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        <title>Magazine - subvencion</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 13:04:48 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[3.000 euros para que los autónomos y pequeñas empresas accedan al Bono de Conectividad: el 10 de septiembre puedes enviar la solicitud]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/3-000-euros-autonomos-pequenas-empresas-accedan-al-bono-conectividad-10-septiembre-puedes-enviar-solicitud</link>
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                <pubDate>Thu, 29 Aug 2024 13:00:00 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/f028bf/bono-conectividad-para-autonomos-y-pymes./1024_2000.jpeg" alt="3.000&#x20;euros&#x20;para&#x20;que&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;y&#x20;peque&#x00F1;as&#x20;empresas&#x20;accedan&#x20;al&#x20;Bono&#x20;de&#x20;Conectividad&#x3A;&#x20;el&#x20;10&#x20;de&#x20;septiembre&#x20;puedes&#x20;enviar&#x20;la&#x20;solicitud">
    </p>
    <p>Los autónomos y pequeños negocios están de enhorabuena, Red.es se ha hecho eco de nuevas ayudas de hasta 3.000 euros para mejorar el acceso a Internet. El Bono de Conectividad busca mejorar la conexión a la red de este colectivo.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>El <strong>Bono de Conectividad</strong> sigue la línea del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/kit-digital-te-dan-ayuda-1-000-euros-para-comprar-ordenador-no-vale-uno">Kit Digital</a> y persigue el mismo objetivo, mejorar la relación de las pequeñas empresas en el plano digital.</p>
<p>Los solicitantes deberán elegir una solución o servicio entre un grupo de opciones ofertadas. Se trata de una herramienta similar al Kit Digital y las solicitudes podrán enviarse el próximo <strong>10 de septiembre</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><h2>Bono de conectividad para mejorar el acceso a la red de autónomos y pequeños negocios</h2>
<p>Esta convocatoria tiene como finalidad la mejora de la conectividad de las pequeñas empresas, microempresas entre 0 y 50 trabajadores y, personas en situación de autoempleo.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Estas ayudas consistirán en una cantidad de dinero destinado a financiar la contratación por las pequeñas y medianas empresas beneficiarias de las soluciones de acceso a Internet y servicios asociados que deseen.</p>
<p>Las soluciones deben estar disponibles en el mercado y aparecer en el Catálogo de Servicios de Bono Pyme. Se pueden consultar desde la plataforma <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.acelerapyme.gob.es/">Acelera Pyme</a>.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>El beneficiario de esta ayuda deberá emplear la subvención en la contratación de una o varias soluciones de acceso a Internet y servicios asociados a través de un <strong>Contrato de prestación de Soluciones o Servicios</strong> con los Prestadores de Servicios, previo a la solicitud.</p>
<p>Es decir, este Bono de Conectividad se hará efectivo para el autónomo o pyme, cuando en su nombre, el prestador de servicios presente una cuenta justificativa de la actividad para que así se le conceda la ayuda, como recogen en<em> Autónomos y Emprendedores</em>.</p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/gobierno-aumenta-ayudas-kit-digital-a-pymes-te-puedes-beneficiar-subida-incluso-has-recibido">
     <img alt="El&#x20;Gobierno&#x20;aumenta&#x20;las&#x20;ayudas&#x20;del&#x20;Kit&#x20;Digital&#x20;a&#x20;las&#x20;Pymes,&#x20;y&#x20;te&#x20;puedes&#x20;beneficiar&#x20;de&#x20;la&#x20;subida&#x20;incluso&#x20;si&#x20;ya&#x20;las&#x20;has&#x20;recibido&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/3d76d4/el-kit-digital-para-pymes-en-2024-viene-con-novedades./375_142.jpeg">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/gobierno-aumenta-ayudas-kit-digital-a-pymes-te-puedes-beneficiar-subida-incluso-has-recibido" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/gobierno-aumenta-ayudas-kit-digital-a-pymes-te-puedes-beneficiar-subida-incluso-has-recibido" class="desvio-title js-desvio-title">El Gobierno aumenta las ayudas del Kit Digital a las Pymes, y te puedes beneficiar de la subida incluso si ya las has recibido </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Dos tipos de ayudas para mejorar la conectividad</h2>
<p>Las soluciones financiadas por el Bono de Conectividad abarcarán dos tipos:</p>
<ul>
  <li>Un acceso a Intern en redes de banda ancha, con una velocidad de descargar de <strong>100 Mbps o superior</strong>, en las sedes de autónomos o empresas que no tengan un acceso en el momento de enviar la solicitud ni en los tres meses anteriores.</li>
  <li><strong>Uno, varios o un conjunto de servicios asociados</strong>.</li>
</ul>
<p>Autónomos y empresas podrás solicitar la ayuda para mejorar su acceso a Internet de manera individual o de forma conjunta con las ayudas para uno, varios o todos los servicios asociados. Sólo deberá presentarse una solicitud.</p>
<!-- BREAK 6 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/tienes-10-empleados-gobierno-te-paga-formacion-inteligencia-artificial-ciberseguridad-estos-requisitos">
     <img alt="Si&#x20;tienes&#x20;m&#x00E1;s&#x20;de&#x20;10&#x20;empleados,&#x20;el&#x20;Gobierno&#x20;te&#x20;paga&#x20;la&#x20;formaci&#x00F3;n&#x20;en&#x20;inteligencia&#x20;artificial&#x20;y&#x20;ciberseguridad.&#x20;Estos&#x20;son&#x20;los&#x20;requisitos&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/4fa2ea/kit-consulting-un-programa-para-ayudar-a-las-pymes-a-integrar-la-inteligencia-artificial./375_142.jpeg">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/tienes-10-empleados-gobierno-te-paga-formacion-inteligencia-artificial-ciberseguridad-estos-requisitos" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/tienes-10-empleados-gobierno-te-paga-formacion-inteligencia-artificial-ciberseguridad-estos-requisitos" class="desvio-title js-desvio-title">Si tienes más de 10 empleados, el Gobierno te paga la formación en inteligencia artificial y ciberseguridad. Estos son los requisitos </a>
   </div>
  </div>
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</div>
<h2>La ayuda será de 3.000 euros por beneficiario</h2>
<p>El importe máximo que podrá recibir tanto el autónomo como la empresa será de 3.000 euros. El Bono de Conectividad ofrece seis soluciones diferentes para mejorar la conectividad de los negocios.</p>
<!-- BREAK 7 --><ul>
  <li><strong>Acceso a Internet</strong>: acceso a Internet de Banda Ancha, 100 Mbps de velocidad en sentido descendente. período de prestación: 12 meses. Importe total: 400 euros por sede. La intensidad de la ayuda será del 50%.</li>
  <li><strong>Servicios asociados</strong>: IP fija. Período de prestación: 12 meses. Importe total: 180 euros por IP, máximo 3 IPs por empresa.</li>
  <li><strong>Telefonía móvil Corporativa</strong>: Período de prestación: 12 meses. Importe total: 300 euros por usuario.</li>
  <li><strong>WiFi Profesional</strong>: Período de prestación: 12 meses. Importe total: 150 euros por sede. 200 euros con un punto de acceso.</li>
  <li><strong>Almacenamiento y Backup en la nube en modalidad avanzada</strong>. Período de prestación: 12 meses. Importe total: 2.000 euros por empresa.</li>
</ul>
<p>Tanto autónomos como pequeñas empresas tendrán que tramitar estas ayudas por medio de un <strong>agente intermediario y abonar la diferencia de la parte no subvencionada</strong>.</p>
<!-- BREAK 8 --><script>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Cómo solicitar y justificar subvenciones paso a paso ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/como-solicitar-justificar-subvenciones-paso-a-paso</link>
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                <pubDate>Wed, 28 Dec 2022 08:00:33 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/4a0816/subvencion/1024_2000.jpeg" alt="C&#x00F3;mo&#x20;solicitar&#x20;y&#x20;justificar&#x20;subvenciones&#x20;paso&#x20;a&#x20;paso&#x20;">
    </p>
    <p>Los autónomos, al crear su empresa o para sobrellevar las dificultades económicas, es natural que busquen <strong>subvenciones para ayudar a consolidar su negocio</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Una subvención <strong>parece algo sencillo de conseguir</strong>, si bien son pocos los autónomos, no solo que la consiguen, sino que además la justifican correctamente. &nbsp;En sí, solicitar una subvención es un proceso que el autónomo debe dominar y seguir paso a paso:</p>
<h2>1) Vigilancia activa de ayudas y subvenciones</h2>
<p>Existen una gran variedad de <strong>programas y líneas a las que puede acceder el </strong><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/ser-autonomo-ingresos-bajos-2023-sera-todo-desafio"><strong>autónomo</strong></a>, de fomento del autoempleo y el emprendimiento, como el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/pago-unico-seguridad-social-que-como-beneficiarse">pago único</a>, las ayudas a la digitalización, como el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/ayudas-kit-digital-para-empresas-3-10-trabajadores-se-podran-solicitar-proximo-2-septiembre">Kit digital</a>, o ayudas a la innovación.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>En cualquier caso, lo primero que debe hacer el autónomo es informarse de todas las opciones disponibles, en las distintas administraciones, y planificarse para hacer una <strong>vigilancia activa de las convocatorias.</strong></p>
<p>De forma general, existe una herramienta interesante, el “<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/suscripciones">Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas</a>”, que permite al autónomo <strong>suscribirse fácilmente y recibir en su email alertas</strong> sobre las subvenciones y ayudas que vayan saliendo.</p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/estos-cambios-introducidos-kit-digital-asi-afectan-a-pequenas-empresas-autonomos-que-soliciten">
     <img alt="Estos&#x20;son&#x20;los&#x20;cambios&#x20;introducidos&#x20;kit&#x20;digital&#x20;y&#x20;as&#x00ED;&#x20;afectan&#x20;a&#x20;las&#x20;peque&#x00F1;as&#x20;empresas&#x20;y&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;que&#x20;lo&#x20;soliciten&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/a4aa51/kit-digital-solicitud/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/estos-cambios-introducidos-kit-digital-asi-afectan-a-pequenas-empresas-autonomos-que-soliciten" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/estos-cambios-introducidos-kit-digital-asi-afectan-a-pequenas-empresas-autonomos-que-soliciten" class="desvio-title js-desvio-title">Estos son los cambios introducidos kit digital y así afectan a las pequeñas empresas y autónomos que lo soliciten </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>2) Conocer el marco normativo de la subvención</h2>
<p>Una vez el autónomo detecta a qué subvención se quiere presentar, debe <strong>dominar la normativa relacionada</strong>.</p>
<p>Normalmente, se debe controlar la convocatoria y las <strong>bases reguladoras</strong> de la ayuda en cuestión, y de forma general, conocer la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/eli/es/l/2003/11/17/38/con">Ley General de subvenciones</a>.</p>
<h2>3) Análisis de requisitos y documentación</h2>
<p>Identificada la ayuda, hay que entender el procedimiento, y <strong>revisar los requisitos que se deben cumplir</strong>, así como toda la documentación que nos van a solicitar.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>En ocasiones, se trata de ser <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/tarifa-plana-autonomos-2023-esto-todo-que-cambia-para-nuevos-inscritos-reta">nuevos autónomos</a>, de realizar determinada inversión, tener un número mínimo de empleados o dedicarse a determinado sector.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estas-principales-novedades-para-autonomos-2023">
     <img alt="Estas&#x20;son&#x20;las&#x20;principales&#x20;novedades&#x20;para&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;en&#x20;2023" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/455922/novedades_2023/375_142.jpeg">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estas-principales-novedades-para-autonomos-2023" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estas-principales-novedades-para-autonomos-2023" class="desvio-title js-desvio-title">Estas son las principales novedades para autónomos en 2023</a>
   </div>
  </div>
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<h2>4) Estudio de criterios y puntos</h2>
<p>Las subvenciones, sobre todo las que son en régimen de concurrencia competitiva, establecen unos <strong>criterios de elegibilidad</strong>.</p>
<p>En este punto, el autónomo debe tener en cuenta que los fondos aportados a las convocatorias suelen ser limitados, por lo que las administraciones tienen que <strong>decidir a qué empresas elegir como beneficiarias</strong>; para eso, establecen unos criterios.</p>
<p>Es importante verificar que se pueden cumplir los criterios, y antes de presentarse, <strong>valorar cuántos puntos se pueden obtener</strong>, para ver si compensa hacer el esfuerzo de presentarla en función de nuestras posibilidades de éxito.</p>
<!-- BREAK 5 --><h2>5) Presentación de la solicitud</h2>
<p>A la hora de ir a por la subvención, la mayoría de las entidades ofrecen <strong>formularios en línea para facilitar la presentación de la solicitud</strong>. Es importante completar el formulario con cuidado y asegurarse de proporcionar toda la información y documentación solicitada.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>Habrá un plazo donde te pueden requerir para subsanar cierta documentación, pero en general, <strong>lo que no presentes en el momento inicial, &nbsp;no podrás arreglarlo después</strong>. Se metódico y no te olvides de nada, ni de documentos, ni de campos a rellenar en la memoria.</p>
<h2>6) Resolución de la subvención o ayuda</h2>
<p>Una vez analizadas todas las solicitudes, la entidad o administración que convoca la ayuda <strong>emitirá una resolución</strong>, donde aparecerán los beneficiarios e importes de las subvenciones.</p>
<!-- BREAK 7 --><p>Es labor del autónomo estar atento a todo tipo de publicaciones en la sede electrónica.</p>
<h2>7) Justificación de la subvención</h2>
<p>Para justificar la subvención, debes <strong>realizar una cuenta justificativa</strong> de cómo se ha utilizado el dinero, donde se entreguen documentos acreditativos de haber ejecutado el presupuesto al que te has comprometido al presentar la solicitud.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>En relación con esto, el autónomo debe <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/como-saber-tengo-que-llevar-libro-contable-como-autonomo-como-llevarlo">contabilizar</a> adecuadamente las <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/todo-que-necesitas-saber-para-implantar-factura-electronica-tu-empresa-cumplir-ley-crece-emprende">facturas</a> y guardar los <strong>justificantes bancarios que acrediten el pago</strong>, porque serán parte importante de esta justificación.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/esto-todo-que-necesitas-no-quieres-guardar-comprobante-papel-tus-facturas-cumplir-hacienda">
     <img alt="Esto&#x20;es&#x20;todo&#x20;lo&#x20;que&#x20;necesitas&#x20;si&#x20;no&#x20;quieres&#x20;guardar&#x20;el&#x20;comprobante&#x20;en&#x20;papel&#x20;de&#x20;tus&#x20;facturas&#x20;y&#x20;cumplir&#x20;con&#x20;Hacienda&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/2905f1/digitalizacion-documental/375_142.jpeg">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/esto-todo-que-necesitas-no-quieres-guardar-comprobante-papel-tus-facturas-cumplir-hacienda" class="desvio-title js-desvio-title">Esto es todo lo que necesitas si no quieres guardar el comprobante en papel de tus facturas y cumplir con Hacienda </a>
   </div>
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<h2>8) Cobro de la ayuda</h2>
<p>Si se justifica adecuadamente la subvención, <strong>el autónomo recibirá el pago</strong>, aunque hay ayudas en las que el importe se recibe antes, y se ejecuta la inversión y justificándose ese gasto después.</p>
<!-- BREAK 9 --><h2>9) Obligaciones del autónomo</h2>
<p>Al final, si has sido uno de los elegidos, tus tareas no acaban ahí. Las subvenciones, traen consigo <strong>obligaciones posteriores que no debemos descuidar</strong>.</p>
<!-- BREAK 10 --><p>La <strong>publicidad</strong> a realizar para dar a conocer es un proyecto subvencionado, someterse a <strong>auditorías</strong>, el mantenimiento de la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deduccion-inversion-empresas-nueva-creacion-que-requisitos-hay">inversión</a> y de los puestos de trabajo creados o la <strong>conservación de las facturas</strong> un periodo superior al que exige Hacienda son algunos de ellos.</p>
<h2>Bola extra: Tributación de la subvención</h2>
<p>Por último, un consejo, antes de solicitar la subvención <strong>conocer como debe tributar</strong>.</p>
<p>Recibir dinero, supone que Hacienda quiera su parte, por lo que se debe tener claro si <strong>el ingreso recibido debe incluirse en la </strong><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/cual-es-la-diferencia-entre-base-imponible-y-base-liquidable-del-irpf"><strong>base imponible</strong></a><strong> de la declaración de la renta</strong> o si, como algunas ayudas, como el pago único, están exentas del IRPF.</p>
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                <title><![CDATA[5.000 euros de subvención por un coche eléctrico para los autónomos y empresas]]></title>
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                <pubDate>Thu, 28 Feb 2019 19:30:27 +0000</pubDate>
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      <img src="https://i.blogs.es/dcc0f4/ayudas-coche-electrico/1024_2000.jpg" alt="5.000&#x20;euros&#x20;de&#x20;subvenci&#x00F3;n&#x20;por&#x20;un&#x20;coche&#x20;el&#x00E9;ctrico&#x20;para&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;y&#x20;empresas">
    </p>
    <p>Los autónomos que quieran renovar su flota de vehículos y pasarse a un coche eléctrico ahora tienen la oportunidad de aprovechar el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.motorpasion.com/industria/plan-moves-ayuda-a-compra-coches-electricos-estos-requisitos">plan MOVES 2019</a> publicado a mediados de febrero. Gracias a este plan se pueden tener hasta <strong>5.000 euros de subvención por un coche eléctrico para los autónomos</strong>. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Esta cifra es para la adquisición de un vehículo eléctrico de autonomía extendida, híbrido encufavle o de pila de combustible así como también furgonetas ligeras. En el caso de que la compra sea de <strong>camiones o autobuses eléctricos</strong> o que funcionen con gas natural tienen <strong>ayudas de hasta 15.000 euros</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>La pregunta es ¿compensa la subvención el sobreprecio inicial del vehículo eléctrico? Para empezar hay saber que en todo caso es necesario mandar <strong>al desguace un vehículo</strong> al que sustituirá, que tenga de más de diez años, o de siete si se trata de una furgoneta o camión ligero. Muchas empresas no están por la labor de deshacerse de estos vehículos, más si todavía funcionan razonablemente.</p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/eres-autonomo-trabajas-tu-vehiculo-preparate-para-subida-diesel">
     <img alt="Si&#x20;eres&#x20;aut&#x00F3;nomo&#x20;y&#x20;trabajas&#x20;con&#x20;tu&#x20;veh&#x00ED;culo,&#x20;prep&#x00E1;rate&#x20;para&#x20;la&#x20;subida&#x20;del&#x20;Diesel&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/fabec1/impuestos-diesel/375_142.jpg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/eres-autonomo-trabajas-tu-vehiculo-preparate-para-subida-diesel" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/eres-autonomo-trabajas-tu-vehiculo-preparate-para-subida-diesel" class="desvio-title js-desvio-title">Si eres autónomo y trabajas con tu vehículo, prepárate para la subida del Diesel </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Para optar al plan un autónomo o la empresa tendrá que presentar la siguiente documentación:</p>

<ul>
<li><p>Si se trata de profesionales autónomos, además deberá aportarse certificado de <strong>alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores</strong> expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.</p>
</li>
<li><p>En el caso de empresas, <strong>declaración responsable en la que figure la condición de PYME o Gran Empresa</strong> o en su caso, si se trata de una entidad sin actividad mercantil y comercial.</p>
</li>
<li><p><strong>Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social</strong>, o bien declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, cuando la cuantía de la ayuda no supere los 3.000 euros por persona beneficiaria, conforme con lo previsto por el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.</p>
</li>
<li><p>Declaración responsable de que no concurre ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y, en particular, de hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, en los términos previstos en el artículo 25 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.</p>
</li>
</ul>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/asi-puedes-deducir-adquisicion-vehiculo-siendo-autonomo">
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    </a>
   </div>
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    <div class="desvio-taxonomy js-desvio-taxonomy">
     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/asi-puedes-deducir-adquisicion-vehiculo-siendo-autonomo" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/asi-puedes-deducir-adquisicion-vehiculo-siendo-autonomo" class="desvio-title js-desvio-title">Así puedes deducir la adquisición de un vehículo siendo autónomo</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Más allá de la subvención, la cuestión es si un eléctrico o híbrido enchufable <strong>cumplirá con el trabajo que demanda un autónomo</strong>. Muchos autónomos hacen una cantidad de kilómetros muy importante cada día, pero también se suma que en determinados momentos largos desplazamientos. Solo serían en estos casos interesantes los híbridos enchufables y los camiones con Gas Natural. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/electric-car-ecology-electric-1718679/">Andy_Bay</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[La contabilización del Plan PIVE]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/la-contabilizacion-del-plan-pive</link>
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                <pubDate>Mon, 24 Nov 2014 23:51:46 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/57dc6b/650_1000_15294685079_920409997d_z/1024_2000.jpg" alt="La&#x20;contabilizaci&#x00F3;n&#x20;del&#x20;Plan&#x20;PIVE">
    </p>
    <p><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/122547414@N05/"></a><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/122547414@N05/"></a></p>
<p>Desde hoy los clientes pueden ir al concesionario a <strong>comprar un coche</strong> y acogerse a las ayudas públicas del Plan PIVE, ya que <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.expansion.com/2014/11/24/empresas/motor/1416813383.html">el Gobierno ha habilitado 70 millones de euros más</a> de presupuesto para ello hasta final de año. Al <strong>plan PIVE</strong> pueden acogerse particulares y empresas y como<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-plan-pive-6-prorroga-y-picaresca"> ya hemos tratado en un post anterior</a>, si no se tiene un vehículo usado para entregar es relativamente facil hacerse con uno para así aprovecharse de las ayudas del plan PIVE ya que este no exige antigüedad en la posesión del vehículo.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><h2>
¿Cómo se contabilizan las ayudas del plan PIVE?</h2>

<p>Si el beneficiario del Plan PIVE es una empresa, esta deberá dar de baja el vehículo que entrega para el desguace, registrar la perdida que corresponda si no se encuentra totalmente amortizado y <strong>registrar las ayudas del plan PIVE como subvenciones de capital</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Las <strong>subvenciones de capital</strong> son las concedidas por las Administraciones Públicas, tanto nacionales como internacionales, para el establecimiento o estructura fija de la empresa (activos no corrientes) cuando no sean reintegrables, de acuerdo con los criterios establecidos en las normas de registro y valoración. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Las subvenciones de capital pueden tener diferentes finalidades, no sólo son para el establecimiento de la estructura al inicio de una actividad. En este caso subvencionan la adquisición de un inmovilizado nuevo, por tanto es una <strong>subvención de capital que se traspasara a resultados del ejercicio</strong>  en la misma proporción que amorticemos el vehículo.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Su movimiento es el siguiente:</p>

<p>Al recibirse el <strong>pago del plan PIVE</strong> se realizara el siguiente apunte:</p>

<p>(572) Bancos     <strong> a </strong>    Subvenciones capital (130) </p>

<p>Al <strong>comprarse el vehículo</strong>:</p>

<p>(218) Elementos de transporte   <strong> a </strong>     Bancos (572)</p>

<p>A 31 de diciembre <strong>amortizamos el inmovilizado y en la misma proporción trasladamos a resultados el importe de la subvención</strong>:</p>

<p>(681) Amortización Inmovilizado Material   <strong> a</strong>    AA Inmovilizado Material (281)</p>

<p>(130) Subvenciones de Capital     <strong>a</strong>    Subvenciones transferidas al resultado del ejercicio (746)</p>

<p>Otra opción, si no se quiere diferir el ingreso es <strong>registrar la subvención directamente en la cuenta 740 de subvenciones</strong>, donaciones y legados a la explotación, algo que en modo alguno perjudica a la Agencia Tributaria y que podríamos reconocer como ingreso aplicando el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://wikis.uab.cat/eldiari/index.php/Principio_de_importancia_relativa">principio de importancia relativa</a>, ya que este principio nos permite no aplicar otros principios y criterios contables cuando la importancia en términos cuantitativos y cualitativos de aquella operación que se debería hacer no sea significativa para el resultado o el funcionamiento de la empresa, y es de suponer que una pequeña subvención de esta índole no puede considerarse que afecte ni al funcionamiento, ni al resultado de la empresa de manera significativa.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/122547414@N05/">José Ramón Fernández de la Cigoña</a></p>

<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/se-pueden-contabilizar-las-facturas-proforma">¿Se pueden contabilizar las facturas proforma?</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Derribando tópicos]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/derribando-topicos</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/derribando-topicos</guid>
                <pubDate>Wed, 22 Feb 2012 09:31:48 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/cd3122/2202/1024_2000.jpg" alt="Derribando&#x20;t&#x00F3;picos">
    </p>
    <p>Una reciente <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.uoc.edu/portal/castellano/sala-de-premsa/actualitat/noticies/2012/noticia_021/noticia_021.html">investigación</a> de la Business School de la UOC titulada "Emprender en tiempos de crisis", sobre las empresas generadas en España en los últimos años, revela que <strong>una de cada tres (30,8%) nuevas empresas españolas ha sido puesta en marcha por una mujer</strong>. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Según el estudio, realizado con trescientas empresas creadas entre 2008 y 2011, l<strong>a gran mayoría de las mujeres (90,2%) ha sacado adelante la empresa sin ayudas públicas</strong> (por un 81,7% de los hombres). El 85,6% se ha nutrido de fondos propios, mientras que en los hombres eso pasa en un 79,5% de las veces. Las mujeres también superan al sexo masculino en innovación del producto, en nuevas prácticas de organización en el trabajo y en niveles formativos.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Según el director de la Business School, Joan Torrent, <strong>la crisis económica</strong> acapara la agenda de los medios de comunicación. La reforma laboral, los vaivenes del euro y las previsiones pesimistas de Goldman Sachs ocupan portadas y titulares mientras los ciudadanos ven como la economía se tambalea sin que nadie parezca encontrar el antídoto.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En este contexto, el goteo de ERE que despiden a centenares de trabajadores a diario puede dar a entender a los ciudadanos que las empresas que sustentan el país son las conocidas, con nombres y apellidos, las que cotizan en la bolsa. Pero no es así, sino todo lo contrario. España es uno de los países de la Unión Europea en que <strong>las microempresas emplean a un mayor porcentaje de trabajadores</strong>, las que aportan el 70% del trabajo y el 80% del PIB nacional.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>La actividad emprendedora protagonizada por mujeres según los datos de Global Entrepreneurship Monitor (GEM) de 2010, se limitaba al 38,4%. Estas cifras están mostrando una tendencia al alza, entre otras razones porque <strong>las mujeres gozan de grandes cualidades</strong> que les puede llevar a iniciar con éxito actividades empresariales, como son las persistencia y la intuición, que en el mundo de la empresa son dos grandes valores.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.uoc.edu/portal/castellano/sala-de-premsa/actualitat/noticies/2012/noticia_021/noticia_021.html">UOC</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/drstarbuck/392327999/">drstarbuck</a>
En Pymes y Autónomos |<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/emprendedores"> Emprendedores</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Nuevas subvenciones para el fomento del autoempleo en la Comunidad de Extremadura]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/nuevas-subvenciones-para-el-fomento-del-autoempleo-en-la-comunidad-de-extremadura</link>
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                <pubDate>Mon, 05 Dec 2011 17:39:00 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/65867a/trujillo/1024_2000.jpg" alt="Nuevas&#x20;subvenciones&#x20;para&#x20;el&#x20;fomento&#x20;del&#x20;autoempleo&#x20;en&#x20;la&#x20;Comunidad&#x20;de&#x20;Extremadura">
    </p>
    <p></p>
<p></p>

<p>Acaba de publicarse la <a href=" http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2011/2310O/11050309.pdf">orden</a> a través de la que se aprueba la convocatoria de <strong>subvenciones para el fomento del autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Estas ayudas se centran en subvencionar <strong>el establecimiento de desempleados como trabajadores autónomos</strong> y ayudas al autónomo que propicie la <strong>inserción laboral de un familiar colaborador</strong> y estarán en vigor hasta el 30 de octubre de 2012.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p></p>
<!--more--><p></p>

<p>Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas que hayan<strong> iniciado una actividad empresarial como trabajadores autónomos</strong> por cuenta propia y estén en situación de desempleo en el momento del inicio de dicha actividad. Dicha actividad habrá de radicar y mantenerse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los beneficiarios deberán tener, igualmente, vecindad administrativa en Extremadura.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Además la actividad ha de tener <strong>carácter estable</strong>, no pudiendo haber dependencia de empresas constituidas mediante fórmulas jurídicas de sociedades mercantiles. Se considerarán beneficiarios los trabajadores autónomos por cuenta propia, aún cuando éstos se integren en comunidades de bienes o sociedades civiles, también los trabajadores autónomos económicamente dependientes de otro empresario.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>El <strong>importe de la subvención</strong> para el Programa de ayudas al establecimiento de desempleados como trabajadores autónomos sera:</p>
<ul>
   <li>
   <p>De 7.500 euros para mujeres desempleadas, varones desempleados discapacitados, varones desempleados menores de 30 años y personas desempleadas que hayan agotado sus prestaciones o subsidios por desempleo.</p>
<!-- BREAK 5 -->
  </li>
 </ul>

<ul>
   <li>
   <p>De 5.000 euros para desempleados en general que no se encuentren encuadrados en el apartado anterior.</p>

  </li>
 </ul>
<p>En cuanto a las ayudas del Programa de ayudas al autónomo que propicie la <strong>inserción laboral de un familiar colaborador</strong> será de 7.500 euros en caso de ser mujer, y de 5.000 euros para el resto de colectivos.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>La dotación económica de ambos programas asciende a los<strong> 5 millones de euros</strong>.</p>

<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/categoria/subvenciones-ayudas">Subvenciones y ayudas</a><br />
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/cloudsoup/1160257356/"> david__jones</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[La fiscalidad de las subvenciones]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/la-fiscalidad-de-las-subvenciones</link>
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                <pubDate>Fri, 18 Jun 2010 11:04:05 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/43ff13/impuestos/1024_2000.jpg" alt="La&#x20;fiscalidad&#x20;de&#x20;las&#x20;subvenciones">
    </p>
    <p></p>
<p></p>

<p>Hemos recibido una consulta de un lector en relación a <strong>la fiscalidad de las subvenciones</strong>. Vamos pues a analizar el tratamiento, desde el punto de vista de los impuestos implicados, de las subvenciones recibidas, la consulta en concreto es esta:</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p><blockquote> Estimados señores. Soy autonomo, llevo un proyecto de i+d+i para el cual me aprobaron una subvención a fondo perdido por el <span class="caps">INFO</span> de 50000 euros en diciembre de 2009. En febrero de 2010 he recibido un adelanto de 30000. </p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Quisiera saber si para la declaracion de la renta de este año debo de hacer constar la subvencion. Si es así, ¿por qué importe? y ¿me puedo aplicar deducciones? Gracias</blockquote></p>
<!-- BREAK 3 --><!--more--><p>Lo primero que debemos de tener en cuenta es que hay que distinguir entre dos tipos de subvenciones El primer tipo es el de las <strong>subvenciones de capital</strong>, son aquella que recibimos por el hecho de haber realizado un inversión, la compra de un elemento de inmovilizado o las percibidas para el establecimiento de la empresa.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En este caso debemos incorporar la subvención recibida como un ingreso de la actividad, pero hay que considerar que la imputación a realizar fiscalmente<strong> se hará a medida que vamos amortizando </strong>los elementos objeto de inversión. Por ejemplo, si la amortización del elemento es de un 10% anual, imputaremos ese mismo año un 10% de la subvención recibida.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>El otro tipo de subvenciones que podemos recibir serían las <strong>subvenciones a la explotación</strong>, son las que recibimos para compensar gastos o, en otras ocasiones, compensar la pérdida de ingresos en nuestra actividad económica. También en este caso la subvención recibida constituye un mayor ingreso de nuestra actividad.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>La diferencia, con respecto a las subvenciones de capital, es que las subvenciones a la explotación debemos <strong>imputarlas en el momento de la concesión </strong>de la ayuda. En ese caso, la Agencia Tributaria, tanto a efectos del <span class="caps">IRPF</span> para los autónomos, como para el IS en el caso de las sociedades mercantiles, estima que utilizaremos el criterio de devengo y no habrá que tener en cuenta cuándo y en que modo se cobra esa subvención.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>En el caso particular de nuestro lector, debemos ver específicamente el tipo de subvención recibida. Inicialmente este tipo de subvenciones se suelen considerar como <strong>subvenciones a la explotación </strong>y debería de declarar la totalidad de la subvención concedida como ingreso del año 2009.</p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>Lo que ocurre es que podría interpretarse que una subvención por i+d+i podría tener una parte destinada a los gastos de investigación y desarrollo y otra susceptible de considerarse para la inversión a realizar por la compra de equipos o maquinaria, si la hubiera. </p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>Si el pliego de condiciones de la convocatoria de la subvención hace referencia a esa doble posibilidad y tenemos manera de justificar la parte destinada a la explotación y la parte de inversión, podríamos interpretar que la subvención contempla ambos aspectos y aplicar a la imputación por el coeficiente de amortización a la parte de inversión y el criterio de devengo para el resto.</p>
<!-- BREAK 10 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/aprobada-la-linea-de-subvenciones-de-innoempresa"> Aprobada la línea de subvenciones de Innoempresa</a><br />
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/alancleaver/4105756012/"> alancleaver_2000</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Ayudas al autoempleo de la Junta de Extremadura]]></title>
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                <pubDate>Wed, 09 Jun 2010 22:06:35 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/5f2092/merida/1024_2000.jpg" alt="Ayudas&#x20;al&#x20;autoempleo&#x20;de&#x20;la&#x20;Junta&#x20;de&#x20;Extremadura">
    </p>
    <p>Se ha anunciado hoy que <strong>la Junta de Extremadura dará una ayuda directa </strong>de 7.500 euros a aquellos parados de larga duración que se propongan la puesta en marcha de una iniciativa emprendedora que fomente el autoempleo, esta iniciativa deberá estar avalada por un informe de viabilidad.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Este importe se dará, a fondo perdido, a aquellos parados que han perdido sus prestaciones, mujeres, jóvenes de menos de 30 años y personas con discapacidad, el resto de desempleados recibirán <strong>una ayuda directa </strong>de 5.000 euros.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Además de estas ayudas directas, el programa incluye ayudas para otro tipo de servicios que podrán ser el propio informe de viabilidad necesario para la solicitud de las subvenciones, formación, asesoría, etc.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Ya he manifestado <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/la-utilidad-de-las-subvenciones">mi opinión</a> sobre este tipo de subvenciones,<strong> la poca efectividad de las mismas </strong>y su efecto de conservación de una cultura muy negativa para el verdadero desarrollo económico y empresarial.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>No quiero criticar por ello a la Junta de Extremadura, ya que antes que esta han hecho lo mismo la mayor parte de las instituciones autonómicas del pais. Se echa de menos que alguna administración profundice de verdad sobre <strong>como fomentar el autoempleo de manera efectiva </strong>y se busque de verdad la manera de hacer una utilización de fondos públicos para proyectos perdurables y no cortoplacistas como son los que, en la mayoría de las ocasiones, se favorecen de estas medidas.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>En fin, los emprendedores extremeños tienen a su disposición unos miles de euros para lanzarse a la aventura, lo que puedan que los aprovechen de la mejor manera y, <strong>esperemos que no los tengan que devolver</strong>.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/el-insostenible-modelo-de-la-cultura-del-subsidio"> El insostenible modelo de la cultura del subsidio</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/lansbricae/3070469783/"> lansbricae</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Subvención al fomento de la ocupación indefinida para menores de 30 años]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/subvencion-al-fomento-de-la-ocupacion-indefinida-para-menores-de-30-anos</link>
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                <pubDate>Fri, 08 Feb 2008 10:07:22 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/44b7e0/working-20people/1024_2000.jpg" alt="Subvenci&#x00F3;n&#x20;al&#x20;fomento&#x20;de&#x20;la&#x20;ocupaci&#x00F3;n&#x20;indefinida&#x20;para&#x20;menores&#x20;de&#x20;30&#x20;a&#x00F1;os">
    </p>
    <p>La Generalitat de Catalunya publicó el pasado 17 de diciembre de 2007 una orden (TRE/471/2007 de 5 de diciembre) por la cual se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas extraordinarias para el fomento y mantenimiento de la ocupación de los jóvenes para 2008. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>A través de ella se desarrolla una subvención para la transformación en indefinidos de aquellos contratos de <strong>duración determinada o temporal</strong> de jóvenes, de hasta 30 años de edad, concertados con anterioridad a la publicación de dicha orden. El plazo para proceder a realizar esta transformación y solicitar dicha subvención finaliza el próximo día <strong>30 de junio de 2008</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>El importe de la subvención asciende a <strong>2000 euros</strong> por cada empleado transformado a indefinido y el pago será único. Sólo pueden aspirar a esta subvención aquellas empresas que empleen a trabajadores cuyo lugar de trabajo esté situado en Cataluña.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>A mi juicio se trata de una <strong>buena iniciativa</strong> para incentivar la contratación indefinida, después de que hayan desaparecido las bonificaciones por transformación indefinida de contratos temporales con motivo de la reforma laboral de 2006. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Para más info: <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.gencat.cat/treball/">Generalitat de Catalunya</a>
Foto: <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.sxc.hu/profile/winjohn">Winjhon</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Ayudas al Comercio 2008]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/ayudas-al-comercio-2008</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/ayudas-al-comercio-2008</guid>
                <pubDate>Mon, 04 Feb 2008 17:46:49 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/a7e7bc/shopping/1024_2000.jpg" alt="Ayudas&#x20;al&#x20;Comercio&#x20;2008">
    </p>
    <p>La <strong>Consellería de Industria, Comercio e Innovación de la Generalitat</strong> ha hecho público el plan de <strong>Ayudas al Comercio 2008</strong>, destinadas a potenciar la competitividad de las Pyme. A ellas podrán acceder <strong>empresas y microempresas</strong> que sean consideradas Pyme siempre que ejerzan o vayan a ejercer su actividad en la Comunidad Valenciana.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Las solicitudes deberán dirigirse a la Dirección General de Comercio y Consumo <strong>antes del 28 de Febrero de 2008</strong>, y las cuantías podrán llegar a la suma de 200.000 euros.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>El objeto de estas subvenciones es la <strong>mejora de la calidad y competitividad</strong> de las pequeñas y medianas empresas comerciales, destinadas a financiar las actuaciones que realicen las pymes para mejorar su posición competitiva, mediante la <strong>modernización</strong> de sus establecimientos, la adquisición de equipamiento e <strong>incorporación de nuevas tecnologías</strong> y técnicas de gestión.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Resultarán subvencionables los siguientes programas:</p>
<!--more--><blockquote>
1. Adquisición de inmovilizado material.

2. Vinculación a forma asociativa. Se considerarán apoyables los recursos invertidos por la empresa para su participación o acceso a la forma asociativa, independientemente de la forma jurídica que ésta adopte.

3. Gastos corrientes derivados de la implantación de normas de calidad de las familias UNE-EN ISO aplicables al sector comercial.

4. Gastos de obtención del certificado, de reconocimiento de las normas citadas en el apartado anterior, emitido por organismo competente, siempre que se aporten los manuales o auditorias realizados con carácter previo.

5. Realización de estudios de diagnóstico del punto de venta, que definan de forma justificada y razonada las estrategias e inversiones que deben llevarse a cabo en el establecimiento comercial para mejorar su posición competitiva en el mercado.

6. La realización de las inversiones definidas y recomendadas en los estudios de diagnóstico del punto de venta citados en el anterior punto.

7. Inversiones destinadas a la implantación, o ampliación, de procesos ligados a la aplicación de la trazabilidad en el sector alimentario.</blockquote>

<p>Esta linea de subvenciones es una decidida apuesta por la dinamización, la <strong>modernización</strong> y el avance en el pequeño comercio de la Comunidad Valenciana, y quiere servir de <strong>empujón al pequeño comercio</strong> para que de un salto cualitativo en su propia percepción del negocio. Como toda subvención, pero ésta especialmente, creo que es una opción interesante para <strong>ayudar a crecer a nuestras pymes</strong> y dotarlas de nuevas tecnologías y equipamientos.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.camaravalencia.com/camaraonline/contenidoNoticia.asp?noticia=20070123092312">Cámara de Comercio de Valencia</a>
Más Información | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.gva.es/industria/main_c.htm">Consellería de Industria, Comercio e Innovación de la Generalitat</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://jaalondon.deviantart.com">Jaalondon</a></p>
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