea es algo más difusa. Por ejemplo, conductores profesionales cuyas empresas <em>les han obligado</em> a no cumplir con los descansos reglamentarios o que han excedido en el peso la Tara Máxima Autorizada que pueden llevar en un determinado vehículo. En este caso también sería <strong>la empresa la que debería hacerse cargo</strong> de la sanción, aunque en muchas ocasiones puede no quedar muy claro y la disputa puede acabar en solución judicial. </p>
<!-- BREAK 7 -->
<p><strong>En determinados convenios la empresa puede asumir una serie de multas</strong> derivadas de la conducción del vehículo. Generalmente concepto como exceso de velocidad, no respetar las señales o multas de aparcamiento no suelen entrar en este tipo de acuerdos, pero debe estar estipulado por escrito. </p>
<!-- BREAK 8 -->
<h2>¿Y si el empleado no paga la multa?</h2>

<p>Se puede dar el caso de un empleado que a pesar de haberse identificado, de que la multa en lugar de imponerse a la empresa propietaria del vehículo se imponga al conductor, pero no pague. Si se da el caso de que la empresa acaba respondiendo subsidiariamente de esta multa podría <strong>descontársela al empleado de su nómina</strong>. </p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>Aunque en ocasiones puede darse el caso de que cuando nos llegue la reclamación <strong>este empleado ni siquiera se encuentre la dentro de nuestra empresa</strong>. En este caso tendríamos un problema, ya que no solo tendremos que pagar, sino que además lo más probable es que nos aplicaran un recargo. </p>
<!-- BREAK 10 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/vas-coche-empresa-cuidado-donde-aparcas-imagen-tu-compania-esta-juego">
     <img alt="Si&#x20;vas&#x20;con&#x20;coche&#x20;de&#x20;empresa,&#x20;cuidado&#x20;donde&#x20;aparcas,&#x20;la&#x20;imagen&#x20;de&#x20;tu&#x20;compa&#x00F1;&#x00ED;a&#x20;est&#x00E1;&#x20;en&#x20;juego" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/125294/coche-empresa/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
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    <div class="desvio-taxonomy js-desvio-taxonomy">
     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/vas-coche-empresa-cuidado-donde-aparcas-imagen-tu-compania-esta-juego" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/vas-coche-empresa-cuidado-donde-aparcas-imagen-tu-compania-esta-juego" class="desvio-title js-desvio-title">Si vas con coche de empresa, cuidado donde aparcas, la imagen de tu compañía está en juego</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>El coche privado, pero rotulado para la empresa</h2>

<p>Un último supuesto es el de la <strong>empresa que nos compensa por utilizar nuestro vehículo privado</strong>, generalmente con el pago de un kilometraje. Existen otras fórmulas, por ejemplo si rotulamos nuestro vehículo con logos o la imagen corporativa de la empresa, que se suele pagar un extra mensual. </p>
<!-- BREAK 11 -->
<p>En estos casos, no importa el tipo de sanción que sea, pero <strong>corresponde al conductor y dueño del vehículo</strong> hacerse cargo de dichas sanciones. Solo habría una excepción, si en el acuerdo de uso se ha pactado previamente y por escrito que la empresa se puede hacer cargo de determinadas sanciones, algo que no suele ser habitual.   </p>
<!-- BREAK 12 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pexels.com/es-es/foto/ciudad-firmar-berlin-urbano-4542848/">cottonbro</a> en Pexels</p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Si vas con coche de empresa, cuidado donde aparcas, la imagen de tu compañía está en juego]]></title>
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                <pubDate>Tue, 30 Jul 2019 06:01:20 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>Últimamente lo veo cada vez de forma más habitual. Las plazas de aparcamiento de minusválidos se han convertido en una forma fácil de parar. Todo el mundo las utiliza para "ese minuto" que estamos parados para hacer una gestión. Pero <strong>si vas con coche de empresa, cuidado donde aparcas, la imagen de tu compañía está en juego</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Ha alguien le puede llamar la atención que una furgoneta de reparto de un supermercado, un comercial, con el coche rotulado esté parado en este tipo de plazas sin tener la acreditación que les permite hacer uso de las mismas. Y claro, luego esto se dispara en las redes sociales y se acaba por <strong>producir problemas de reputación</strong>. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/tengo-que-comprar-coche-empresa-que-alternativas-al-diesel-tengo">
     <img alt="Comprar&#x20;un&#x20;coche&#x20;de&#x20;empresa,&#x20;&#x00BF;qu&#x00E9;&#x20;alternativas&#x20;al&#x20;diesel&#x20;tengo&#x3F;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/0464df/impuestos-diesel/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/tengo-que-comprar-coche-empresa-que-alternativas-al-diesel-tengo" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/tengo-que-comprar-coche-empresa-que-alternativas-al-diesel-tengo" class="desvio-title js-desvio-title">Comprar un coche de empresa, ¿qué alternativas al diesel tengo?</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>No es el primer caso de una compañía que se ve como su imagen en las redes sufre un impacto negativo por aparcar en este tipo de plazas. El <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/como-destrozar-una-imagen-de-marca-caso-hawkers">caso de Hawkers fue el más llamativo</a>. Ayer lo volvía a ver en mi ciudad, una empresa de multiaventura <strong>aparcaba su vehículo, con su remolque ocupando dos plazas</strong> de minusválidos. Así en primera línea del parking. Si alguien saca una foto y luego se lía en las redes sociales, quién es el responsable. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Y no es que precisamente el parking del centro comercial estuviera completo. Solo tenía que ir unas cuantas filas más atrás para aparcar correctamente. Pero claro, con este calor quién quiere caminar dos minutos desde la parte más alejada del aparcamiento. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Cuando tenemos un vehículo de empresa que está rotulado tenemos que pensar que también <strong>somos la imagen de nuestra compañía</strong>. Pero parece que en el coche nos transformamos y ese comercial tan amable, se transforma en un orco al volante, que no respeta normas ni es capaz de tener la mínima empatía hacia los demás. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Y esas mismas compañías en muchos casos <strong>desarrollan políticas de integración</strong> para que trabajadores con diferentes minusvalías puedan desarrollar su carrera profesional dentro de su organización. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/satellite-trabi-auto-vehicle-977277/">KRiemer</a></p>
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                <title><![CDATA[5.000 euros de subvención por un coche eléctrico para los autónomos y empresas]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/5-000-euros-subvencion-coche-electrico-para-autonomos-empresas</link>
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                <pubDate>Thu, 28 Feb 2019 19:30:27 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/dcc0f4/ayudas-coche-electrico/1024_2000.jpg" alt="5.000&#x20;euros&#x20;de&#x20;subvenci&#x00F3;n&#x20;por&#x20;un&#x20;coche&#x20;el&#x00E9;ctrico&#x20;para&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;y&#x20;empresas">
    </p>
    <p>Los autónomos que quieran renovar su flota de vehículos y pasarse a un coche eléctrico ahora tienen la oportunidad de aprovechar el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.motorpasion.com/industria/plan-moves-ayuda-a-compra-coches-electricos-estos-requisitos">plan MOVES 2019</a> publicado a mediados de febrero. Gracias a este plan se pueden tener hasta <strong>5.000 euros de subvención por un coche eléctrico para los autónomos</strong>. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Esta cifra es para la adquisición de un vehículo eléctrico de autonomía extendida, híbrido encufavle o de pila de combustible así como también furgonetas ligeras. En el caso de que la compra sea de <strong>camiones o autobuses eléctricos</strong> o que funcionen con gas natural tienen <strong>ayudas de hasta 15.000 euros</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>La pregunta es ¿compensa la subvención el sobreprecio inicial del vehículo eléctrico? Para empezar hay saber que en todo caso es necesario mandar <strong>al desguace un vehículo</strong> al que sustituirá, que tenga de más de diez años, o de siete si se trata de una furgoneta o camión ligero. Muchas empresas no están por la labor de deshacerse de estos vehículos, más si todavía funcionan razonablemente.</p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/eres-autonomo-trabajas-tu-vehiculo-preparate-para-subida-diesel">
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   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/eres-autonomo-trabajas-tu-vehiculo-preparate-para-subida-diesel" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/eres-autonomo-trabajas-tu-vehiculo-preparate-para-subida-diesel" class="desvio-title js-desvio-title">Si eres autónomo y trabajas con tu vehículo, prepárate para la subida del Diesel </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Para optar al plan un autónomo o la empresa tendrá que presentar la siguiente documentación:</p>

<ul>
<li><p>Si se trata de profesionales autónomos, además deberá aportarse certificado de <strong>alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores</strong> expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.</p>
</li>
<li><p>En el caso de empresas, <strong>declaración responsable en la que figure la condición de PYME o Gran Empresa</strong> o en su caso, si se trata de una entidad sin actividad mercantil y comercial.</p>
</li>
<li><p><strong>Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social</strong>, o bien declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, cuando la cuantía de la ayuda no supere los 3.000 euros por persona beneficiaria, conforme con lo previsto por el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.</p>
</li>
<li><p>Declaración responsable de que no concurre ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y, en particular, de hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, en los términos previstos en el artículo 25 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.</p>
</li>
</ul>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/asi-puedes-deducir-adquisicion-vehiculo-siendo-autonomo">
     <img alt="As&#x00ED;&#x20;puedes&#x20;deducir&#x20;la&#x20;adquisici&#x00F3;n&#x20;de&#x20;un&#x20;veh&#x00ED;culo&#x20;siendo&#x20;aut&#x00F3;nomo" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/3dc407/city-trans-3332623_640/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
   <div class="desvio-summary">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/asi-puedes-deducir-adquisicion-vehiculo-siendo-autonomo" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/asi-puedes-deducir-adquisicion-vehiculo-siendo-autonomo" class="desvio-title js-desvio-title">Así puedes deducir la adquisición de un vehículo siendo autónomo</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Más allá de la subvención, la cuestión es si un eléctrico o híbrido enchufable <strong>cumplirá con el trabajo que demanda un autónomo</strong>. Muchos autónomos hacen una cantidad de kilómetros muy importante cada día, pero también se suma que en determinados momentos largos desplazamientos. Solo serían en estos casos interesantes los híbridos enchufables y los camiones con Gas Natural. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/electric-car-ecology-electric-1718679/">Andy_Bay</a></p>
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                <title><![CDATA[Diesel subvencionado para todos los autónomos, la propuesta que se debate en el Congreso hoy ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/diesel-subvencionado-para-todos-autonomos-propuesta-que-se-debate-congreso-hoy</link>
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                <pubDate>Tue, 20 Nov 2018 10:00:50 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/a235bb/impuestos-diesel/1024_2000.jpg" alt="Diesel&#x20;subvencionado&#x20;para&#x20;todos&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos,&#x20;la&#x20;propuesta&#x20;que&#x20;se&#x20;debate&#x20;en&#x20;el&#x20;Congreso&#x20;hoy&#x20;">
    </p>
    <p>Esta tarde se <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/D/BOCG-12-D-440.PDF">someterá a votación una propuesta no de ley</a> para que la futura subida en la fiscalidad del diesel no afecte a los autónomos y profesionales que utilicen su vehículo para cuestiones profesionales. La proposición tiene dos objetivos. En primer lugar que el Gobierno inste a renunciar al aumento de la fiscalidad del diesel mientras no se produzca una transición hacia tecnologías más limpias. En segundo lugar si finalmente se lleva a cabo dicha subida, que <strong>queden excluidos los autónomos y profesionales sin discriminación de ningún sector</strong>. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Porque hay que tener en cuenta que no todos los autónomos se bonificarán sobre dicha subida, sino solo aquellos que están en el sector del transporte verán como aunque suban los impuestos a ellos no les repercute. No ocurre lo mismo con los autónomos y empresas de otros sectores, pero para los cuales su <strong>vehículo forma parte de sus herramientas de trabajo</strong>. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
<div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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  <div class="desvio">
   <div class="desvio-figure js-desvio-figure">
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/conductores-profesionales-no-se-veran-afectados-subida-impuestos-al-diesel">
     <img alt="Los&#x20;conductores&#x20;profesionales&#x20;no&#x20;se&#x20;ver&#x00E1;n&#x20;afectados&#x20;por&#x20;la&#x20;subida&#x20;de&#x20;impuestos&#x20;al&#x20;diesel" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/8b9a41/vehiculos-diesel/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
   <div class="desvio-summary">
    <div class="desvio-taxonomy js-desvio-taxonomy">
     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/conductores-profesionales-no-se-veran-afectados-subida-impuestos-al-diesel" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/conductores-profesionales-no-se-veran-afectados-subida-impuestos-al-diesel" class="desvio-title js-desvio-title">Los conductores profesionales no se verán afectados por la subida de impuestos al diesel</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Se estima que para un vehículo que realice 20.000 kilómetros anuales una subida de 10 céntimos el litro <strong>supondría unos 120 euros al año</strong>. Esta cifra de kilometraje está lejos de las distancias que asumen muchos profesionales, donde el trabajo y las distancias que tienen que recorrer para llegar al mismo a lo largo del año pueden duplicar dicha cantidad sin ningún problema. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Si esto se multiplica por una flota de vehículos que pueda tener una empresa la realidad es que es un <strong>sobrecoste elevado</strong>, que en muchos casos <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/sube-diesel-electricidad-se-repercute-a-clientes-asume-autonomo">acabará repercutiéndose a los clientes</a>. De todas formas la propuesta, presentada por el Partido Popular tiene pocas posibilidades de salir adelante. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Como ocurre con el caso de los autónomos y las cotizaciones, la llegada de las elecciones anticipadas parece que limita el impacto de esta medida, aunque el Gobierno podría imponerla a través de Real Decreto si no hay presupuestos. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/gasolina-diesel-de-gas-automotriz-996617/">Skitterphoto</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Usar las herramientas de trabajo de forma negligente puede obligarte a indemnizar a la empresa]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/usar-las-herramientas-de-trabajo-de-forma-negligente-puede-obligarte-a-indemnizar-a-la-empresa</link>
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                <pubDate>Sun, 13 May 2018 07:19:19 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/ead5f1/accidente-indemnizacion/1024_2000.jpg" alt="Usar&#x20;las&#x20;herramientas&#x20;de&#x20;trabajo&#x20;de&#x20;forma&#x20;negligente&#x20;puede&#x20;obligarte&#x20;a&#x20;indemnizar&#x20;a&#x20;la&#x20;empresa">
    </p>
    <p>La empresa nos ofrece una serie de herramientas para llevar a cabo nuestro trabajo de la forma más efectiva posible. Son propiedad de la compañía, pero las utilizan los trabajadores de forma personal, a veces incluso demasiado. Ocurre con un portátil que siempre tenemos y nos lo llevamos a casa, el teléfono móvil o un coche de empresa, por poner varios ejemplos. Pero cuidado, porque <strong>usar las herramientas de trabajo de forma negligente puede obligarte a indemnizar a la empresa</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Así lo ha dictaminado el [TSJ de Navarra](Usar las herramientas de trabajo de forma negligente puede obligarte a indemnizar a la empresa) ante un accidente de tráfico sufrido por un empleado que <strong>conducía un vehículo de empresa y dio positivo en el control de alcoholemia</strong>. Le puede pasar a mucha gente que tiene vehículo cedido por la empresa para desarrollar su trabajo, que sale un noche a cenar y toma unos vinos y luego tiene un percance. Pero no es el único caso. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><h2>Negligencia en el uso de las herramientas</h2>

<p>Aquí la clave es que <strong>la forma en la que se produzco el accidente no permite deducir que se ocasionara por mero descuido</strong>, sino que fue resultado de su negligencia. En este caso el conductor debe responder de los <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/coches-de-empresa-de-gama-premium-deben-ir-rotulados">daños causados, tanto al vehículo</a> indemnizando a la propia empresa, como los sufridos por terceros y del mobiliario urbano. </p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset-summary article-asset-normal"><div class="asset-content"><div class="sumario">Hasta 20.000 euros de sanción con el nuevo RGPD, como para no tomarse en serio el uso del ordenador de empresa</div></div></div><p>Pero ocurriría lo mismo en el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/por-que-deberias-utilizar-un-portatil-en-la-empresa-aunque-no-salgas-de-la-oficina">caso de un portátil</a> o un smartphone. En el caso del ordenador no sería la primera vez que la instalación de un programa para compartir archivos p2p finalizara con los datos de los clientes, confidenciales de la empresa, etc. expuestos y dispersados accesibles por miles de ordenadores. <strong>La sanción de la AEPD a la que se vería expuesta la empresa también debería cubrirla el empleado</strong> por la misma lógica. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>O si se deja el teléfono móvil al niño para que vea un vídeo de YouTube, y no se sabe muy bien como acaba <strong>compartiendo datos de la agenda con quien no debe</strong>. Las herramientas de trabajo son solo eso, de trabajo. Es nuestra responsabilidad cuidarlas y tenerlas en perfecto estado. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<h2>¿Hasta que punto somos descuidados?</h2>

<p>Hay que tener en cuenta que <strong>no es lo mismo una negligencia que un descuido</strong>. Sufrir un accidente con el coche de empresa fuera de horas de trabajo por circunstancias del tráfico o la circulación no suele suponer un problema. Especialmente si el vehículo se ha cedido al empleado no solo como herramienta para desplazarse en el trabajo, sino que forma parte de su retribución.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Igualmente no se puede culpar a un trabajador que abre un correo, no sabe lo que es y acaba <strong>propagando un virus</strong> por toda la empresa. Especialmente porque igual que el mantenimiento del vehículo no es de su responsabilidad, el del ordenador personal si no tiene las medidas adecuadas para frenar el ataque tampoco debería serlo. </p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>La diferencia entre ambas consideraciones, negligencia o descuido, es muy importante, ya que puede llevar asociada una falta muy grave que <strong>implique un despido justificado</strong> o no según sea el caso. No solo hay que indemnizar a la empresa, sino que además nos podemos quedar sin ingresos para hacerlo.  </p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/la-amortizacion-fiscal-de-los-vehiculos-usados">La amortización fiscal de los vehículos usados</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/accidente-de-coche-choque-roma-2165210/">valtercirillo</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Coches de empresa de gama premium, ¿deben ir rotulados?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/coches-de-empresa-de-gama-premium-deben-ir-rotulados</link>
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                <pubDate>Thu, 25 May 2017 09:02:00 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/1cffdc/vehiculo-comercial/1024_2000.jpg" alt="Coches&#x20;de&#x20;empresa&#x20;de&#x20;gama&#x20;premium,&#x20;&#x00BF;deben&#x20;ir&#x20;rotulados&#x3F;">
    </p>
    <p>Lo habitual en las empresas es ver coches rotulados, donde generalmente los comerciales se desplazan a realizar visitas a los clientes. Suelen encontrarse coches de gama baja o gama media que se adjudican en función de determinados objetivos cumplidos. Pero el otro día me sorprendí viendo un <strong>coche de lo que podríamos llamar gama premium rotulado por completo</strong>. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>No hablamos de coches de gama alta, sino de un paso más, ese tipo de coches que están <strong>al alcance de muy pocos</strong>. Lo habitual en estos casos es que si se trata de un vehículo de empresa, tenga en todo caso un discreto rótulo en la parte trasera. Pero no era el caso, iba rotulado como si de una furgoneta se tratara. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Quizás por eso me llamó tanto la atención. Un responsable de empresa que conozco adquirió no hace mucho un coche de gama premium. En realidad era la forma que tuvo un cliente suyo de saldar una deuda contraída. El caso es que cuando tenía que visitar a un cliente, <strong>nunca aparcaba con este vehículo en la puerta</strong>, sino que llega andando y estacionaba a una o dos calles de distancia. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>La razón que me dio era simple: </p>

<blockquote>
  <p>si un cliente me ve llegar con este coche y le hago una propuesta de venta siempre piensa que está pagando de más, que tengo mucho beneficio que me permite comprarme un coche de gama premium</p>
</blockquote>

<p>Son dos <strong>comportamientos totalmente diferentes</strong>, pero lo cierto es que las empresas tienen el mismo segmento de clientes. Puede que el primero, son su vehículo de gama premium rotulado pensara que al fin y al cabo, su empresa es lo más importante, es lo que le hace pagar el coche, por lo que no hay razón para no <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/como-sacar-rentabilidad-a-tu-coche-de-empresa-aparcandolo-en-el-sitio-adecuado">aprovechar la visibilidad de este vehículo</a> para rotularlo por completo. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Esto más allá del gusto estético de tener un vehículo de estas características como un <strong>anuncio publicitario rodante</strong>. Personalmente, realizar visitas comerciales con un Ferrari, que no era el caso, por mucho que nos lo podamos permitir, no es mi opción preferida. Lo ideal para mi es tener un vehículo de empresa de gama alta, si corresponde al responsable de la empresa o un alto ejecutivo, con una rotulación discreta y dejar el gama premium para nuestro uso personal. ¿Y vosotros que opináis? </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/el-logo-y-la-identidad-corporativa-por-que-nos-se-mima-la-imagen-nuestra-empresa">El logo y la identidad corporativa, ¿por qué no se mima la imagen nuestra empresa?</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/ricote/5531948645/in/photolist-9qQFAV-9TJxpU-9THZDd-9p6ncJ-9TFmRT-9TEW22-nWSQqC-9THQSQ-9TFcqz-9TJgij-84Yp8V-9TFpxi-9TE1sc-dTdQFU-7tVHmX-9THDG5-o96wJh-apEuTc-5T3CNz-9SMZog-9THiMS-9TEgqp-9TDdQk-9THbpo-8ViCxX-9TJXGS-9TFkte-7wXnYu-7HMkyp-7vqMZg-9TFqPa-7uq3Rr-9TJJf5-9TDo9X-8VSXdo-9THhvf-9TG1dn-9TESy2-9TK9uh-9THASC-7KX1ax-9THo9u-9THanh-8VPT6B-9TEnz2-8VPT58-9TEqYP-9cZChV-9TFgkv-9TEwwc">Ricardo Ricote Rodríguez</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Cómo sacar rentabilidad a tu coche de empresa aparcándolo en el sitio adecuado]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/como-sacar-rentabilidad-a-tu-coche-de-empresa-aparcandolo-en-el-sitio-adecuado</link>
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                <pubDate>Sun, 18 Dec 2016 11:30:28 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/95010e/vehiculo-comercial/1024_2000.jpg" alt="C&#x00F3;mo&#x20;sacar&#x20;rentabilidad&#x20;a&#x20;tu&#x20;coche&#x20;de&#x20;empresa&#x20;aparc&#x00E1;ndolo&#x20;en&#x20;el&#x20;sitio&#x20;adecuado">
    </p>
    <p>Los coches de empresa en muchas ocasiones van rotulados. A veces de forma muy discreta, dónde sólo aparece la empresa a la que pertenece, pero otras veces se utilizan como soporte publicitario móvil. Pero lo cierto es que se puede <strong>sacar rentabilidad al coche de empresa aparcándolo en el sitio adecuado</strong>. Se trata de realizar una pequeña acción de <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/el-marketing-de-guerrilla-como-aliado-del-autonomo-para-ganar-visibilidad">marketing de guerrilla</a>.  </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Para ello además del nombre de la empresa y la actividad a la que se dedica, deben <strong>aparecer un teléfono de contacto</strong>. En el caso de vehículos de buen tamaño, como podría ser una furgoneta o camión, se aprovecha en ocasiones para crear un anuncio que sea atractivo para los clientes. De esta forma ya esté circulando o aparcado, llamará la atención de los posibles clientes.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>No sabemos que visibilidad tiene el anuncio, pero si sabemos donde están o dónde pueden acudir los clientes potenciales de nuestro negocio. Un ejemplo puede ser un <strong>fontanero, que aparca su vehículo a la entrada de un gran almacén de bricolaje</strong>. Aquí acudirán un número alto de clientes que tratan de solucionar por su cuenta alguna avería o problema. Si ven el vehículo antes de entrar y luego no están seguros de poder solucionarlo o prefieren ahorrarse este trabajo.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Otro ejemplo podría ser un <strong>taller de mecánica rápida que sitúa su vehículo a la entrada de un parque empresarial</strong> en las afueras de la ciudad. Al estar alejado, la mayoría de los empleados que acuden cada día se desplazan en coche, por lo que tienen que realizar revisiones de forma frecuente. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Se trata de utilizar el <strong>vehículo de empresa como valla publicitaria</strong>. Tal vez una pequeña empresa no puede costear un soporte de este tipo en un lugar estratégico, pero si utiliza sus propio vehículos de empresa como soporte <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/la-amortizacion-fiscal-de-los-vehiculos-usados">les está sacando una rentabilidad</a> más allá de su vida útil. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Además los vehículos no tienen que ser necesariamente nuevos y estar en perfecto uso. Puede se uno que ya íbamos a retirar porque tiene muchos kilómetros o ya es viejo. Basta con que <strong>estéticamente tenga un buen aspecto</strong> para realizar la función de soporte publicitario que necesita nuestra empresa. Ahora sólo tenéis que pensar, dónde acuden vuestros clientes potenciales para saber dónde aparcar vuestro coche de empresa.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/el-street-marketing-tambien-es-cosa-de-pymes">El street marketing también es cosa de pymes</a></p>

<p>Imagen | Ricardo Ricote Rodríguez</p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Visitas a un cliente del autónomo, ¿en mi coche o en taxi? ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/visitas-a-un-cliente-del-autonomo-en-mi-coche-o-en-taxi</link>
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                <pubDate>Sun, 06 Nov 2016 10:39:59 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/44e8f6/taxi/1024_2000.jpg" alt="Visitas&#x20;a&#x20;un&#x20;cliente&#x20;del&#x20;aut&#x00F3;nomo,&#x20;&#x00BF;en&#x20;mi&#x20;coche&#x20;o&#x20;en&#x20;taxi&#x3F;&#x20;">
    </p>
    <p>Uno de los problemas que puede tener un autónomo o un profesional es que muchas veces cuenta con determinadas herramientas antes de formalizar su actividad profesional. El caso más común es el del vehículo privado, que una vez dados de alta en nuestra actividad también utilizamos en nuestra vida profesional. Pero <strong>si visitas a un cliente, ¿qué sale más a cuenta ir en nuestro coche o en un taxi?</strong></p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Por un lado la visita en taxi es muy sencillo imputarla como un gasto laboral. Sólo tenemos que <strong>solicitar la correspondiente factura al taxista</strong> para poder deducirla. Se trata de un gasto vinculado a nuestra actividad económica, que al tener la factura tenemos justificado y que sólo nos queda imputar en nuestro libro de gastos. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>¿Pero qué ocurre si decidimos desplazarnos en nuestro vehículo privado? Pues aquí la cosa es bastante más peliaguda ya que por mucho que nuestro gasto esté vinculado a nuestra actividad profesional, al no estar el <strong>vehículo afecto directamente y de forma exclusiva a nuestra actividad profesional</strong>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/hacerse-autonomo-paso-a-paso-los-gastos-deducibles">no podemos deducirnos</a> dichos gastos de combustible. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>No sólo tiene que estar destinado a un uso profesional, sino que también debe hacerse de forma exclusiva. Sólo de esta manera se admite la <strong>deducción de los gastos ocasionados por la visita al cliente</strong>. Para un autónomo puede parecer que moverse en taxi resulta más caro, ya que tiene que hacer un desembolso, pero lo cierto es que puede ser más rentable que hacerlo en su propio vehículo.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Lo malo es que esto obliga al autónomo y profesional a <strong>gastar un dinero extra</strong> que <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/son-deduciles-para-la-empresa-los-gastos-de-desplazamiento-del-administrador">recuperará posteriormente</a>, pero que no está dispuesto a anticipar. De esta manera muchos prefieren ir en su propio vehículo a pesar de que luego no puedan deducir dicho gasto.  </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Igualmente aquí se da la paradoja de que un <strong>vehículo de empresa los desplazamientos que hagamos de forma privada</strong> se deducen igualmente. En teoría no tienen que ver con la actividad profesional, pero imputarse todos los gastos del mismo y estar declarado únicamente como vehículo profesional, Hacienda no pone ningún reparo a su deducción. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Es una <strong>situación injusta</strong>, sobre todo para los autónomos que empiezan o que no tienen la posibilidad de adquirir un vehículo exclusivo para su actividad profesional o no se pueden permitir el pago de taxis en todos sus desplazamientos. </p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/que-tratamiento-fiscal-tienen-las-dietas-y-gastos-de-viaje-del-empresario-autonomo">¿Qué tratamiento fiscal tienen las dietas y gastos de viaje del empresario autónomo?</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/taxi-auto-roma-por-carretera-1184799/">j_nnesk_sser</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[La contabilización del Plan PIVE]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/la-contabilizacion-del-plan-pive</link>
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                <pubDate>Mon, 24 Nov 2014 23:51:46 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/57dc6b/650_1000_15294685079_920409997d_z/1024_2000.jpg" alt="La&#x20;contabilizaci&#x00F3;n&#x20;del&#x20;Plan&#x20;PIVE">
    </p>
    <p><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/122547414@N05/"></a><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/122547414@N05/"></a></p>
<p>Desde hoy los clientes pueden ir al concesionario a <strong>comprar un coche</strong> y acogerse a las ayudas públicas del Plan PIVE, ya que <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.expansion.com/2014/11/24/empresas/motor/1416813383.html">el Gobierno ha habilitado 70 millones de euros más</a> de presupuesto para ello hasta final de año. Al <strong>plan PIVE</strong> pueden acogerse particulares y empresas y como<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-plan-pive-6-prorroga-y-picaresca"> ya hemos tratado en un post anterior</a>, si no se tiene un vehículo usado para entregar es relativamente facil hacerse con uno para así aprovecharse de las ayudas del plan PIVE ya que este no exige antigüedad en la posesión del vehículo.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><h2>
¿Cómo se contabilizan las ayudas del plan PIVE?</h2>

<p>Si el beneficiario del Plan PIVE es una empresa, esta deberá dar de baja el vehículo que entrega para el desguace, registrar la perdida que corresponda si no se encuentra totalmente amortizado y <strong>registrar las ayudas del plan PIVE como subvenciones de capital</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Las <strong>subvenciones de capital</strong> son las concedidas por las Administraciones Públicas, tanto nacionales como internacionales, para el establecimiento o estructura fija de la empresa (activos no corrientes) cuando no sean reintegrables, de acuerdo con los criterios establecidos en las normas de registro y valoración. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Las subvenciones de capital pueden tener diferentes finalidades, no sólo son para el establecimiento de la estructura al inicio de una actividad. En este caso subvencionan la adquisición de un inmovilizado nuevo, por tanto es una <strong>subvención de capital que se traspasara a resultados del ejercicio</strong>  en la misma proporción que amorticemos el vehículo.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Su movimiento es el siguiente:</p>

<p>Al recibirse el <strong>pago del plan PIVE</strong> se realizara el siguiente apunte:</p>

<p>(572) Bancos     <strong> a </strong>    Subvenciones capital (130) </p>

<p>Al <strong>comprarse el vehículo</strong>:</p>

<p>(218) Elementos de transporte   <strong> a </strong>     Bancos (572)</p>

<p>A 31 de diciembre <strong>amortizamos el inmovilizado y en la misma proporción trasladamos a resultados el importe de la subvención</strong>:</p>

<p>(681) Amortización Inmovilizado Material   <strong> a</strong>    AA Inmovilizado Material (281)</p>

<p>(130) Subvenciones de Capital     <strong>a</strong>    Subvenciones transferidas al resultado del ejercicio (746)</p>

<p>Otra opción, si no se quiere diferir el ingreso es <strong>registrar la subvención directamente en la cuenta 740 de subvenciones</strong>, donaciones y legados a la explotación, algo que en modo alguno perjudica a la Agencia Tributaria y que podríamos reconocer como ingreso aplicando el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://wikis.uab.cat/eldiari/index.php/Principio_de_importancia_relativa">principio de importancia relativa</a>, ya que este principio nos permite no aplicar otros principios y criterios contables cuando la importancia en términos cuantitativos y cualitativos de aquella operación que se debería hacer no sea significativa para el resultado o el funcionamiento de la empresa, y es de suponer que una pequeña subvención de esta índole no puede considerarse que afecte ni al funcionamiento, ni al resultado de la empresa de manera significativa.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/122547414@N05/">José Ramón Fernández de la Cigoña</a></p>

<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/se-pueden-contabilizar-las-facturas-proforma">¿Se pueden contabilizar las facturas proforma?</a></p>
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                <title><![CDATA[El Plan PIVE 6: prorroga y picaresca]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-plan-pive-6-prorroga-y-picaresca</link>
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                <pubDate>Sun, 23 Nov 2014 09:28:20 +0000</pubDate>
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                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/903b95/650_1000_13886011980_ed5dc076d1_z-1--1/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;Plan&#x20;PIVE&#x20;6&#x3A;&#x20;prorroga&#x20;y&#x20;picaresca">
    </p>
    <p>Una vez agotados los fondos del plan <strong>PIVE 6</strong>, y con el <strong>plan PIVE 7</strong> en la hornada de los presupuestos del 2015, la congelación de las ventas antes del cierre del ejercicio no parece la mejor opción, por lo que el Consejo de Ministros de la próxima semana, parece que <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0CDwQqQIwAA&url=http%3A%2F%2Fwww.elconfidencial.com%2Fmotor%2F2014-11-21%2Fla-prorroga-del-plan-pive-estara-operativa-desde-el-proximo-lunes_500564%2F&ei=6upwVOfNCofVaqWBgdAD&usg=AFQjCNEpbNzyp0NiqDU_mdVMxLbopUT8AA&sig2=fqYggBfpUz_5fnpKk6SpSg&bvm=bv.80185997,d.cWc">aprobará con efectos retroactivos desde el lunes 24 de noviembre la ampliación del Plan PIVE 6</a>, según ha anunciado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. </p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><p>La edición actual del PIVE ya ha consumido la totalidad de los <strong>175 millones de euros</strong> de presupuesto con fondos públicos. Y los <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0CCEQFjAA&url=http%3A%2F%2Fwww.sepg.pap.minhap.gob.es%2Fsitios%2Fsepg%2Fes-ES%2FPresupuestos%2FProyectoPGE%2FPaginas%2FProyectoPGE2015.aspx&ei=waZxVIr7EYj1asf4gOAF&usg=AFQjCNGvV_yHpqzjtmbbTEgmBqVguUiJeQ&sig2=pzyodI_tyBW0Vq8m4bacLA&bvm=bv.80185997,d.d2s">Presupuestos Generales del Estado de 2015</a><strong></strong> incluyen ya una partida de otros 175 millones para un PIVE 7. El Plan PIVE esta siendo sin dudas, un gran éxito que esta contribuyendo a dinamizar el sector, pero no todo son luces, también tiene sus sombras, ya que la picaresca también esta pastando de los Presupuestos del Estado.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<h2>
La picaresca del plan PIVE</h2>

<p>Así las cosas, si no tenemos un coche para achatarrar en casa, podemos pedirle uno a Papa Noel, y se lo entregamos a los Reyes Magos para que nos traigan <strong>2.000 euros</strong> (1.000 euros aportados por el Estado y 1.000 euros por las marcas o puntos de venta). Aunque en el caso de familias numerosas que compren un vehículo con más de 5 plazas y personas con discapacidad que adquieran un modelo adaptado dicha cuantía se amplia hasta 3.000 euros (1.500 de la marca y 1.500 del Gobierno).</p>
<!-- BREAK 3 --><!--more--><p>El Plan  PIVE tal y como esta diseñado actualmente <strong>no exige antigüedad en la propiedad</strong>, por lo que un particular puede comprar un coche que iba directamente al desguace por muy poco y beneficiarse después la subvención de entre 2.000 y 3.000 euros, la mitad aportada por los concesionarios y la otra mitad puesta por el Gobierno.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>El único requisito es que los vehículos tengan como <strong>mínimo siete años desde su primera matriculación</strong>, por lo que inmediatamente después de comprar un coche se puede acudir al concesionario y recibir la subvención correspondiente, es más si se compra el vehículo en un desguace ya no hay ni que moverlo de allí, se pone a nombre del beneficiario, se da de baja y se hace caja con el plan PIVE.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>No nos olvidemos que vivimos en la España del Lazarillo de Tormes, y la picaresca rápidamente busca los <strong>resquicios que deja la legislación</strong> para hacer negocio, pero si bien las ayudas al sector son una buena forma de dinamizar el sector, abrir las puertas al trapicheo de vehículos viejos con dinero publico, parece algo un poco extravagante, aunque no menos que <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0CCEQFjAA&url=http%3A%2F%2Fwww.pymesyautonomos.com%2Ffiscalidad-y-contabilidad%2Fcomo-tributa-la-marihuana&ei=ladxVLbUIc_baNaHgqgM&usg=AFQjCNEueAFMCgRr52ehd54vI8jiV1O3DA&sig2=Z2r21rBQ7x3iC_zaR5_tIw&bvm=bv.80185997,d.d2s">la tributación de las cuotas de los socios de fumaderos de marihuana</a>.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Imagen | José Ramón Fernández de la Cigoña</p>

<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/cl-ve-un-nuevo-sistema-de-identificacion-autenticacion-y-firma-electronica">Cl@ve: un nuevo sistema de identificación, autenticación y firma electrónica</a></p>
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