
Las sociedades de capital establecen en sus estatutos las condiciones por las que ha de regirse el desempeño del cargo de administrador. Concretamente debe especificarse si el cargo ha de ser remunerado. Con frecuencia ocurre en pymes que el administrador cobra una retribución por el trabajo que realiza en la empresa, pero no por su puesto como gerente.
Pero ¿qué ocurre cuando en una empresa hay varios administradores y el cargo es retribuido? En estos casos, si no refleja de manera distinta en los estatutos, se entiende que todos cobran la misma cantidad por ostentar ese cargo. En caso de que se quiera dar una retribución distinta, esto ha de constar en dichos estatutos.

