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Conflicto en Málaga entre la AEAT y los socios-profesionales de las sociedades mercantiles

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Ayer un lector no senvió un comentario alertando sobre la actuación de la AEAT en Málaga, que está obligando a los socios-profesionales de las sociedades mercantiles a presentar declaraciones trimestrales por su vinculación con sus empresas, no admitiendo la relación laboral entre ambos.

El comentario decía lo siguiente:

Soy socio de una SL con un 10%, y no soy administrador ni consejero delegado (hay un consejo de administración), y mi trabajo es puramente técnico, con un horario establecido.

Por ello, desde 2006, percibo una nómina y cotizo en el Régimen General, de acuerdo a las condiciones de la SS.

Pues cual es mi sorpresa cuando el martes recibo dos notificaciones de Hacienda indicando que debo pagar IVA por los ingresos recibidos de la empresa en los años 2007 y 2008.

Indican que mi condición de socio es suficiente para considerar que no soy ajeno y dependiente de la sociedad, y que por tanto, debiera facturar por mis servicios y no cobrar una nómina. Se basan en la Consulta V1492-08.

Ahora me toca a mí demostrar que esto no es así, pero para empezar ya me han dado el verano.

Por cierto, no soy el único al que le ocurre, sino que parece ser una campaña en toda regla de Hacienda, al menos en Málaga ya conozco varias decenas de casos en una semana.

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Disolución de sociedades profesionales no adaptadas a la Ley

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En su día hablamos de las sociedades profesionales y de la reglamentación existente para el funcionamiento de esta clase de sociedades mercantiles. Ahora, más de tres años después de la entrada en vigor de la Ley que las regula, el Juzgado Mercantil 1 de Canarias ha declarado disuelta la sociedad Auren Canarias AJT, dedicada al asesoramiento jurídico y tributario, por falta de adaptación a la Ley de Sociedades Profesionales (LSP).

Esta sentencia es pionera en este tema y puede provocar una reacción en cadena con graves consecuencias para otras empresas que, debiendo adaptarse a la normativa que rige este tipo de sociedades, no han hecho esa transformación.

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La utilidad de las sociedades profesionales

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Hemos publicado un par de post sobre el tema las sociedades profesionales. En uno de vuestros comentarios se hacía referencia a que habláramos de la utilidad de este tipo de sociedades desde el punto de vista de los profesionales que piensen en crear una.

Independientemente de que las ventajas de constituir una sociedad mercantil para la explotación de un negocio ya han sido tratadas en nuestra serie de post que hablaba de las diferencias entre el trabajador autónomo y las sociedades mercantiles, hay unos cuantos detalles que pueden servir de referencia en este caso particular.

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Características y requisitos especiales de las Sociedades Profesionales

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Hemos comentado lo que son las sociedades profesionales y que su creación viene derivada de la prestación de servicios profesionales por una o varias personas a través de una sociedad mercantil. De la necesidad de su inscripción en el Registro Mercantil, como cualquier otra, y de la obligación de inscribirla, además, en el colegio profesional correspondiente a la actividad a realizar.

La forma societaria a adoptar es la misma que en cualquier otra sociedad mercantil y los trámites para su constitución también son los mismo, pero hay una serie de condiciones que deben cumplir y que las hace diferentes respecto al resto de sociedades.

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Las circulares de Hacienda ¿aviso o amenazas?

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Ve el video en el sitio original.


La posibilidad que se introdujo en el ordenamiento jurídico para que las actividades profesionales se pudieran desempeñar bajo fórmulas societarias trajo importantes mejoras para muchos abogados, asesores fiscales y resto de profesionales afectados por la norma.

La ley en sí, tampoco es para tirar cohetes pero por algún lado se empieza siempre, por lo que muchos colegiados han recurrido a esta fórmula jurídica para desarrollar sus negocios.

Pero claro, las sociedades tributan a tipo fijo (25% y 30%) y el IRPF a tipos mayores, por lo que la AEAT no está muy de acuerdo con este tipo de sociedades. ¿Por qué lo digo? Por el formulario que han enviado a todas la sociedades integradas por profesionales.

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